TRES COMUNIDADES MAPUCHE PUJAN EN TRIBUNALES PARA REABRIR LA NEGOCIACIÓN
Las razones que retrasaron hasta 2018 el pago de los $7.000 del confort
28.12.2017
Hoy nuestra principal fuente de financiamiento son nuestros socios. ¡ÚNETE a la Comunidad +CIPER!
TRES COMUNIDADES MAPUCHE PUJAN EN TRIBUNALES PARA REABRIR LA NEGOCIACIÓN
28.12.2017
Si usted no ha podido cobrar los $7.000 que le corresponden como indemnización por la colusión del papel higiénico, es porque el abogado de tres comunidades mapuche está tratando de que la justicia reabra la negociación que ya acordó el monto compensatorio. Jaime Moraga dice que ha presentado estos recursos para que se repare el daño causado a estas comunidades, debido a que el proceso que llevó al acuerdo no consideró una consulta a los pueblos originarios, como lo estipula el Convenio 169 de la OIT, ratificado por Chile.
Para los restantes protagonistas del juicio, el verdadero interés de estas comunidades –y de su abogado– es que se reabra la negociación para poder participar en ella y así obtener una tajada del monto que se repartirá entre las organizaciones de consumidores demandantes, destinado a pagar las costas en que estas entidades incurrieron durante el juicio. Y ese pozo a repartir se calcula en, a lo menos, un millón de dólares, aunque algunos participantes en el proceso estiman que puede empinarse hasta cerca de los US$4 millones.
Moraga está ocupando mandatos que le fueron extendidos por los integrantes de las comunidades para un juicio con una empresa eléctrica. Pero, como son poderes amplios, consiguió que las comunidades lo autorizaran a utilizarlos también para presentar recursos en el caso del papel higiénico. El abogado admitió a CIPER que cobrará a sus representados el 30% de todo lo que ellos obtengan por sobre los $7.000.
Por esta razón, los $7.000 que cada chileno mayor de 18 años recibiría como compensación por la colusión del papel higiénico, recién podrían llegar a sus bolsillos en el primer trimestre de 2018. Las argucias judiciales han retrasado la distribución de los $97.647 millones (unos US$150 millones) que debió pagar la CMPC, una de las empresas coludidas. Y aunque en tribunales queda pendiente solo un recurso –uno de los que presentó Moraga–, ya nadie puede asegurar que sea el último. Ni tampoco, en qué fecha llegará la plata a cada persona. Poco queda de las caras alegres y satisfechas con que el viernes 27 de enero de 2017 el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), las organizaciones de consumidores Conadecus y Odecu y la empresa CMPC (la Papelera, del Grupo Matte), anunciaron el acuerdo compensatorio. El acuerdo, calificado como histórico e inédito en su tipo, indemnizaba por los perjuicios causados durante más de una década de colusión (2000 al 2011) entre la firma del Grupo Matte y la sueca SCA, ex PISA, a los compradores de papeles de uso doméstico.
Hoy, los ánimos son diferentes. Fuentes de la Papelera reconocen la “frustración” de la compañía, porque se allanaron a colaborar en todo, traspasaron en marzo los $97,6 mil millones acordados y la justicia –10° Juzgado Civil de Santiago– avaló el acuerdo en abril. Aun así, la compensación no se ha podido materializar y el juicio se mantiene abierto.
El ambiente tampoco es mejor en el gobierno, donde ya asumen como prácticamente inevitable que termine siendo la administración de Sebastián Piñera la que ponga el epílogo del que fue su caso estrella de abusos del mercado. Y en las asociaciones de consumidores hay cansancio, disputas y desazón: el problema les sigue demandando tiempo y recursos, las diferencias entre ellas se han agudizado, lo que acrecienta las suspicacias de los otros involucrados por el actuar de estos organismos.
Precisamente, es el monto de los recursos involucrados lo que a juicio de algunos protagonistas de este caso por prácticas anticompetitivas, ha provocado la paralización de la entrega de los $7.000. El acuerdo consideraba una devolución de los dineros que se estima que la CMPC cobró de más durante toda la década que se coludió con su supuesto competidor. Debieron pasar ocho meses de negociaciones y análisis en una mesa que llegó a revisar hasta diez informes económicos diferentes, antes de que se fijara el monto de las compensaciones: $97.647 millones.
