Un minuto de ruidoso silencio por la política
10.07.2008
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10.07.2008
La sesión 48º ordinaria de la 356ª Legislatura de la Cámara de Diputados transcurre este martes 7 de julio con un constante barullo de fondo. Es una suma de murmullos y voces que hablan en simultáneo. En las graderías está sentado un curso de sexto básico del colegio Alonso de Ercilla. Y aunque el ruido que repleta la sala de sesiones recuerda un salón de clases de alumnos desordenados, esta vez sus autores no son los escolares. Ellos miran en silencio lo que sucede abajo. Los ruidosos son un centenar de diputados, casi todos hablando al mismo tiempo.
Cuando el diputado Álvaro Escobar pide por el micrófono “un minuto de silencio por la política”, nadie le hace caso. No es que estén en desacuerdo con la iniciativa. Simplemente no lo están escuchando. Es una sordera transversal. La diputada UDI María Angélica Cristi conversa de pie con su correligionaria Claudia Nogueira, hasta que ésta contesta una llamada en su celular. Otros parlamentarios también están colgados al teléfono, como el DC Juan Carlos Latorre. “Forni, decídete si eres de allá o de acá”, le grita Iván Moreira a su colega que está en el otro extremo de la sala, donde se sienta el oficialismo. El presidente de la Cámara, el socialista Juan Bustos, tampoco pone atención a la solicitud del diputado Escobar: no capta lo del minuto de silencio e intenta darle la palabra a Fidel Espinoza.
No es una escena fuera de lo común en la dinámica de la Cámara Baja. Lo paradójico es que están debatiendo un proyecto cuyo objetivo es mejorar la calidad de la política. A eso se debe el minuto de silencio pedido por Escobar, quien no puede concentrarse en su discurso y como buen actor hace un histriónico pero infructuoso llamado de atención a sus colegas.
La sesión tiene lugar la misma mañana en que La Tercera publica un estudio encargado por la Corporación a la empresa de comunicaciones Tironi y Asociados que muestra la mala imagen que tiene la ciudadanía de los diputados. Existe la percepción de una institución opaca y hay un bajo nivel de confianza en los diputados, cuya eficiencia y transparencia está mal evaluada. Además, según la ciudadanía, parece rondar la corrupción.
Durante la sesión se aprueba la reforma constitucional sobre “transparencia, modernización del Estado y calidad de la política”, que entre otras cosas establece una figura similar a la del fideicomiso ciego(ver recuadro).
El texto inició su tramitación en diciembre de 2006 con un mensaje presidencial potente. Por un lado, tal como escribió aquí hace algunas semanas el diputado Jorge Burgos, se buscaba obligar la publicidad de las declaraciones de patrimonio e intereses de las autoridades. Así fue aprobado sin mayor discusión.
En varios puntos el proyecto buscaba limitar los conflictos de intereses. Como una contradicción inevitable, los diputados debían decidir sobre medidas que los afectaban directamente. “Si hubiéramos tenido alguna fórmula para permitir que estas cosas se aplicaran desde el 2015, seguro sacamos todos los puntos adelante”, comenta un funcionario de gobierno. Pero no se pudo y hubo cosas que quedaron en el camino. Algunas con el aval del Ejecutivo.
Entre otras cosas se buscaba impedir que los parlamentarios fueran socios de estudios de abogados que litigan en tribunales, con el argumento de que son ellos los que deben resolver las acusaciones constitucionales y los nombramiento de los ministros de la Corte Suprema. De acuerdo a un sondeo de revista Qué Pasa, 27,5% de los diputados estudió Derecho, una cifra que se eleva a 39,5% entre los senadores.
Durante la discusión en la Comisión de Constitución algunos diputados estimaron que era discriminatorio para los abogados. Se cortó por lo sano y en la indicación sustitutiva del Ejecutivo se cambió ese párrafo por uno que establecía la dedicación exclusiva para todos. Sin embargo, esta propuesta fue rechazada en la comisión por 6 votos contra 4. Entre los argumentos en contra estuvieron los del PPD Guillermo Ceroni, quien estimó que la disposición era inductora a confusión y perjudicial. El RN Cristián Monckeberg apoyó esta idea diciendo que en la práctica se trata de un trabajo de 12 horas al día y por lo tanto exclusivo.
Por el contrario, el diputado Burgos argumentó en sala que el costo para el Estado de los salarios parlamentarios justifica la dedicación exclusiva: 25 mil dólares mensuales, unos 300 mil dólares al año ($150.000.000).
Burgos, Juan Bustos (PS) y Gonzalo Duarte (DC) repusieron la indicación cuando el texto volvió a la comisión. Fue votada tres veces y no se logró salir del empate 5 a 5. Fue rechazada. La división fue Concertación-Alianza. Lo mismo que pasó esta semana en la sala, cuando el diputado Patricio Walker juntó 30 firmas para insistir en la dedicación exclusiva y pese a conseguir 63 votos, no bastaron: se requerían 71. Los 34 en contra fueron de oposición. Se abstuvieron Ramón Farías (PPD), Darío Paya (UDI) y Fulvio Rossi (PS).
Un informe elaborado por el Chile Transparente y el ex senador Edgardo Boeninger (vicepresidente del capítulo chileno de Transparencia Internacional) fue enviado el 4 de julio recién pasado al presidente de la Cámara. De acuerdo al texto, la exclusividad fortalecía la labor parlamentaria y equiparaba su función a la de las altas autoridades del Poder Ejecutivo y Judicial. Además, la entidad consideró errado el argumento de que bastaba con modificar la Ley Orgánica del Congreso y no era necesaria una reforma constitucional que estableciera la dedicación exclusiva.
