YA HABÍAN TERMINADO CUATRO AÑOS DE LIBERTAD VIGILADA Y UN CURSO DE ÉTICA. EN DOS AÑOS PODRÍAN VOLVER A VOTAR
Se cumplen ocho años del caso Penta: Délano y Lavín completaron su condena tras egresar de un programa psicosocial
23.09.2022
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YA HABÍAN TERMINADO CUATRO AÑOS DE LIBERTAD VIGILADA Y UN CURSO DE ÉTICA. EN DOS AÑOS PODRÍAN VOLVER A VOTAR
23.09.2022
A fines de septiembre de 2014 se supo que el grupo Penta era investigado por el SII. El proceso incluyó una denuncia por financiamiento político ilegal que terminaría involucrando a otras empresas y afectando desde el PS a la UDI. Al cumplirse el octavo aniversario del escándalo, los dueños de Penta -Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín- ya completaron sus condenas: en julio fueron dados de alta del programa de intervención psicosocial de Gendarmería. Ya habían terminado sus cuatro años de libertad vigilada y un curso de ética, además de pagar una multa.
En la última semana de septiembre se cumplirán ocho años desde que estalló el escándalo del financiamiento político ilegal. La investigación había partido en agosto de 2014 con una querella del Servicio de Impuestos Internos (SII) contra ejecutivos del Grupo Penta por incumplimiento tributario, pero a fines del mes siguiente trascendió que el proceso incluía aportes ilegales a campañas políticas, los que se hacían mediante el pago de boletas por servicios que jamás se prestaron. Penta evadía impuestos y los candidatos recibían dinero en negro (lea aquí el primer reportaje de CIPER que destapó esta trama). Dirigida por el entonces fiscal Carlos Gajardo, la investigación terminó involucrando a otras empresas -como SQM y el Grupo Angelini- y afectó a figuras de la UDI, RN, DC, PR, PS y PPD, además de las campañas presidenciales de Frei, Piñera y Bachelet.
Los controladores de Penta, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, enfrentarán este octavo aniversario del controversial caso sin deudas con la justicia. Ambos terminaron de cumplir sus penas tras ser dados de alta -en julio pasado- del programa de intervención psicosocial de Gendarmería, el que apunta a orientar a los condenados hacia la rehabilitación y evitar reincidencias. Délano y Lavín ya habían completado cuatro años de libertad vigilada y un curso de ética, además de pagar una multa de $857 millones cada uno. Ese fue el castigo que les impuso la justicia, tras un acuerdo entre sus defensas y el Ministerio Público.
Lo único que aún amarra a los dueños de Penta con el caso es que siguen imposibilitados de ejercer sus derechos ciudadanos, lo que se traduce básicamente en que no pueden sufragar. Pero en dos años, si no tienen nuevos problemas con la justicia, podrán pedir que se les devuelva el derecho a votar.
Los controladores de Penta estuvieron entre los principales protagonistas de la crisis política que se tomó la agenda con la investigación del exfiscal Gajardo. No solo porque fueron ellos los primeros empresarios formalizados en una audiencia transmitida en vivo, sino porque fueron los únicos que estuvieron en prisión preventiva, medida cautelar que cumplieron en el recinto penitenciario Capitán Yáber durante 46 días en 2015.
A partir del 20 julio de este año, las condenas de Lavín y Délano por haber evadido $1.700 millones en impuestos llegaron a su fin. Tras pasar cuatro años en libertad vigilada intensiva y haber asistido por 10 meses a un curso de ética, ese día se les dio de alta del programa de intervención psicosocial que se aplica a todos los condenados a cumplir su pena en libertad. La conclusión de esa intervención es que, a ojos de la justicia, ambos exhiben un bajo riesgo de reincidencia.
Para acceder a que su condena fuera cumplida en libertad, los empresarios debieron comprometer su asistencia en forma periódica al Centro de Reinserción Social Santiago Oriente (CRS) de Gendarmería, con el fin de someterse a la intervención psicosocial, desarrollada por profesionales orientadores. Estos programas apuntan a que los imputados puedan acceder a la rehabilitación con un bajo pronóstico de posible reincidencia.
