Ofensiva de SII investiga pago tributario de canales, actores y “rostros” de TV
Cómo surgió y se expandió la elusión de impuestos en la industria de la televisión
22.05.2013
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Ofensiva de SII investiga pago tributario de canales, actores y “rostros” de TV
22.05.2013
La industria de la televisión está hoy bajo la lupa de Impuestos Internos. Se busca detectar las fórmulas que se utilizan para no pagar los impuestos que corresponden o simplemente eludirlos. Una de ellas, corroborada en 2010 por la Dirección del Trabajo, consiste en que los canales de TV le exigen a sus empleados que ganan los sueldos más altos constituir empresas para recibir sus remuneraciones, en vez de hacerlos firmar un contrato que norme sus prestaciones.
La ofensiva fiscalizadora del Servicio de Impuestos Internos (SII) se inició en marzo pasado y busca revisar –entre otros acápites- cómo están tributando los “rostros” de la industria televisiva. El radar del organismo tributario apunta esta vez a quienes presentan las noticias, conducen los programas de alto rating o protagonizan las teleseries y todos aquellos que pueden llegar a ganar en torno a los $15 millones mensuales.
De acuerdo a la encuesta CASEN, de los más de ocho millones de contribuyentes sólo 45 mil personas ganan sobre $ 6 millones mensuales. Pero son muchos menos los que admiten recibir ese dinero al momento de tributar. Según el ingeniero Michel Jorratt, experto tributario, sólo 15 mil personas (equivalentes al 0,3% de los contribuyentes) reconocen ganar sobre $6 millones ante el SII. Los otros 30 mil que faltan en el tramo de los ingresos más altos –y que debieran estar ahí según la CASEN- se pierden en una nebulosa. “No sabemos si se trata de casos de evasión o de elusión” dijo Jorratt a CIPER.
Esa nebulosa es la que intenta despejar el SII en los canales de televisión, así como en años anteriores lo hizo entre los médicos, los dentistas y otros profesionales cuyos ingresos se ubican en el tramo alto de la escala. Las dos figuras con las que se puede encontrar el SII -evasión y elusión- buscan exactamente el mismo resultado: pagar menos impuestos; pero tienen consecuencias penales distintas. Evadir, es tener la obligación de pagar y evitarla con engaños, es un delito. Eludir, en cambio, es actuar antes, es utilizar la ley de modo de que no exista la obligación de pagar el impuesto. Aunque no es un delito, no significa que sea un acto transparente, inocuo o legítimo.
Cuando en 2000 el ex ministro de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre, presentó un proyecto para combatir la elusión, la definió como un tipo de simulación: “Para que lo entienda la gente, la elusión es hacer ingeniería tributaria. O sea, se supone que si usted es gato, paga dos; y si es perro, paga cuatro; entonces, con delineadas técnicas, usted ladra como perro, huele como perro, luce como perro, pero se presenta como gato. Entonces, hay que hacer una ley que diga que si usted huele como perro, ladra como perro, luce como perro, usted es perro”.
Eyzaguirre hizo su ley, pero como el legislador nunca puede ponerse en todos los casos, en muchos lugares los perros han seguido tributando como gatos y privando al Fisco y al financiamiento de políticas públicas de importantes recursos. La industria de la televisión es un ejemplo. Según una fiscalización hecha por la Dirección del Trabajo (DT) en 2010 en los canales TVN, Canal 13 y Chilevisión todos “los rostros” de esas estaciones y la mayor parte de los actores de las respectivas áreas dramáticas parecían ser empleados, trabajaban con horarios de empleados, obedecían a los jefes del canal como todos los empleados…, pero prestaban sus servicios como si fueran empresas.
La consecuencia tributaria de esa “simulación” era que, por ejemplo, un conductor de noticias, en vez de pagar impuestos en el tramo más alto (con un tope de 40% como empleado asalariado), pagaba sólo el 20%, que es el impuesto de primera categoría que se aplica a rentas del capital (y no el impuesto que se aplica a las rentas del trabajo)… Y si es que los pagaba, pues nuestra legislación permite a las empresas una serie de movimientos tributarios que implican menos impuestos, franquicias a las cuales el trabajador común y corriente no accede.
