DEBATE CONSTITUCIONAL: REPRESENTANTES DEL APRUEBO Y EL RECHAZO RESPONDEN
¿El sistema de pensiones será de reparto y mis fondos no serán heredables?
25.08.2022
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DEBATE CONSTITUCIONAL: REPRESENTANTES DEL APRUEBO Y EL RECHAZO RESPONDEN
25.08.2022
El proyecto de nueva Constitución establece un Sistema de Seguridad Social, pero solo define sus principios. Los detalles sobre cómo va a funcionar los determinará una ley tramitada por los parlamentarios. Por lo mismo, la propuesta no excluye el ahorro individual ni el reparto o una fórmula mixta. Lo que sí establece es que los fondos solo podrán ser usados para pagar los beneficios que establezca el mismo sistema, por lo que la autoridad no podrá ocuparlos para otros fines. Entre estos beneficios los parlamentarios podrían incluir la heredabilidad. En el Apruebo destacan que los legisladores definirán estos temas, mientras que en el Rechazo dan como un hecho que no habrá heredabilidad.
Que no se podrán heredar los fondos de pensiones, porque estos dejarán de pertenecer a los trabajadores, es uno de los argumentos con que el Rechazo está buscando convencer a los indecisos. En el Apruebo sostienen que el sistema de seguridad social que propone el texto no dice que los fondos dejarán de ser de los trabajadores y que no se podrán heredar, y que la incorporación de ambos puntos -propiedad y heredabilidad- quedarán a criterio de los parlamentarios que deben tramitar la ley que dará cuerpo al sistema.
La Constitución vigente solo hace referencia, en su artículo 19, al “derecho a la seguridad social”, definiéndolo así: “La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias. El Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social”.
En tanto, el proyecto de la Convención establece que las personas mayores “tienen derecho a envejecer con dignidad; a obtener prestaciones de seguridad social suficientes para una vida digna; a la accesibilidad al entorno físico, social, económico, cultural y digital; a la participación política y social; a una vida libre de maltrato por motivos de edad; a la autonomía e independencia y al pleno ejercicio de su capacidad jurídica con los apoyos y salvaguardias que correspondan” (art. 33).
Luego, el proyecto define la seguridad social como un derecho fundamental basado en los principios de “universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad”. El texto especifica que una ley establecerá un sistema de seguridad social público “que otorgue protección en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en las demás contingencias sociales de falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo”. Y agrega que se “asegurará la cobertura de prestaciones a quienes ejerzan trabajos domésticos y de cuidados” (art. 45).
Respecto del financiamiento del sistema, el texto determina que se basará en aportes de trabajadores, de empleadores y de fondos públicos “a través de cotizaciones obligatorias y rentas generales de la nación”. Y se consagra que “los recursos con que se financie la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema”.
La mención de la “solidaridad” como uno de los principios que rigen la propuesta, ha generado versiones que indican que todos los aportes irían a un fondo común a repartir entre el universo total de beneficiados. Y esto ha encendido las alarmas de aquellos ciudadanos que quieren que sus cotizaciones vayan a una cuenta individual y que no se utilicen para mejorar prestaciones de otras personas.
Pero, en los hechos, el sistema actual ya tiene un componente solidario, pues contempla aportes del Estado que se utilizan para mejorar las pensiones más bajas.
A juicio del exdiputado y exministro del Trabajo, Osvaldo Andrade (PS), partidario del Apruebo, es altamente probable que en el sistema que se está proponiendo las cotizaciones de los trabajadores sigan siendo acumuladas en cuentas individuales y que solo los aportes públicos y patronales se usen para financiar solidariamente las pensiones de los más vulnerables. De hecho, se debe tener en consideración que, si la propuesta constitucional incluyó entre los beneficiarios a personas que ejercen trabajos domésticos y de cuidados, que no reciben remuneración por esas labores, es evidente que no cotizarán y que solo podrán recibir beneficios financiados solidariamente.
