Explosivo aumento de interceptaciones
Las tretas de los policías para “pinchar” teléfonos sin autorización judicial
26.09.2011
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Explosivo aumento de interceptaciones
26.09.2011
El chevrolet sin distintivos de la PDI circula por una de las principales avenidas de la zona sur de Santiago. A bordo van tres policías antinarcóticos que le siguen la pista a una banda de traficantes. El silencio se quiebra por el insistente tintinear de un celular. Uno de los policías lo levanta y acepta la llamada, pero curiosamente no habla, simplemente escucha.
-Compadre… ¿dónde anda? Yo voy llegando al lugar en diez minutos. Ya tengo lo que me encargó. ¿Nos vemos ahí? -dice una voz amplificada por el altavoz del celular.
-Andamos mal. Yo estoy en el centro. No ha pasado nada aquí con el Sergio y no responde el teléfono el weón -responden del otro lado.
-Bueno compadrito, usted no se preocupe. Cuando termine su peguita, se pasa por allá y ahí arreglamos. Ya me llegaron los encargos (la droga) que me encargó y varios más, así que pase hoy día sin falta, porque usted sabe cómo es la cosa -retruca el primero y cuelga.
Los policías del chevrolet tienen identificados a los dos sospechosos que se acaban de comunicar. Lo que no saben es dónde se concretará la cita que ambos acaban de pactar. Y por eso siguen atentos al celular, esperando que uno de los interlocutores les dé, al fin, una pista útil para detectar los embarques de droga que aparentemente están trayendo desde Argentina. Llevan más de 20 días operando con la autorización que les dio un juez de garantía para interceptar algunos teléfonos de sospechosos y reconocen que no han avanzado mucho.
-Cuando son gente avezada, como éstos, hablan lo justo. Y eso hace muy difícil atraparlos con la droga, incluso usando el “pinchazo” -señala el encargado de la unidad policial.
“Como (los narcos) saben que los pueden estar escuchando, cambian de celular a cada rato. Así que uno debe conseguirse los nuevos números y empezar otra vez los trámites en las fiscalías para que te den un nuevo permiso judicial que autorice interceptar otros teléfonos a nombre de la misma persona. Y hay jueces (de garantía) que llega un momento en que no te autorizan -añade otro de los detectives.
El jefe de la unidad, que pide la reserva de su nombre, indica a CIPER que si bien la interceptación de teléfonos es una gran ayuda, no es una herramienta que permita por si sola esclarecer los casos. De esta forma, dice, el equipo policial debe seguir con los otros métodos tradicionales de investigación, tales como seguimientos y chequeos de los vehículos, para conocer los lugares que frecuentan los sospechosos, las personas con las que se reúnen y las actividades que usan como “pantalla”.
El método de los “pinchazos”, agrega el oficial, no sólo no es infalible, sino que es habitual que además afecte a personas comunes y corrientes cuya privacidad queda expuesta a las escuchas:
-Muchas veces uno consigue autorización para interceptar un número y a los pocos días te das cuenta que te equivocaste y que estás escuchando a otra persona nada que ver con la investigación. Ya sea porque el fulano vendió el teléfono, lo regaló o lo perdió. Ahí uno debe dar conocimiento por escrito al fiscal que lleva la investigación y él, a su vez, avisar al juez de garantía. Pero eso no siempre se hace.
Ese “no siempre se hace”, significa que los policías están accediendo de manera ilegal, aunque en el origen haya una autorización judicial, a antecedentes privados de personas que no son sospechosas de cometer un crimen. De acuerdo con la investigación desarrollada por CIPER, las normas que autorizan las interceptaciones telefónicas en casos de drogas son laxas y las policías además no siempre las cumplen, los fiscales no tienen un registro de todos los antecedentes a los que acceden los policías que ejecutan las escuchas y, peor aún, no hay una fórmula para disponer la destrucción de los datos recolectados en “pinchazos” que puedan afectar injustamente la privacidad de personas no comprometidas en delitos.
En los hechos, cientos de personas han quedado expuestas a la violación de su privacidad y, lo que es peor, no hay una entidad que se haga cargo de chequear que los datos que se recolectaron mediante “pinchazos” a ciudadanos que no están siendo investigados por orden de un juez no sean mal usados en el futuro.