La consecuencia laboral de esa “simulación” era que el conductor de noticias debía pagar de su bolsillo las prestaciones sociales (AFP, Isapre), financiar sus vacaciones y no tenía derecho a ningún tipo de bono de producción o a repartición de utilidades, o una indemnización si el canal decidía prescindir de sus servicios. Esos gastos, que pueden parecer irrelevantes cuando se ganan $15.000.000, se vuelven desproporcionados si el “empleado-empresa” recibe una remuneración en torno al millón de pesos. Un ingreso que para el común de los chilenos es alto, si se considera que el 50% de los trabajadores gana menos de $250.000, pero que para los canales de TV es de nivel medio y bastante frecuente.
El “empleado-empresa” de ese nivel de ingresos tiende a quedarse sin prestaciones sociales y estar permanentemente en la incertidumbre sobre su futuro laboral.
Porque en el nudo de esta fórmula, junto con el beneficio que puede haber para los altos sueldos que eluden impuestos, hay sobre todo un considerable beneficio para el canal que aplica esta política. Pues para mantener los ingresos líquidos que ganan hoy todos los trabajadores (desde las estrellas hacia abajo), el canal debería desembolsar, además de las respectivas remuneraciones, un monto aproximado a un 20% más para cubrir el impuesto respectivo y las prestaciones, sin contar lo que implica en términos de indemnización si decide ponerle fin al contrato.
Así lo demuestran dos juicios laborales que los actores Álvaro Espinoza y José Soza ganaron a TVN. Ambos profesionales, recibían sus remuneraciones a través de sociedades que TVN les pidió constituir. Cuando fueron despedidos, no hubo indemnización pues TVN entendía que no eran empleados sino sociedades que ofrecían un servicio que ahora el canal no quería comprar. Sin embargo, los juzgados que revisaron las demandas de ambos actores han obligado a TVN a cancelar en cada caso más de $40 millones en derechos sociales no pagados e indemnizaciones. Se puede estimar que ese monto es el que se estaba ahorrando de pagar cada canal –por persona- con el mecanismo de transformar a los empleados en sociedades. Eso, sin contar el impuesto.
Hoy, como presidente del directorio de Canal 13, Nicolás Eyzaguirre, plantea que desde que llegó a esa estación televisiva el 1 de septiembre de 2012, pidió a sus ejecutivos que revisaran si los contratos con algunos rostros o actores corresponden a empresas o no:
-Al igual de lo que dije en el año 2000, no estoy dispuesto a validar disfraces: si alguien es perro debe tributar como perro y no como gato. Pero más allá de lo que pueda hacer ahora en este cargo, lo urgente como política pública es disminuir la diferencia brutal que existe si una persona se organiza como persona o como sociedad. Ese es un tema de fondo que debiera abordarse en época de campaña presidencial.
Para la actriz Esperanza Silva, presidenta de la Corporación Chile Actores, el sistema es perjudicial para la mayoría de los actores. Asegura que hoy todos son obligados por los canales de televisión a adoptar dicha figura contractual:
-Los canales imponen esta forma de contratarnos por medio de empresas simuladas; si no aceptamos, nos quedamos sin trabajo. Eso es abusar de la dependencia… Existen políticas del terror hacia todo el mundo que trabaja en lo audiovisual para que no demos a conocer esta modalidad pues, de lo contrario, se les exilia y se les coarta el derecho a trabajar.
Un email al que tuvo acceso CIPER parece respaldar las afirmaciones de Silva. El correo fue enviado por Patricio López, productor ejecutivo del Área Dramática de TVN, a un asociado de Chile Actores donde se le ofrece $1.000.000 + IVA mensual para trabajar en la teleserie del segundo semestre y se le dice que debe constituir una EIRL (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) para que se le hagan los pagos. López dice que ya no es posible cobrar usando boletas y que debe asesorarse con un contador.
En los citados informes de 2010 de la Dirección del Trabajo, aparecen con sus nombres los entonces “rostros” de TVN con contratos de este tipo, también llamados “contratos civiles”. Sobre sus fiscalización a Canal 13, la DT afirmaba que todos los rostros del canal tenían “contratos civiles” aunque no eran mencionados uno por uno. Sí enumeraba, en cambio, a los actores quienes cumpliendo todas las características de un empleado, no tenían un contrato de trabajo sino un “contrato civil”.
