Luego de que la Fiscalía y la Defensoría Penal señalaron que no les era posible determinar el número de personas que seguían en las cárceles por delitos vinculados al estallido social, CIPER chequeó miles de causas asociadas a las protestas iniciadas en octubre de 2019 y constató que al menos 77 personas siguen en prisión. De ellas, solo dos son mujeres. En esta nómina no se incluyeron tres internos que fueron detenidos en la revuelta, pero que continúan encarcelados por otros delitos pendientes no relacionados con la protesta social. Hay personas que llevan un año y 10 meses en prisión preventiva. Determinar la cifra total de condenados e imputados es crucial cuando en el Senado se discute un proyecto que busca indultar a quienes cometieron ilícitos durante las protestas.
Un hombre de 30 años es quien lleva la mayor cantidad de tiempo en prisión preventiva por un delito asociado a la revuelta social. Está recluido en la cárcel Santiago 1 desde el 23 de octubre de 2019, cuando fue acusado de lanzar una bomba molotov contra una comisaría de San Miguel. En total, ha estado preso 651 días. En junio de 2021 fue condenado a cumplir tres años de cárcel, pero su defensa llevó el caso a la Corte Suprema, por lo que se mantiene en prisión preventiva hasta que se conozca el fallo definitivo. Si es absuelto, habrá cumplido dos tercios de la pena, aunque finalmente sea declarado inocente del delito que se le imputa.
Los familiares de los presos reclaman por la lentitud de los procesos judiciales y por lo que consideran un uso abusivo de las prisiones preventivas por parte de la Fiscalía. Sus alegatos encontraron eco en los legisladores que han impulsado el proyecto de ley que busca indultar a quienes cometieron delitos en el marco del estallido social. Ese proyecto se tramita actualmente en la Comisión de Constitución del Senado, donde el Ministerio Público y la Defensoría han dicho que no es posible calcular el número de personas que se podrían beneficiar, debido a que no existe un delito específico asociado a la revuelta. Tampoco han entregado el número de personas que a esta fecha permanecen en las cárceles, imputadas o condenadas en causas asociadas al estallido social.
CIPER recolectó información sobre esas causas desde diversas fuentes: oficios respondidos por el gobierno ante solicitudes de parlamentarios, catastros elaborados por agrupaciones de familiares de los presos y archivos que están en manos de abogados de derechos humanos de Santiago y regiones. Para esta investigación revisamos miles de causas judiciales y las sistematizamos para establecer cuántas son las personas que permanecen privadas de libertad.
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Excluimos de esta nómina a quienes fueron detenidos por ilícitos relacionados con las protestas, pero que siguen en prisión por otros delitos que tenían pendientes: son solo tres presos. Tampoco consideramos a quienes tienen otro tipo de medidas cautelares o condenas, como arresto domiciliario total y arresto domiciliario nocturno. En este listado tampoco incluimos a dos personas que dispararon contra civiles hiriéndolos de muerte, ya que se trata de delitos perpetrados por dos hombres que se oponían a las manifestaciones. De hecho, en Curicó uno de ellos disparó contra una manifestación y mató al joven José Uribe Antipán.
Luego de identificar a quienes figuran como presos en el sistema de información público del Poder Judicial, chequeamos esa información en los registros internos de los juzgados y de Gendarmería. El resultado fue que al menos 77 personas están en algún penal del país por causas asociadas a las protestas que se desataron el 18 de octubre de 2019. De esas personas, 51 están en prisión preventiva y 26 ya cumplen condena. De las 77 personas que al 4 de agosto de 2021 permanecían detenidas, solo dos son mujeres.
Según la distribución regional de las causas, 43 de los 77 internos están encarcelados por procesos radicados en la Región Metropolitana; 12 en la Región de Tarapacá; siete en la Región de Antofagasta; cuatro en la Región de Valparaíso y tres en la Región del Maule. También hay dos detenidos en Puerto Montt y uno en las ciudades de Arica, Punta Arenas, Panguipulli, Copiapó y La Serena. En Santiago los presos están principalmente en la cárcel Santiago 1, pero también los hay en los penales de Colina y Puente Alto.