La economista y directora ejecutiva de Libertad y Desarrollo, Bettina Horst, adherente del Rechazo, dice que, tal como quedó escrita la propuesta de nueva Constitución, en materia de pensiones se puede admitir tanto un sistema de reparto como uno de ahorro personal. Pero, el punto clave para los partidarios del Rechazo es la eventual pérdida de la heredabilidad de los fondos. El principal reparo, dice Bettina Horts, es que no se reconoció a nivel constitucional ese beneficio y se dejó en manos del debate parlamentario.
La economista sostiene que, como la propuesta de la Convención determinó que los fondos solo podrán ser ocupados “para el pago de los beneficios que establezca el sistema”, eso puede llevar a que los ahorros para pensiones solo se destinen exclusivamente a pagar pensiones. Y, en ese caso, ante el fallecimiento de un trabajador que no dé origen a pensiones de sobrevivencia, sus ahorros podrían financiar pensiones de otras personas y no serían heredables.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, en entrevista con Radio Cooperativa, dijo este miércoles 24 de agosto que “hoy día solamente uno de cada ocho trabajadores que fallecen deja una herencia”. Y agregó que “el caso más general” es que se originen pensiones de sobrevivencia.
El exdiputado y exministro Osvaldo Andrade señala que lo fundamental del proyecto es que se instaura un sistema de seguridad social, lo que, a su juicio, es un cambio fundamental respecto de lo que existe actualmente. Según indica, la propuesta “sugiere principios que apuntan a la configuración de un sistema que articule un conjunto de instrumentos que apuntan a otorgarle a las personas seguridad al momento de vivir situaciones anómalas, complejas o delicadas. Entonces, ahí están las pensiones, el desempleo, la cesantía, la salud, etcétera. Configura un entramado que intenta construir certezas ante situaciones de incertezas”.
– ¿Por qué razón usted dice que hoy no existe un sistema de seguridad social?
– Porque el sistema actual no articula estas cosas como un solo sistema. Las deja entregadas a distintos actores. El sistema de pensiones es una mixtura entre sistema privado y algo de sistema público. El sistema de seguro de cesantía es tripartito, con una administración privada. El de salud tiene un componente privado y otro público. No hay una articulación de los distintos actores. Por eso, al requerir un servicio social no se recurre al Estado, sino al respaldo del ahorro particular. El mejor ejemplo son los retiros de las AFP. Ante una situación de precariedad social, el Estado le dijo a los trabajadores “ocupen sus ahorros”. Esta es la mejor demostración de que no tenemos un sistema articulado de seguridad social. Ante una precariedad debiera responder el Estado, no el ahorro personal.
Andrade agrega que es evidente que el Estado debe jugar un rol relevante en la seguridad social, “porque, de lo contrario, cómo el Estado se hace responsable de algo que van a administrar otros”.
A su juicio, el proyecto fija los pilares del nuevo sistema, otorgando garantías al ciudadano. Pero, reconoce que el principio de “solidaridad” probablemente es el que genera más contrariedad en el Rechazo: “Como se ha instalado la lógica de que cada uno se rasca con sus propias uñas, esto es contradictorio. Cuando a uno le dicen que con su aporte usted también debiera colaborar para el problema de las mujeres, de los jóvenes, de aquellos que tienen una pensión insuficiente, como la gente ha entendido que esta plata es de uno y que nadie la puede tocar, bueno, evidentemente la solidaridad entra en crisis”.
Sin embargo, da ejemplos de áreas en que la solidaridad ya se aplica y no genera cuestionamientos: “Tenemos un sistema solidario en la salud, por ejemplo. Cuando usted aporta el 7% de su sueldo a Fonasa o a un sistema de salud (privado) no necesariamente lo ocupa. ¿Y si usted nunca lo ocupara, nunca tuviese necesidad de acudir a la salud, le van a devolver esa plata? ¿O se la va a heredar a alguien? ¿Y si usted tiene prestaciones de salud que superan ampliamente el 7% que aporta, quién se hace cargo de la diferencia? Los otros que ponen su 7%. Lo que ponen los sanos, por decirlo de otra forma. Y eso es solidaridad completa. Y nadie lo discute. Ahí no hay problema”.
