Así usó la DINA a la Compañía de Teléfonos para secuestrar y hacer desaparecer a sus prisioneros
17.10.2017
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17.10.2017
Lo ocurrido con David Silberman Gurovic, ingeniero y gerente general de Cobre Chuqui durante el gobierno de la Unidad Popular, es aterrador. Fue demonizado por El Mercurio y por toda la oposición política mientras se preparaba el Golpe de Estado, atribuyéndole –una vez más la mentira— la traición de entregar secretos industriales a la Unión Soviética. A pesar de encontrarse en Calama, el mismo 11 de septiembre aparece en el Bando N°10 conminado a presentarse en el Ministerio de Defensa, antes de las 16:30 horas. Silberman no lo hace, temiendo lo peor se esconde, lo que permite a los diarios autorizados por la Junta Militar y a los canales de la televisión informar que Silberman, con miles de dólares, se había arrancado a Argentina. Otra mentira.
Silberman buscó un contacto con el mayor Fernando Reveco, la nueva autoridad de Calama y a quien había conocido profesionalmente en Chuquicamata, quien le dio garantías para presentarse. Así lo hizo el 15 de septiembre, quedando detenido. Se le acusó de delitos contra la seguridad del Estado y a la Ley de Control de Armas.
Fue difícil constituir el Consejo de Guerra en su contra: no había auditor de Ejército en Calama, y ningún abogado quiso integrar ese consejo, pues “todos en Chuquicamata le tenían respeto y aprecio”, según me contó el mismo Reveco, a quien le correspondió presidirlo. Un notario fue obligado a integrarlo, y se le condenó a 13 años de presidio.
“Si le aplicábamos la pena de muerte, se le habría ejecutado de inmediato; si lo absolvíamos o le aplicábamos una pena baja, lo habrían asesinado. Condenarlo a una pena leve –para la época— era la única manera de salvarle la vida”, me explicó el mismo mayor Reveco. Y le creo.
Como estaba requerido por el Bando N°10 fue enviado a la Penitenciaría de Santiago, ingresando a ella el 4 de octubre de 1973. Pocos días después un equipo de la FACh lo retira para interrogarlo, operación realizada por el oficial Cristián García-Huidobro Toro, y devuelto 20 días después a la Penitenciaría.
Justo un año después, el 4 de octubre de 1974, la DINA lo sacó de la Penitenciaría, perdiéndose para siempre. El Comité Pro Paz (creado los primeros días de octubre de 1973 a instancias del cardenal Raúl Silva Henríquez) me encarga el caso. Presento el recurso de amparo, que luego de alrededor de un año de decenas de diligencias que pedí y que no tuvieron ningún resultado, fue desestimado tanto por la Corte de Apelaciones de Santiago como por la Corte Suprema. Esta última, como de costumbre, dio por verdad la mentira: si el gobierno dice que David Silberman no está detenido, no lo está. Aunque en este caso se trataba de un secuestro.
Recuerdo haber dicho en la Corte Suprema que el Estado tiene la obligación de protegernos a todos, pero muy especialmente a aquellos que el mismo Estado mantiene bajo su directa dependencia, como son los detenidos: un detenido no se puede perder.
Junto con rechazar el recurso, la Corte Suprema dispuso que se investigara lo ocurrido, pero, obvio, por la justicia militar.
Creo que, llegado a este punto, es preferible remitirme al informe que emití para el Comité Pro Paz cuando se agota la investigación:
“1.- El día 4 de octubre de 1974 se apersonó en la Penitenciaría de Santiago el Teniente de Ejército Sr. Alejandro Quinteros Romero, portando un Oficio de la “Asesoría Militar a los Tribunales de Tiempo de Guerra”, suscrito por el Coronel Ibáñez –Jefe de ese Servicio— indicando que el Alcaide debía entregar a Silberman al Teniente Quinteros, por su participación en infiltración militar, asalto a sucursal del Banco de Chile y sedición. La orden debía confirmarse al teléfono 516403, al Auditor Sr. Leyton o al Comandante Rodríguez.
El Tte. Quinteros al ingresar al Penal (18:30 horas) dio el “Santo y Seña” e ingresó junto a otro oficial, quedando otros dos afuera. Uno de estos habitualmente había llevado detenidos a la Penitenciaria y era, por tanto, conocido de los gendarmes.
Confirmada la orden al teléfono citado, el Alcaide entregó a Silberman, levantando un Acta firmada por él y por Quinteros, quien se identificó con su TIFA 245-03.
