Polémica licitación por cosechadoras que presentaron fallas técnicas
Indap paga $493 millones a empresa relacionada con familiares de su director nacional, Ricardo Ariztía
09.04.2013
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Polémica licitación por cosechadoras que presentaron fallas técnicas
09.04.2013
Los pequeños agricultores de la comunidad Caupolicán, de Lleu Lleu, en la Región del Bío Bío, irradiaban alegría. Y así quedaron retratados cuando posaron para la foto. Al fin tenían una cosechadora propia. Una máquina nueva, roja y brillante, que se asomaba detrás de las 25 personas que se pusieron frente al fotógrafo. La habían recibido de los técnicos de Indap y aquella jornada prometía que la cosecha del trigo dejaría de ser para ellos un dolor de cabeza al final de cada verano. Ya no tendrían que correr en busca de una cosechadora que no les cobrara un ojo de la cara por segar las lomas antes de que las lluvias mataran el grano. En vez de un problema, ahora la cosecha sería una fiesta. La máquina les pertenecía. Pero la fiesta apenas duró unos días: el lapso que medió entre que la recibieron y la devolvieron, por inútil.
“Indap y Conadi entregan máquinas cosechadoras de cereales a comunidades indígenas de la Provincia de Arauco”. Así se tituló la nota que apareció en la web del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap) el 23 de enero pasado. El texto, con la foto de las 25 miembros de la comunidad Caupolicán que posaron frente a la cosechadora, informaba que cuatro máquinas se pusieron en manos del mismo número de comunidades de la Región del Bío Bío, beneficiando a un total de 150 pequeños agricultores. Lo que nunca publicó Indap es que las cuatro comunidades devolvieron las cosechadoras en cosa de días. Dos de ellas no alcanzaron siquiera a armarlas. Otras seis fueron rechazadas en La Araucanía.
Indap desembolsó $493,5 millones en la compra de 20 de estas cosechadoras. Las adquirió por licitación pública a Copeval Servicios S.A., empresa con la que el director nacional de Indap, Ricardo Ariztía de Castro, tiene un evidente conflicto de interés, establecido por la Contraloría con anterioriodad, el pasado 11 de enero ((vea el documento), a raíz de otros contratos con Copeval. Uno de los controladores de Copeval es su tío Manuel Ariztía Ruiz.
Ricardo Ariztía de Castro (68) es un reconocido dirigente empresarial. De profesión agrónomo, presidió la Confederación de la Producción y el Comercio (2000-2002), a la que llegó después de encabezar la Sociedad Nacional de Agricultura (1997-2000). Ariztía ha incursionado exitosamente en fruticultura (presidió la Federación de Productores de Fruta), vinicultura y ganadería. Con esos antecedentes, en 2010 asumió como director nacional de Indap, organismo que brinda apoyo técnico y económico a los pequeños agricultores. A ojos del gobierno del Presidente Sebastián Piñera, Ariztía era la figura idónea para dirigir Indap por su vasto conocimiento y múltiples conexiones familiares y comerciales con el agro. Pero esas mismas características traían amarrada una desventaja: los conflictos de interés.
En 2012, los diputados Marcelo Díaz y Alfonso de Urresti requirieron el pronunciamiento de la Contraloría por eventuales conflictos de interés de Ariztía, pues como director de Indap había dado luz verde a contratos o programas con empresas y asociaciones gremiales con las que tenía algún vínculo familiar o comercial. Una de ellas era Copeval S.A. El dictamen emitido en enero pasado por la Contraloría ordenó a Ariztía abstenerse de participar en todo procedimiento en el que Copeval tuviese algún interés. Los alcances de la resolución fueron ampliamente difundidos por la prensa y Ariztía desestimó renunciar por esta causa: “No hay mal uso de recursos”, dijo.
No obstante, cuatro días después de emitido el dictamen comenzaron a entregarse en La Araucanía las cosechadoras brasileñas modelo Jumil 390, suministradas por Copeval en virtud de este nuevo contrato firmado el 20 de diciembre de 2012. La primera ceremonia de entrega tuvo lugar el 15 de enero de 2013. La encabezaron Ariztía y el ministro de Agricultura, Luis Mayol, quien también tenía participación en la propiedad de Copeval cuando se firmó el contrato por las cosechadoras, aunque en una proporción (2,1% de las acciones) que, de acuerdo con las normas, no constituye conflicto de interés.
