Patricio Basso, ex secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Acreditación:
“En la CNA sabían que varias universidades privadas facilitan el lucro de sus socios controladores”
24.01.2013
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Patricio Basso, ex secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Acreditación:
24.01.2013
Vea el reportaje relacionado a esta entrevista: «Lucro en la Universidad Santo Tomás: los préstamos por $13 mil millones que el Mineduc obvió»
Durante su periodo como secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) -julio de 2011 y agosto de 2012-, Patricio Basso asumió la tarea de elaborar minutas financieras con la información de las instituciones que buscaban acreditarse. La iniciativa provocó la férrea oposición de Eugenio Díaz y del jefe de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, Juan José Ugarte. Los datos reunidos, con antecedentes entregados por las propias universidades, mostraron a los consejeros una síntesis de cómo fluían los dineros dentro de las instituciones, develando así los cambios patrimoniales y también cómo grandes cantidades de recursos se iban a empresas relacionadas. Eso fue exactamente lo que ocurrió en el caso de las universidades SEK, UNIACC y Santo Tomás. Respecto de estas últimas dos, para la CNA resultó evidente que sus controladores estaban lucrando y por ello acordaron enviar los antecedentes respectivos al ministerio.
La Universidad Santo Tomás (UST) fue sobreseída de toda investigación a fondo y el secretario ejecutivo de la CNA, Patricio Basso, resultó exonerado de su cargo. En esta entrevista Patricio Basso acusa al consejero de la CNA Aníbal Vial, ex rector de la UST y actual asesor de su rector; y a Juan José Ugarte de haber pedido su salida de la CNA. Además, Basso entrega nuevos antecedentes sobre cómo se obvió la existencia de lucro en las universidades al interior de la CNA, en parte por carecer de facultades y capacidad operativa para fiscalizar. “Esto es un claro vacío de la ley resultado de las presiones que hubo durante su dictación para que el Estado regulara y controlara lo menos posible a las instituciones en aras de una supuesta libertad de educación”, afirma.
-¿Fue a través de las minutas financieras elaboradas en la propia CNA que los consejeros se enteraron de la existencia de $13.000 millones traspasados desde la Universidad Santo Tomás a sus empresas relacionadas?
Efectivamente. El 2 de noviembre de 2011 la comisión acordó encargar al secretario ejecutivo la elaboración de un informe que permitiera estimar la viabilidad económica y financiera de las instituciones que se someterían a acreditación institucional. Este informe, denominado Minuta Financiera, se envió a los comisionados antes de cada una de las sesiones como parte de la documentación que serviría a la toma de decisiones. En la minuta que correspondía a la Universidad Santo Tomás se exponían dos hechos que revelaban la existencia de lucro: préstamos a empresas relacionadas por $13.096 millones al 31 de diciembre de 2010 y el otorgamiento de un aval de la UST a la empresa relacionada Inmobiliaria Rádice S.A.
-¿Cómo se confeccionaron esas minutas?
Dado que las Minutas Financieras se debieron elaborar con menos de 15 días de antelación a las sesiones, sólo se pudo contar con la información que ya se había solicitado a las instituciones, esto es los Estados Financieros de los últimos tres años: 2008, 2009 y 2010. La Minuta no era más que el cálculo y análisis de un conjunto estándar de indicadores financieros tales como capital de trabajo neto, razón ácida, leverage o EBITDA.
-Antes de las minutas, ¿los consejeros revisaban la información financiera entregada por las universidades al momento de ver la acreditación? Se lo pregunto pues esos traspasos la UST los viene haciendo entiendo que desde 2003.
Hasta 2011 no se elaboraba una Minuta Financiera con las características que mencioné. La información disponible en el pasado dependía, exclusivamente, del modo en que los pares evaluadores que visitaban la institución decidieran realizar su informe. La anterior acreditación de la UST fue el 6 de diciembre de 2007 y, claramente, en aquella oportunidad no se efectuó una revisión adecuada de los estados financieros ya que los préstamos deberían haber estado en el balance, específicamente en la cuenta Documentos y Cuentas por Cobrar a Empresas Relacionadas. De la simple lectura de la nota respectiva del balance se habría podido determinar que esos préstamos se habían hecho sin reajuste ni intereses.