Entre las acusaciones más graves se cuentan los incendios de la Municipalidad de Quilpué, del hotel Principado de Asturias (Santiago) y de una oficina de Chilquinta (Quintero). También aparece el atropello de una funcionaria de la PDI durante un saqueo (Pudahuel) y un homicidio frustrado por el caso de un conductor que resultó con su espalda quemada cuando su vehículo fue atacado con una molotov (Antofagasta).
BOMBAS MOLOTOV: LA ACUSACIÓN MÁS FRECUENTE
El catastro realizado por CIPER no es definitivo, ya que se elaboró sobre la base de la información pública disponible en diversos registros. En las organizaciones que defienden a los llamados presos de la revuelta señalaron que pueden ser más los recluidos, pues aseguran que hay personas que prefieren que sus causas no sean públicas, por miedo a la condena social.
El delito que más se repite en las causas judiciales consideradas en este catastro es el de preparar y lanzar bombas molotov contra Carabineros: 44 personas están recluidas por ese motivo. Otras 18 están acusadas de “desórdenes públicos” y 13 por el delito de “incendio”. En diez causas se imputa “robo en lugar no habitado” (saqueo). En algunos casos son varios los delitos que se asocian a una misma persona.
Un hombre de 32 años fue condenado en Concepción por arrojar una molotov contra un carro lanza gases de Carabineros, durante una protesta realizada en la Plaza de Tribunales de esa ciudad el 2 de diciembre de 2019. Ese mismo día fue detenido, permaneciendo en prisión preventiva hasta el 19 de mayo de 2020, cuando fue condenado a una pena de tres años y un día por arrojar bombas molotov en la vía pública y por causar desórdenes. Desde ese momento cumple su condena en la cárcel El Manzano, de Concepción.
Otro de los detenidos, también de 32 años, obrero de la comuna de Pudahuel (Santiago), fue condenado a cuatro años y un día de presidio por arrojar una molotov a carabineros durante una protesta en la Plaza Baquedano (o Plaza Dignidad) el 15 de noviembre de 2019. Su defensa llevó el caso a la Corte de Apelaciones, por lo que el acusado permanece en prisión preventiva en la cárcel Santiago 1 desde hace ya 628 días.
El que la mayoría de quienes permanecen en las cárceles por delitos asociados a la revuelta social estén en esa situación por fabricar o arrojar bombas molotov, puede explicarse por la modificación a la Ley de Control de Armas que se concretó durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet, la que aumentó las penas para quienes utilicen estos artefactos incendiarios.
Hay casos en que se suman otros delitos. Por ejemplo, un hombre de 48 años fue condenado a más de 10 años de cárcel por utilización de bomba molotov, pero también por homicidio frustrado y desórdenes públicos. La condena dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta establece que durante una barricada en la que participaba el 16 de diciembre de 2019 en el centro de esa ciudad, le arrojó una bomba molotov a una camioneta Ssangyong cuyo conductor no quiso desviar su camino. El fuego le quemó parte de la espalda al conductor, y los mismos manifestantes detuvieron y entregaron a la policía al autor del delito. Su defensa presentó un recurso de nulidad, por lo que el hombre permanece en prisión preventiva desde diciembre de 2019 en la cárcel concesionada de Antofagasta.
Hay otras causas donde la acusación de porte de bomba molotov se cruza con el saqueo. Es el caso de una indagatoria que se tramitó en Antofagasta, donde un obrero de la construcción de 21 años fue condenado a tres años de cárcel por participar del saqueo de un supermercado Santa Isabel el 26 de noviembre de 2019. Según señala la sentencia, al escapar de la policía resbaló y al ser detenido le habrían encontrado, dentro de su mochila, tres botellas de pisco Mistral y una botella de cerveza Corona con género en su interior y combustible, lo que fue considerado una molotov. La sentencia fue dictada el 1 de mayo de 2021, por lo que antes de ser condenado estuvo 522 días en prisión preventiva.
INCENDIOS, DESÓRDENES Y SAQUEOS
Del total de 77 personas que permanecen recluidas, solo una es imputada por el delito de narcotráfico: una mujer de 21 años que participó del saqueo a un Líder en San Bernardo el 19 de octubre de 2019. Al salir del supermercado en su auto, la patente fue captada por cámaras de seguridad. Gracias a eso, su casa fue allanada el 19 de noviembre de ese año y en su interior la policía encontró 30 gramos de cocaína, 1,6 kilos de cocaína base y 853 gramos de marihuana, además de una pistola Taurus calibre 38 y ocho balas. Está acusada de robo en lugar no habitado (saqueo), receptación, tráfico de drogas y tenencia ilegal de armas.