El acuerdo estableció que la indemnización fuera repartida de manera equitativa a cada chileno mayor de 18 años: 13,95 millones de personas, lo que dio un monto promedio de $7.000 por cabeza.
Hasta ahí todo claro. Pero un acápite del acuerdo que selló este pacto, estableció que cuando los tribunales tuvieran ejecutoriada la sentencia y se hiciera efectivo el pago de las compensaciones, las organizaciones de consumidores recibirían el reembolso de todos los gastos en que incurrieron. Allí se incluyen estudios económicos, abogados, costos fijos y otra serie de insumos, los que podrían sumar cientos de millones de pesos. Algunos incluso calculan el total de esas facturas en más de US$1 millón.
Esa sería la razón que tiene retrasado hasta 2018 el pago de los $7 mil: la disputa por la participación en ese jugoso pozo que podría financiar a las organizaciones de defensa de los consumidores por un buen tiempo.
El 28 de octubre de 2015, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) acusó a las dos principales compañías papeleras locales –CMPC y PISA (hoy SCA)- de haber montado un engranaje para repartirse el mercado y mantener alto el precio de los papeles de uso doméstico. La colusión les permitió manejar el 90% del negocio de los papeles higiénico, pañuelos de papel, papel de cocina y servilletas, entre otros productos de uso diario y transversal.
El caso impactó al país porque además involucró a importantes dirigentes empresariales: la familia Matte, dueña de CMPC y uno de los grupos más ricos y poderosos de Chile, y a SCA-Chile, que durante los años de la colusión se llamaba PISA y era propiedad del ex ministro del Deporte de Sebastián Piñera, Gabriel Ruiz-Tagle.
CMPC reconoció la existencia de prácticas anticompetitivas y se autodenunció, acogiéndose a la figura de la delación compensada. “Es un hecho de máxima gravedad”, dijo en octubre de 2015 la Presidenta Michelle Bachelet.
El caso está ahora en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), cuyo fallo podría ser dado a conocer en cualquier momento. En relación a las compensaciones acordadas para los consumidores, solo falta que la Corte Suprema revise un recurso de casación pendiente: el de Moraga.
Luego de que en 2015 la FNE denunciara ante el TDLC a CMPC Tissue y SCA Chile por haber creado y participado del cartel, la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) acudió a los tribunales, presentando una demanda colectiva en contra de ambas firmas en la cual pidió el pago de indemnizaciones.
El fundamento de la demanda se basó en que se engañó a los consumidores en el precio de los productos, haciendo que todos hayan tenido que pagar un precio mayor –argumentó a CIPER el abogado Andrés Parra, de Conadecus.
El abogado Parra es el autor de la idea de que los indemnizados fueran todos los consumidores:
-Obviamente que el uso del papel higiénico es transversal para toda la sociedad. Por eso se pidió para todos los chilenos, pero meses después, cuando ya se había iniciado la negociación, se vio que con los menores de edad podría haber muchos problemas sobre quien percibiría la compensación por el niño, debido a los problemas de tuición, que son muchísimos en el país –explicó a CIPER.
En esa primera demanda, el daño a los consumidores fue tasado en US$510 millones por la ex economista de la FNE, Andrea Alvarado: US$445 millones correspondían a CMPC y los otros US$65 millones a SCA Chile. El cálculo se hizo sobre la base de un sobreprecio promedio de 20% sobre el valor normal de los productos, en un escenario ideal de total competencia. La FNE había situado el sobreprecio cobrado entre 14% y 30% en ese mismo escenario de real competencia. Si el monto que se le asignó a la CMPC es mayor, se debe a que es la firma líder del mercado.