Como resultado, los diputados y senadores podrán tener estudios jurídicos y cualquier otra actividad profesional paralela. A juicio de Chile Transparente, “se trata de un retroceso en materia de transparencia”.
Sí se aprobó una restricción no menor: los parlamentarios ya no podrán actuar como abogados o mandatarios en ninguna clase de juicios, con lo cual el gobierno buscaba evitar “el poder que tiene un congresista respecto de los jueces”.
El minuto de silencio del diputado Escobar era también por dos artículos de la reforma que “se cayeron” sin explicación pública. Ambas iniciativas establecían duras sanciones para los parlamentarios. La más radical establecía que sería causal de cesación del cargo si un senador o diputado votaba o promovía asuntos de su interés o el de sus parientes más cercanos. Una norma que ya estaba en la Ley Orgánica del Congreso, pero que no tiene sanción. La nueva fórmula operaría a través de una acusación ante el Tribunal Constitucional, entidad que debería resolver si existía la infracción.
En el mensaje presidencial, redactado durante la gestión de la ministra Paulina Veloso, se reconocía que “la causal puede parecer a alguien extremadamente severa: la cesación en el cargo por promover o votar asuntos que interesan al parlamentario”, pero inmediatamente explicaba que se trata de “un asunto muy serio” que afecta la dignidad del cargo. Se trataba también de asegurar la independencia frente a grupos de interés. “Ello obligará a que los parlamentarios sean más acuciosos en el detalle de lo que son sus intereses”, concluía.
Ya en octubre del año pasado, el sucesor de Veloso, el ministro José Antonio Viera Gallo, señalaba en la comisión de Constitución que “habría que estudiarla muy bien porque resulta muy grave cuando se habla de cesación en el cargo”. Era una señal de lo que vendría, pues si bien cuando en marzo el Ejecutivo mandó una indicación sustitutiva total, este punto aún estaba presente, poco tiempo después lo retiró .
“Algunos consideraron excesiva la norma de que el parlamentario perdiera el cargo, pues eso podía alterar mayorías. Otros plantearon que era mejor que el parlamentario no se pudiera presentar a la reelección… Pero yo creo que hoy día están todas las condiciones con las normas que hay, si actúa bien la comisión de ética parlamentaria”, dice hoy el ministro Viera Gallo, quien confía en dejar en manos de los propios congresistas las eventuales amonestaciones.
De acuerdo a Chile Transparente, la eliminación del artículo que establecía las sanciones es un retroceso en materia de transparencia, “pues la experiencia internacional demuestra que una adecuada regulación de los conflictos de interés requiere de elementos de prevención, pero también de sanción”.
En el mismo proceso y por las mismas razones quedó fuera otro artículo que establecía que debía hacerse una ley orgánica que podría fijar como causal de cesación del cargo el haber sido electo contraviniendo la normativa sobre gasto electoral. En caso de ser condenado por esos delitos se le podría inhabilitar para postular a cargos de elección popular. Al igual que en los casos anteriores, Chile Transparente estimó que la disposición debía ser repuesta.
El diputado Escobar, en una de sus alocuciones que nadie escucharía, se mostró indignado: “¿Será necesario recordarle a la honorable Cámara la avalancha de denuncias por facturas falsas, irregularidades en la rendición de cuentas y otro tipo de problemáticas que fueron profusamente difundidas en los medios de prensa y que hicieron justamente que se mandara este proyecto de ley? Entonces, que se caiga una disposición de esta naturaleza, donde ni siquiera la ley de gasto electoral puede establecer la sanción, también me parece vergonzoso”.
Al termino de la sesión un funcionario del Congreso se sentó en su puesto para probar el micrófono y chequear si algo andaba mal y por eso nadie lo escuchaba. Pero no. Simplemente a nadie le interesaba.
Bastante desapercibida ha pasado esta reforma constitucional, que cambió bastante desde que inició su tramitación a fines de 2006. Originalmente contemplaba cambios al campo de fiscalización de la Contraloría, lo que finalmente se separó de este texto. En cambio se sumaron las disposiciones sobre administración de bienes de una autoridad, debate que surgió a raíz de la candidatura presidencial del empresario Sebastián Piñera.
El resultado final de la reforma –que ahora pasa al Senado- plantea cambios a la forma de hacer política en Chile:
-El presidente y otras altas autoridades deberán encomendar la administración de sus bienes y obligaciones a terceros o transferir la propiedad a ellos (una ley fijará las condiciones). Originalmente la ley contemplaba la posibilidad de que la ley obligara a las autoridades a enajenar ciertos bienes, pero a última hora la UDI cambio de posición y se dejó sólo como una alternativa.
-Una ley orgánica establecerá un sistema de financiamiento, transparencia, límite y control del gasto electoral.
-Las nóminas de militantes de los partidos políticos serán públicas.
-Una ley orgánica establecerá un sistema voluntario de elecciones primarias para la elección de candidatos, cuyos resultados serán vinculantes para los partidos políticos.
-Los ministros tendrán las mismas incompatibilidades que los parlamentarios y al ser nombrados cesarán cualquier otro empleo o función incompatible. No podrán firmar contratos con el Estado, actuar como abogados, ser directores de banco o de sociedades anónimas.
-El presidente no puede poner urgencia a los proyectos de ley 30 días antes de una elección (se busca limitar el intervencionismo).
-No podrán presentarse ni tramitarse reformas constitucionales en los 90 días antes de una elección presidencial.