El perfil que se repite entre los presos es el de hombres jóvenes, de barrios populares y acusados de participar en protestas violentas, con levantamiento de barricadas, incendios de edificios públicos y privados, y saqueos a tiendas comerciales.
Un joven de 21 años es el único preso detectado por CIPER en Punta Arenas. Está condenado por desórdenes públicos y por la ley antibarricadas. En marzo de 2020 estaba con la medida cautelar de arresto domiciliario porque lo habían detenido en una protesta. Pero ese mes incumplió esa medida y fue nuevamente detenido por Carabineros. Luego de ser condenado, incumplió la pena sustitutiva de arresto domiciliario nocturno, por lo que desde mayo de 2021 cumple su condena en la cárcel.
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Un hombre de 31 años cumple condena en la cárcel de Talca hasta octubre de 2022 por el incendio del Centro de Abastecimiento de esa ciudad, ocurrido el 26 de octubre de 2019. Un joven de 20 años, ayudante mueblista, del que su defensa alega que sufre un leve retraso mental, cumple condena en la cárcel de Puerto Montt por incendiar las puertas de la catedral y realizar desmanes en la vía pública.
No todos los presos han sido detenidos de manera flagrante. En Iquique, varios cayeron por una investigación para detener a integrantes de la “primera línea” (como se denominó a los grupos de choque contra Carabineros). Bajo el mismo formato también se registraron varios detenidos en Lo Hermida (Peñalolén) en octubre de 2020, todos acusados de integrar un grupo que se enfrentaba con los carabineros de la subcomisaría del sector. Asimismo, en marzo de 2021, la Fiscalía detuvo a varias personas acusándolas de formar parte de organizaciones que incentivan las protestas de los viernes en el centro de Santiago. Varios de ellos se mantienen en prisión preventiva.
LAS VOCES QUE DEFIENDEN A LOS PRESOS
Desde hace un año que un grupo de médicos visita a los presos relacionados a la revuelta social que se encuentran en el penal Santiago 1. Uno de ellos es Roberto Bermúdez, quien describe que las condiciones en las que están actualmente estas personas “son en general bastante paupérrimas”. Dice que no les dan las atenciones de salud necesarias, que hay hacinamiento. Cualquier problema de estos presos por enfermedades o condiciones sanitarias, señala, ha debido ser solucionado por ellos o por la vía judicial.
–Nos ha tocado ver personas con fracturas que no los han operado, personas con diabetes que no los han controlado (…). Otras situaciones han tenido que ver con temas de salud mental muy serios, que tampoco han sido atendidos. Y, algo que también es grave, es que siendo población vulnerable le deberían haber puesto la segunda dosis de vacunación en julio y aún no lo hacen. No están protegidos del Covid y con una situación de hacinamiento brutal.
Bermúdez relata que las prisiones extendidas han influido particularmente en la salud mental de los presos. «Ha habido bastante tensión, porque al no existir una prisión política organizada, como se vio en décadas anteriores, cuando ellos llegaron tuvieron que enfrentarse a los códigos carcelarios sin ningún tipo de organización. Por lo tanto, al principio fue bastante más duro. Hoy, como están más organizados, la relación es más distinta, de mayor respeto, pero siempre tensa”, dice.
Abogados que defienden a presos de causas asociadas a la revuelta mencionan las razones que, a su juicio, han extendido las prisiones preventivas. Lorenzo Morales, de la Defensoría Popular, comenta que en los procesos por incendios, se han tardado mucho los informes periciales:
–El comandante de investigación de incendio, Claudio Vaca, se ha demorado más de siete y ocho meses en los peritajes, que no han sido ponderados por los tribunales como prueba, y son de dos hojas. En el caso de bombas molotov, los peritajes de Carabineros se han demorado en promedio más de seis y siete meses, y eso es muy alto. Ellos se escudan en que tienen mucho trabajo, pero es un proceso donde las muestras se hacen el mismo día y se pueden elaborar en menos de una semana. La imputación es al Ministerio Público, que ha manejado sus tiempos y finalmente no se condice con esperar un peritaje que después no es valorado en el tribunal.
