EN EL ESTALLIDO SOCIAL EL AGENTE INSTABA A LOS POBLADORES A ATACAR EL RETÉN DEL SECTOR
Carabineros y Registro Civil niegan responsabilidad: fiscalía cerró sin culpables el caso del policía infiltrado en Lo Hermida
18.10.2023
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EN EL ESTALLIDO SOCIAL EL AGENTE INSTABA A LOS POBLADORES A ATACAR EL RETÉN DEL SECTOR
18.10.2023
En 2020, pobladores de Lo Hermida descubrieron que el nuevo vecino que los instaba a atacar la unidad policial del barrio era, en realidad, un carabinero. Lo vieron en un programa de Canal 13, donde el funcionario usó su identidad real. Contra lo que dictan las normas de inteligencia, en esta operación el carabinero usó el nombre de una persona real, por lo que se inició una causa por suplantación. En ella, Carabineros afirmó que la institución no fue responsable de entregar los datos para crear la cédula. El Registro Civil respondió que en estos casos sólo sigue instrucciones de los servicios de inteligencia. En febrero pasado la fiscalía archivó la investigación sin determinar cuál organismo mintió. Tampoco precisó responsabilidades penales.
*CIPER mantiene bajo reserva la identidad real del agente policial, de los pobladores y de la organización que infiltró, para resguardar la seguridad de todos los involucrados.
En junio de 2020 un nuevo vecino se instaló en la población Lo Hermida, dijo que se llamaba Giovanni Arévalo, que había participado en la “primera línea” de Antofagasta y comenzó a colaborar con organizaciones territoriales del sector. Durante semanas instó a los integrantes de un movimiento social a planificar un ataque en contra de una unidad policial cercana. En una ocasión, según comprobó CIPER (vea el reportaje de octubre de 2020 que reveló esta historia), manifestó vía mensajes estar “detonao” y que los “pacos culiaos, me tienen brao del norte”. Días después insistió: “Hay que quemarlos”. Sus incentivos a la violencia terminaron cuando los pobladores lo vieron en la televisión: apareció con su identidad real, era un cabo segundo de Carabineros, en un docureality de Canal 13, donde comentó públicamente su vida sentimental.
La Dirección de Inteligencia Policial (Dipolcar) no solo cometió el increíble error de ocupar, para esta operación, a un funcionario que había participado, con su nombre y oficio verdaderos, en la grabación de un programa de TV. Además, al policía infiltrado le proporcionaron una cédula de identidad con el nombre y RUT de una persona real: el joven trabajador Giovanni Arévalo, residente en Alto Hospicio. De esta manera, la Dipolcar lo dejó expuesto a ser investigado por suplantación de identidad.
El verdadero Giovanni Arévalo perdió su cédula de identidad durante una detención en marzo de 2020, siete meses después se enteró que sus datos eran utilizados por un policía encubierto (lea el reportaje de 2020 que consignó el hecho). Por eso, presento una denuncia y la fiscalía de Alto Hospicio se hizo cargo del caso. De acuerdo con los antecedentes registrados en esa investigación reservada, a los que CIPER tuvo acceso, Carabineros y el Servicio de Registro Civil entregaron versiones discordantes y ninguno de los dos organismos reconoció responsabilidades. Es más, se culparon mutuamente. La fiscalía, al final, cerró el caso sin establecer responsabilidades por la suplantación de un ciudadano cuyo nombre fue utilizado en una operación de inteligencia que pudo haber generado un ataque a una unidad policial.
“Lo último que obtuvimos, con mucha vergüenza y preocupación, es que la Fiscalía local, dirigida por la fiscal Virginia Aravena, archivó el caso sin responsables y sin hacer las diligencias necesarias para agotar la investigación”, dijo a CIPER, el abogado querellante, Enzo Morales.
La Ley de Inteligencia N°19.974 permite que el Ministerio Público y los servicios secretos soliciten al Registro Civil identidades ficticias, pero no usar los datos de un ciudadano real. Ante esto, el verdadero Giovanni Arévalo ingresó ante la Fiscalía de Alto Hospicio, cinco días después de la revelación realizada por CIPER, una denuncia por “usurpación de nombre”.
En la investigación, las explicaciones de Carabineros y el Registro Civil fueron disímiles. La institución policial insistió en que el uso de la cédula se ajustó a derecho, en específico al artículo 31 de la Ley N°19.974 (revise aquí la ley). El apartado legal permite que los organismos de inteligencia, “sin necesidad de autorización judicial”, oculten la identidad real de sus agentes “con el fin de obtener información”. Aquello les faculta a ejecutar “los actos necesarios relativos a la emisión, porte y uso de documentación destinada a respaldar la identidad creada”.
Por su parte, el Registro Civil se amparó en el artículo 25 de la Ley N° 20.000 (revise aquí la ley), indicando que su función se limita a materializar las solicitudes de identidades ficticias que le son solicitadas por los servicios de inteligencia. El apartado legal establece que el Servicio “deberá otorgar los medios necesarios para la oportuna y debida materialización” para sostener las “historias ficticias” de los agentes encubiertos.
CIPER revisó los antecedentes de la investigación, actualizados hasta el 25 de abril de 2021. Para contrastar la información se solicitaron las versiones de cuatro organismos públicos: Carabineros, Contraloría, Registro Civil y Ministerio Público.
El análisis de la documentación corroboró que las normas no han establecido responsabilidades y controles claros sobre las instituciones que intervienen en la elaboración de identidades ficticias para agentes de inteligencia.
La investigación intentó determinar qué organismo público era el responsable por el presunto delito de usurpación de identidad. La Dipolcar y el Registro Civil fueron requeridos a entregar por escrito los antecedentes que tuviesen disponibles.