Aunque Aríztia se abstuvo de firmar el contrato, la investigación de CIPER acreditó que Indap no cumplió todos los requisitos que exige la ley para establecer una relación comercial con una empresa cuyos controladores están emparentados con uno de sus directivos. En concreto, no expresó las “razones fundadas” que de manera excepcional le habrían permitido establecer el vínculo comercial con Copeval a pesar del conflicto de interés. Tampoco informó esas razones ni a la Contraloría ni a la Cámara de Diputados ni al ministro de Agricultura.
Además, la información entregada a CIPER por Indap y por el gerente general de Copeval, Darío Polloni, indica que antes de abrir la licitación ese organismo público ya había escogido la cosechadora Jumil 390 y sabía que su único representante en Chile era Copeval. Las bases del concurso incluyeron requerimientos técnicos que calzaban con ese modelo, por lo que era difícil que otro proveedor ofertara. De hecho, sólo Copeval se presentó a la licitación.
La adquisición de las cosechadoras se hizo con dinero proveniente de los $16.472 millones del presupuesto que maneja Indap para 2013, destinado a su Programa de Desarrollo de Inversiones (PDI). Ese plan permite comprar equipamiento (tractores, cosechadoras, motocultivadores y fumigadoras, entre otros productos) y el año pasado benefició a 13.816 pequeños agricultores (vea la inversión y el número de beneficiarios del PDI de 2007 a 2013 y la nómina de los proveedores del mismo programa).
Cada cosechadora comprada a Copeval significó un desembolso de $20,7 millones más IVA ($ 24,6 millones en total). Las comunidades pagan directamente entre un 5% y un 10% del precio al proveedor y el resto lo cancela Indap, como mandatario de los pequeños agricultores que obtuvieron ese subsidio.
El precio de las máquinas adquiridas a Copeval corresponde a un 25% ó 30% de lo que cuesta una cosechadora nueva en el mercado. Esto, porque no son autopropulsadas y deben acoplarse a un tractor, una modalidad hasta ahora no utilizada en Chile. Esta característica, que en la evaluación de los técnicos de Indap convertía a la cosechadora en una excelente alternativa a bajo precio, chocó con la realidad: la máquina es lenta, gasta más petróleo que las autopropulsadas porque el tractor debe circular en revoluciones muy bajas, se atasca frecuentemente y no es capaz de trabajar en pendientes fuertes (como las lomas donde se cultiva trigo en Bío Bío y Araucanía). Además, se acopla a un costado del tractor, por lo que da un ancho total de cinco metros y no puede circular por los estrechos caminos de las comunidades ni cruzar los portones de acceso a los campos.
El director de Indap, Ricardo Ariztía, explicó a CIPER que el programa PDI ha provocado un crecimiento explosivo, a nivel nacional, de la superficie cultivada con cereales por pequeños agricultores: “En octubre o noviembre, cuando ya la temporada estaba sembrada, pedimos (calcular) la superficie. Teníamos una cantidad superior a las 14 mil hectáreas. Y dijimos: Vamos a tener problemas de cosecha con esta superficie”.
Por esa razón, explicó Ariztía, técnicos del Indap viajaron a Israel, Francia y Brasil, donde hay industria especializada en maquinaria para la pequeña agricultura, en busca de una cosechadora de bajo precio: “Hasta que en uno de esos viajes identificamos una máquina que se adecuaba perfectamente para la pequeña agricultura (…). Se llama a licitación, la que tiene su proceso normal a través de nuestro sistema de proveedores, donde el único postulante que se presentó fue Copeval. Y se le adjudicó”.
La historia la complementa Darío Polloni, representante legal de Copeval:
-Fue Indap quien determinó, técnicamente, que quería esas cosechadoras (modelo Jumil 390). La gente de Indap fue en forma directa a visitar la fábrica y a comprar las máquinas a Brasil. En Brasil, la fábrica Jumil les dijo que tenía un representante en Chile: Copeval. Y, por lo tanto, tenían que comprar las máquinas a Copeval. El Indap, entonces, procedió a hacer una licitación pública de estas máquinas. Nosotros participamos y nos adjudicamos la licitación (…). A nosotros nos dijeron “traiga este modelo de máquina” y nosotros licitamos. Una vez que nos adjudicamos la licitación, trajimos ese modelo.
