DEBATE CONSTITUCIONAL: REPRESENTANTES DEL APRUEBO Y EL RECHAZO RESPONDEN
¿La declaración de Estado plurinacional genera privilegios para los pueblos indígenas?
03.08.2022
Hoy nuestra principal fuente de financiamiento son nuestros socios. ¡ÚNETE a la Comunidad +CIPER!
DEBATE CONSTITUCIONAL: REPRESENTANTES DEL APRUEBO Y EL RECHAZO RESPONDEN
03.08.2022
La declaración de Estado plurinacional en el proyecto de nueva Constitución establece derechos para 11 pueblos indígenas. Para los promotores del Rechazo esto genera una categoría privilegiada de ciudadanos. En el Apruebo argumentan que solo busca superar las trabas que han impedido a estos pueblos ejercer sus derechos, históricamente vulnerados, para quedar en igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos. Esto, dicen, pone al país al día con el derecho internacional, formalizando acuerdos ya suscritos por Chile.
“Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico”. Eso es lo que dice el primer artículo de la propuesta de nueva Constitución. La definición del Estado como “plurinacional” ha provocado más controversia que los otros conceptos que la acompañan, como “ecológico” o “intercultural”. Para el Apruebo, reconocer a los pueblos indígenas como naciones y concederles derechos que les aseguren participar en las decisiones que pueden afectarles, no es más que “ponerse al día” con el derecho internacional y reconocer compromisos ya adquiridos por Chile. Para el Rechazo, la propuesta convierte a los indígenas en “privilegiados”, pues vulnera el principio de igualdad entre todos los ciudadanos.
En lo que coinciden ambos sectores, es en que era necesario un reconocimiento constitucional a la existencia de los pueblos originarios. En Latinoamérica, sólo Chile y Uruguay no lo tienen. Es más, ha sido una carencia en nuestro país desde 1822, que es la última vez que se hizo referencia a ella. Y tenía un enfoque colonialista. En la constitución de ese año se señalaba que era facultad del Congreso “cuidar de la civilización de los indios del territorio”. De ahí en más, nunca volvió siquiera a mencionar a los pueblos indígenas.
La propuesta de nueva Constitución establece que la declaración de plurinacionalidad no afecta la unidad del país: “Chile reconoce la coexistencia de diversos pueblos y naciones en el marco de la unidad del Estado” (Art. 5).
Más adelante consagra que se deben garantizar políticas públicas que permitan superar las diferencias de trato que a lo largo de la historia han afectado a los indígenas:
“El Estado reconoce y promueve el diálogo intercultural, horizontal y transversal entre las diversas cosmovisiones de los pueblos y naciones que conviven en el país, con dignidad y respeto recíprocos. El ejercicio de las funciones públicas debe garantizar los mecanismos institucionales y la promoción de políticas públicas que favorezcan el reconocimiento y la comprensión de la diversidad étnica y cultural, superando las asimetrías existentes en el acceso, la distribución y el ejercicio del poder, así como en todos los ámbitos de la vida en sociedad” (Art. 11).
Luego, se definen los derechos:
“Los pueblos y naciones indígenas y sus integrantes, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales. En especial, tienen derecho a la autonomía; al autogobierno; a su propia cultura; a la identidad y cosmovisión; al patrimonio; a la lengua; al reconocimiento y protección de sus tierras, territorios y recursos, en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos; a la cooperación e integración; al reconocimiento de sus instituciones, jurisdicciones y autoridades, propias o tradicionales; y a participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado” (Art. 34).
Jaime Arancibia, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, dice que estos derechos marcan una diferencia con el resto de los chilenos, por lo que pueden calificarse como “privilegio”:
“Esos derechos constituyen un privilegio desde el momento mismo en que se trata de bienes, garantías y poder de veto que no han sido reconocidos del mismo modo para el resto de los chilenos mestizos. No estoy de acuerdo con eso porque destruye la igualdad ante la ley, que es el principio básico para que prospere una sociedad democrática. Me parece que no debería ser visto como una reparación, sino como un reconocimiento, como el que podría hacerse a otros grupos o estamentos de la sociedad”, dice Arancibia.
El académico sostiene que “ese reconocimiento va mucho más allá de lo que incluso exigen los tratados internacionales, porque procura fragmentar la unidad soberana del Estado y la igualdad ante la ley”. En todo caso, el objetivo que Arancibia le adjudica a esta propuesta -que procura dividir al Estado y afectar la igualdad ante la ley- no figura en el texto del proyecto constitucional.
“(El plurinacionalismo) es discordante porque pone fin a la igualdad ante la ley de todos los chilenos, que viene desde 1818 con la frase ‘en Chile no hay persona ni grupo privilegiados’ (…). Muchos chilenos se preguntarán por qué deberían financiar con su esfuerzo los privilegios de algunos que se sienten diferentes y quieren hacer secesión o grupo aparte”, plantea el académico. De esta forma, Arancibia da por hecho que quienes tendrán estos derechos quieren separarse de Chile, a pesar de que el texto propuesto establece que el reconocimiento de estos pueblos y naciones se hace dentro “de la unidad del Estado”.
