EMPRESA PIDIÓ AUMENTAR LÍMITE PARA SUSTANCIAS QUE CAUSARON MUERTE DE MILES DE CISNES EN 2004
Autoridad modifica a última hora proyecto de norma ambiental para el río Valdivia: coincide con solicitud de Celulosa Arauco
02.03.2022
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EMPRESA PIDIÓ AUMENTAR LÍMITE PARA SUSTANCIAS QUE CAUSARON MUERTE DE MILES DE CISNES EN 2004
02.03.2022
La tramitación de la norma para proteger la cuenca del río Valdivia se inició después del episodio de contaminación que en 2004 provocó una mortandad de cisnes de cuello negro. Tras un fallo judicial que estableció su responsabilidad, Celulosa Arauco (Celco) acordó pagar $5.200 millones por derramar residuos que ocasionaron el desastre. Ahora, cuando la norma está a punto de ser aprobada, la autoridad modificó la propuesta original, lo que permitiría una mayor concentración de las mismas sustancias que mataron a las aves. La determinación coincide con una solicitud de Celco para introducir modificaciones y se adoptó después del proceso de participación ciudadana y consulta indígena.
Cerca de 17 años ha tardado la tramitación de la norma de calidad del agua del río Valdivia, regulación que establecerá áreas de vigilancia y límites para la concentración de químicos y metales pesados en toda la cuenca, que comprende a los ríos Cruces, San Pedro y Calle Calle, además del Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter. Su elaboración comenzó en 2005, a raíz del desastre ambiental provocado un año antes por la planta Valdivia de la empresa Celulosa Arauco y Constitución (Celco), del grupo Angelini, que causó la muerte de miles de cisnes de cuello negro. En 2014, tras un proceso judicial que le fue adverso, Celco acordó pagar $5.200 millones por contaminar el humedal del río Cruces —que forma parte de la cuenca—, lo que originó la mortandad de las aves.
El trámite de la norma está en una de sus últimas etapas: a punto de ingresar al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, instancia que debe votar la normativa antes de ser enviada a la Contraloría. Y ahora que está en la recta final, la autoridad modificó la propuesta original, lo que permitiría aumentar el límite para la concentración de varias sustancias, entre ellas hierro y sulfatos, precisamente los dos principales elementos que provocaron la muerte de los cisnes.
Estos cambios de última hora se produjeron después de que Celco pidió modificaciones en el mismo sentido y cuando los procesos de participación ciudadana y consulta indígena ya se habían cerrado. Así, el Ministerio de Medio Ambiente (MMA) —a cargo de la elaboración de la norma— aplicó modificaciones que no se presentaron a las comunidades involucradas. Los cambios les fueron informados el 27 de diciembre pasado, cuatros meses después de que concluyera la consulta, a pesar de que en el documento que preparó el MMA y que resume lo acordado con los pueblos indígenas, se estableció que no se harían modificaciones posteriores:
“Los acuerdos a los que se arriben en este proceso serán vinculantes tanto para el Estado de Chile como para las comunidades (…) los cuales no podrán ser modificados en etapas posteriores del proceso de elaboración de la norma” (vea el documento).
Según Jorge Canals, ex seremi y subsecretario de Medio Ambiente, introducir cambios luego de los procesos de participación está dentro de las facultades del MMA. Pero, puntualizó que “no es habitual ni tampoco es razonable que haya un cambio entre el anteproyecto consultado con el proyecto definitivo, sin que exista una justificación de ese cambio. Uno espera que haya una coherencia entre el anteproyecto, la consulta y el proyecto definitivo”, explicó a CIPER.
El MMA, por medio de su Oficina de Comunicaciones y Prensa, indicó a CIPER que “durante el proceso de consulta indígena no se realizaron observaciones relativas a este tema”. La respuesta de la cartera agregó que, después de realizada la consulta, se recibieron nuevos antecedentes sobre las concentraciones habituales de diversas sustancias: “De modo que con la nueva información de datos de calidad de las aguas, la norma podía sufrir cambios técnicos”.
Los cambios eliminaron siete sustancias de la lista de elementos a monitorear e incrementaron los límites permitidos de otros 11, entre los que se cuentan cloruro, nitrato, manganeso, aluminio, hierro y sulfatos. Estos dos últimos tuvieron un rol protagónico en el desastre ambiental provocado por Celco en 2004, según consta en estudios posteriores al incidente, información contenida en el fallo del Primer Juzgado Civil de Valdivia que sindicó a la planta de celulosa como responsable de alterar el ecosistema (vea ese fallo).