La explicación de Polloni indica que Indap ya había escogido el modelo antes de realizar la licitación, por lo que las especificaciones técnicas requeridas en las bases del concurso calzaban con las de la Jumil 390. Así queda de manifiesto también en una respuesta formal enviada por Indap a CIPER el 27 de marzo:
“Una vez llevado a cabo un levantamiento en terreno respecto de los requerimientos de nuestros agricultores y resguardando la dimensión de sus explotaciones, nos propusimos como INDAP buscar un tipo de maquinaria que fuese eficiente en términos de precio/calidad, para lograr resolver de manera definitiva las necesidades de los productores (…). Por lo tanto, la maquinaria en cuestión fue la única que satisfacía a cabalidad las necesidades de nuestros agricultores. Sin perjuicio, se prefirió abrir Licitación Pública, por si en éste proceso hubiere algún otro proveedor que pudiere calificar técnicamente y se interesara en presentar su propuesta”.
Sergio Aliaga, jefe de la zona sur de ventas de maquinaria de la empresa Tattersall Agrícola, competencia de Copeval, señaló a CIPER que por las especificaciones técnicas que pidió Indap, la licitación “está completamente dirigida, con nombre y apellido. Cuando ves esas licitaciones públicas en el diario o en Chile-Compra ya sabes que hay algo raro”.
-Es como que yo te dijera “voy a tirar una licitación porque necesito un auto, pero con cinco ruedas, una al medio”. Perdóname, pero así nadie más puede participar. Yo trabajo hace 25 años en maquinaria y sé de máquinas, y no se me habría ocurrido traer eso (una cosechadora tirada por un tractor). Para traer una máquina a Chile debes tener asistencia técnica adecuada. No habría sido de mi decisión traer una de ese tipo si no tienes equipo técnico y no tienes repuestos –dice Aliaga.
De hecho, el propio Ariztía reconoció a CIPER que los técnicos de Copeval no pudieron solucionar todos los problemas en terreno y debieron traer a especialistas brasileños: “Cuando vimos que la máquina se atollaba (atascaba), pedimos a Copeval que trajera expertos brasileños, porque los chilenos no tenían la experiencia en estas máquinas, con un concepto diferente de cosecha, para regularlas con el catálogo”. Así, algunas de estas maquinas fueron redirigidas a otras comunidades: “No han sido devueltas nuevamente”, dice Ariztía.
Otro antecedente anómalo en este proceso es que Indap creó una de las órdenes de compra el 4 de diciembre, es decir, 16 días antes de firmar el contrato con Copeval. Una segunda anomalía es que las cosechadoras comenzaron a ser entregadas por Copeval antes de que se le enviaran las “órdenes de compra”. Los registros del sistema Mercado Público indican que las órdenes fueron enviadas a Copeval recién el 29 de enero (vea las órdenes). No obstante, las cosechadoras comenzaron a ser entregadas a las comunidades a lo menos 14 días antes, el 15 de enero. Incluso, presentaron fallas y fueron devueltas antes de que se emitieran las órdenes, como consta en “informes en terreno” firmados por funcionarios de Indap (vea los documentos ).
De las 16 comunidades que recibieron cosechadoras en la segunda quincena de enero, al menos 10 resolvieron devolverlas. Ariztía reconoció a CIPER que sus subalternos hicieron una mala evaluación técnica y que las máquinas fueron entregadas a agricultores cuyos campos no eran aptos para estas cosechadoras. Por eso, dijo, fueron reasignadas a otras comunidades. Indap debió asumir el costo del traslado de las máquinas y de mantener el subsidio a los agricultores que rechazaron el producto, para que puedan ocupar esos recursos en la compra de cosechadoras usadas u otros equipos.
-Llegamos a la conclusión, en 24 horas, que las máquinas fueron mal asignadas (…). Se le entregó a comunidades que tenían 150 hectáreas y estas máquinas no son para eso. Son para pequeños agricultores de máximo cinco hectáreas. Inmediatamente, fuera de un llamado de atención a nuestros funcionarios por haber asignado de forma tan rápida a gente que de verdad no eran los calificados (…), recogimos las máquinas y fueron derivadas a La Araucanía. En La Araucanía siguió el proceso, también con varias maquinas mal asignadas y con un proceso de cambio y ya se han desviado a Puerto Saavedra, Puerto Domínguez, lugares donde de verdad hay propietarios a los cuales nosotros apuntábamos -explicó Ariztía.
