CIPER ACADÉMICO / ANÁLISIS
¿Convención paritaria = convención feminista?
24.05.2021
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CIPER ACADÉMICO / ANÁLISIS
24.05.2021
La columna analiza los perfiles de las/os Convencionales Constituyentes y los programas presentados ante el Servicio Electoral, y se pregunta si la paridad de género alcanzada en las elecciones pasadas implicará tener una convención constitucional feminista. La mayoría de las mujeres electas son independientes, la mitad son rostros nuevos, tienen una media de edad de 43 años, y gran parte son abogadas y profesoras. De ellas, un 64,9% corresponde a un perfil feminista. Sin embargo, traducir esta mayoría en políticas concretas requerirá de acuerdos transversales, advierten las autoras, quienes distinguen entre hacer propuestas pro-mujer y propuestas propiamente feministas.
Este artículo es resultado del trabajo realizado por el Observatorio para la Nueva Constitución. Los datos fueron obtenidos desde los resultados de las elecciones de convencionales constituyentes realizadas los días 15 y 16 de mayo y los programas de candidaturas disponible en la página web del Servicio Electoral: https://elecciones2021.servel.cl/programa-candidatos-as-convencionales-constituyentes/, https://elecciones2021.servel.cl/programa-candidatos-as-convencionales-constituyentes-pueblos-indigenas/
TRANSPARENCIA: Las autoras y autoras no trabajan, comparten o reciben financiamiento de ninguna compañía u organización que pudiera beneficiarse de este artículo. Pamela Figueroa es militante del Partido por la Democracia
En la elección para la Convención Constitucional del pasado sábado 15 y domingo 16 de mayo se aplicó por primera vez en nuestra historia un mecanismo de paridad. Este permitió no sólo tener la misma cantidad de candidaturas de mujeres y hombres en la papeleta, sino que además obtener paridad en el resultado. El mecanismo favoreció a 11 hombres y a 5 mujeres. En cada uno de los 28 distritos electorales los escaños se asignaron paritariamente, incluyendo los 17 escaños reservados. El resultado: la Convención estará compuesta por 77 mujeres y 78 hombres, alcanzándose igualdad de representación para ambos sexos.
Se trata de un avance democrático histórico en términos de la igualdad política, pero, ¿implica una mayor representación de mujeres un cambio sustantivo en la agenda pública en cuanto a los derechos de las mujeres, la igualdad y la no discriminación? En esta columna, a partir de la investigación del Observatorio Nueva Constitución, analizamos el perfil de las candidaturas de mujeres considerando su trayectoria en términos de su experiencia política y pública previa[1]. A partir de este análisis, identificamos y clasificamos las candidaturas a Constituyente tanto en objetivos de los movimientos (perfiles de las/os Convencionales Constituyentes) como de las demandas de estos (programas presentados ante el Servicio Electoral), y diferenciamos las propuestas pro mujer y feministas, con el fin de identificar cuáles de ellas predominan al momento de iniciar el debate constitucional, considerando que el desafío es la construcción de acuerdos amplios para incorporar la perspectiva de género en el nuevo texto constitucional.
De los 155 electos, 77 son mujeres provenientes de los diversos sectores, cuya media de edad es 43 años. De ellas, 49 eran candidaturas independientes, tanto en lista de partidos como en listas independientes y sólo 19 son militantes de partidos. Las listas con mayor representación femenina son Apruebo dignidad con 19 mujeres, seguido de la lista del Pueblo con 18 y Vamos por Chile con 16. En cuanto a los escaños reservados, se eligieron 9 mujeres para representar a los Pueblos Indígenas en la Convención.
Un aspecto relevante es que de las electas sólo un 27% (16 candidatas) cuenta con experiencia política y un 35% (27 candidatas) cuenta con experiencia pública, mientras que 40 candidatas (51%) provienen de mundos ajenos al sector público o político. Lo anterior implica que la mitad de las electas son rostros nuevos, respondiendo a las demandas ciudadanas de una renovación en la política y en la realización de una Convención constituyente más ciudadana. Destaca que, entre las candidatas con experiencia política, tres cuartos de ellas, es decir 16 de 21, iban en lista de partidos y 10 son militantes.
En cuanto a las áreas de desempeño se presentan diferencias considerables entre mujeres y hombres electos. En ambos géneros la principal profesión es abogado/a con 27 mujeres y 40 hombres. Sin embargo, en los/as profesores/as el número de mujeres casi triplica el de hombres (13 contra 5), mientras que los hombres hacen lo mismo en el área de Negocios (3 versus 9) e ingeniería y Construcción (3 versus 6).
Diversos estudios que han analizado la participación política de las mujeres han planteado la pregunta sobre si una mayor representación de mujeres implica un cambio sustantivo en la agenda pública en cuanto a los derechos de las mujeres, la igualdad y la no discriminación, distinguiendo entre movimientos feministas y movimientos de mujeres, a partir de los objetivos y demandas que éstos presentan.