El abogado Rodrigo Álvarez, exdiputado y exconvencional de la UDI, señala que antes de entrar a la Convención estaba abierto al reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas. “Estaba totalmente disponible para agregar elementos de la interculturalidad. Pero, me parece un error lo que termina siendo un plurinacionalismo desmedido para la realidad de Chile”.
Álvarez contradice el argumento del Apruebo de que el plurinacionalismo es un simple ponerse al día con el derecho internacional: “Varias veces (en la Convención) se usaron esos argumentos, por los textos aprobados por las Naciones Unidas, pero hay varios en que Chile no participó o no coincidió. En segundo lugar, eso de que sería una expresión del Convenio 169 (de la OIT, suscrito por nuestro país), no es así. Acá (en la propuesta de nueva Constitución) hay muchos más derechos y atribuciones. Creo que esta Constitución va mucho más allá que los acuerdos realmente aprobados y ratificados por Chile y, de hecho, con eso se abre otro flanco muy complejo de interpretación y de alta tensión social. Tengo una visión totalmente distinta. Ni los escaños reservados ni el derecho propio ni las autoridades judiciales ni el consentimiento previo estaban ocurriendo en el país, porque no eran propios de nuestro derecho”, dice, aludiendo al argumento de que muchas de las cosas que se incluyeron en el proyecto ya estaban operando.
Álvarez sí acepta como positivos “aquellos elementos como el reconocimiento a sus posibilidades de educación, salud, conforme a sus costumbres y creencias y visiones. No tengo problemas en que en los documentos de identificación aparezcan no solo como chilenos, sino también según su pueblo originario. Además del reconocimiento a sus lenguas, por supuesto, especialmente donde son masivamente desarrolladas, y a su derecho a una cosmovisión distinta”.
En el Apruebo sostienen que los derechos plasmados en el proyecto de Nueva Constitución no son un privilegio para los pueblos indígenas. Manuela Royo, abogada y exconvencional, señala que “esto a mí me parece muy racista. Invitaría a conocer las comunidades para que vean cómo vive la gente en el campo, si acaso tienen alcantarillas, si tienen agua, si viven en situación de privilegios. Históricamente, sus tierras fueron usurpadas, mucha gente tuvo que migrar a Santiago para trabajar. Me extraña que personas que tienen educación, propiedades, que viven en el barrio alto hablen de privilegios de los pueblos indígenas”.
A juicio de la abogada, la propuesta busca proteger a un sector desfavorecido, tal como se ha hecho con otros grupos, como los niños que viven en situación de vulnerabilidad, personas con capacidades diferentes o mujeres, para los que se han diseñado normas y políticas públicas tendientes a hacer efectiva la igualdad ante la ley que se les reconoce formalmente. En el debate de los convencionales se distinguió entre la “igualdad formal”, que es la que se declara en las leyes, y la “igualdad sustantiva”, que apunta a que realmente se asegure un trato equitativo para todos a través de políticas que pongan a los sectores vulnerados al mismo nivel del resto de los ciudadanos.
“Evidentemente, cuando hay grupos que han sido históricamente vulnerados, tiene que existir un reconocimiento en materia de derechos humanos y eso pasa con las mujeres, con los niños, con las personas con discapacidad. No es algo exclusivo de los pueblos originarios”, dice la exconvencional.
Royo agrega que no hay nada nuevo en la propuesta: “Recordemos que en 1989 el expresidente Aylwin firmó un acuerdo, el Acuerdo de Nueva Imperial, donde se comprometió a dar reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas, lo que a la fecha no sucede. Hay una deuda histórica y antecedentes objetivos, como la Comisión de Justicia (la Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato de los Pueblos Indígenas, de 2004). Estos documentos hablan de que lo hecho por la Convención había sido conversado antes y había un acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas. Lo que hace es ponernos al día en materia de derecho internacional”.
La comisión mencionada por la abogada propuso garantizar una serie de derechos políticos, territoriales y culturales de los indígenas, además del reconocimiento de sus sistemas legales. Incluso, planteaba la posibilidad de que pudieran “autogestionar su vida colectiva”.
El último antecedente sobre un intento de otorgarles a estos pueblos el reconocimiento constitucional fue el proyecto presentado por la expresidenta Michelle Bachelet en 2018. En éste, se les asignaba una cuota de representación parlamentaria y se reconocían sus derechos culturales y lingüísticos, así como el derecho a su patrimonio cultural, material e inmaterial. Este proyecto ni siquiera fue discutido en el Parlamento y fue archivado por la administración de Sebastián Piñera.