La revisión de las bases de datos de las estaciones de monitoreo de la Dirección General de Aguas (DGA), que registran información de la cuenca del río Valdivia desde 1987, permite concluir que la modificación al proyecto autorizará niveles de sulfatos similares a los registrados inmediatamente después del desastre del río Cruces: en 2004, en el sector de Rucaco —cercano al punto donde Celco descarga sus residuos— se detectaron concentraciones de hasta 20 miligramos de sulfatos por litro (mg/L). Ahora, en todas las zonas de la cuenca, la regulación tolerará 18 mg/L. Esto contrasta con la propuesta original para la norma, que permitía una concentración de hasta 7 mg/L en la zona de Rucaco y de 3 mg/L en el resto de la cuenca.
Gráfico 1.
Variabilidad temporal de la concentración de Sulfato (mg/L) en la cuenca del río Valdivia entre 1987 y 2017
Respecto del hierro, en los meses posteriores a la instalación de la planta de celulosa las concentraciones más altas que se monitorearon en el sector de ingreso al humedal del río Cruces bordearon los 0,4 mg/L. Así lo indica un estudio hecho por la Universidad Austral y citado en el fallo contra Celco.
Gráfico 2.
Variabilidad temporal de la concentración de Hierro (mg/L) en el río Valdivia durante el periodo Abril a Diciembre de 2004, en las tres estaciones analizadas en el río Cruces
En los cambios que se introdujeron ahora a la propuesta se establece que se tolerarán concentraciones de hierro de hasta 0,8 mg/L en todos los sectores de la cuenca. En tanto, en los antecedentes que habían sido presentados a las comunidades, el límite para el área cercana a la planta de Celco se había fijado en 0,39 mg/L.
Tres meses antes de que se introdujeran estos cambios al anteproyecto, Celulosa Arauco envió una carta al MMA solicitando, precisamente, aumentar los límites de concentración de sustancias y metales pesados.
“Se observó que tal falta de relación entre los límites fijados y los elementos a regular era preocupante dado que los niveles de exigencia impuestos podrían implicar algo imposible de cumplir para determinadas actividades existentes y/o futuras, lo que podría llegar a redundar en que con ello se impediría (…) el desarrollo de actividades legítimas en las zonas en que se aplicaría la norma”, señaló Arauco en la misiva enviada el 16 de septiembre de 2021 a la entonces ministra de Medio Ambiente, Carolina Schmidt (vea aquí la carta).
Luego de los cuestionamientos de organizaciones sociales y comunidades indígenas, el MMA determinó, mediante una resolución del 20 de enero pasado, ampliar hasta el próximo 30 de marzo el plazo para elaborar la norma. El propósito de la postergación es —dice la resolución— “resolver consultas y comentarios específicos de carácter técnico (…) y explicar de manera más detallada la metodología empleada para la elaboración de la propuesta”.
En octubre de 2004, en el humedal del río Cruces se comenzó a constatar el deceso de miles de cisnes de cuello negro. Algunas aves murieron de inanición, pues su principal alimento, una planta acuática conocida como luchecillo, desapareció producto de la contaminación. Otras perecieron intoxicadas, porque el luchecillo contenía un alto nivel de hierro y sulfatos.
Enrique Paredes, patólogo a cargo de las necropsias realizadas a los cisnes, explicó a CIPER que lo que se detectó fue un “daño hepático y renal por acumulación de hierro, que se presenta en las aves que tienen en su alimento un exceso de esta sustancia. Los cisnes estuvieron comiendo durante un tiempo prolongado luchecillo que tenía una cubierta de una serie de elementos minerales, entre ellos el hierro”.
Jorge Ulloa Huepe, veterinario y académico del Instituto de Zoología de la Universidad Austral que también participó en las necropsias, declaró ante el Primer Juzgado Civil de Valdivia que “de acuerdo a los resultados de la investigación realizada por diversos laboratorios, la causa sería de origen alimentario al encontrarse con altas concentraciones de hierro en la planta Egeria Densa (luchecillo)”.
El juicio en el que declaró Ulloa Huepe fue impulsado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra Celulosa Arauco. El proceso terminó con un acuerdo entre la empresa y el CDE: Celco indemnizó al Estado con $2.600 millones y se comprometió a destinar la misma suma a programas de desarrollo comunitario.
En la sentencia se detallan estudios que analizaron los efectos de la contaminación del río Cruces y un informe de la Universidad Austral que en 2005 buscó determinar el origen de la mortalidad y disminución de las aves en el Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter (vea aquí ese informe).