CIPER contactó a dirigentes de dos de las cuatro comunidades que recibieron estas cosechadoras en Bío Bío y a cuatro de las 12 comunidades que la obtuvieron en La Araucanía. Todos confirmaron que las devolvieron. Jermemías Cheuquelaf, presidente de la comunidad Huipil, de Galvarino, cuenta por qué rechazaron la máquina:
-Se atollaba cada diez minutos. Se llenaban los cilindros y no podía seguir trillando. No sabemos cómo se licitó en realidad, porque esas máquinas llegaron de la noche a la mañana. Tampoco tuvimos posibilidad de verlas trabajar, más que por video.
Elicura Lincoyán, presidente de la mesa territorial de Mañuco, también dice que vio la cosechadora en un video que les exhibió Indap:
-Les hice el alcance a los señores de Indap y les dije: Quiero conocer la máquina, porque me parece buena, pero quiero ver cómo funciona. Me dijeron que no estaban en Chile todavía. Nos entregaron la máquina y la armamos con los mismos caballeros de Copeval. La encontramos lenta inmediatamente. Una máquina automotriz se demora unos 40 minutos por hectárea y la que nos trajeron se demoraba tres horas. La parte por donde entra el trigo es muy chica y cuando el trigo estaba bueno, entraba más y se atollaba, se apretaba todo y había que hacer un atado de cosas para sacar la paja de adentro.
Lincoyán dice que también fueron técnicos a revisar la cosechadora, pero no hubo caso: “Me dijeron: ‘Tienes que hacerlo más lento para que no se atolle’. Pero les dije que el tractor no tenía ni un cambio menos, ese era el último, y no podía reducir más. La devolvimos”.
Ricardo Ariztía de Castro no firmó ni la adjudicación ni el contrato con Copeval. Él dice que se abstuvo en cumplimiento de las normas de probidad. Pero formalizó su inhabilitación recién el 15 de enero pasado mediante un oficio que envío al ministro de Agricultura, Luis Mayol. La licitación se había adjudicado 42 días antes, el 4 de diciembre, y el contrato se había firmado 26 días atrás, el 20 de diciembre.
La empresa que vendió las cosechadoras, Copeval Servicios, es filial de la sociedad anónima abierta Compañía Agropecuaria Copeval (Copeval S.A.). Según los registros de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y los antecedentes expuestos en la memoria anual de Copeval S.A., el 20% de las acciones de esta empresa está en manos de dos sociedades controladas por Manuel Ariztía Ruiz, tío del director nacional del Indap. Estas dos sociedades de Ariztía Ruiz son Desarrollos y Servicios Melipilla Limitada (que tiene el 12,96% de Copeval S.A.) y Empresas Aríztia Limitada (con el 7,67%). En representación de ellas, Eugenio Ariztía Benoit, sobrino del director de Indap, figura en el directorio de Copeval S.A.
El dictamen emitido por la Contraloría el pasado 11 de enero analizó este parentesco, debido a que Ariztía de Castro había adjudicado otras propuestas de Indap a la empresa Copeval Agrodindustrias, la que también es filial de Copeval: “De los antecedentes examinados aparece que la aludida empresa (Copeval Agrodindustrias) es una filial de la sociedad Copeval S.A., en cuya propiedad participa don Manuel Ariztía Ruiz, tío del director nacional de Indap, circunstancia que impedía la intervención de esa autoridad en la evaluación y adjudicación de las propuestas”, señala el dictamen.
Ese mismo ditámen de la Contraloría estableció que el director de Indap no sólo debe abstenerse de participar en las licitaciones o contratos que involucren a Copeval, sino en todos los “procedimientos y decisiones” que puedan beneficiar a esa empresa.
Al momento de recibir la resolución de la Contraloría, el nuevo contrato con Copeval ya estaba operando. Y aunque Ariztía de Castro se abstuvo de firmar la adjudicación de la licitación y el contrato (lo hizo en su reemplazo el fiscal de Indap, Rafael Goldsack), en los hechos sí participó en etapas posteriores del proceso.
El propio director nacional de Indap reconoció a CIPER que, después de suscrito el contrato y de recibir los reclamos de las comunidades, ha estado al tanto de las correcciones al plan de entrega de las cosechadoras, pidiendo explicaciones a sus subalternos por las fallas, solicitando asistencia técnica de la empresa y reasignando a otras comunidades las máquinas inicialmente devueltas.