En el caso de Chilevisión, la DT detectó dos tipos de “rostros”: Los del desaparecido programa juvenil Yingo, que boleteaban durante meses (entre ellos Karol Lucero Venegas, Faloon Larraguibel López y Yamna Lobos Astorga); y los rostros de los estelares y programas periodísticos, los rostros de verdad que se vinculaban con el canal como empresas productoras.
La Dirección del Trabajo precisó que todos los rostros de televisión “constituyen empresas, las que en definitiva facturan por los servicios que éstos les prestan al Canal”. En el informe se precisa que, “no obstante lo anterior, en todos los casos se constató que la prestación de servicios por parte de los mencionados rostros se da bajo los elementos del vínculo de subordinación y dependencia, lo que hace suponer la existencia de una relación laboral en los términos previstos en el Código del Trabajo”.
CIPER consultó a TVN, CHV y Canal 13 sobre por qué se establecen este tipo de relaciones laborales con sus principales figuras. La respuesta de Chile visión vino por vía de su área de relaciones públicas, mientras que Canal 13 lo hizo a través del ex ministro Nicolás Eyzaguirre, hoy presidente de su directorio:
-Cuando un rostro tiene contrato como sociedad, se debe principalmente a que éste tiene contrato con varios empleadores: con una multitienda, una radio… Y él nos ofrece sus servicios, pero además debe contratar a otros profesionales, desde un contador, productor o secretaria. Quiero dejar en claro que como canal no forzamos a nadie a realizar contratos como sociedad –afirmó Eyzaguirre a CIPER.
En Chilevisión la respuesta fue: “Esto funciona así porque la relación entre los artistas y el Canal es de prestación de servicios, sin subordinación y dependencia. El artista presta sus servicios de manera más bien libre según su experiencia y conocimientos, sin un formato estricto de órdenes o instrucciones. A su vez, se trata de servicios esporádicos que no están sujetos a una jornada laboral ni a una obligación de asistencia que es propia de los trabajadores del Canal, salvo cuando son citados a grabar”.
En Televisión Nacional fue el gerente de Asuntos Legales, Hernán Triviño, quien respondió a CIPER:
-En relación a lo ocurrido con el actor José Soza, no existía un contrato con una sociedad, sino que se trataba de un contrato a honorarios, igual a los que el mismo actor tuvo luego con otros canales. Él demandó el pago de las cotizaciones previsionales, lo que finalmente le fue concedido en segunda instancia. Respecto de Álvaro Espinoza, el actor demandó tutela laboral, arguyendo que se le habían conculcado sus derechos como trabajador. En primera instancia no se le concedió, pero se condenó al canal al pago de las cotizaciones previsionales. TVN recurrió de nulidad ante la Corte Suprema y aún se está a la espera de ese fallo.
En esa misma línea argumentó la directora del Área dramática de TVN, María Eugenia Rencoret, cuando fue citada a declarar en el juicio “Álvaro Espinoza versus TVN”. Al abordar el tema de los contratos a través de sociedades, dijo que Carolina Arregui, Amparo Noguera y Francisco Reyes, estaban vinculados a TVN como empresa y respaldó la idea de que los actores tienen diferencias con el resto de los trabajadores de TVN. Precisó: “A veces pueden estar citados a las 9 de la mañana y se van a su casa y vuelven a grabar las dos últimas horas. Tiene una libertad distinta a la que tenemos los empleados de TVN”.
La jueza la interrumpió:
-¿Usted es empleada de TVN?
-Si
-¿Y está contratada como persona natural?
-Si
-¿Como María Eugenia Rencoret? ¿No como sociedad?
-Tengo dos contratos.
-Cuénteme…
-Tengo dos contratos. Uno como sociedad y otro como María Eugenia Rencoret.
-¿Y por qué?
-No sé. Se dio hace muchos años además.