“Se presentaron los resultados de estudios patológico, microbiológicos y toxicológicos de cisnes de cuello negro recolectados en el Santuario y humedales adyacentes, determinándose que la mayoría de estas aves presentaban un severo cuadro de pérdida de peso, indicativo de carencias alimentarias por pérdida del luchecillo, que también presentaban gastritis parasitaria. En el hígado y secundariamente en los riñones se encontró una alta acumulación de hierro y otros metales pesados relacionado con la alta absorción de hierro a nivel intestinal, resultados que coinciden con los análisis toxicológicos llevados a cabo en plantas de luchecillo, que también mostraban alta concentración de metales pesados, principalmente, hierro”, se lee en el fallo.
Claudia Sepúlveda, doctora en Geografía e investigadora del grupo Acción por los Cisnes, señala que lo riesgoso de estas concentraciones es que “el hierro reacciona con el sulfato de aluminio, lo que provoca la floculación del hierro disuelto, decantando en el fondo del humedal y sobre las algas y organismos presentes”. Y, de acuerdo con un informe elaborado por la Conaf luego del incidente, “el factor determinante estaría dado por el vertido de sulfato de aluminio, floculante utilizado en los tratamientos de los residuos industriales líquidos, provenientes de la industria” (vea ese informe).
–Si el propósito de la norma es recuperar los niveles antes de la intervención antrópica (humana), se contradice abiertamente con la definición de parámetros similares o incluso superiores a los que ocurrieron durante el mayor evento de contaminación industrial que haya afectado a nuestros ríos en la región–, agrega la investigadora Claudia Sepúlveda.
Otra crítica que tanto expertos como comunidades involucradas esgrimen en contra de los últimos cambios, es que se permitirán los mismos niveles en diferentes estaciones de monitoreo. El MMA decidió fijar por parejo los límites de concentración de algunos parámetros en distintos sectores de la cuenca, lo que significa que en zonas alejadas de las descargas de la planta de celulosa se permitirán los mismos niveles que en tramos cuya exposición es cercana y constante.
“No tiene sentido homologar toda la cuenca, hay que separar distintas áreas de vigilancia con distintos valores. Es una de las cosas que hemos criticado al ministerio, porque esta norma va a abarcar toda la cuenca del Cruces y el Calle Calle, que son totalmente distintas, por lo que deberían ser otros valores”, explicó a CIPER un limnólogo y académico de la Universidad Austral involucrado en la elaboración de la norma.
Ignacio Rodríguez, director del Centro de Humedales Río Cruces, explicó a CIPER que los datos sobre el nivel que alcanzaron los contaminantes durante el desastre ambiental no se consideran en la elaboración de la norma: “Datos que se generan durante condiciones excepcionales, como un daño ambiental, no reflejan la variabilidad ‘normal’ del sistema».
Desde el MMA señalaron a CIPER que el límite que ahora se propone para el sulfato se debe a que “los datos de calidad de aguas actualizados evidencian que en la cuenca del río Valdivia se han registrado concentraciones de sulfato entre los 1 y 32 mg/L, y en el periodo 2018-2019 entre 5 y 15 mg/L. El valor de 18 mg/L según la metodología establecida para la elaboración de la NSCA (Norma Secundaria de Calidad Ambiental) corresponde a una calidad aceptable para esta cuenca en particular” (vea aquí las respuestas del MMA).
“El Anteproyecto planteado sería imposible de cumplir para determinadas actividades existentes y/o futuras, todo lo cual nos permite concluir que se hace innecesario (y quizás hasta dañino para la propia biodiversidad) el establecimiento de parámetros tan extremadamente exigentes”. El texto es parte de la misiva que envió Arauco al MMA solicitando que se flexibilizaran los límites de concentración para ciertos químicos y metales establecidos en la regulación.
En la carta, enviada el 16 de septiembre de 2021, Celco sostiene que con los límites de concentración estipulados en la propuesta original, presentada en los procesos de consulta, se pone en riesgo la operación de diversas actividades productivas. “De fijarse parámetros y límites que carecen de sustento técnico y motivación (…) se conducirá irremediablemente a la declaración de zonas latentes y saturadas para diferentes parámetros de calidad de agua, y al establecimiento de un consecuente plan de prevención que necesariamente deberá imponer una reducción de emisiones”, señaló la empresa.