Una fuente de la PDI reconoce que incluso a veces se producen abusos tales como incorporar en una solicitud de interceptación los números de personas que no están siendo investigadas en esa causa. De esa forma, la escucha ilegal queda cubierta con un manto de legitimidad: “El fiscal debería estar atento a los teléfonos que se autorizaron a interceptar, pero en realidad es imposible que pueda escuchar todas las llamadas que se realizan diariamente de un solo teléfono interceptado, por lo que en la mayoría de los casos a él le llega solo el resumen de lo que uno considera más relevante y que tiene relación con la investigación que estamos haciendo”.
Una alta fuente del Ministerio Público a nivel metropolitano confirmó que se han detectado casos en que las policías agregan en las solicitudes de “pinchazos” los números de personas que no están relacionadas con la investigación, pero cuya “escucha” es de interés para Carabineros o la PDI por razones de “inteligencia”. Y agrega que aquello no es más que la punta del periscopio respecto de un sinnúmero de ilegalidades que se estarían cometiendo “amparadas en la ley 20.000”, referente al tráfico de drogas, ya que es en virtud de esta norma que se realizan la mayoría de las autorizaciones judiciales para las interceptaciones.
-Infelizmente, el tema de las escuchas ilegales se ha descontrolado. Los fiscales no tenemos mucho control, sobre todos los que trabajan con el tema de drogas que es donde es más permisivo el tema. Solo con un teléfono que autorice el juez son tantas las escuchas que uno no tiene tiempo de revisarlas todas y los policías no detallan lo que escuchan, porque tampoco tienen ese tiempo -dice la misma fuente.
Y agrega que uno de los factores que ha generado este descontrol y permisividad es lo extendido de la práctica de los “pinchazos”:
-Muchos efectivos policiales descansan en las escuchas y no investigan. Uno habla con ellos y se da cuenta que no saben en qué vehículo se mueve el imputado, qué lugares visitó o con quién se junta aparte de aquellos con los que habla por teléfono. Por otra parte, son pocos los fiscales que controlan los teléfonos intervenidos. Ellos descansan en las policías y los policías, a su vez, basan su investigación en las escuchas. Así, los resultados son muy malos, porque con este método solo detienes a los más inexpertos, pero no a los peces gordos, que usan celulares de prepago y están todo el tiempo cambiando el chip.
La multiplicación indiscriminada de los “pinchazos” va en dirección inversa al espíritu de las leyes, según explica el juez de garantía Eduardo Gallardo:
-La interceptación de las comunicaciones telefónicas probablemente es una de las medidas más intrusivas del Código Procesal Penal chileno. A diferencia de otro tipo de medidas, que se aplican en general a cualquier tipo de delito, cuando nos referimos a la interceptación de comunicaciones telefónicas está contemplada sólo para los delitos más graves -señala el magistrado, quien indica que estos delitos son los que se penalizan a lo menos con cinco años y un día de presidio, tales como homicidios y violaciones. Pero agrega que la norma es mucho más flexible en los casos de drogas (vea la entrevista al juez Gallardo en recuadro).
Para evitar interceptaciones abusivas que afecten a ciudadanos no involucrados en delitos y como el volumen de “pinchazos” ha hecho que los fiscales pierdan el control del sistema, se implementó el protocolo de Registro de Solicitudes de Interceptaciones Telefónicas (RESIT) con las tres principales compañías que operan en el mercado: Movistar, Claro y Entel.
-Este protocolo se creo para tener más centralizado el sistema de recepción de autorizaciones, informatización, registro y gestión de las interceptaciones de celulares. Se están implementando softwares capaces de detectar palabras clave, para evitar tener que registrar conversaciones que son de la vida cotidiana, como cuando uno llama a otro y le dice que va a comprar pan o que va a pasear el perro. La idea es que se vaya perfeccionando el tema, para evitar el mal uso de estas autorizaciones –señala la fuente del Ministerio Público.
Esas malas prácticas de las que habla este alto funcionario de la Fiscalía fueron denunciadas por CIPER hace dos años en su reportaje “Así se hacen los cuestionados pinchazos telefónicos legales”, lo que demuestra que no solo siguieron sucediendo, sino que incluso el sistema se ha ido sofisticando.