Rencoret calculó que llevaba cinco años con ese sistema de remuneración. ¿Cuál es el motivo para que ella también tenga contrato como empresa si cumple horario en TVN? ¿Es posible que además de estar a cargo del Área Dramática de TVN, dirigiendo teleseries, tenga tiempo de realizar otro trabajo a través de una sociedad para el mismo canal? Un abogado tributarista opinó que “la única razón por la que alguien tendría ese acuerdo es para efectos tributarios”. La misma doble figura utiliza el citado Patricio López, según consigna el fallo de la demanda que le dio la razón al actor Espinoza.
La Dirección del Trabajo también fiscalizó en 2010 a los canales Mega (Vea Informe de MEGA) y La Red (Vea Informe La RED), donde no se detectaron los citados “contratos civiles”. Ambas estaciones, sin embargo, fueron multadas por la DT por tener empleados sin contrato de trabajo, recibiendo honorarios por largo tiempo, situación que en La Red afectaba a mujeres embarazadas. Según denuncias de Chile Actores, en la actualidad la práctica de establecer contratos civiles con sus empleados se habría extendido también a estos canales.
Es importante precisar que la astucia que conlleva actuar de esta manera es, en la práctica, aceptada por los fiscalizadores. Varios abogados consultados por CIPER citaron un fallo de 2003 (el recurso de casación que ganó la Sociedad Inmobiliaria Bahía S.A., rol Nº4038-01), donde la Corte Suprema sostuvo que la elusión tributaria es “evitar algo con astucia, lo que no tiene que ser necesariamente antijurídico, especialmente si la propia ley contempla y entrega las herramientas al contribuyente”.
Aunque en Chile los fallos no constituyen un precedente jurídico, el reconocimiento a la “astucia” que hizo el máximo tribunal se exhibe usualmente como un signo de que estos disfraces están permitidos. Acorde con esa calificación de “astucia”, la industria de la televisión, así como la profesión de los médicos, dentistas y abogados, se ha llenado de sociedades que permiten grandes ahorros de impuestos.
En 2012 se constituyeron 68.439 nuevas sociedades en Chile, lo que representa un alza de 17% respecto de 2011. El gobierno ha leído estas cifras como una muestra de que el emprendimiento ha florecido en estos años, suponiendo que se trata de negocios productivos. Sin embargo, hoy no existe ningún dato que indique a qué actividad productiva se dedican estas sociedades realmente, y es posible que en un buen número de ellas sus titulares sean simplemente empleados simulando ser empresas, para hacer el negocio de pagar menos impuestos.
Para el abogado Francisco Saffie, profesor de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez y director académico del Magíster en Derecho Tributario de la misma universidad, nuestro sistema tributario tiene cada vez más “incentivos” para “planificar” creando sociedades de inversión:
-No es temerario presagiar que cada vez más personas preferirán adoptar el modelo del emprendedor que planifica, es decir, recibir todos sus ingresos como empresa para luego retirar utilidades retenidas pagando menos impuestos. Ser empleado se volverá cada vez peor negocio -explica.
Una muy clara descripción de cómo opera la elusión de la que profitan los profesionales de altos ingresos la hizo el abogado Saffie en una serie de columnas sobre impuestos que publicó en CIPER.
Para ilustrar los beneficios de tributar como sociedad, Saffie analizó la situación de un empleado que recibe $1.875.000 mensual ($22.500.000 al año) y destacó cómo mejora sus ingresos si éste decide formar una sociedad. Como empleado paga aproximadamente $850.000 al año en impuestos. Disfrazado como empresa, sólo $162 mil. ¿Cómo ocurre eso?
Imaginemos un empleado -un médico, un abogado o un director de programas de TV- que crea una sociedad con sus dos hijos para ofrecer como servicio lo que antes prestaba como trabajador. Con este cambio no se vuelve ni más eficiente ni está generando empleos: la única diferencia es que en vez de recibir $22.500.000 al año como sueldo, lo recibe como ingresos de su sociedad. A fin de año, este dinero se distribuye entre los tres “socios”, cada uno de los cuales retira $7.500.000. A este retiro se le debe descontar el 20% del impuesto de primera categoría ($1.500.000) que es el impuesto que pagan las empresas.