Los movimientos de mujeres se caracterizan por “la politización de su experiencia de vida como mujeres” (Beckwith, 2005). Se refiere a aquellos casos en que en la bajada de los objetivos y propósitos de la organización se hace referencia a los roles clásicos asociados a las mujeres: madres/ hijas, así como a las propuestas de reivindicar o conquistar derechos para las mujeres desde una identidad de género que asocia lo femenino a la mujer. En términos de adscripción ideológica, también se plantea que los movimientos de mujeres tienen mayor acogida entre las mujeres de derecha dado su perfil más conservador en la reproducción de los roles de género (Beckwith 2005:384).
La mitad de las electas son rostros nuevos, respondiendo a las demandas ciudadanas de una renovación en la política
Por otra parte, los movimientos feministas se caracterizan por buscar que las instituciones estatales sean redefinidas desde una perspectiva de género, es decir, resignificar el género. En sus bases y objetivos buscan romper con los estereotipos de género a partir de la creencia de que las mujeres están oprimidas o en desventaja en comparación con los hombres y que dicha opresión es ilegítima (Marín Rey y Suárez-Cao, 2020: 14).
Lo anterior no niega la heterogeneidad política e ideológica que ha sido una característica de los movimientos feministas chilenos; sin embargo, la búsqueda por superar lógicas de opresión puede considerarse como parte de las temáticas que las unen (Reyes-Housholder y Roque, 2019).
Para analizar este tema, respecto de las propuestas de candidatos y candidatas, se plantearon preguntas guía que fueron aplicadas a sus programas[2].
Las demandas o propuestas presentadas por cada constituyente también pueden ser catalogadas como pro-mujer o feministas. Las demandas pro-mujer implican incorporar una experiencia de género compartida que se traduce en similitudes entre quienes comparten dicho género femenino (más allá de que la variable “ser mujer” esté cruzada por otra transversalidad de factores como la clase o la etnia). En términos prácticos, el abordaje de demandas pro-mujer no implica un desafío a la división sexual del trabajo ni a la posición de subordinación que la mujer ocupa en la sociedad, mientras que las demandas feministas sí buscan romper con las lógicas estructurales que dan lugar a la situación de vulnerabilidad que las mujeres ocupamos en la sociedad.
La diferencia entre dicho tipo de demandas (pro-mujer versus feministas) se traduce en la distinción realizada por Maxine Molyneux entre intereses prácticos e intereses estratégicos.
Los intereses prácticos se desprenden de las condiciones concretas de las mujeres y su posición en la división sexual del trabajo. Son formulados por mujeres que están ellas mismas posicionadas de forma subordinada como una respuesta a una necesidad percibida, pero no abogan necesariamente por la igualdad o la autonomía respecto de sus pares hombres (Molyneux, 1985).
Los intereses estratégicos se derivan en primera instancia del análisis de la subordinación de la mujer y la reformulación de una alternativa y más satisfactoria implementación de acuerdos de aquellos que existen para lograr superar dicha subordinación. En el proceso histórico que han vivido las mujeres en Chile, se da la diferenciación entre la Emancipación (que implica la demanda por dejar de depender o estar subordinada al hombre en tanto que hija o esposa) versus apostar por la autonomía de las mujeres, como se propugna en su abordaje de toma de decisiones, física y económica.
Las demandas feministas sí buscan romper con las lógicas estructurales que dan lugar a la situación de vulnerabilidad que las mujeres ocupamos en la sociedad
Al analizar las candidaturas[3], observamos que la media de candidaturas a nivel nacional que apoyaban propuestas feministas o pro-mujeres era del 63%. Algunas de las propuestas feministas implican exigencia de que el posnatal sea compartido entre el padre y la madre (por el mismo período de tiempo), garantía de igualdad salarial para el mismo tipo de trabajo (sea desarrollado por un hombre o una mujer), o la paridad en todo tipo de cargo a nivel público o privado. Propuestas pro- mujer, por su parte, hacían referencia sobre todo a la aplicación de acciones afirmativas (como las cuotas) para que las mujeres fueran equiparando progresivamente su incorporación a puestos de toma de decisión en relación a sus pares hombres. Este tipo de propuestas pro-mujer también incluían políticas focalizadas para madres solteras o jefas de hogar, donde las estrategias a ser aplicadas coinciden con lo descrito por Molyneux (1985) como predominio de intereses prácticos que, aunque asistiendo a las mujeres, no terminan de apuntar a superar los mecanismos que dan lugar a la reproducción de estereotipos de género.
Los movimientos feministas en Chile han logrado que se posicionen en la agenda política una serie de demandas feministas (Reyes-Housholder y Roque, 2019) y la convención constituyente electa claramente se ha hecho eco de esto. Del total de constituyentes (155) el 57,4% cuenta con un perfil pro-feminista (es decir que en su programa enumera una o más propuestas que apuntan a que la igualdad entre hombres y mujeres se haga efectiva y deje de quedar como un mero reconocimiento “en papel” como ocurre con la actual Constitución).
