CAMBIO EN TIPIFICACIÓN PERMITÍA CERRAR CAUSAS SIN INVESTIGAR
Recalificación de delitos: Víctimas de robo fueron abandonadas por la Fiscalía de Atacama
09.08.2016
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CAMBIO EN TIPIFICACIÓN PERMITÍA CERRAR CAUSAS SIN INVESTIGAR
09.08.2016
Del ventanal quedaban astillas. De los notebooks, pantallas y proyectoras no había rastro. “Fue un saqueo”, recuerda Sergio Catalano Munizaga al describir el robo que sufrió su negocio de venta y reparación de productos computacionales en Copiapó el 26 de mayo de 2015. Interpuso una denuncia en Carabineros y pagó los equipos robados a sus clientes, pero nada logró recuperar y se quedó sin capital para reabrir el local.
No fue la única sorpresa desagradable para el técnico informático. Un año después, en mayo de 2016, se enteró de que su denuncia había sido inexplicablemente modificada (“recalificada”, según el lenguaje jurídico) en la Fiscalía de Copiapó, pasando de robo –específicamente “robo en lugar no habitado”– a daños, un delito con menor castigo en la legislación penal. El ilícito nunca fue investigado por el Ministerio Público, que resolvió archivarlo, y ni siquiera llegó a los tribunales de justicia, consumándose la impunidad para los delincuentes.
La recalificación es un recurso válido de los fiscales, siempre que se ajuste a los hechos denunciados y se cumplan determinados procedimientos. Un ex directivo del Ministerio Público expresó a CIPER su preocupación por el irregular uso de este recurso en los robos en viviendas y afirmó que ello ocurre no solo en la Fiscalía de Atacama. El efecto, señaló, es que las víctimas de menos recursos económicos son abandonadas por el Estado, que no investiga los robos en sus casas. En cambio, las víctimas pudientes pueden contratar abogado, presentar querella y solicitar peritajes, por lo que en algunos casos se logra capturar a los responsables.
CIPER pidió a la Fiscalía Nacional estadísticas de recalificaciones, pero la respuesta fue que no existe una base de datos que las registre. En la Fiscalía de Atacama se habla de hasta 300 casos similares al de Catalano, recalificados irregularmente, aunque oficialmente se reconocen poco más de 20.
El sistema de persecución penal en Chile parte de la base de que no hay suficientes recursos para investigar las denuncias de delitos menores (hasta 541 días de reclusión) y aquellos que carezcan de antecedentes para ubicar a los responsables, ya que la probabilidad de atraparlos es bajísima. Este tipo de denuncias pasan a las Unidades de Tramitación de Causas Menos Complejas (UTCMC) y de allí al archivo provisional, el cementerio de las causas sin solucionar, cumpliendo mínimos trámites como notificar a la víctima, que tendrá que conformarse.
Pero los robos no violentos en lugar habitado legalmente son considerados “crímenes” y aunque los autores sean desconocidos, obligadamente deben cumplirse más exigencias, como citar a la víctima y dar una orden de investigar a la policía. Si no hay resultados, el caso se puede enviar al archivo, pero con previa revisión de la Fiscalía Regional. En cambio, mediante la recalificación irregular de un robo a un delito menor, como ha ocurrido en Atacama, se saltan todas esas exigencias. No hay que esperar revisiones para archivar esos robos y se cumple –pero torcidamente– con la política del Ministerio Público de no acumular causas (ver instructivo N°. 790 de la Fiscalía Nacional).
La indignación que le provocó la falta de interés de la fiscalía en su caso llevó a Sergio Catalano a presentar una denuncia en el Tribunal de Garantía de Copiapó contra quienes resulten responsables de la recalificación del robo a daños. En junio pasado acusó a la Fiscalía Local de Copiapó, que encabeza el fiscal Gabriel Meza Peña, de haber cometido el delito de “falsificación ideológica de instrumento público”.
Catalano no se conformó con esa denuncia y también interpuso una reclamación administrativa por la recalificación de su robo ante el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, quien la remitió a la Fiscalía Regional de Atacama, entidad que es dirigida por el fiscal regional Héctor Mella Farías, a las puertas de terminar su periodo.
La directora de la Unidad Especializada Anticorrupción de la Fiscalía Nacional, Marta Herrera Seguel, confirmó a CIPER la existencia de un sumario administrativo en la Fiscalía Regional de Atacama por recalificaciones de delitos de robos no violentos a hurtos, daños y allanamiento de morada. Dado que el sumario está en curso se excusó de entregar antecedentes específicos, pero admitió que las recalificaciones habrían sido improcedentes.