Saffie explica que lo interesante está en las finanzas de cada socio. “Tenemos que la base imponible de cada uno es de $7.500.000. Con ese ingreso anual (que significa poco más de $600.000 al mes), el impuesto que le corresponde pagar a cada uno –al empleado y a sus dos hijos- es de apenas $54.000. Pero como cada socio ya ha adelantado $1.500.000, el Estado le devolverá $1.445.000 a cada uno”.
Es decir, del millón y medio que cada socio pagó como impuestos de la empresa, el Fisco les devolvió $1 millón 445 mil. Esto se debe en parte a que en Chile no hay un impuesto a la empresa propiamente tal, sino que son un adelanto del impuesto de sus dueños. Y así el empleado-empresa, haciendo el mismo trabajo y recibiendo el mismo dinero, se ahorra poco más de $600.000 en impuestos.
Un reciente ejemplo del uso de este mecanismo salió a la luz en la investigación respecto a la Universidad del Mar. Luis Eugenio Díaz, ex presidente de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA), acusado de los delitos de soborno, cohecho y lavado de activos, debió explicar ante la fiscalía cómo funcionaba la sociedad “Gestión Ltda.”, a través de la cual prestaba asesorías a las universidades para que lograran acreditarse ante la CNA.
Díaz admitió que “Gestión” era una sociedad “hecha por sugerencia de un contador para fines tributarios. Es una sociedad de la que forma parte mi mujer pero ella no tiene nada que ver. Se incorporaron dos de mis hijas el año pasado, pero tampoco han tenido nada que ver. (…) De los $290 millones que ingresaron a la sociedad, mis hijas nunca recibieron nada. Los retiros en que aparezcan ellas son nominales, pues nunca retiraron dineros. Mi cónyuge tampoco sacó dineros realmente, siempre fue solo nominal”.
Siguiendo el ejemplo que ofrece Saffie queda claro que Díaz usó “Gestión Ltda.” para repartir con su familia la carga tributaria por el dinero que recibía, de modo de pagar el menor impuesto posible. Es importante anotar que hasta ahora el SII -que también ha revisado el caso- no indaga la constitución de esta sociedad creada deliberadamente para pagar menos impuestos. Pareciera que hasta ese extremo puede estirarse el beneplácito a la astucia.
El mecanismo descrito es solo una de las posibilidades que ofrece la ingeniería tributaria. Definida por expertos como “una caja de artilugios”, también le permite a sus usuarios pedir facturas en la compra del supermercado, en el restorán, en el hotel al que se va con la familia (como lo relató el economista Eduardo Engel) y hasta en la compra del auto nuevo, haciendo que todos los gastos de la vida cotidiana se asuman como gastos necesarios para la producción de la empresa. De ese modo, tampoco se pagan impuestos por esos gastos.
Rodrigo Águila, abogado de Chile Actores, quien lleva años peleando para que a sus asociados se los vuelva a tratar como empleados, advierte que los canales debieran emplear contratos laborales con los actores. Reconoce eso sí que “a los sueldos más altos les conviene tributar como empresa, pues la tasa es más baja que para las personas. Lo otro, es que mientras no retires las utilidades de la empresa no pagas ningún impuesto. Por último, la empresa puede descontar gastos. Entonces se produce un efecto perverso donde el actor va al supermercado y lo mete a la factura; va a un restaurante, factura, lo cual pasa a ser una evasión tributaria, porque todos esos son gastos de la empresa y por lo tanto nunca paga impuestos”.
Debajo de ese disfraz, asoma la realidad. Resulta innegable que los rostros de los canales y varios actores no están tributando de acuerdo al dinero que realmente reciben. Peor, están usando leyes que no se hicieron para fomentar el ahorro tributario de los más ricos, sino para dar incentivos a las pequeñas empresas, a las que contratan y producen. Más allá de los argumentos que se usen para afirmar que no cometen delito, no queda claro cómo el país se beneficia con esta práctica y por qué habría que permitirla.
Según datos de 2010, en Chile hay ocho millones de contribuyentes de los cuales el 82% (6.505.449 personas) no paga impuestos porque tiene ingresos menores a $500 mil al mes. En realidad la mayoría de los chilenos está lejos de la barrera a partir de la cual se comienza a tributar. En 2010 nuestro promedio de ingreso fue de $360.000 (hoy la cifra bordea los $400 mil).