-Esos traspasos motivan a la CNA a hacer una denuncia ante el Ministerio de Educación. De acuerdo a lo que se conversó en la CNA, ¿qué normativa concreta se está vulnerando con estos préstamos? Se lo pregunto porque la ley establece pocos motivo por los que el ministerio le puede cancelar la personalidad jurídica a una universidad: si no cumple con sus objetivos estatutarios; si realiza actividades contrarias a la moral, al orden público, etc.; si incurre en infracciones graves a sus estatutos; si dejara de otorgar títulos profesionales… No dice ni lucro ni daño patrimonial.
La norma en que se basa nuestra denuncia es el artículo 24° de la Ley 20.129 que creó a la CNA, pues le impone a la Comisión la obligación de enviar los antecedentes al Ministerio de Educación cuando, con ocasión de un proceso de acreditación, tome conocimiento de cualquier circunstancia que pudiera ser constitutiva de una infracción a la Ley General de Educación (LGE). En este caso particular, existía una presunción –en mi caso certeza- de que la UST había permitido que empresas relacionadas obtuvieran utilidades a expensas de pérdidas absorbidas por la universidad. Así, se configuraba una falta a la ley por cuanto las universidades son corporaciones sin fines de lucro, lo que significa que sus socios o propietarios no pueden obtener utilidades a expensas del patrimonio de la universidad. Aquí estamos ante un incumplimiento de los objetivos estatutarios de la universidad ya que, como señalé, de acuerdo a la ley, las universidades son corporaciones sin fines de lucro, condición que se violó en el caso de la UST al existir traspaso de patrimonio de la universidad a empresas relacionadas.
–La UST respondió en la investigación del ministerio que esos $13.000 millones -entregados sin intereses sus empresas relacionadas- no ocasionaron un perjuicio a la universidad sino que le permitieron crecer en todo Chile, pues eran parte de un plan de inversión mayor. ¿Los antecedentes que usted conoció desmienten ese hecho?
El solo hecho de la existencia de una transacción relacionada no significa en sí misma que exista lucro, transferencia de patrimonio en forma directa o indirecta a terceros relacionados. Lo que transforma una transacción relacionada en lucro es la circunstancia que ésta no se efectúe a valores de mercado, pues ello implica que la empresa relacionada obtiene de la universidad condiciones más favorables de las que hubiese obtenido en una transacción con un tercero no relacionado. En el caso de la UST, los préstamos sin intereses ni reajustes son claramente más convenientes para las empresas relacionadas, especialmente la Inmobiliaria Rádice S.A., que cualquier préstamo que hubiese podido obtener en el mercado financiero. En el caso de la inmobiliaria la situación es aún más ventajosa para ésta porque además cuenta con el aval de la universidad y con contratos de arrendamiento de largo plazo que le permiten, si lo desea, endeudarse con la banca a mejores tasa de interés pues el riesgo se traspasa a la UST.
Como la UST no cobró intereses a sus empresas relacionadas, las transacciones no se efectuaron a valores de mercado y su patrimonio disminuyó cada año en el monto de los intereses no cobrados a la vez que el patrimonio de sus empresas relacionadas aumentaba en igual cantidad. En otras palabras existió una transferencia de patrimonio desde la Universidad Santo Tomás a sus empresas relacionadas cada uno de los años en que la primera efectuó préstamos sin intereses a las segundas. Esto significó que la universidad sirvió de medio para que los socios lucraran: se hicieran de las utilidades que la universidad dejó de percibir.
Lo que plantea la UST en su argumentación es que no se debería considerar cada transferencia en forma aislada sino que el conjunto de las relaciones comerciales con sus empresas relacionadas las que, según el rector, no ocasionaron un perjuicio a la universidad. Este es un argumento falaz pues lo que el rector debería haber probado es que si el plan de inversión se hubiese realizado con cualquier otra empresa del mercado, por cierto no relacionada, no habría podido obtener los mismos beneficios que obtuvo. Si tomamos por ejemplo las relaciones comerciales con la Inmobiliaria Rádice S.A., el rector debería haber probado que no existe en el mercado ninguna empresa que hubiese podido construir para la universidad los 24.000 m2 que se incorporaron en el año 2011, bajo las mismas condiciones que se otorgaron a la Inmobiliaria Rádice. No es necesario ser experto para saber que la universidad habría obtenido un muy buen precio si hubiese llamado a una licitación ofreciendo: préstamos de más de $13.000 millones sin reajustes ni intereses; ser aval de la empresa constructora; y contratos de arrendamiento de largo plazo. El punto es, entonces, que el rector debió haber demostrado que los precios pagados a la Inmobiliaria Rádice S.A. fueron más bajos que los que hubiese pagado a cualquier otra empresa, pero por cierto bajo las mismas excepcionales condiciones otorgadas a ésta, lo cual es imposible que demuestre sin efectuar la licitación que he mencionado. Más aún, resulta difícil pensar que alguna empresa, de cualquier naturaleza, ofrezca las tres condiciones señaladas a una empresa que no sea relacionada o familiar.