Según expertos nacionales e internacionales consultados por CIPER, no existe un sistema de comunicaciones telefónicas absolutamente impermeable a interceptaciones. Las mismas fuentes advierten que lo único que se puede hacer es poner el mayor número de trabas para hacer más difícil los “pinchazos”. Por esta razón existe una industria dedicada a comercializar estas vallas de acceso.
En Chile no hay datos oficiales de ese mercado, pero CIPER comprobó -en conversaciones con agencias de investigadores privados- que hay varios dispositivos para interceptar o proteger llamadas a disposición de los consumidores, los que son importados con precios que van desde US$149 hasta US$20 mil. Y según una querella interpuesta por tres diputados, dos abogados, dos carabineros y un periodista, que acusan haber sido “pinchados”, existirían antecedentes para demostrar que hay equipos similares en manos de los servicios de inteligencia de Carabineros, a través de los cuales la policía uniformada estaría ejecutando escuchas ilegales.
Los tres diputados son Sergio Aguiló, Hugo Gutiérrez y Guillermo Tellier, quienes se enteraron de que fueron “pinchados” cuando el ex suboficial de Carabineros Esteban Infante compareció ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara el 20 de julio pasado. En esa ocasión, Infante señaló que tenía conocimiento de que Carabineros había interceptado los teléfonos de estos parlamentarios. El ex suboficial se presentó acompañado de los abogados Claudio Cofré y Rubén Jérez, además del periodista Patricio Mery, quienes también acusaron haber sido objeto de escuchas ilegales.
CIPER contactó a los dos carabineros que aparecen como denunciantes en este caso, uno de los cuales admitió haber realizado escuchas para la policía e, incluso, reconoció que con un equipo de Carabineros en una oportunidad interceptó una llamada entre el entonces Presidente Ricardo Lagos y su ministro del Interior, José Miguel Insulza.
El suboficial Esteban Infante Alcaíno se desempeñó por 27 años en Carabineros. El 1 de julio del año pasado se le pidió la renuncia voluntaria junto a uno de sus subordinados, el cabo Luis Parra. La razón para sacarlos de las filas fue que Parra entregó por teléfono “un biométrico” (la consulta de una patente que arroja todos datos de un vehículo en el sistema interno) a un ex suboficial de la institución.
Infante y Parra se desempeñaban en la SIP de la 19ª Comisaría de Providencia y de un mes a otro pasaron de héroes a villanos, ya que poco antes de sus salidas habían sido felicitados por sus superiores, pues desbarataron una banda que robaba cajeros automáticos con apoyo de carabineros en servicio activo.
Ambos fueron interrogados por el mayor de la Dirección de Inteligencia Policial (Dipolcar) Gonzalo Alvear Antonucci, quien les pidió la renuncia. Los dos carabineros dicen que en el interrogatorio el mayor Alvear les hizo preguntas sobre materias que solo pudo haber conocido mediante la interceptación de sus teléfonos. CIPER solicitó entrevista con el mayor Alvear, pero la Dirección de Comunicaciones de Carabineros respondió que ningún funcionario policial puede referirse a investigaciones que están en curso. Esto, porque Infante y Parra denunciaron los hechos y se inició un proceso judicial.
Los dos carabineros resolvieron asesorarse con el abogado Claudio Cofré, quién solicitó mediante la Ley de Transparencia que Carabineros respondiera si los teléfonos de ambos ex funcionarios habían sido o no intervenidos.
La policía uniformada respondió a Cofré que efectivamente esos teléfonos habían sido intervenidos bajo autorización judicial, uno en un juicio por drogas y el otro en un proceso por un intento de fuga desde la cárcel de Colina.
-Como no pedí mi retiro, me dan de baja. Recurrimos al abogado y descubrimos que nos estaban interviniendo los teléfonos. El mío estaba intervenido por un tráfico de drogas en la cárcel de Colina. Conseguimos la orden donde dice «pedimos intervención de estos tres números de celular que estarían en poder de Pedro Pablo Maliqueo Imihuala quien se encuentra recluso en la cárcel de Colina». (El documento) deja de manifiesto que el teléfono lo tiene el recluso, pero ¿por qué no le dicen al fiscal de quién era verdaderamente? -comenta Parra.