El caso de Catalano es la punta del iceberg de numerosos robos cometidos en casas particulares y comercios de la capital de la Tercera Región en los años 2014 y 2015, los que fueron recalificados a delitos de baja penalidad, como violación de morada, daños menores o hurto simple. Marta Herrera calculó esos casos en poco más de 20 y la Fiscalía de Atacama se abstuvo de entregar cifras argumentando la existencia de un sumario (ver recuadro).
Sin embargo, la presidenta de los funcionarios de la Fiscalía de Atacama, Miriam Cruz, dijo a CIPER que las modificaciones habrían afectado a entre 200 y 300 denuncias y que por ello se encuentra sumariada la fiscal María Espinoza Portilla, ex jefa de la Unidad de Tramitación de Causas Menos Complejas (UTCMC) de la Fiscalía de Copiapó, según le informaron sus asociados.
La unidad a cargo de Espinoza recibía el 80% de todas las denuncias de Copiapó. El sistema en la fiscalía operaba de la siguiente manera: una vez al día llegaban desde Carabineros y la PDI las denuncias presentadas por víctimas de delitos. Un funcionario se encargaba de la primera revisión y distribuía las denuncias, por tipo de delito, a los fiscales especializados o a la UTCMC. Esta última recibía los delitos menores y también los robos que no tenían sospechoso identificado.
Personas que conocieron lo ocurrido en Atacama dijeron a CIPER que Espinoza no fue la única responsable de la recalificación irregular, pues sus superiores la presionaban insistentemente para que la UTCMC cerrara la mayor cantidad de casos que recibía, ya que un indicador de buena gestión en las fiscalías es que no se acumulen por largo tiempo causas con pocas probabilidades de éxito. Incumplir la instrucción podía incidir en una baja calificación individual, antecedente clave a la hora de postular a ascensos.
Una de las herramientas que se utilizó en la UTCMC de Copiapó para cerrar denuncias fue recalificar robos no violentos. Para ello, cuenta una persona que conoce el funcionamiento interno de la fiscalía, María Espinoza pegaba un papel en cada carpeta instruyendo la modificación. Luego las carpetas se entregaban a las funcionarias de la unidad, que procedían a realizar el trámite en el sistema computacional. Tiempo después los casos eran archivados.
Durante 2015 la Fiscalía de Atacama recibió 23.822 denuncias de todo tipo de delitos, de las cuales 12.097 no tuvieron un imputado conocido y en su mayoría pasaron a la UTCMC. En el mismo periodo, al archivo provisional se fueron 9.642 causas y otras 5.311 tampoco se investigaron por decisiones judiciales que aplicaron el principio de oportunidad, la declaración de incompetencia o la decisión de no perseverar. En el caso de los robos no violentos (incluyen robos en lugar habitado y no habitado) de las 4.244 causas que se cerraron, 3.520 partieron al archivo.
Marta Herrera descartó que las recalificaciones tuvieran una finalidad económica, como obtener el bono institucional anual que se paga a los fiscales si el Ministerio Público cumple las metas de gestión comprometidas con el Ministerio de Hacienda. Aseguró que el único efecto era disminuir los llamados “tiempos de vigencia” de las causas.
En junio de 2016, la jueza Ema Tapia, del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, puso el dedo en la llaga al retirarse del Poder Judicial. En una entrevista publicada por el diario El Mercurio dijo que “no puede ser que los fiscales pasen un robo con violencia como un hurto con lesiones para que el individuo reconozca culpabilidad y así cumplir sus metas de gestión”. La crítica de la magistrada recibió una inmediata respuesta de la Asociación Nacional de Fiscales del Ministerio Público, cuya dirigencia aseguró que una recalificación como la descrita por Ema Tapia “no es, ni de cerca, una constante”.
Sin embargo, los casos revelados en la Tercera Región indican que al menos en Copiapó habría existido una práctica sistemática de recalificación de delitos en perjuicio de numerosas víctimas, las que nunca fueron informadas de que sus denuncias de robo habían sido modificadas y posteriormente pasaron a engrosar el archivo de la impunidad.