-En el dictamen que emite el ministerio el argumento es que no hay lucro en la medida en que los intereses de la universidad no sean dañados. ¿Qué opina de eso? ¿Existen precedentes u otros dictámenes que contradigan al ministerio en la interpretación que ha hecho de este caso?
Desconozco si existen precedentes para esta situación. Lo que sí es evidente es que el MINEDUC tiene una muy particular y equivocada manera de entender el lucro. En el caso de la UST, el patrimonio se dañó a causa de los intereses no cobrados a las empresas relacionadas. Esa es una verdad indesmentible y que no necesita de 152 días de investigación, que es el tiempo que se tomó el MINEDUC en emitir un pronunciamiento.
-Eugenio Díaz se oponía al uso de las minutas finacieras. ¿Cuáles eran sus argumentos?
Eugenio Díaz se opuso a las minutas financieras en la primera sesión en que se utilizaron (el 16 de noviembre de 2011), cuando se vieron los casos de ESUCOMEX y la UNIACC. Su argumentación fue que éstas no habían sido conocidas previamente por la institución, alegando incluso que eran inconstitucionales, si bien nunca explicó el por qué. Exactamente el mismo argumento, pero sin lo inconstitucional, utilizó Juan José Ugarte el 7 de diciembre cuando se acreditó la UST. La Comisión consideró que era necesario y pertinente que la secretaría ejecutiva preparara esa minutas y que no tenía sentido exigir que previamente fuesen conocidas por la institución ya que se basaban, exclusivamente, en la información entregada por la propia institución. Tanto Díaz como Ugarte consideraban que las minutas contenían juicios de valores, entendiendo por ello las conclusiones obvias a las que cualquier persona, medianamente entendida en finanzas, hubiese llegado. Pero Ugarte fue más allá poniendo en duda mi expertise en el tema como último recurso para desacreditar las minutas financieras. Yo siempre tuve la sensación que ambos, Díaz y Ugarte, habían conversado en privado el tema.
La UST fue la séptima institución en ser acreditada en 2011, y en las seis ocasiones previas no había asistido Juan José Ugarte, pero había recibido, junto con la citación, la documentación respectiva, incluida la Minuta Financiera. En dicha sesión, Ugarte expresó su desacuerdo con las Minutas Financieras “ya que ésta no ha sido conocida previamente por la institución correspondiente, ni ha sido realizada por un tercero especializado en la materia, lo que a su juicio puede vulnerar las garantías de un debido proceso”, según dejó constancia en el acta. Si su juicio respecto de ellas era tan de fondo, cabe preguntarse, ¿por qué no asistió a la primera de las sesiones en que se iba a utilizar la Minuta Financiera el 16 de noviembre? ¿No le pareció importante dejar constancia de su desacuerdo cuando la Minuta Financiera fue utilizada en la sesión en la que no se acreditó la UNIACC, o sólo era grave que se usara con la Santo Tomás? No encuentro explicación razonable para esta actitud de Ugarte.
-Pese a que se detectaron estos traspasos, la CNA acreditó a la UST por tres años. Da la impresión de que si bien les pareció un hecho grave, no era tan grave como para no acreditarla, cosa que sí ocurrió con la UNIACC, que también fue denunciada por la CNA.
En el caso de la UST, a juicio de la mayoría de los comisionados con derecho a voto –el secretario ejecutivo sólo tiene derecho a voz- la situación de lucro no afectaba la viabilidad económica y financiera de la institución por lo que la acreditación se basó, exclusivamente, en consideraciones de orden académico. En cambio, en el caso de la UNIACC, su situación económica y financiera era crítica y, además, existían severas objeciones a su calidad académica, especialmente dada su reciente orientación hacia la educación a distancia para la cual no contaba con los medios académicos y económicos necesarios.
-Al dejar la CNA usted señaló que el consejero Aníbal Vial, ex rector de la U. Santo Tomás, fue uno de los que presionó para que usted saliera de esa institución. ¿Cree que el haber denunciado a la UST ante el ministerio influyó en su salida?