Respecto de la heredabilidad de los fondos, Andrade señala que el proyecto no menciona ese tema. Pero reconoce que la definición que limita el uso de los fondos solamente a pagar los beneficios que establezca el mismo sistema, podría interpretarse eventualmente como que no se pueden destinar a herencias. Igual, sostiene que todos estos detalles los definirá el legislador. Pero, considera que, como ya está “instalada la cultura” de propiedad de los fondos, será difícil que los parlamentarios incorporen ese cambio.
El exministro anticipa que, basándose en lo que se ha conocido de la reforma a las pensiones que presentará el actual Gobierno, lo más probable es que el 10% que hoy cotizan los trabajadores se mantenga en cuentas de capitalización individual, pero que el aporte patronal más el estatal sean los que financiarán la solidaridad.
En la vereda del Rechazo, Bettina Horst reconoce que la propuesta tiene cosas positivas: “Cuando habla de seguridad social se refiere a distintos ámbitos, donde pensiones es uno de ellos. Plantea la protección en casos de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, entre otros”. También cree que los principios propuestos “siempre deben estar presentes” en el debate sobre seguridad social.
Pero, “en materia de pensiones”, dice la economista, “así como está en el texto propuesto, ello admite tanto un sistema de reparto como un sistema de cuentas de ahorro personales. Por ello es importante analizar la propuesta constitucional en su conjunto, para entender cuáles son los riesgos para la regulación legal que finalmente se implemente”.
El punto central de los defensores del Rechazo es la heredabilidad. Bettina Horst basa sus argumentos en lo que no sale en el proyecto: “El principal reparo en materia de seguridad social, en relación al sistema de pensiones, es definir a nivel constitucional que los ahorros de los trabajadores no serán heredables tal como lo son en la actualidad”. Esa indicación no quedó en la propuesta final.
-Al establecer que “los recursos con que se financie la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema”, nos lleva a que los ahorros para pensiones sólo podrán ser destinados para el pago de pensiones. Por ello, en caso de muerte y no generar pensiones de sobrevivencia, que se asume que seguirán existiendo, los fondos ahorrados por un trabajador se irían al pago de pensiones de terceros y no serían heredables. Ello es la principal limitante que se observa en materia de pensiones en la actual propuesta en relación a la situación actual-, dice Horst.
En este punto cabe señalar que la ley permite hoy la heredabilidad de los fondos siempre y cuando ninguno de los beneficiarios reciba prestaciones de sobrevivencia. Vale decir, no son heredables a todo evento.
Horst cree que hay otros elementos que permiten abrir dudas sobre el buen uso de los fondos: “Actualmente, el gobierno impulsa una reforma al sistema de pensiones que genera un fondo de ahorro colectivo cuyos beneficios estarán definidos por ley. En caso de aprobarse la propuesta constitucional, las reglas de distribución de los fondos de este componente de ahorro colectivo podrán ser alterados por los parlamentarios y sólo necesitaría aprobación por mayoría simple del Congreso de Diputadas y Diputados”.
– ¿Por qué deberíamos temer a las eventuales decisiones de los parlamentarios, si son elegidos por los ciudadanos? Si un parlamentario propone sistema de reparto o ahorro individual, los votantes sabrán si lo eligen o no.
-En el caso de un sistema de pensiones que debe enfrentar la realidad del envejecimiento de la población, por motivos electorales entregar mayores beneficios/pensiones hoy es probable que desfinancie y deje sin recursos a las generaciones futuras. Por ello es importante la sostenibilidad del sistema en el tiempo, que no necesariamente es algo presente en el análisis electoral de corto plazo.