¿Cómo bajó la cifra de US$510 millones a US$150 millones? Varios protagonistas del juicio y del acuerdo consultados por CIPER coincidieron en que hubo al menos un factor que influyó: los informes a la vista mostraban que si se analizaban sólo los productos coludidos -que no eran todo el portafolio de las compañías- el total de la indemnización se reducía. En esos meses, la CMPC alegaba además, que los valores de los productos no eran similares, debido a las mejoras tecnológicas ocurridas durante el tiempo. Pero finalmente, sus directivos se allanaron al diálogo y también a pagar la compensación, además de pedir perdón públicamente.
Cuando vimos las utilidades que obtuvo la CMPC en todos esos años de colusión, demandamos por el monto de esas utilidades, pero después la empresa nos hizo ver -con razón- que los productos que tuvieron sobreprecio por la colusión no eran todos. Luego, sobre ese monto, que es levemente superior a los US$150 millones en utilidades obtenidas por los productos coludidos, demandamos -añade Andrés Parra.
En abril de 2016, el SERNAC inició el proceso de mediación colectiva, al que incorporó a las dos mayores organizaciones de consumidores del país: Conadecus y Odecu. Ese mismo mes, la CMPC cambió a parte importante de su directorio, empezando por su histórico presidente, Eliodoro Matte. Esa fue la prueba del grave daño corporativo que le provocó a la Papelera el escándalo de la colusión.
En los meses siguientes los detalles del juicio fueron informados por los medios de comunicación, al tiempo que los efectos que ello generó en la CMPC pudieron ser cuantificados. A la renuncia del presidente de su directorio, se sumó el cambio de gran parte de su cuadro directivo y ejecutivo, reformas profundas al gobierno corporativo y procedimientos más estrictos de control interno para evitar nuevos casos de corrupción. El nuevo equipo debió asumir pérdidas por US$18,19 millones.
El escándalo de la colusión del papel marcó un hito en los abusos empresariales, al punto que la principal organización gremial del sector –la SOFOFA– resolvió suspender a la CMPC de su participación en la entidad. La sanción fue revertida más tarde, pero el al interior de la Papelera también este escándalo se convirtió en un hito. Impresiona que hoy sus ejecutivos mencionen este episodio como un “caso de corrupción”, sin ninguna ambigüedad.
Mientras en la CMPC hacían control de daños, en la mesa de negociaciones la situación era compleja. Lo que el Sernac y las empresas ponían en juego era importante. A nadie se le escapaba que era una negociación inédita. Por ello, todos los participantes se comprometieron a mantener en reserva las negociaciones. Una discresión que también se hizo extensiva a los expertos que acompañaron a los protagonistas a sus reuniones.
La parte más dura fue acordar la cifra total de la compensación y después la forma de pago. CMPC, por ejemplo, propuso aportar los fondos a una obra pública, incorporar el pago en el “bono marzo” o en otra política pública, relató un ejecutivo que participó en la instancia.
Para determinar el daño final provocado a los consumidores por la colusión, el Sernac contrató estudios de los economistas José Luis Lima (Cepal) y Aldo González (Universidad de Chile). Por el primero la entidad pagó $15 millones y por el segundo, $18 millones. Otro profesional contratado por el Sernac fue el abogado Enrique Rajevic, a quien se le pagaron $2 millones.
Estos estudios fueron muy importantes para determinar el monto final de la compensación, pues permitieron dar un respaldo técnico y establecer la propuesta, que finalmente se aprobó por todas las partes –dijo a CIPER el director de Sernac, Ernesto Muñoz.
La colusión del papel también se convirtió en un hito para el Sernac. A partir de esa negociación, la entidad se vio obligada a incorporar la variable de la libre competencia en todos sus posteriores análisis de defensa al consumidor.
En mayo de 2016 todas las demandas se unificaron, especialmente por la dificultad de poder conseguir indemnizaciones separadamente. Por un lado, la ley obligaba a demostrar las compras, lo que creaba un problema enorme: como ni CMPC ni SCA venden directamente a los consumidores, ambas empresas podrían librarse fácilmente de pagar indemnizaciones. Aún en el caso de que la justicia las obligara, ¿quien podía tener guardadas boletas por compras realizadas entre 2000 y 2011?