Por cierto que el haber hecho público la existencia de lucro en la UST fue el detonante de mi exoneración del cargo. No obstante, debo reconocer que mis relaciones con varios miembros de la Comisión se habían venido deteriorando desde que denuncié ante el señor Contralor la existencia de un contrato entre Eugenio Díaz y la Universidad del Mar. Este deterioro se agudizó cuando, con ocasión de la renuncia del rector Urrutia a la UDM, propuse a la comisión reconocer públicamente los errores cometidos por la anterior comisión y pedir disculpas públicas.
Respecto de Aníbal Vial, asesor del actual rector de la UST, me consta por haber estado presente, que fue él quien primero solicitó mi renuncia porque, según dijo, yo había “perdido la confianza de la institución que represento”. Preguntado por mí si se refería a la UST o a las universidades privadas que lo habían elegido, no respondió. Pese a que yo solicité que quedara en acta lo dicho por Vial, ello no fue aceptado por la actual secretaria ejecutiva de la CNA, Paula Beale, porque “el acta debe reflejar consensos generales acorde al reglamento interno de funcionamiento de la CNA”, según me señaló en carta del 22 de noviembre de 2012.
-¿Cree que Aníbal Vial actuó en representación de los intereses de la UST al pedir que usted saliera de la CNA?
Como dicen los juristas: a confesión de parte, relevo de pruebas.
-¿Cree que Juan José Ugarte también actuó en representación de los intereses de la UST al pedir que usted saliera de la CNA?
No sé si la actuación de Ugarte respondió a su cercanía con el mundo de las universidades privadas, particularmente la UST –ya que a la UNIACC no la ha defendido- o a sus propias convicciones. En todo caso, me resulta imposible no sentir que la defensa que hace Ugarte de la UST va más allá de lo razonable, especialmente si se analiza la respuesta que preparó a la denuncia de lucro que envié el pasado 14 de junio de 2012 al ministro. La lectura de ese documento permite percibir un claro sesgo en la investigación que no apuntó a demostrar que existía lucro sino, más bien, a justificarlo con argumentos que no resisten el menor análisis. Aceptar y avalar las razones que entregó el rector de la UST y las conclusiones del consultor externo Fernando Bravo, en cuanto a que “ha habido ventajas recíprocas en el área de empresas relacionadas y la Universidad Santo Tomás”, es un prueba irrefutable de que no se investigó el fondo del asunto. Lo que se debió haber exigido por parte de la DIVESUP eran pruebas concretas de que la UST no habría obtenido esas mismas supuestas ventajas si hubiese efectuado transacciones semejantes con un tercero no relacionado, que es lo que se debe probar para que la transacción con partes relacionadas pueda considerarse a valores de mercado y, por lo tanto, sin fines de lucro.
-¿Qué información maneja la CNA respecto de la propiedad y del funcionamiento financiero de las universidades que acredita? ¿Saben sus consejeros quiénes son los dueños de las 59 universidades que hay en Chile?
Desconozco qué hacía la CNA hasta 2010. A partir de 2011, a petición de algún comisionado cuyo nombre no recuerdo –pero que ciertamente no fue ni Eugenio Díaz ni Juan José Ugarte- se comenzó a preparar, por la secretaría ejecutiva, una Minuta de Propiedad a partir de la información que se solicitaba a las instituciones, la cual sólo incluía la estructura de propiedad a nivel de las personas o sociedades que la constituían sin ir más arriba en el árbol de propiedad. Como esto sólo se hizo a partir de 2011, y para las instituciones que se acreditaron ese año, no existe una base de datos completa ni actualizada de la propiedad de las instituciones de educación superior.
En el caso de la UST, la situación de transacciones relacionadas se puso en evidencia a través de la Minuta Financiera la que, a su vez, se basaba en los propios estados financieros enviados por la institución. En ellos, se identificaban -según las normas contables vigentes- las empresas relacionadas. Aunque se trató por la secretaría ejecutiva de determinar las estructuras de propiedad de dichas empresas, no se pudo porque destinar recursos públicos a ese fin era impropio por cuanto la ley no faculta a la CNA para investigar este tema y, por lo tanto, cualquier uso de recursos en ello se podía perseguir, administrativamente, por mal uso de recursos públicos.
-¿Cómo se abordaba el problema del lucro al interior de la CNA? Hoy todos saben que muchas universidades lucran, pero el ministro Harald Beyer dice cada tanto que no tiene pruebas que hay universidades que lucran. ¿En las reuniones de la CNA se actúa también como si eso no estuviera demostrado?