“Se estima de relevancia señalar que la identidad ficticia corresponde a una nueva con un número de RUT proporcionado por el mismo Registro Civil, respecto del cual no tiene injerencia la Dirección de Inteligencia Policial”. Así en febrero de 2021 el general Luigi Lopresti, entonces jefe de la Dipolcar, respondió vía oficio secreto las consultas de la fiscalía. Así, la tesis levantada por Carabineros era que el caso debía descartarse, pues al tratarse de una identidad nueva, entregada por el Registro Civil, no existiría “la posibilidad de una eventual suplantación de identidad o usurpación de nombre”.
“La identidad corresponde a una nueva, lo que desecha la existencia de dos personas con la misma identificación”, agregó el oficio secreto de Carabineros. Pero, no queda claro a que se refiere la policía, puesto que el agente infiltrado en Lo Hermida, según los testimonios recabados por CIPER en 2020, utilizó al menos dos RUT. Y uno de ellos era el del verdadero Giovanni Arévalo.
La inteligencia policial insistió en no tener injerencia en los datos utilizados para crear los documentos de la identidad otorgada al agente infiltrado en Lo Hermida. Según la respuesta de Lopresti, el actuar del agente infiltrado y el uso de la identidad ficticia se ajustaron a la Ley N° 19.974. Su certeza descansó en que, en octubre de 2020, cuando se reveló el caso, se hicieron consultas a la Contraloría, organismo que no formuló reparos a la operación de inteligencia:
“Se informó a Contraloría, acompañando toda la documentación respaldatoria, de la legalidad y justificación de la utilización del agente encubierto. Habiendo sido proporcionada una identidad ficticia para el agente, por parte del Registro Civil, sin que, a la fecha, la Contraloría General de la República hubiere efectuado un reparo u observación respecto de la utilización de esta facultad legal asignada por el legislador”, explicó Lopresti en el oficio reservado.
Una fuente de Contraloría confirmó a CIPER que sí existió el requerimiento por parte de la Dipolcar y que el ente fiscalizador se pronunció al respecto en junio de este año. No obstante, por ser un caso de seguridad nacional no pueden referirse en público al dictamen.
En marzo de 2021, el Registro Civil, a través de Víctor Rebolledo Salas, entonces jefe del Departamento de Archivo, respondió el requerimiento de la fiscalía. Rebolledo expuso el procedimiento utilizado para entregar cédulas falsas para sostener identidades ficticias de agentes encubiertos:
“En cuanto al requerimiento que recibe este Servicio para la creación de una identidad ficticia, este se contiene en un oficio físico, de carácter secreto, donde se proporciona la identidad del agente policial de una de las dos ramas de las instituciones de orden público, y los datos de la nueva identidad, esto es, nombre completo, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nombre de padre y nombre de la madre, es decir, este Servicio no tiene participación alguna en la creación de esa identidad ficticia y sólo le corresponde, de acuerdo a la ley, materializar la petición, proporcionando en un tiempo prudente, el documento que portará el funcionario policial hasta que se notifique, del mismo modo, que dicha identidad sea dejada sin efecto”, indicó el funcionario del Registro Civil.
El oficio del servicio público agregó: “Importante relevar a usted que la información o dato sobre las identidades ficticias ordenadas por el Sistema de Inteligencia o el Ministerio Público, no se encuentra disponibles en nuestra institución de ninguna forma, ni en nuestros sistemas informáticos del sistema ni en nuestro sistema de identificación. Así como tampoco lo tenemos en forma documental, esto es, no existe en nuestra Institución. La razón de ello obedece a que no se procesa en forma separada la emisión de cédulas de identidad reales de las ficticias, lo que hace imposible distinguir unas de otras, como tampoco se guarda registro alguno de las órdenes que ordenan crearlas. (…) El Sistema de Inteligencia y el Ministerio Público son las únicas entidades que manejan el dato de las órdenes que han emitido para la creación de identidades falsas, en nuestra institución no queda ningún antecedente”.
Al cierre de este reportaje, en el Registro Civil señalaron: “La materia consultada se encuentra resguardada por causales de reserva, establecidas en la Ley N° 19.974”. Por lo mismo, la respuesta indicó que ese servicio “no tiene la facultad para referirse a ella”.
En el Departamento de Comunicaciones Sociales de Carabineros también declinaron referirse al tema por “tratarse de una materia relacionada y amparada bajo la Ley de Inteligencia”.
“Hay antecedentes suficientes para formalizar a los funcionarios que usurparon la identidad de Giovanni Arévalo. (…) A los fiscales les interesan casos que promuevan su imagen personal para mañana llegar a ser fiscales regionales. Por eso, a este caso no le dieron ninguna prioridad”, acusa el abogado querellante Enzo Morales. Agrega que “en Alto Hospicio hay una sola comisaría. La Fiscalía trabaja codo a codo con ellos. Entonces, quisieron ser deferentes con ellos, mantener las buenas relaciones”.
Requerida la versión de la Fiscalía de Alto Hospicio, en esa entidad indicaron que por problemas de agenda, su fiscal jefa, Virginia Aravena Hormazábal, no alcanzaría a responder las preguntas antes del cierre de este artículo.
Respecto a las versiones disímiles de los organismos públicos el abogado Morales señala: “Se utilizó la identidad real de una persona viva sin cumplir el estatuto jurídico de la Ley de Inteligencia. El Registro Civil tiene una serie de RUT reservados para esas funciones que están en coordinación con órganos policiales. En ningún caso pueden, ni ninguna institución pública, utilizar la identidad de un ciudadano real”.
El joven Giovanni Arévalo opta por un contacto cauto y breve con CIPER, dice temer represalias: “Nunca me dieron respuestas. Sería bueno que el caso no quede impune”. Termina de escribir esa frase y se excusa. Debe retornar al trabajo.