“Parece que los delincuentes no arriesgan nada”, es el lamento de Sergio Catalano, quien ha sufrido cuatro robos, siendo el segundo el 26 de mayo de 2015, en su negocio de calle Maipú 450, pleno centro de Copiapó. “Los ladrones venden muy rápido lo que robaron, pero las fiscalías y las policías son muy lentas. A mí no me llamaron y después cambiaron el robo por daños e hicieron lo que quisieron”, se quejó.
En su reclamación administrativa dirigida al Fiscal Nacional con fecha 6 de junio de 2016, Catalano expuso que concurrió en mayo de 2016 a la Fiscalía de Copiapó para consultar sobre la investigación del robo “y me vi sorprendido toda vez que se me informó que mi denuncia había sido archivada y, además, se encontraba con el rótulo de delito de daños, lo que objetivamente no corresponde”. Seguidamente, se quejó de la nula investigación de su caso: “Nunca se hicieron indagaciones, nunca fui requerido por la Fiscalía Regional de Atacama, lo que me parece muy falto de seriedad y totalmente irregular”. Incluso fue al Tribunal de Garantía de Copiapó donde asegura que comprobó personalmente que su denuncia nunca fue informada al juzgado (ver reclamación).
La víctima solicitó al fiscal Jorge Abbott que ordenara investigar el delito que le afectó y también las irregularidades administrativas cometidas en la Fiscalía de Atacama “castigando las ineficiencias de los profesionales y funcionarios que tienen la obligación de indagar los hechos penales denunciados”. Paralelamente, en su denuncia ante el Tribunal de Garantía, realizada el 4 de junio, Catalano acusó que se cometió una “adulteración de instrumentos públicos respecto de lo originalmente denunciado mientras el fiscal jefe de Copiapó era don Gabriel Meza y el fiscal regional don Héctor Mella”, por lo que su denuncia fue dirigida contra quienes resulten responsables del delito de falsificación ideológica de instrumento público (ver denuncia).
El 7 de junio de 2016 el juez Gianni Pozzi ordenó notificar al fiscal regional de la presentación realizada por Sergio Catalano. A partir de ese mismo día su caso aparece en el sistema informático del Poder Judicial como “robo en lugar no habitado”, a cargo del fiscal Gabriel Meza. Es decir, tras la denuncia, el caso fue recalificado nuevamente. Catalano contó a CIPER que en julio recibió una carta firmada por el fiscal regional, Héctor Mella, en la que le informa que se revisó la situación de su caso.
De todos modos las estadísticas para estos delitos no son alentadoras. Más de 206 mil víctimas de robos no violentos con autores desconocidos tuvieron el mismo destino el año 2015: el archivo provisional de sus denuncias por falta de antecedentes. Según las cifras del Ministerio Público, el 97,4% de los robos y los robos no violentos sin imputado conocido terminaron impunes.
Las víctimas que nunca se enteraron de la recalificación ni reclamaron ante el Ministerio Público no corrieron la misma suerte que Catalano, cuya indagación se reabrió. CIPER tuvo acceso a 26 documentos de la Fiscalía de Copiapó en los que consta el parte policial del robo y la calificación aplicada al delito en la UTCMC.
Alexandra Estay regresó a su casa el 1 de junio de 2014 y encontró las puertas forzadas. El parte policial hace una descripción de los hechos que coincide claramente con el delito de robo en lugar habitado: “se pudo percatar que uno o más individuos desconocidos, premunidos de algún objeto contundente habrían forzado ambas puertas para posterior dirigirse hasta la habitación de su hija donde sustrajeron las especies que más abajo se detallan, para posterior de cometer el ilícito huir del lugar en dirección desconocida. Especies sustraídas: 01 Play Station II marca Sony. 01 Play Station III marca Sony. 01 Nintendo modelo WII. 01 Nintendo portátil modelo 3DS. 01 Tablet marca Vision. 01 MP4 marca Sony. 01 mochila marca Nike. Avalúo. La denunciante avaluó las especies en $718.000. Testigo del hecho: no mantiene. Sospechas: no mantiene en determinadas personas. La denunciante queda a la espera de citación de ese Ministerio Púbico. Domingo Madariaga sargento 2do. de Carabineros, suboficial de guardia. Miguel Lizama, capitán de Carabineros, subcomisario”.
A la denuncia se le asignó la causa RUC 1400537075-3 en la Fiscalía de Copiapó, indicando en el documento: “Fiscal asignado: Archivo TCMC. Fecha y hora de asignación: 3 de junio de 2014 12:39 PM. Nombre del delito: Hurto simple por un valor de 4 a 40 UTM. Violación de morada. Artículo 144. Estado del caso: Terminado. Fecha Término o Suspensión: 24 julio 2015. Aprobación Fiscalía Regional: No”.