2.- Posteriormente se confirmó que ninguno de los señores Ibáñez, Rodríguez, Quinteros y Leyton pertenecen al Ejercito, siendo además inexistente el organismo denominado “Asesoría Militar a Tribunales de Tiempo de Guerra” (fs. 179), ni existe la TIFA 245-03.
3.- La Compañía de Teléfonos informó (fs.36) que el teléfono 516403 está vacante.
4.- Cabe hacer presente que los secuestradores se movilizaban en una camioneta ambulancia Ika-Renault, sin disco ni patente, “de las que están al servicio en DINA” (numerosos testimonios). El chofer era el único de civil.
5.- Tanto DINA (fs.114), como los demás organismos de seguridad negaron toda participación en los hechos.
6.- El detective a cargo de la orden de investigar impartida por la Fiscalía se constituyó en la Planta Chiloé de la Cía. De Teléfonos, y constató:
a) que el 3 de Octubre concurrió a esa Planta el Jefe Alejandro Olivos Olivos, quien con el pretexto de hacer una conexión de prueba a Isla de Maipo, pidió entrar al “Pararayos” (lugar donde están todas las conexiones) y con un “enrulador” hizo algunos trabajos. Para hacer su prueba, rechazó –y con términos enérgicos—, toda colaboración de obreros.
b) que estuvo trabajando en el panel donde están los teléfonos desde el 516401 al 516449, encontrándose rastros en el 516403.
6.- La Fiscalía dio orden de detención en contra de Olivos, quien fue detenido a la salida de la Cía. de Teléfonos, con un maletín que pidió no fuera abierto por contener documentos confidenciales del Gobierno, lo que le fue respetado.
7.- En su declaración, Olivos expresa: que efectivamente concurrió a la Planta Chiloé en cumplimiento de una misión confidencial encargada por el Supervisor de Asuntos Especiales de la Compañía, Mayor Marcos Derpich Miranda; que dio como pretexto la prueba a Isla de Maipo; que pidió el enrulador; que rechazó toda ayuda; que su misión consistía en habilitar provisoriamente un teléfono para abastecer a la Avda. Pedro Montt; que de los varios vacantes, utilizó –conectó— el 516403 (sic); que no sabe el objeto de este encargo especial y confidencial.
Quedó detenido e incomunicado.
8.- La Fiscalía ordenó citar solamente al Mayor Derpich, quien expresó: “fui designado en la Compañía para trabajos especiales confidenciales; mantengo contacto diario con todos los servicios de Inteligencia de todas las ramas de las FF.AA.; cuando me designaron para el cargo, pedí, para la realización material de ellos a una persona de la más absoluta confianza, recomendándose al Sr. Olivos, quien hasta la fecha me ha demostrado gran lealtad. Pero después de sus declaraciones, le he perdido la confianza. Niego terminantemente haberle dado la instrucción a que alude. Jamás se la he dado”.
9.- Se efectúa un careo (fs. 111) en el que cada uno se mantiene en sus dichos, por lo que el Fiscal, insólitamente, deja a ambos en libertad incondicional. Olivos estuvo detenido entre el 19 y el 26 de Noviembre de 1974.
10.- A fs. 134 DINA emite un informe en el que expresa: “Se ha comprobado definitivamente que Silberman, militante comunista, fue sacado de la Penitenciaria por el “archienemigo” del P.C., el MIR, como se demuestra definitivamente con los siguientes elementos: En un enfrentamiento murió el mirista Claudio Rodríguez (Lautaro), encontrándosele documentos que permitieron un allanamiento a la casa del mirista Alejandro de la Barra. En casa de éste se encontró una TIFA, con el nombre del Teniente Quinteros, con el N° 245-03, pero con la foto de Rodríguez (Lautaro). Esto demuestra que fue Lautaro, con individualización militar falsa a nombre de Quinteros, quien saco a Silberman de la Penitenciaria”.
Además, se encontró un micro teléfono Standar, que permite, según informe adjunto del Ingeniero Vianel Valdivieso Cervantes, conectarse a cualquier teléfono, con lo que se prueba que Rodríguez hizo la conexión para confirmar la orden de salida de Silberman.
Hace presente la DINA al Fiscal que exhibida la TIFA 243-05, con foto de Rodríguez y nombre de Quinteros al Alcaide, este negó que la persona que sacó a Silberman corresponde a la de la fotografía de la TIFA, razón por la cual debe investigarse exhaustivamente al Alcaide por tratarse de un encubridor de extremistas”.