Los bajos ingresos del 80% de los chilenos y los altos ingresos del 20% restante, hacen que nuestro país sea el más desigual de la OCDE. Según datos del investigador Claudio Agostini, “el 20% más rico se lleva el 54,5% de los ingresos del país, mientras el 20% más pobre sólo se queda con el 4%”. Es por esta estructura de los ingresos que Agostini puntualiza que “cualquier anuncio de exención tributaria en el impuesto a los ingresos beneficia sólo al 18% más rico y en mayor proporción al 6% de más altos ingresos”. Resulta evidente que la elusión va en beneficio del mismo grupo.
Para muchos investigadores nuestra desigualdad y nuestro sistema tributario están fuertemente ligados. El ejemplo más notable es que, aunque muchos países desarrollados son tan desiguales como Chile en sus ingresos, después de aplicar los impuestos, se vuelven más igualitarios. En Chile, en cambio, los impuestos hacen al país más desigual.
“Alemania o Italia, tienen un Gini (índice que mide hasta qué punto la distribución del ingreso entre individuos se aleja de una distribución perfectamente equitativa), antes de impuestos y transferencias, similar al de Chile: de 0,50. Pero después de impuestos y transferencias este indicador cae a 0,30, es decir, unos 20 puntos. En Chile, en cambio, el Gini sube después de impuestos, o sea, en Chile los impuestos aumentan la desigualdad”, explicó a CIPER Michel Jorratt.
La evasión y su gemela, la elusión, son uno de los factores de esa desigualdad.
La actriz Esperanza Silva explica que el origen de la política de “sugerir” a los actores constituir sociedades para recibir sus remuneraciones, “comenzó en los años 90, con la irrupción de una empresa que asesoraba a TVN en la época (VER ACLARACION). Hoy se ha extendido a todo el sistema audiovisual”.
Esa forma de relación laboral convive en la actualidad junto con el masivo uso del pago a través de boletas y prácticas, como contratos por día, similares a los que existen entre los temporeros:
-Toda la industria se sostiene sobre el abuso. Hay algunos cableros y camarógrafos a quienes los contratan por la mañana y los despiden por la noche, en forma diaria. Es indigno lo que ocurre -acusa Silva.
Una fuente de la Dirección del Trabajo, a la que le tocó participar en las fiscalizaciones a los canales de TV, dijo a CIPER:
-Yo quedé con la imagen de que esto era como entrar a Colonia Dignidad, pues los canales fijan sus propias normas. La informalidad laboral es tremendamente alta. En el caso de los rostros, verificamos que cumplían un horario, que asistían a pautas y recibían instrucciones de un productor y de un director, por lo que se cumplen todos los requisitos de subordinación y dependencia.
Un ex dirigente sindical de Canal 13, comentando con ironía los enormes cambios que ha sufrido esa estación en los últimos años, dijo a CIPER: “En este canal ya no hay trabajadores, hay colaboradores y emprendedores”. Los colaboradores son los que boletean; los emprendedores son los que simulan ser empresas.
La desaparición del trabajador con su carga legal y simbólica y su reemplazo por estas figuras ambiguas implica cambios sociales profundos no solo en el área de los impuestos sino en la más extensa área del trabajo y afecta derechos centrales. El episodio que vivió el actor José Soza, quien demandó a TVN por “vulneración de derechos fundamentales y despido vulneratorio”, puso sobre la mesa los costos de este sistema: la inseguridad laboral con la que deben lidiar la mayoría de los actores que no son “rostros”, y que se han transformado en emprendedores por obligación.
A comienzos de 2010, por los mismos días en que la DT realizaba sus fiscalizaciones en los canales de televisión, este conocido actor demandó a TVN en el Segundo Juzgado del Trabajo. Tras 18 años de trabajar en el canal, Soza fue despedido porque, según relató en el juzgado, “no habían papeles para actores de mi edad”. Durante los 18 años, de manera constante, Soza entregó indistintamente boletas y facturas al canal. Y en el juicio le reclamó a TVN que aún cuando no estaba contratado, había existido entre ambas partes una relación laboral, por lo que debían pagarle, entre otras cosas, una indemnización y las imposiciones.