De hecho, según el abogado de Conadecus, Andrés Parra, el argumento de SCA para negarse a negociar ha sido precisamente ese: no le venden directamente a los consumidores. Y ello, insiste Parra, “pese a que SCA también reconoció haberse coludido, aunque dicen que fueron obligados a hacerlo”. La semana pasada, la Corte Suprema declaró admisible la demanda colectiva presentada por el Sernac en contra de esta compañía de capitales suecos.
Que todas las causas pendientes del caso estén cerradas es una condición clave para que se paguen los $7.000 a los consumidores. Y ese requisito no se ha cumplido, porque está pendiente el recurso de casación presentado por el abogado Moraga. Hubo otro que presentó la Asociación de Consumidores de Chile (Asocochi), que también pretendía abrirse un espacio en la negociación, y que ya fue rechazado por la justicia. Esa es la razón de por qué el pago de la indemnización esté paralizado. El director del Sernac, Ernesto Muñoz, no oculta su molestia:
-Lamentablemente, hemos tenido una litigación excesiva e injustificada de ciertos actores que no fueron parte de la mesa del acuerdo ni de la conciliación, y que actualmente están presentando recurso tras recurso para demorar la ejecución. No hay argumento de fondo en cuanto a impugnar algo que ha sido trabajado por largo tiempo, primero en una mediación con altos estándares técnicos y luego aprobado por los tribunales de justicia. Es algo completamente innecesario e injustificado.
Los dardos de Ernesto Muñoz, así como los de todos los demás participantes de la mesa que negoció el acuerdo, apuntan a dos actores: el abogado Jaime Moraga Carrasco, quien representa a tres comunidades mapuches de la Araucanía; y a la Asociación de Consumidores de Chile (Asocochi), con sede en Santiago. Ambas rechazaron el acuerdo y el monto a pagar por la CMPC y para ello recurrieron a la Corte de Apelaciones de Santiago y luego a la Suprema.
El 20 de abril de este año ingresó a tribunales el primer recurso que interpusieron. Ese día, el abogado Moraga presentó un recurso de apelación y de casación en la forma, en contra de la resolución del 10° Juzgado Civil de Santiago que aprobó el acuerdo. Un día después, fue el turno de la Asocochi, la que ingresó un recurso de reposición y de apelación. Desde entonces, ya suman una docena de acciones judiciales que han sido admitidas, rechazadas y/o apeladas. Entre ellas, se incluye un recurso de protección en contra del Sernac (12 de mayo de 2017) por parte de las comunidades indígenas que representa Moraga.
En conversación con CIPER, el abogado Jaime Moraga dijo que las acciones legales que han presentado se fundan en el hecho de que, al pactar el acuerdo compensatorio, “el Sernac no respetó lo que ordenan los artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la OIT: el deber de consulta y el derecho de participación, respecto de actos administrativos que puedan afectar a algún pueblo indígena. Eso no se habría cumplido al haber hecho un proceso de mediación colectiva secreto, no publicitado y no consultado con las comunidades”.
Moraga añadió que respecto del artículo 7 se pasó a llevar el “derecho de dominio en favor de los pueblos indígenas, al no habérseles informado ni invitado a participar, de un proceso de resarcimiento de sus propios perjuicios patrimoniales”.
Este recurso fue rechazado el 16 de octubre de 2017 por la Corte de Apelaciones de Santiago. Moraga apeló y hace dos semanas la Corte Suprema ratificó el rechazo (18 de diciembre de 2017).
Ahora solo queda pendiente que el máximo tribunal se pronuncie sobre la admisibilidad del recurso de casación en el fondo –también de Moraga–, cuya tramitación fue acogida el 7 de diciembre de 2017.
A pesar de lo que afirman todos los otros actores del acuerdo, Moraga refutó que su recurso impida el cumplimiento del fallo y el pago de los $7.000 e insistió en que el fondo del problema es que “al SERNAC le ha sido imposible establecer el mecanismo de pago de la eventual compensación”.