Respecto del lucro es necesario tener presente que la ley no entregó a la CNA la responsabilidad –y por tanto la capacidad- de investigarlo. En derecho administrativo, las instituciones y persona sólo pueden hacer lo que la ley les autoriza. Las denuncias sobre el lucro que la CNA envió al ministerio respecto de la Universidad Santo Tomás y la UNIACC, se hicieron a partir del artículo 24° de la ley que creó a la CNA que establece que si como resultado del proceso de acreditación la Comisión “toma conocimiento” de que la institución evaluada ha incurrido en alguna de las situaciones contempladas en la ley que permiten al Ministerio de Educación revocar el reconocimiento oficial, entonces debe poner los antecedentes en conocimiento del MINEDUC. La expresión “toma conocimiento” revela que la CNA es un sujeto pasivo que se entera, sin investigarlo, de una situación ilegal. Esto es un claro vacío de la ley resultado de las presiones que hubo durante su dictación para que el Estado regulara y controlara lo menos posible a las instituciones en aras de una supuesta libertad de educación. Por ello, lo cierto es que los miembros de la comisión no tenían entre sus preocupaciones el problema del lucro y no sentían que fuese su obligación investigarlo. No obstante, como cualquier persona que se interesa en la educación superior, sabían perfectamente que varias universidades privadas facilitan el lucro de sus socios controladores.
-No obstante, respecto de la denuncia que hace la CNA -siendo usted secretario ejecutivo- de lucro en la Universidad Santo Tomás y UNIACC, la expresión “toma conocimiento” adquiere un carácter activo. ¿Cómo se explica?
Como secretario ejecutivo consideré que la clara e inequívoca existencia de lucro en la UNIACC y en la UST violaba tanto los objetivos estatutarios como los propios estatutos de una corporación sin fines de lucro -que son dos de los motivos de revocación del reconocimiento oficial- y en ello fundé mi proposición de aplicarles el artículo 24°. Para “tomar conocimiento” de una situación de lucro es necesario tenerlo presente al momento de revisar la información. Lo digo porque en el caso de la UST, los préstamos sin reajuste ni intereses ya estaban presentes cuando la CNA la acreditó por cuatro años, el 6 de diciembre de 2007, y la comisión “no tomó conocimiento”.
-¿Qué obligación tienen las universidades de informar a la CNA sobre cambios en el control de las instituciones? Por ejemplo, en la Universidad Gabriela Mistral hay representantes de una congregación religiosa incorporados al directorio que ingresaron en virtud de un acuerdo que se desconoce, al igual que otras ventas de universidades. ¿Qué parte del aparato público, sino es la CNA, debiese mostrar interés por fiscalizar esta área tan delicada?
El artículo 25° de la ley N° 20.129 establece que “durante la vigencia de la acreditación, las instituciones deberán informar a la Comisión, acompañando un informe de autoevaluación respecto de los cambios significativos que se produzcan en su estructura o funcionamiento, tales como apertura de carreras en nuevas áreas del conocimiento, establecimiento de nuevas sedes institucionales, desarrollo de nuevas modalidades de enseñanza, y cambios sustanciales en la propiedad, dirección o administración de una institución”. Por desgracia –o por voluntad de los legisladores- nuevamente la ley tiene un grave vacío: si bien la ley establece que las instituciones deben informar los cambios significativos, no dice lo que la CNA debe hacer con dichos informes ni establece sanciones en caso que no lo hagan. En consecuencia, las veces que recibimos información al respecto, sólo se podía tomar nota y nada más. En cuanto a la Universidad Gabriela Mistral, la CNA no recibió información alguna de cambios en la propiedad mientras ejercí el cargo de secretario ejecutivo, que gané por concurso público, entre el 1° de julio de 2011 y el 22 de agosto de 2012, fecha esta última en que fui exonerado por haber hecho públicas las denuncias de lucro enviadas al Ministro de Educación.
-La decisión de elaborar las minutas financieras parece indicar un cambio en la CNA. ¿A qué se debe ese cambio?
Efectivamente, el uso de las minutas financieras significó un importante cambio respecto de lo que se había hecho hasta ese instante. Ellas comenzaron a aplicarse el año 2011 a propuesta mía y del presidente de la CNA, profesor Iñigo Díaz, quien había reemplazado a Eugenio Díaz a contar de febrero de 2011. Creo que la aceptación y posterior ratificación de su uso por la comisión, con la sola oposición de Eugenio Díaz y Ugarte, debe haber estado influenciada por las protesta contra el lucro de los estudiantes.