El Código Penal establece que la pena para la violación de morada es de reclusión menor en su grado mínimo (61 días a 301 días de reclusión) o multa de 6 a 10 UTM. El hurto simple de bienes avaluados entre 4 y 40 UTM se castiga con reclusión desde 541 días a 3 años, más multa de 6 a 10 UTM. En cambio el robo en lugar habitado parte de 5 años y 1 día de prisión hasta 10 años.
Consultada por CIPER, Alexandra Estay aseguró que nunca supo del cambio de delito: “La PDI vino a sacar fotos como un mes y medio después de la denuncia. Me citaron al juzgado el año pasado, no recuerdo en qué fecha, pero no me presenté. Yo tampoco me acerqué a la Fiscalía. Lo dejamos ahí, porque con mi marido pensamos que ya había pasado mucho tiempo. Encuentro nada que ver que hayan cambiado (el delito) porque a mí me rompieron la puerta, entraron a mi casa y robaron”.
En el caso de la víctima Marcel Zanz, los delincuentes entraron a su casa escalando una reja y se llevaron dos bicicletas marca Trek, un esmeril, una sierra circular y una caja de herramientas, todo avaluado en $1 millón. El delito también quedó como violación de morada y hurto. Zanz dijo a CIPER que lamentaba no haber insistido porque “después quedé cesante y necesitaba esas cosas para trabajar”.
Recordó que lo llamaron de la PDI: “Había que cerrar el caso, porque las especies no se encontraron. Me dijeron que iba a quedar archivado pero nunca me avisaron del cambio en la tipificación. Ni siquiera sé bien lo que significa, me imagino que le dan menos importancia. Al final estuve de acuerdo en que lo dejaran hasta ahí, porque no podían hacer nada. Pero tengo un vecino que es de la PDI y al tiempo me dice que él supo quién se había metido a mi casa. La verdad es que hay algunas cosas que sorprenden, pero ya qué le vamos a hacer”.
“En la Fiscalía Nacional esto nos parece muy delicado”, dijo a CIPER la directora de la Unidad Anticorrupción, Marta Herrera, al ser consultada sobre las recalificaciones en Atacama. “El fiscal nacional se reunió con el fiscal regional (Atacama) y le pidió antecedentes de estos hechos y que se inicie una investigación administrativa, la que no está completamente afinada y tiene que pasar por una última revisión del fiscal nacional”, añadió, ya que la o las personas sancionadas presentaron una apelación.
Aunque Herrera señaló que no puede referirse a los antecedentes de la investigación administrativa, expresó que las recalificaciones de robos a delitos menores eran improcedentes. “El tema es si los antecedentes en estas causas realmente justificaban esa recalificación y al parecerlo que tenemos es que en estas causas no se justificaba esa recalificación. No correspondían a los hechos”, afirmó.
Para Marta Herrera lo ocurrido en Atacama es un caso aislado, pero que llama a la Fiscalía Nacional a poner atención. “Nos damos cuenta que hay una parte que se nos está escapando y que tiene que ver con delitos menores. Los mecanismos de control (internos) no son infinitos, por lo que hay que priorizar y se dejan fuera de ese control a los delitos menores. Perotenemos un hecho que muestra que hay ciertos delitos que están pasando como menores, no debiendo serlo. Eso nos llama a tener un foco ahí y trabajar con los fiscales regionales en cómo vamos a abordar ese tema, porque es algo que no puede pasar”.
–¿Es admisible que el fiscal regional de Atacama no supiera que ocurrían recalificaciones irregulares?
–Son casos (los delitos menores) que no pasan a la revisión de los fiscales regionales. Están radicados en las unidades TCMC. Los fiscales jefes no reportan a los fiscales regionales todos los casos que ingresan a esa unidad. Cosa distinta es que un fiscal regional podría hacer una revisión aleatoria de los casos que ingresan.
–¿Qué reparación pueden esperar las víctimas que fueron afectadas?
–Se puede hacer todo porque las causas se pueden reabrir, recalificar a lo que corresponda jurídicamente, realizar diligencias. No podemos garantizar resultados, pero sí que se modifiquen las cosas como en derecho corresponde, aunque no signifique ninguna reparación para las víctimas. Podemos llegar a tener que su caso, que terminó archivado como hurto con daños, termine archivado como robo con fuerza en lugar habitado, pero corregiremos nuestros procedimientos.