El caso del ex suboficial Infante es similar, según relató a Ciper:
-A mí se me había intervenido el teléfono en una causa que correspondía a un intento de fuga de la cárcel de Colina. Así que comenzamos a investigar qué causa era. Me acerco a la fiscalía y me dan a conocer que no entendían como se nos había involucrado. Incluso se nos indica que ningún juez da autorización para intervenir teléfonos por un intento de fuga. Esa orden estaba firmada por Patricio Macaya, fiscal jefe de la fiscalía de Colina.
Infante relata que se presentó ante el fiscal Macaya, quien le habría confirmado que no tenía relación con la causa que él investigaba. Pero al confrontarlo con el documento en que Carabineros reconoció que había pinchado su teléfono en ese proceso “no supo responder”, dice el ex suboficial.
Infante y el abogado Cofré recurrieron a la jueza de garantía, para pedirle que se les diera a conocer la carpeta de la investigación que llevaba la fiscalía. La jueza citó al fiscal Macaya, recuerda Infante, pero llegó otro fiscal sin la carpeta investigativa: “Eran las diez de la mañana y la magistrado le da orden al fiscal de que tenían hasta las 16:00 para entregarle la carpeta”.
-Esto terminó en que el fiscal Macaya solicita a la jueza sacar al cabo Parra de forma “absolutaria” y lo mismo en mi caso. Eso quiere decir que nunca estuvimos ligados a esa investigación. La jueza reconoce que nunca ordenó que nuestros teléfonos fueran intervenidos y queda registrado por escrito que la intervención telefónica que se me había hecho no estaba apegada a derecho y era constitutiva de delito -dice Infante.
La magistrada, relata el ex suboficial, los hizo poner una denuncia en el Ministerio Público y el mismo fiscal Macaya, que había firmado las órdenes para intervenir los teléfonos de ambos policías, tomó esa causa. El abogado Cofré estimó que la investigación en manos de Macaya no avanzaba, por lo que presentó los antecedentes a la jueza de garantía Ema Novoa, quien informó al Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, el que designó al jefe regional de la zona Centro Norte, Andrés Montes, para que indagara las eventuales responsabilidades.
-También se pide que se aclare cuál es la responsabilidad que le cabe al fiscal Macaya y si pudiera existir una negligencia administrativa en su actuar. El tema está en investigación, pero hasta el momento ya se determinó que las escuchas a nuestros teléfonos comenzaron en noviembre del 2009. Y a nosotros se nos dio de baja casi un año después -señala el ex suboficial.
Infante asegura que en Carabineros no se “pinchan” teléfonos sólo de esta manera: “Cuando se quiere escuchar a alguien sin dejar rastros se usa lo que en el lenguaje interno algunos llaman el chupacabras. Estos son equipos que te permiten intervenir cualquier tipo de llamadas. Yo no estoy en contra de que existan, porque en ocasiones hay que hacer operaciones de inteligencia para la seguridad del país. El problema es cuando se desvía el uso”.
Y el ex suboficial asegura que fue protagonista de un caso en que se “desvió el uso” de uno de esos equipos:
-Yo estuve un tiempo en el OS7 y en una ocasión recibí una orden de un coronel que ahora está retiro, que supuestamente estaba respaldada por un juez. Ese coronel consiguió que nos pasaran un equipo que era un notebook que venía con una antena que se colocaba sobre el techo del vehículo. Ahí uno cargaba un software que se abría con la imagen de un gorrión parado sobre un palito y que sólo lo sabían usar bien tres suboficiales capacitados en Europa. Pero estaba solo yo y otro carabinero que apenas tenía conocimiento básico.
Según el relato de Infante, el lugar donde debían realizar la interceptación telefónica era en Alameda con General Velásquez. Ellos llevaban un número telefónico que debían “pinchar” y que supuestamente pertenecía a otro funcionario policial. Una vez instalados, encendieron el equipo y pusieron en marcha el software:
-El equipo se pone a escanear y debíamos esperar a que la persona que íbamos a interceptar hiciera alguna llamada. Incluso se podía grabar. Me quedé en el auto con los auriculares, mientras el otro carabinero bajó a fumar. De repente entra una llamada. Se escuchaba clarísimo. No era de la persona que estábamos esperando, sino que del ministro del Interior al Presidente Ricardo Lagos. Eso fue en el 2003. Después de que nos pasó esto, nos quitaron el equipo y no se nos presto más.
