QUEJA ABRE LA DUDA DE SI EN LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS SE PAGARON A LOS PARTIDOS MILLONARIOS MONTOS IMPROCEDENTES
Financiamiento de campañas: Partido Socialista reclama ante la justicia electoral que el Servel no le entregó $430 millones
04.06.2021
Hoy nuestra principal fuente de financiamiento son nuestros socios. ¡ÚNETE a la Comunidad +CIPER!
QUEJA ABRE LA DUDA DE SI EN LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS SE PAGARON A LOS PARTIDOS MILLONARIOS MONTOS IMPROCEDENTES
04.06.2021
El PS alega que el Servicio Electoral modificó su interpretación de las normas de financiamiento electoral y que no le entregó más de $430 millones del “anticipo fiscal”, dinero que se paga al comienzo de las campañas electorales. La colectividad reclama que debía recibir fondos por los candidatos que formaban parte de su pacto, aunque fuesen militantes de otra colectividad. El PS afirmó que ese era el criterio que el Servel había seguido desde 2004. El servicio rechazó la petición y sostuvo que se debe calcular el anticipo solo con los candidatos que integran la colectividad, porque de lo contrario se beneficiaría a los grandes conglomerados en desmedro de partidos emergentes. La duda que quedó es cuánto dinero que no correspondía se pagó a los partidos en los 15 años en que habría operado el criterio anterior.
El Partido Socialista ingresó un recurso de queja al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) en contra del Servicio Electoral (Servel), alegando que esta entidad no le entregó $430 millones para el financiamiento de sus recientes campañas de alcaldes, gobernadores y constituyentes. Esos dineros corresponderían al “anticipo fiscal”, un pago que se hace al inicio de las campañas y cuyo monto se calcula sobre la base de los sufragios que las colectividades obtuvieron en votaciones anteriores.
En el recurso presentado ante el Tricel, el PS argumentó que desde 2004 a 2017 el Servel le pagó este anticipo considerando en el cálculo los votos obtenidos por los candidatos que eran militantes de ese partido y también los conseguidos por militantes de otras colectividades, pero que iban en el mismo pacto (como la DC, el PPD y el PR). Así, por ejemplo, el PS recibía dinero por los votos de un candidato del Partido Radical, porque participaban en la misma alianza.
Pero en las recientes votaciones, reclamó el PS, el Servel cambió de criterio y solo pagó a las colectividades por los votos que obtuvieron los candidatos que eran sus militantes.
Al contestar el recurso, el Servel rechazó la petición del PS y defendió que se debe calcular el anticipo solo con los votos de los candidatos que son militantes de la colectividad más los independientes de su pacto o subpacto. Considerar los sufragios obtenidos por los militantes de otros partidos, sostuvo en su respuesta, beneficiaría a los grandes conglomerados en desmedro de las colectividades emergentes y rompería el criterio de justicia y equidad que debe primar en el financiamiento público.
Pero el Servel no se refirió a si en el pasado había aceptado pagar por los votos de militantes de otras colectividades. Así, el recurso del PS dejó abierta la duda respecto de si efectivamente en los últimos 15 años el Estado le entregó recursos millonarios a determinados partidos políticos por una interpretación legal que no correspondía, privilegiando a los grandes conglomerados en desmedro de los pequeños grupos que se presentaban a las elecciones.
CIPER consultó al Servel por esta situación, para calcular cuánto dinero se habría entregado de manera improcedente a partidos tradicionales, pero el organismo público no respondió.
La acción judicial ingresada al Tricel por el abogado Gabriel Osorio Vargas, ejemplificó lo sucedido de la siguiente forma:
“A modo de ejemplo, en la comuna de San Miguel, en las elecciones de alcalde del año 2016, el candidato presentado por el pacto ‘Nueva Mayoría’ fue Julio Palestro, candidato del PS, quien obtuvo una votación de 8.123 votos equivalentes a un pago fiscal de $4.664.041 (…) para este año 2021, sin embargo (…) el candidato del pacto a que pertenece el Partido Socialista es David Navarro del partido Radical de Chile, quien recibe un pago fiscal de $435.800 ya que no participó en la elección anterior. A mi representado (PS) no se le asignó recursos”.
La ley 19.884 es la que define el concepto de anticipo fiscal. En su artículo 15 establece que los partidos políticos que presenten candidatos a elecciones tendrán “derecho a que el Estado pague en su favor una cantidad de dinero equivalente al número de sufragios obtenidos en la última elección de igual naturaleza”.