El fiscal regional de Atacama Héctor Mella –quien no pudo contestar el llamado de CIPER por encontrarse afónico, según sus asesores– respondió las consultas vía correo electrónico. Mella cumple este año su segundo periodo a la cabeza de la Fiscalía Regional de Atacama, en total ocho años, y por norma no puede optar a un tercer periodo. Ingresó al Ministerio Público en 2001, como fiscal adjunto en Caldera. Antes de esa fecha ejerció en el desaparecido Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes (Conace, hoy Senda), en la Seremi de Justicia y la Seremi de Bienes Nacionales de Atacama.
CIPER solicitó a la Fiscalía Regional de Atacama la cifra de robos recalificados en 2014 y 2015, así como los sumarios iniciados. Sin embargo, la información no fue proporcionada. “Esta situación es materia de un sumario administrativo que no se encuentra aún concluido”, fue la respuesta ante la consulta dirigida al fiscal Mella.
Además, se aseguró que “ninguna” autoridad instruyó recalificar los delitos: “La recalificación es una materia que depende del fiscal asignado a la causa y que se toma sobre la base de los antecedentes jurídicos e investigativos. Aclaramos que desde la Fiscalía Regional y jefatura de la Fiscalía Local de Copiapó, no existe ni ha existido instrucción alguna para llevar adelante recalificación de delitos de manera masiva ni con miras al cumplimiento de metas”.
El de los 33 mineros atrapados durante 70 días en la mina San José ha sido el caso de mayor impacto que le ha correspondido investigar a la Fiscalía de Atacama. En 2013, luego de tres años de indagaciones, Mella Farías informó que no se configuraron antecedentes inculpatorios suficientes contra los dueños de la empresa minera San Esteban, Alejandro Bohn y Marcelo Kemeny, y el Servicio Nacional de Geología Minería(Sernagoemin), responsable de fiscalizar a esa compañía.
La decisión de no perseverar fue un balde de agua fría para los trabajadores, uno de cuyos líderes –Mario Sepúlveda, “Súper Mario”– dijo al conocer la medida que “me hubiese gustado que se les quitara la licencia. Uno de nosotros tendría que estar muerto para tener justicia”. Incluso el ex ministro de Minería cuando ocurrió la tragedia, Laurence Golborne, expresó su disconformidad con la decisión del fiscal regional pues la minera no había cumplido con la obligación de tener una segunda salida del pique. El más duro con Mella fue el senador Alejandro García-Huidobro: “No se hizo una investigación seria”. El caso concluyó en 2015 cuando el Tribunal de Garantía de Caldera dictó el sobreseimiento definitivo de la causa por prescripción, a solicitud de la defensa de los dueños de la mina.
En su cuenta pública sobre la gestión de la Fiscalía Regional de Atacama durante 2015, el fiscal Mella informó que del total de casos terminados por distintos delitos (32.526), el 51,2% correspondió a una “salida judicial” –lo que es mejor valorado como gestión–, sea esta una sentencia, un acuerdo reparatorio, un sobreseimiento, una suspensión del procedimiento o la facultad de no investigar, autorizada por el Tribunal de Garantía.
En el restante 48,8% de los casos terminados se aplicó una “salida no judicial”, siendo la decisión de archivar las denuncias la más utilizada por la fiscalía, con el 31,5% de los casos. Mella destacó que las denuncias archivadas disminuyeron 3% respecto de 2014 “situándonos dentro de las dos fiscalías regionales con menor número de causas que se archivan a nivel nacional”. También hizo hincapié en la disminución de 12% de las denuncias por delitos de mayor connotación socialen Atacama durante 2015, en especial los hurtos, que bajaron22,9% respecto del año anterior.
Aunque las denuncias archivadas fueron menores que en la mayoría de las otras regiones, las estadísticas del Ministerio Público indican que ese año Atacama tuvo la mayor proporción de “facultades para no investigar” del país, utilizada en el 14,77% del total de casos terminados. El promedio nacional de esta salida judicial durante 2015 fue solamente el 9,53% de los casos.
En cuanto a aquellos casos en que no hubo imputado conocido del delito, la Fiscalía de Atacama usó con más intensidad la facultad de no investigar: el 22,04% de los casos, siendo la más alta de todo el país en 2015. Respecto de los casos archivados (salida no judicial) cuando no hubo imputado conocido, el archivo se aplicó en el 63,76% de las denuncias.