Infante admite que después de ese episodio, no tuvo acceso a los equipos más sofisticados, pero reconoce que sí realizó escuchas telefónicas para otras investigaciones: “Las monitoreaba desde mis dos teléfonos fiscales, entregados por la institución, ya que yo era jefe de grupo”. Paradójicamente, uno de esos teléfonos fue que el que, según acusa, la Dipolcar le intervino.
El magistrado Eduardo Gallardo, integrante del 10º Tribunal de Garantía de Santiago, es taxativo al señalar que la interceptación de comunicaciones telefónicas es una de las medidas más intrusivas del Codigo Procesal Penal y que sólo se aplica para los delitos más graves.
-¿En que casos la ley autoriza la interceptación telefónica?
-De acuerdo al artículo 122 del Código Procesal, solo se debe autorizar en delitos que tengan pena de crímenes. Eso quiere decir a lo menos cinco años y un día de cárcel. Estamos hablando de homicidios, violaciones, de delitos gravísimos. Adicionalmente, en materia de interceptación telefónica los requisitos que establece la ley son estrictos: que al juez le demuestren que existen sospechas fundadas contra personas determinadas y que además la interceptación sea indispensable para el éxito de la investigación. En materia de drogas -infracción a la ley 20.000- los requisitos son un poco más laxos e, incluso, se puede autorizar aún tratándose de delitos que no tengan esa pena tan elevada.
-¿Y si no se cumplen estas condiciones?
-Cuando no se hace por estas razones, es absolutamente ilegal. Y no solo la interceptación telefónica, sino cualquier afectación que vulnere los derechos individuales de la persona, como es su privacidad y la inviolabilidad de su hogar. Cuando los agentes de persecución penal, sin autorización y sin control del juez, hacen estas interceptaciones, el efecto en el proceso penal es que toda la información que se obtenga derivada de esa actuación ilegítima no puede ser utilizada. Debe ser suprimida y excluida.
-¿Y en caso que igualmente se realicen, es delito?
-Desde luego. En el Código Penal existe un estatuto, un párrafo de comportamientos, que sanciona precisamente la afectación de derechos fundamentales, fuera de los casos permitidos por la ley, perpetrados por funcionarios públicos.
-¿Quién vela porque sean borrados los registros de una persona cuyo teléfono fue interceptado y no aportó nada a la causa, para que no se haga mal uso de esa información que vulneró su privacidad?
-Aquí hay dos cosas. Primero, al fiscal se le debe pasar un registro, una huella de las comunicaciones que se interceptan. Luego, tarde o temprano, al afectado hay que notificarle que su teléfono fue intervenido y, adicionalmente, toda información que no es relevante en relación al caso debe ser destruida por parte del fiscal. A mi entender, si se produce algún conflicto respecto a este punto, los jueces de garantía tienen la facultad y el deber de desarrollar una audiencia de cautela de garantía, donde los agentes de persecución penal tengan que ser obligados a cumplir esta normativa. Porque lo esencial es que la intimidad de las comunicaciones, particularmente las telefónicas, es probablemente -junto con la libertad- el derecho más sagrado desde el punto de vista de las exigencias que establece la ley para su afectación. En el proyecto original del código incluso no estaba contemplada la interceptación telefónica, precisamente por su alto grado de intrusividad.
-¿Si un policía incorpora en una solicitud de interceptación un número de teléfono que no corresponde a la investigación, es delito?
-Obviamente. Si un policía deliberadamente le proporciona información falsa a un fiscal en una investigación criminal, como números de teléfonos que no son de aquellas personas que se está investigando, eso puede ser constitutivo de delito. Podría ser constitutivo de obstrucción a la justicia.
-¿Qué debe hacer el policía si se da cuenta que el teléfono que interceptó no está relacionado directamente con la causa?
-De inmediato debe ponerlo en conocimiento del fiscal y se dará instrucción de que inmediatamente se deje de intervenir ese teléfono.