En conversación con CIPER, el abogado reconoció que los 1.346 demandantes que él representa, le entregaron mandatos individuales firmados ante notario, pero cuyo origen está en otro juicio. Moraga explicó que, de las 60 comunidades a que pertenecen sus representados, varias forman parte también de otro proceso, esta vez por daño ambiental contra la empresa eléctrica Carén en Melipeuco, juicio en el que él también asumió su representación.
De todas esas comunidades que están en la demanda contra la eléctrica Carén, solo tres de ellas -la Juan Painetru, Esteban Traipi de Sahuelhue de Melipeuco y Comunidad Huenchuñir de Cunco- adoptaron en asamblea la decisión de plegarse a la demanda contra el SERNAC. Y con acuerdo de cada comunidad se decidió utilizar los mismos mandatos judiciales de carácter amplio; que habilitan para cualquier otro juicio, en este caso, para remediar esta injusticia en contra de los mapuches –dijo a CIPER.
¿Por qué tanta judicialización? Diversas fuentes aseguraron a CIPER que ello se debe a la posibilidad de que CMPC pudiera abrir un poco más la billetera. Y ello, porque este acuerdo ejecutoriado le permitirá a la Papelera blindarse ante una posible lluvia de nuevas demandas. Si es ratificado, nadie más podría querellarse. Con la actual ley del consumidor, los acuerdos que puede lograr Sernac no tienen total validez hasta que no son ratificados por una sentencia ejecutoriada, explican los abogados.
-Para que un acuerdo tuviera valor para la Papelera y nadie más pudiese volver a demandar, que es lo que a la empresa le interesa, no podía pasar por una simple mediación en el Sernac. De lo contrario, jamás hubiesen llegado a un acuerdo: habrían esperado las miles de demandas y probablemente habrían terminado pagando menos plata. Aquí hay un tema procesal, en que la sentencia produce efectos para todas las personas –explicó a CIPER otro de los abogados involucrados.
Las costas que se juegan en este juicio son clave para la sobrevivencia de las organizaciones de consumidores. En Chile existen más de cien de estas entidades inscritas ante la División de Asociatividad y Economía Social del Ministerio de Economía. De ese total, 58 están validadas ante el SERNAC. Todas se financian primordialmente a través de aportes privados, fondos públicos concursables y las costas que obtienen en los juicios que ganan. Entre 2010 y 2016 el Estado entregó a estas entidades $2.354 millones, según cifras del Sernac. No se sabe cuánto han ingresado en costas, pero dirigentes del sector hablan de montos “interesantes”.
Respecto de los fondos que se han adjudicado éstos van desde recursos destinados a financiar la evaluación de los servicios de transportes hasta la calidad del chocolate y el consumo de medicamentos en las farmacias populares. Se trata de un mundo altamente atomizado, marcado por suspicacias, recelos y acusaciones de todo tipo, especialmente de uso político. Las dos más grandes son Conadecus y Odecu.
“Según el acuerdo que impugno, los honorarios de Odecu y Conadecus son secretos. En mi caso son completamente transparentes: el 30% de lo que se obtenga por sobre los $ 7.000 ofrecidos, jamás el 60% como se ha dicho. Eso sería ilegal y contrario a la ética profesional. En todas las causas en que Conadecus ha intervenido en avenimientos siempre sus honorarios han sido secretos y reservados”, se defiende Moraga.
Parra, el abogado de Conadecus sostiene que “nunca en estos juicios, nosotros, ni siquiera yo personalmente como abogado, hemos cobrado o pedido ningún tipo de suma, a veces eventualmente en algún acuerdo se logra que se paguen costas”.
Pero el director del Sernac zanja y reconoce que el propio acuerdo establece que las asociaciones de consumidores van a ser reembolsadas. “Quienes efectivamente están trabajando para que esto le llegue a los chilenos son los que deberían tener compensaciones y no personas ajenas al proceso”, dice. Añade que por lo mismo han pedido a las organizaciones y la empresa hacerlo de la manera más transparente posible. “No debería haber ningún pago de costas que no esté plenamente justificado en los gastos efectivo que se hicieron durante el proceso”.