Para Morales, esto se puede observar en el caso de los jóvenes que fueron condenados en primera instancia por fabricación y lanzamiento de molotov:
–Se demoró un año el peritaje de incendios, en donde fueron absueltos por los dos delitos de incendio y finalmente ocurrió un hecho grave: cuando empezó ese juicio, dos de los defensores, entre ellos yo, pedimos que se inhabilitaran dos jueces porque no daban garantías de imparcialidad, por cuanto habían emitido opiniones con respecto a este tipo de casos y con respecto a la forma de litigación que teníamos nosotros, donde sabíamos que había prueba ilícita, porque Carabineros ocupaba la infiltración, intramarchas, de carácter ilegal. Este es el único caso que va a ver la Corte Suprema, donde hay vulneración de garantías.
Karina Ibarra es una abogada de Antofagasta que defiende presos de la revuelta social. Ella dice que la pandemia afectó los procesos y, por ende, se han alargado las prisiones preventivas de ciertos imputados: “Por ejemplo, el tiempo para tomar declaración de testigos era eterno durante todo el año pasado. Y esos testigos eran esenciales o determinantes para corroborar que la persona imputada era rescatista o no se encontraba en el lugar. Y ahí existe como una mala voluntad del Ministerio Público de no agilizar las cosas”.
UNA CIFRA FANTASMA
Después de que CIPER revelara en julio de 2020 que existían 281 personas encarceladas por delitos asociados al estallido social, la información comenzó a diluirse en los órganos del Estado (vea el reportaje: “Balance penal del estallido: Fiscalía investiga a 466 agentes del Estado y gobierno acusa a 3.274 personas de cometer actos violentos»). La Fiscalía y la Defensoría Penal Pública señalaron, de manera reiterada durante estos meses, que no podían elaborar un catastro preciso, debido a múltiples dificultades técnicas, estadísticas e institucionales, inclusive.
“Los organismos del sistema penal asocian sus ámbitos de trabajo a tipos penales, pero el estallido no es un tipo penal, sino más bien un contexto en el que se pueden dar tipos penales”, explicó a CIPER el abogado Pablo Aranda, jefe del Departamento de Estudios y Proyectos de la Defensoría Penal Pública. A su juicio, su institución puede entregar el reporte de delitos cometidos en un período, pero no debe calificar si estos corresponden o no a actos vinculados a la revuelta social: “Esa es una consideración de carácter político”. Y agregó: “No es que se quiera ocultar la información”.
Por su parte, y a pesar de las solicitudes de CIPER, la Fiscalía no entregó una versión formal de por qué no puede reconstruir cuántos presos existen en la actualidad en el país por delitos cometidos en el marco del estallido social.
Para la abogada de derechos humanos Karinna Fernández, esta situación contradice las recomendaciones que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) formuló ante otros procesos similares de revuelta social, como el ocurrido en Nicaragua en 2018: “Existe un deber estatal de generar cifras de personas privadas de libertad en especial en el contexto de protestas sociales. Se debe detallar el número de personas detenidas, las causas de esas detenciones, la duración de la privación de libertad, el lugar de detención y el número de personas excarceladas. La información debe incluir además aspectos relacionados con género, edad y ocupación de las personas”, sostuvo.
LAS ESTADÍSTICAS OFICIALES
A pesar de las diversas explicaciones de la Fiscalía y la Defensoría, han circulado diversos informes con estadísticas sobre causas e imputados por ilícitos cometidos en el marco de la protesta. En enero de 2021, la Fiscalía entregó al Congreso un reporte en el que reveló que existían 38.427 casos ingresados producto del estallido social. En ellos, las autoridades y las personas imputaban la comisión de 41.948 delitos, de los cuales la gran mayoría correspondía a disturbios (24.350); violencia estatal (9.831, en especial torturas y apremios ilegítimos) y casos en que los agentes del Estado eran víctimas (2.714, principalmente por maltrato de obra y amenazas a Carabineros).
Pero las cifras relevantes aparecen al final de ese mismo informe de la Fiscalía de enero de 2021. El Ministerio Público indicó que desde el inicio del estallido y hasta noviembre de 2020 fueron decretadas 928 prisiones preventivas, de las cuales 175 estaban vigentes a esa fecha. (ver documento).