La tensión tributaria-laboral estuvo todo el tiempo presente en este caso, como la música de fondo tras el juicio. Lo que para TVN había sido un arreglo conveniente, por los enormes beneficios tributarios de los que había gozado el actor, para Soza había implicado angustia, por la enorme inseguridad laboral.
-Una persona que tiene ese nivel de ingresos, aprovecha un sistema tributario que no tiene un trabajador dependiente. El ingreso de $3,5 millones mensuales o más, afecto a un impuesto único de trabajadores, significa una merma muy grande que no tiene una persona que desempeña sus funciones tributando en primera categoría, como lo hacía el señor Soza, quien además, de acuerdo a lo que pudimos ver en los libros que exhibió, aprovechaba de hacer rebaja del IVA con compras que hacía -afirmó Samuel Bustos, abogado de TVN.
Soza veía las cosas de otra manera. “Una vez terminadas las grabaciones, me iba a mi casa con la angustia de no saber si me incluirían o no en el próximo proyecto y si mi contrato sería o no renovado. La mayoría de las veces, todos estos años, al igual que otros actores en mi misma situación, era llamado al poco de vencido mi contrato y ya sin tener la oportunidad de discutir la elección de mi personaje. Este sistema perverso resultó nefasto para mi salud dada la incertidumbre constante sobre mi futuro laboral (…) La constante inseguridad e inestabilidad laboral y la falta de un sistema de previsión que me permita optar a una jubilación digna y a gozar de un sistema de salud adecuado, han lesionado mi integridad tanto física como psíquica”, declaró ante el tribunal.
De hecho, cuando el abogado de TVN le preguntó al actor bajo qué sistema tributaba, primera o segunda categoría, Soza no supo qué responder: “Yo eso no lo sé, solo sé que emito facturas y que se me obligó a hacer esa gestión porque el contrato es contra factura. Se me dijo en ese momento, el año 96 o algo así, que se me iba a contratar por más tiempo y que mis honorarios iban a ser más altos, por lo tanto ya no iba a emitir boleta sino que necesitaban que emitiera facturas”.
Según especificó en la demanda, al terminar su trabajo en TVN, Soza ganaba $4 millones 200 mil mensuales, monto que se le cancelaba no bajo la forma de un contrato de trabajo, sino como la prestación de servicios. El actor señaló que esta forma “me fue impuesta por el canal como la única forma posible para poder trabajar frente a lo cual no me quedó otra alternativa que aceptar”.
Además de José Soza, otros tres actores declararon en este juicio. Según lo señalado por las actrices Esperanza Silva y Paulina Urrutia, tras la publicación en 2003 de la Ley 19.889, que reguló las condiciones de trabajo y contratación de los trabajadores de artes y espectáculos, hubo una fuerte arremetida por parte de los canales de TV para que los artistas formasen empresas.
-Yo en ese momento estaba en Canal 13 y recuerdo que a los actores se les sugería que formaran productoras independientes, para de esa manera poder liberarse de cualquier obligación de tipo laboral y demostrar que no existía una relación de subordinación y dependencia. Esa es una fórmula que salió de los mismos canales de TV. A nosotros no se nos hubiese ocurrido -declaró Silva.
“Estos contratos que nosotros tenemos son claramente contratos laborales disfrazados”, agregó Urrutia.
En el mismo juicio, la actriz Delfina Guzmán entregó un ilustrativo testimonio de su relación con TVN, y la ductilidad de los contratos civiles que tanto valoran los directivos de la industria. “Antes firmaba contratos por dos años. Luego fue año a año y cuando partí en 2010, me dijeron que mi contrato era por seis meses y que me pagarían bastante menos. Entonces me fui donde el director del canal, Daniel Fernández. Fui a su oficina y me atendió muy bien. Mira mijito, no entiendo nada lo que está pasando. ¿Ahora soy una picante cualquiera?”, le pregunté”.
ACLARACIÓN: En sus declaraciones la actriz Esperanza Silva incurrió en un error, ya que afirmó que el autor de esa estrategia fue Eugenio García en los años 90, pero García trabajó en Televisión Nacional entre 2002 y 2003 . Tampoco se desempeñó en la empresa que asesoró a TVN en los años 90.