Fuentes de CMPC indican que los gastos a reembolsar serán debidamente evaluados en su oportunidad.
El jueves 2 de marzo de 2017 CMPC contrató un depósito a plazo renovable a 30 días en el BancoEstado por los $97.647 millones de las compensaciones. En los nueve meses que han pasado y al vencimiento de este instrumento (20 de diciembre), esos recursos ya habían generado $1.894 millones en intereses; es decir, unos $200 millones mensuales adicionales a repartir.
Ello implicará que la cifra final se acerque a los $100 mil millones, lo que podría hacer crecer la indemnización a $ 8 mil o más por persona. Claro, que a ese total habrá que descontarle el costo de la transacción.
El acuerdo compensatorio establece que los intereses del depósito se utilizarán para pagar los costos de la operación. Transferir el dinero a cada chileno mayor de 18 años no es tan fácil ni tan barato. Primero, porque no toda la gente está “bancarizada” o tiene una cuenta electrónica que reciba estos fondos y segundo, porque entre el momento en que se firmó el acuerdo y el día en que se pague, el número de personas ya no será el mismo: varios cumplieron 18 años y otros murieron. Para eso, ya se pidió una base de datos al Registro Civil.
Inicialmente, la idea era que todo se pagara vía BancoEstado, la entidad con mayor número de sucursales del país, ya que eso aseguraba cobertura y rapidez. Pero el banco no estuvo dispuesto a jugar un rol tan importante en este proceso. Incluso, algunas fuentes dicen que hubo que negociar largamente para conseguir una rebaja.
En promedio, una transferencia electrónica masiva de fondos le cuesta a un banco grande en torno a $180, cifra que cubre los gastos operacionales involucrados, el personal que debe hacerlo y los cobros de compensación electrónica (el costo del traspaso entre los bancos). Si a eso se suma la extracción en un cajero automático, la cifra sube $300 más (costo de la transacción en el dispensador). Pero una transacción en la caja de una sucursal vale $600 (sueldo del cajero, provisión de efectivo, mantención de la sucursal y seguridad).
Al BancoEstado también le preocupa el costo reputacional. Sobre todo, en los casos de pagos automáticos (PAC) que se realizan informáticamente e implican un descuento en los haberes de los clientes. No quieren reclamos de gente que eventualmente reciba sus $7.000, pero que no puedan usarlos porque les fueron descontados para un pago con PAC.
CIPER solicitó información al BancoEstado, pero la respuesta fue que la entidad “no forma parte del acuerdo alcanzado entre el Sernac, CMPC y organizaciones de consumidores”, por lo que no podían referirse al tema.
“El acuerdo señala que los intereses de este depósito van a ser aplicados a la implementación del pago. Son montos que se han seguido acumulando y que van a permitir solventar los costos porque hay que entender que esto no tiene costo cero, por el tema de las redes, los puntos de contacto, la comunicación. Pero estamos tranquilos de que ello no va a reducir la compensación”, explica Muñoz.
Por eso, el pago se realizará por etapas. Primero, el banco traspasará la plata a las personas que posean Cuenta Rut o cualquier otro producto de esa institución (unos 10 millones) y a quienes cobran beneficios sociales en el Instituto de Previsión Social (IPS).
Quienes estén fuera de ese marco deberán inscribirse en una plataforma web que ya está armando el Sernac. Desde allí se indemnizaría a aquellos que tengan cuentas en otros bancos o no posean una tarjeta.
Y habría una tercera ronda de depósitos, en que se repartirán los montos que no hayan sido reclamados por los consumidores.El acuerdo establece que los $97.647 millones deben extinguirse por completo y según las cuentas de los participantes en la mesa, habrá un porcentaje de la población –el decil más rico– que probablemente no irá a exigir los $ 7 u $ 8 mil.
De acuerdo al Sernac, el monto de las compensaciones corresponde a casi seis veces la multa máxima que hubiese tenido que pagar CMPC en caso de no haber existido la delación compensada. Y de haber sido así, esos recursos se hubiesen ido a beneficio fiscal, y no a los consumidores. Aunque tarden tanto en llegar.