Incluso, después de conocido el dictamen de Contraloría, Ariztía ha participado directamente en la entrega de las máquinas: “Una de ellas la entregué personalmente en Coñaripe y allá está cosechando”, dijo.
La Ley 19.886 establece que los organismos estatales no pueden suscribir contratos con sociedades anónimas abiertas en las que parientes de los jefes del mismo servicio público -hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad- tengan sobre el 10% de las acciones. Esto produce la causal de implicancia entre Ariztía y su tío, que posee el 20% de Copeval S.A.
La misma ley indica que “cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario”, los órganos del Estado podrán suscribir contratos con empresas que presenten conflictos de interés con sus directivos. Tal situación puede darse, por ejemplo, si se trata de la única empresa que ofrece el servicio o los bienes, o que lo hace a un precio más conveniente que la competencia. En este caso, dice la norma, “la aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados”. Ninguno de estos requisitos se cumplió.
La resolución que aprobó el contrato no señala fundamentos que expliquen por qué se aceptó, excepcionalmente, que el proveedor fuese una empresa relacionada con el director de Indap; en consecuencia, esas razones fundadas no fueron comunicadas ni a la Contraloría ni a la Cámara ni al superior jerárquico, en este caso el ministro Mayol.
El profesor de Derecho Público de la U. de Chile, Luis Cordero Vega, confirmó a CIPER que con independencia de que un funcionario se haya inhabilitado por razones de parentesco, como lo hizo Ariztía, la resolución que aprueba el contrato debe señalar expresamente las razones fundadas por las que se suscribió el vínculo comercial a pesar de ese conflicto de interés. Esto, porque “la inhabilidad de parentesco afecta al organismo, con indiferencia de quién suscribe el contrato”, dijo Cordero. La misma resolución que aprobó el contrato, explicó el académico, debe decir expresamente “comuníquese a la Contraloría y a la Cámara de Diputados”, para que el documento sea sometido a control administrativo y a control político (ver recuadro).
Tanto la resolución que aprobó la adjudicación como la que dio luz verde al contrato no dicen que deben ser comunicadas a la Contraloría, a la Cámara y al ministro Mayol.
Respecto de por qué en las resoluciones no se incluyeron las razones fundadas ni se consignó que debían ser comunicadas a la Contraloría y a la Cámara, Ariztía respondió a CIPER: “Desconozco eso”.
Su asesor y abogado, Germán Villegas, señaló que únicamente informaron al ministro Mayol la inhabilidad de Ariztía: “Operamos por el Estatuto Administrativo que, en el caso de cuando existan estas relaciones de parentesco y existe el deber de abstención, uno debe informar al superior jerárquico y abstenerse de participar de todo el proceso”.
El oficio enviado al ministro Mayol el 15 de enero sólo informa que Ariztía se abstuvo de participar en el proceso de compra, pero no señala los fundamentos por los cuales Indap aceptó contratar a pesar del conflicto de interés: “Comunico al señor ministro que habiendo postulado a la citada licitación la empresa Copeval Servicios S.A., en que es miembro del directorio mi sobrino Eugenio Ariztía Benoit, me he abstenido y me abstendré de participar en todas y cada una de las instancias de dicho proceso”, señala el oficio firmado por Ariztía.
El director de Indap se comprometió a enviar a CIPER los documentos que acreditarían que se cumplieron todos los requisitos establecidos por la ley. No obstante, el único documento sobre esta materia remitido por Indap a CIPER fue el oficio enviado al Ministro Mayol para notificarle la abstención de Ariztía en el proceso.
Un dato relevante es que quien recibió ese oficio, el ministro Mayol, también tenía relación con Copeval. Mayol era propietario del 2,1% de las acciones de esa compañía, a través de la sociedad Luis Mayol Bouchon y Cía. Limitada, a la fecha en que Indap suscribió el contrato con Copeval. Además, figura en la constitución de otra sociedad -Viña Cantera- junto al gerente y representante legal de Copeval, Dario Polloni (vea los extractos del Diario Oficial). Y en diciembre de 2012, cuando se firmó el trato por las cosechadoras, Viña Cantera figuraba entre los accionistas que tenían menos de 1% de los títulos de Copeval (vea la lista de accionistas de Copeval).