Un 7,7% de constituyentes cuenta con un perfil pro-mujer (es decir que sin abogar por la concreción de una efectiva igualdad entre los géneros, reconocen que ciertos mecanismos deben ser aplicados para paliar la vulnerabilidad y exclusión a la que las mujeres nos vemos expuestas). Un 23,9% de constituyentes no se pronuncia al respecto o lleva a cabo afirmaciones que vienen a reivindicar la reproducción de un papel “clásico” de la mujer y la familia[4].
Este 65 % que constituyen los perfiles feministas o pro-mujer no se reparten de manera igual a lo largo de las listas. Las listas que cuentan con constituyentes que fueron junto a partidos de derecha o conservadores, redactan su programa en masculino, no se pronuncian respecto a la necesidad de una perspectiva de género, o directamente rechazan la posibilidad de escribir la constitución incluyendo dicha perspectiva. Como muestra el gráfico a continuación, la lista de derecha tiene un 5,2% de candidaturas con perfiles pro-mujer y un 3,2% con perfiles feministas.
Por otra parte, entre constituyentes asociados a listas o coaliciones de partidos más progresistas, la reivindicación de demandas feministas es mayoritaria: Apruebo Dignidad + Com-CS-RD-PC-FRVS-Igual con un 16,8%; Lista del Pueblo con un 14,2%; Unidad Constituyente + DC-PPD-PS-PR-PL-PRO con un 12,3% e Independientes No Neutrales junto a otros independientes un 10,3%. Como se dijo antes, los cálculos de perfiles están hechos sobre el total o quórum completo de la sala (incluyendo PPOO).
Al analizar las candidaturas, observamos que la media de candidaturas a nivel nacional que apoyaban propuestas feministas o pro-mujeres era del 63%
La diferencia entre propuestas pro-mujer y feministas es importante para entender el punto de partida del debate constitucional en cuanto a género se refiere. Así también, identificar si estas propuestas provienen de convencionales mujeres u hombres. Los acuerdos en una constitución democrática deben ser amplios, y la regla para aprobar cada uno de los contenidos constitucionales es de 2/3 de los y las convencionales en ejercicio. Es así que, al clasificar los perfiles por género, vemos que el 65% total de constituyentes con propuestas feministas o pro-mujer, se compone de un 34,2% de mujeres y un 30,3% de hombres.
El hecho que la convención constituyente sea paritaria no es relevante únicamente en términos de representación, por una cuestión de igualdad política. Para que la Constitución sea efectivamente feminista, las mujeres no solamente debemos ser el 50% de la convención. Si queremos avanzar en una real igualdad y no discriminación de la mujer, en una representación sustantiva, también es importante que la nueva Constitución efectivamente incorpore un enfoque de género y una mirada en igualdad hacia los derechos de las mujeres. Las propuestas están, ahora solo queda materializarlas en la Nueva Constitución.
Edición Juan Pablo Rodríguez.
Becwith, K. (2005) «The Comparative Politics of Women’s Movements» en Perspectives on Politics 3(3):583-596 (septiembre). Ver el siguiente enlace.
Marín Rey, F. y Suárez-Cao, J. (2020) «El tsunami feminista: un relato entre sus olas históricas y la actualidad» en Discusiones ecofeministas: el futuro en manos de las mujeres. Chile: El Sur Impresiones [Ver el siguiente enlace.]
Molyneux, M. (1985) «¿Movilización sin Emancipación? Los Intereses de la Mujer, Estado y Revolución en Nicaragua» en Feminista Studies 11(2):227-254 (verano) [Ver el siguiente enlace.]
Reyes-Housholder, C. y Roque, B. (2019) «Chile 2018: desafíos al poder de género desde la calle hasta La Moneda» en Revista de ciencia política 39 (2):191-215 [Ver el siguiente enlace.]
[2] Respecto de las propuestas de los candidatos y las candidatas, se plantearon las siguientes preguntas guía que fueron aplicadas a los programas de los candidatos/as.
[3] Para diferenciar las demandas pro-mujer de las feministas se plantearon también preguntas explícitas a los programas de los candidatos. Para identificar las demandas pro-mujer consultamos ¿Son las propuestas clasificadas en cuanto mujeres de cierta condición social o económica? (campesinas, jefas de hogar, madres solteras). Mientras que para identificar las demandas feministas nos preguntamos: ¿Las propuestas buscan aplicar una política que rompa con la clasificación asumida de género? (clases de género en colegios, lenguaje inclusivo como condición). Las preguntas las aplicamos tanto para clasificar las candidaturas constituyentes como para constituyentes finalmente electos.
[4] Los escaños reservados para los Pueblos Originarios (PPOO) significan un 10,9% del total de la asamblea, quienes si bien creemos no corresponde clasificar sus demandas en base a los perfiles antes descritos, pues consideramos que la batalla de los PPOO es otra, sí los tenemos en cuenta a la hora de calcular los pesos en el total de cargos electos, pues en algunos casos se tendrá que negociar con dichos pueblos para acordar el articulado en materia de género (y probablemente redacción también en las lenguas autóctonas).
Este artículo es parte del proyecto CIPER/Académico, una iniciativa de CIPER que busca ser un puente entre la academia y el debate público, cumpliendo con uno de los objetivos fundacionales que inspiran a nuestro medio.
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