No es el primer intento de Arauco para incidir en la norma. En noviembre de 2015, el gobierno de Michelle Bachelet ya había publicado un decreto que regulaba la calidad de las aguas para la cuenca del río Valdivia, el que establecía los mismos parámetros y límites de concentración que la propuesta original de la norma, es decir, antes de los cambios aplicados por el MMA en diciembre de 2021 (vea acá el decreto de 2015). Entonces, Celco sostenía que parámetros tan exigentes le impedirían adaptarse a esos límites (vea reportaje de CIPER).
Celco, junto Forestal Calle Calle y la Corporación para el Desarrollo de la Región de los Ríos (Codeproval) —donde también participa Arauco—, presentaron en 2016 reclamaciones ante el Tribunal Ambiental de Valdivia con el fin de anular el decreto de 2015.
El fallo acogió parcialmente la reclamación de Celco: el decretó se anuló y se ordenó retrotraer el proceso de tramitación hasta la elaboración del Análisis General de Impacto Económico y Social (AGIES), que pondera los costos y beneficios de la norma. “La sentencia del tribunal es que la norma se devuelva hasta la elaboración del AGIES, no cuestiona los parámetros ni los límites que establece la norma que se promulgó. El tribunal no rechazó la norma, lo que se rechazó fue el procedimiento del documento de impacto económico, pero no se pronuncia sobre el fondo de la normativa», explica Juan Pimentel, antropólogo y asesor de las comunidades indígenas.
El texto del fallo indica que se acogieron las reclamaciones “solo por falta de motivación suficiente del decreto reclamado, como resultado de las diversas deficiencias sustantivas y adjetivas de la AGIES”. Y ordena al MMA reanudar el procedimiento administrativo a partir de la elaboración de dicho documento, pero —como explica Pimentel— no emite comentarios sobre los límites de concentración estipulados en el decreto (vea ese fallo del Tribunal Ambiental).
Así, en 2017 se retomó la elaboración de la norma, pero en agosto de 2019 Codeproval solicitó anular la resolución que aprobaba el anteproyecto y lo sometía a consulta pública. En el escrito se reiteran los temores expuestos por Celco ante los límites planteados: “No se podrán ejecutar nuevos proyectos en la cuenca. Además, las actividades existentes correrán serio riesgo de no poder continuar su operación” (vea aquí la solicitud).
Las nuevas modificaciones fueron presentadas por el MMA el 27 de diciembre de 2021 en una reunión del Comité Operativo Ampliado, instancia que reúne a autoridades públicas y actores interesados, como las comunidades indígenas. En su respuesta a CIPER, el MMA asegura que los cambios responden a “análisis realizados como consecuencia de la actualización de la información de calidad de aguas, las que muestran que la cuenca presenta un comportamiento que difiere de lo proyectado en el anteproyecto, motivo por el cual ha sido necesario modificar los valores normativos”.
La última ofensiva de Arauco para incidir en la regulación tuvo lugar el 17 de enero pasado. En una carta enviada al ministro de Medio Ambiente, Javier Naranjo, explicita los valores de algunos parámetros que, de acuerdo a la empresa, le permitirían operar sin impactar en el ecosistema hídrico. En el caso de los sulfatos, por ejemplo, sostenía que “no existe información técnica para justificar un límite inferior a 120 mg/L”.
“Si las operaciones de la planta Celco requieren que el límite de concentración de sulfatos no sea menor a 120 mg/L, entonces bajo el criterio del Principio de Precaución la planta no debiera operar en este lugar por los riesgos ambientales que conlleva, que no son sólo potenciales, sino que también fueron identificados como causas del ecocidio que a partir del 2004 afectó al humedal del río Cruces”, enfatiza la investigadora Claudia Sepúlveda.
CIPER consultó al MMA sobre las propuestas de Arauco para ajustar la norma y si estas influyeron en los cambios adoptados por la cartera. Desde la institución señalaron que “las modificaciones de los valores contenidos en la propuesta de proyecto definitivo responden exclusivamente a antecedentes y criterios técnicos utilizados por esta Secretaría de Estado, mediante el análisis de la información de calidad de aguas disponible, de forma de establecer estándares de calidad ambiental acordes a las características de cada área a normar”.
Las comunidades indígenas enviaron una carta al MMA en la que sostienen que las últimas modificaciones “no representan los criterios por los cuales deben ser establecidos los niveles de calidad ambiental”. Según argumentan, la norma debería tener por objetivo preservar los ecosistemas hídricos y recuperar los niveles de calidad del agua antes de la intervención industrial. Y, a su juicio, el incremento de los límites de concentración para algunos parámetros atentaría contra ese propósito. Además, acusan que se vulneró su derecho a ser consultados en todos los niveles de decisión de la norma.