Polloni confirmó a CIPER que en 1997 constituyó junto a Mayol y otros socios la Vinícola Valle Central S.A, la que en 2000 pasó a llamarse Viña Cantera S.A. Esa sociedad, dijo Polloni, está inactiva desde 2008: “No está operativa y acaba de vender sus acciones de Copeval hace un mes o dos meses atrás. Está en proceso de liquidación”. Los registros del SII indican que la sociedad Viña Cantera S.A. sigue vigente, aunque no registra movimiento de documentación desde 2011.
En una respuesta enviada a CIPER el 27 de marzo, Indap argumentó que tanto la Contraloría como la Cámara de Diputados están al tanto de la inhabilidad que afecta a Ariztía en relación a Copeval, debido a que se remitió a esas instituciones “toda la información relacionada con esa materia” en respuesta al requerimiento de los diputados Díaz y De Urresti. Pero lo que Indap debió informar a Contraloría y a la Cámara no es la inhabilidad de Ariztía, sino las razones por las cuales aceptó contratar a Copeval a pesar de la relación que existe entre esa empresa y su director nacional.
Indap tampoco envió el contrato con Copeval al procedimiento de “toma de razón” en la Contraloría, para que ese organismo determinara si la operación se ajustó a las normas. Los contratos que suscriben entidades públicas para la adquisición de bienes muebles cuyos montos superen las 5 mil UTM (equivalentes a $200,6 millones,) deben cumplir con el trámite de “toma de razón”. Y aunque el desembolso del Indap por la compra de las cosechadoras sumó $ 493,5 millones, no fue enviado a la Contraloría.
Sobre este punto, Indap respondió a CIPER que el procedimiento quedó exento de la “toma de razón” porque en el contrato no se estableció un monto total de la compra, sino el precio unitario de cada cosechadora ($20,7 millones más IVA por unidad), debido a que no se sabía cuántas comunidades aceptarían comprar las máquinas.
Efectivamente, Indap no podía saber cuántos agricultores postularían para adquirir una cosechadora, por lo que no era posible establecer un monto global. No obstante, Ariztía reconoció a CIPER que el contrato con Copeval “fue una compra piloto de 20 máquinas”, por lo que el organismo entendía que la cifra en juego se acercaría a los $500 millones.
“No basta con haberse abstenido de participar”
El director de Indap, Ricardo Ariztía de Castro, no firmó el contrato con Copeval e informó al ministro de Agricultura que se abstendría en ese proceso, debido a la presencia de sus parientes en esa empresa. Pero esas acciones son insuficientes para dar curso a un contrato bajo un conflicto de interés de este tipo.
El profesor de Derecho Público Luis Cordero Vega explica que la prohibición de suscribir el contrato afecta a la institución y no al funcionario implicado. Por esa razón, las leyes exigen, además de la abstención, que la resolución que apruebe el contrato fundamente por qué esa operación comercial es beneficiosa para el Estado al punto que se puede obviar el conflicto de interés.
-Lo que la ley exige es que puedo suscribir ese contrato siempre y cuando demuestre que las condiciones son equivalentes a las de mercado. Probablemente, que pueda decir “mire, no obstante existe el parentesco, este contrato es mejor, porque es más barato o más eficiente o es un producto de mejor calidad. En consecuencia, el Estado no debiera perder este buen contrato por esta relación de parentesco”. Pero todo eso lo tengo que justificar en el acto aprobatorio del contrato.
-Entonces, ¿debe estar explicito en la resolución que aprueba el contrato?
-Sí, completamente.
-¿Aún cuando el contrato lo firme otra persona?
-Lo que pasa es que la norma está hecha sobre la base de que es el organismo el que no puede suscribir el contrato. No es que “Pedro Pérez” no puede firmar, es el organismo el que no puede. Es decir, la inhabilidad de parentesco afecta al organismo, con indiferencia de quién suscribe el contrato.
-¿Y cómo se informa la resolución fundada a la Contraloría y a la Cámara de Diputados?
-Al final de la resolución debe decir “comuníquese a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados”. Debe decirlo explícitamente. ¿Por qué a la Cámara y a la Contraloría? Porque una es la que hace control político y la otra hace control de probidad. Entonces, la norma dice: “Mire, usted no puede contratar, pero si contrata tiene que fundarlo y, además, va a estar sujeto a dos tipos de control, el administrativo y el político”. No basta con haberse abstenido de participar.