La obligación es distinta al curso de ética que tanto Délano como Lavín debieron realizar a expresa petición del juez que dictó sentencia en 2018, Daniel Aravena. De hecho, los controladores de Penta cursaron 100 horas de trabajo académico aprobadas por el tribunal, curso creado especialmente por la Universidad Adolfo Ibáñez para que los ejecutivos cumplieran su condena. Ese curso concluyó en diciembre de 2019.
La intervención en las dependencias del CRS Santiago Oriente, en cambio, implicaba la elaboración de un programa que todo condenado en libertad recibe y que quedó estipulado solo unos días después de definida la pena. Así, Délano y Lavín debían asistir cada quince días a ese centro, periodicidad que, según explican personas que conocen estos procesos, cambió con la llegada de la pandemia: terminaron siendo sesiones online y en los últimos años se desarrollaron en forma mensual.
Especialistas relacionados con los objetivos de estos planes de intervención, explicaron a CIPER que estos apuntan a saber si el condenado asume la dimensión del delito cometido, si lo revaloriza o minimiza, si existe riesgo de reincidir y si sus actitudes pro criminales -como justificar el delito o rechazar a la autoridad- son altas o bajas. Dependiendo del avance verificado en el programa, las sesiones pueden ser intensificadas, ya sea aumentando la duración de cada una o la cantidad de contactos al mes.
La ley 20.603 detalla sobre la intensidad de esta medida: “El control del delegado en las penas sustitutivas de libertad vigilada y libertad vigilada intensiva, se ejecutará en base a las medidas de supervisión que sean aprobadas por el tribunal, las que incluirán la asistencia obligatoria del condenado a encuentros periódicos previamente fijados con el delegado y a programas de intervención psicosocial. Tratándose de la libertad vigilada intensiva, el tribunal considerará, especialmente, la periodicidad e intensidad en la aplicación del plan de intervención”.
El 29 de julio pasado, el Octavo Juzgado de Garantía dio cuenta del cumplimiento de esa pena sustitutiva, lo que implica haber sido dados de alta por parte de los profesionales del plan de intervención y haber demostrado un nivel de reincidencia bajo.
En la sentencia dictada el 9 de julio de 2018, los empresarios fueron también condenados a penas accesorias, como la inhabilitación perpetua y absoluta para derechos políticos, lo que apunta básicamente al derecho a sufragar.
Según registros oficiales, hoy ambos empresarios se encuentran inhabilitados para votar. Pero, tras haber cumplido su condena, en dos años más podrían acogerse a lo establecido en el decreto 409 que data de 1932. En este se estipula: “Toda persona que haya sufrido cualquier clase de condena y reúna las condiciones que señala esta ley, tendrá derecho después de dos años de haber cumplido su pena (si es primera condena), y de cinco años (si ha sido condenado dos o más veces), a que por decreto supremo, de carácter confidencial, se le considere como si nunca hubiere delinquido para todos los efectos legales y administrativos y se le indulten todas las penas accesorias a que estuviere condenado”.
Según el mismo artículo, para acceder a este indulto, se debe recurrir al Ministerio de Justicia.
Délano y Lavín además fueron inhabilitados a ejercer cargos públicos, pero solo mientras la condena estaba en curso. Es decir, a partir de agosto pasado ambos recuperaron la posibilidad de postular a algún cargo público. Asimismo, cada uno debió pagar al fisco la suma de $857.084.267 como multa equivalente al 50% del valor de los impuestos no pagados. El SII, sin embargo, accedió a que Délano y Lavín pudieran ingresar como gasto del holding los honorarios de los abogados que llevaron adelante su defensa, lo que significó que se descontaran $1.400 millones -correspondiente al pago de la “asesoría legal”- del monto sobre el que se calcularon sus tributos en 2018.