Básicamente, el Servel hace un cálculo basado en los votos obtenidos por los candidatos en la elección anterior y le entrega esos recursos a las colectividades al inicio del nuevo periodo de campaña. Como las elecciones de gobernadores y constituyentes no se habían realizado antes, el anticipo se calculó sobre la base de votaciones de igual naturaleza territorial. En el caso de los convencionales, como competían en los mismos distritos de los diputados, se hizo a partir de los sufragios obtenidos en los últimos comicios para la Cámara Baja. Para los gobernadores se consideraron las elecciones de senadores.
El 19 de febrero de 2021, el Servel autorizó el pago de anticipos fiscales a los partidos. RN fue el que recibió la mayor cantidad de recursos por este concepto: $1.680 millones. Le siguió la UDI ($1.646 millones), la DC ($1.456 millones) y el PS ($941 millones).
Ante de llevar su reclamo al Tricel, el PS elevó su petición al Servel. Lo hizo el 7 de abril pasado, casi dos meses después de las resoluciones que le había entregado este adelanto, y señalaba que “desde el año 2004 hasta el año 2017, el Servicio Electoral ha interpretado el artículo 15 de la ley N°19.884 en el sentido que, si un partido presenta candidato en un territorio, todos los partidos del pacto tendrán derecho a este anticipo”.
A continuación, el partido indicaba que “en razón de lo expresado por las autoridades de este Servicio en reuniones, dicho criterio cambió. En efecto, se ha sostenido verbalmente que no es posible que los partidos del pacto reciban anticipo cuando uno de los partidos declare una candidatura en una comuna determinada”.
“Esta nueva interpretación, que no consta en ninguna resolución del Servicio, que jamás ha sido comunicada al Partido Socialista, evidentemente trae perjuicios en tanto se hace una planificación sobre los gastos electorales haciendo un cálculo sobre el anticipo que se recibiría en virtud del primitivo criterio señalado”, continuaba la presentación socialista.
La solicitud no tuvo éxito. A fines de ese mismo mes, el Servel le cerró la puerta a las pretensiones del PS. En la resolución N° 490 el organismo público señaló que la norma da derecho a percibir anticipo fiscal “al partido que presenta candidatos a la respectiva elección, independiente de los pactos o subpactos que integre, toda vez que la norma no hace distinción”.
Respecto de los militantes de otros partidos, pero que van en el mismo pacto, el Servel expresó que además de trasgredir la regulación, “supondría (…) efectos inequitativos entre las diferentes candidaturas, principal bien jurídico tutelado por la normativa en cuestión, toda vez que beneficiaría exponencialmente a los conglomerados numéricamente superiores, en perjuicio de los pactos o subpactos conformados por menos partidos” (ver documento).
A partir de esta respuesta el PS ingresó el recurso de queja ante el Tricel, el que todavía se encuentra en tramitación y donde la tienda socialista alega que no se le hizo entrega de más de $430 millones por anticipo fiscal, y que eso perjudicó su planificación de gasto electoral.
Ni en su presentación ante el Tricel ni en su respuesta inicial al PS, el Servel explicó lo sostenido por el Partido Socialista, respecto de que desde 2004 había autorizado el pago del anticipo fiscal considerando en el cálculo los votos obtenidos por militantes de otras colectividades.
CIPER se contactó con el Servel para hacer las consultas respectivas a esta supuesta antigua interpretación que le daban al anticipo fiscal, en vista de que, en caso de que las afirmaciones del PS sean efectivas, esto podría haber provocado –como el mismo organismo público lo sugirió en esta causa– beneficio a los “conglomerados numéricamente superiores”. Pero desde el Servicio Electoral no quisieron referirse al tema.
CIPER consultó al Partido Socialista cuál de los apartados de la ley es el que indica que pueden recibir anticipo fiscal por los votos obtenidos por un militante de otra colectividad. Sin embargo, el PS no respondió esa pregunta y se limitó a enviar una declaración en donde se señala que, con su reclamo ante el Tricel, “está ejerciendo un derecho”:
“Es importante afirmar que el Partido Socialista está ejerciendo un derecho en el marco de la legislación vigente. Dado que consideramos que existe un cambio de criterio no informado por parte del Servicio Electoral, lo que en nuestra opinión afectaría el principio de ‘confianza legítima’, es el TRICEL, en tanto organismo superior, quien debe, una vez atendidos los argumentos de las partes, entregar una resolución que zanje la controversia y nos permita conocer exactamente el criterio que se aplicará de aquí en adelante”.