En julio de 2021, en tanto, la Defensoría Penal Pública entregó al Congreso otro documento en que también detalló qué sucedió con el sistema penal luego de la revuelta social. En específico, este organismo reveló que entre el 7 de octubre de 2019 y el 9 de diciembre de 2020, un total de 39.904 personas fueron imputadas por delitos que hoy se debate si pueden ser indultados o no. Por cierto, la Defensoría no aclaró qué actos fueron cometidos en el contexto de manifestaciones y cuáles no.
Algunos tipos penales, asociados principalmente a la ocurrencia de manifestaciones, permiten dimensionar la magnitud del problema. Por ejemplo, según la Defensoría, un total de 9.513 personas fueron imputadas por desórdenes públicos entre el 7 de octubre de 2019 y el 9 de diciembre de 2020, otras 473 por interrupción de circulación, 3.348 por maltrato de obra a Carabineros, 2.038 por alterar el orden público y 2.063 por posesión, tenencia o porte de municiones y sustancias químicas.
La Defensoría también reveló que al 30 de junio de 2020 había 452 personas en prisión preventiva vigente por delitos asociados a los tipos penales cuyo indulto debate el Congreso. Nuevamente, este órgano evitó señalar cuáles casos correspondían a actos propios del estallido y cuáles no (ver documento).
Para la abogada Karinna Fernández una de las complejidades en este debate es también que a delitos comunes se les consignó un contexto político, debido a que el gobierno les aplicó la Ley de Seguridad Interior del Estado.
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EL DEBATE LEGAL
El proyecto de indulto que actualmente se discute en el Senado fue presentado por los senadores Juan Ignacio Latorre (RD), Yasna Provoste (DC), Isabel Allende (PS), Adriana Muñoz (PPD), y Alejandro Navarro (País Progresista). En esa propuesta se busca indultar a quienes hayan cometido ilícitos en el contexto de las manifestaciones sociales entre el 7 de octubre de 2019 y el 9 de diciembre de 2020. Los familiares de los presos han solicitado que ese periodo se extienda hasta la fecha en que se promulgue la ley. Los críticos del proyecto señalan que en realidad se trata de una amnistía, ya que también considera a las personas que han sido imputadas pero que aún no son condenadas.
Los delitos que propone indultar el proyecto van desde desórdenes públicos hasta homicidio frustrado, que aparece en las imputaciones de la Fiscalía a varios de los acusados que permanecen en prisión, como aquellos que arrojaron bombas molotov contra carabineros. En el texto legal se argumenta que los hechos que se pretenden indultar se produjeron “en un contexto excepcional desde el retorno a la democracia, que se caracterizó por violaciones graves y masivas a los Derechos Humanos por parte de fuerzas policiales y militares”.
La Defensoría Penal Pública y la Fiscalía han presentado diversas objeciones al proyecto. La Defensoría, por ejemplo, planteó la interrogante de si el indulto operará después de emitidas las condenadas o antes de establecer responsabilidades penales. Asimismo, sostuvo la necesidad de aclarar si se reversarán o no las sentencias en que fueron dictadas penas pecuniarias o salidas alternativas.
Asimismo, la Defensoría observó que el indulto, en caso de ser aprobado, no significa per se el cierre de todas las causas asociadas a delitos cometidos en el marco de la revuelta social, pues las investigaciones que permanecen desformalizadas, al no tener imputados ni delitos asociados, podrían persistir en el tiempo. También podría ser que las personas beneficiadas por el indulto fueran reformalizadas por otros delitos y perdieran el beneficio.
Sobre lo mismo, la Defensoría advirtió la dificultad que pueden tener los tribunales para definir cuándo un acto fue cometido o no en el marco de manifestaciones o protestas sociales.
Por su parte, el fiscal nacional, Jorge Abbott, planteó una postura abiertamente contraria a la iniciativa. “Hemos manifestado nuestra opinión en general de las inconveniencias del avance de este proyecto de ley en los términos que está referido. Estimamos que normalizar la violencia es un problema para la convivencia futura”, señaló al concurrir al Senado. No obstante, matizando sus dichos, aceptó la posibilidad de que el indulto sólo beneficie a quienes cometieron delitos que no produjeron daños a terceros, como desórdenes públicos. Por último, coincidió con la Defensoría en que el proyecto de indulto es legalmente poco preciso: “Tiene conceptos absolutamente indeterminados que hacen imposible establecer con claridad cuáles son las personas que se encuentran en esta situación”.
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