11.- Con este informe el Fiscal cita al Alcaide, quien expresa: a) la foto no es la de Quinteros que sacó a Silberman. El retrato hablado de Quinteros que rola en autos hecho por mi descripción corresponde correctamente a Quinteros, y se puede apreciar claramente la diferencia entre ese retrato hablado y el de la foto de la TIFA; b) la TIFA que se exhibe es de color azul, de los formularios antiguos de TIFA; la TIFA de Quinteros que se me exhibió al salir Silberman, es de los funcionarios nuevos, de color verde; c) la foto de la TIFA que se exhibe está en blanco y negro; la que se me mostró para sacar a Silberman era en colores, como son las actuales. Luego no corresponde esta TIFA a la que se me exhibió el 4-10-74, ni es la foto de Quinteros, a quien puede reconocer en cualquier momento”.
12.- Citados todos los otros funcionarios de Prisiones que ya habían declarado, todos unánimes y sin dudas en sus declaraciones, expresaron que la foto de Rodríguez en la TIFA entregada por DINA no es la de la persona que sacó a Silberman. Incluso uno de los gendarmes agrega: “Yo a la persona que sacó a Silberman le pregunté el Santo y Seña y como lo dijo correctamente, lo dejé entrar”.
13.- Citado el Ingeniero Valdivieso, manifestó que no concurriría al Tribunal, salvo si se lo ordenaba el Comandante en Jefe del Ejército, a cuyas órdenes trabaja, a lo que el Fiscal proveyó; “Déjase sin efecto la citación a Vianel Valdivieso”. (fs. 203)
14.- El suscrito presentó numerosos escritos durante el sumario, y acompañó documentos tales como declaraciones juradas de prisioneros que aseguran haber estado con Silberman en 3 Alamos y en la casa de José Domingo Cañas esquina República de Israel.
Ninguna de las diligencias solicitadas fue jamás aceptada (salvo una intrascendente, de interrogar a un periodista de La Tercera, que había expresado en una información que Silberman había sido trasladado a un penal del sur, y que ante el Tribunal declaró que solo había sido una mera suposición suya).
15.- Se declaró cerrado el sumario, y en dictamen de 23-8-76 el Fiscal pide sobreseimiento en virtud del N° 2 del art. 409 del C.P.P., en razón de estar acreditado el secuestro de Silberman, pero no el autor del mismo.
16.- En sentencia de 20-10-76, el Juez Militar dicta auto de sobreseimiento temporal, con fundamento en el N° 1 del art. 409 del C.P.P., toda vez que no está acreditado el delito, ya que perfectamente Silberman pudo haber salido por su propia voluntad, y “todos los testimonios en contrario provienen de personas de la misma ideología política de Silberman, por lo que no pueden constituir prueba”.
En mi informe agregué que no solo durante el sumario, sino incluso “desde que se sobreseyó la causa, fue imposible, hasta fines de enero (1977) obtener que se me facilitara el expediente, en razón del estricto secreto que siempre lo rodeó. Solo en febrero logré terminar su estudio, con expresa prohibición de tomar copias ni apuntes detallados, pretextándose que se trata de causa de Tiempo de Guerra”.
Fue uno de los casos más difíciles y dramáticos en que me correspondió intervenir. Todo un operativo criminal siniestro. Para mí, durante varios meses el dato clave era el del teléfono, porque el alcaide llamó a ese número y le contestaron. El número nos lo dio el alcaide a mí y a Fernando Ostornol, un conocido abogado muy activo en estas causas, y que después Pinochet expulsó de Chile, luego de haberlo tenido preso e incomunicado largo tiempo. Tanto Fernando como yo llamamos miles de veces al 516403, a toda hora del día y de la noche. Y nunca hubo respuesta. Sólo en febrero de 1977 encontramos la explicación de lo ocurrido.
Hubo muchas otras mentiras: Mariana Abarzúa, la esposa de Silberman, se entrevistó con el general Sergio Arellano, con el ministro y el subsecretario de Defensa y el ministro de Justicia, el ayudante del ministro del Interior y muchas otras autoridades. Todas mentían: “Su marido debe haberse fugado”, le respondió el ayudante del ministro de Justicia, comandante Enzo Di Nocera García;“su marido será liberado en los próximos días”, le dijo el ministro. Mientras que el vicario general castrense, el obispo católico Francisco Javier Gillmore, quien prefería que se le tratara de general, le informó: el gobierno dispuso una investigación sobre este caso y como el documento que se exhibió es falso, quiere decir que su marido “fue sacado, con seguridad por un grupo de personeros del gobierno anterior que querían devolver la libertad a su marido y por eso no se sabe su paradero”.
El general/obispo Gillmore no respondía al cardenal. Solo a “su” general. Y “su” general también mintió, como siempre. Contaba Helmuth Frentz –obispo luterano que presidió el Comité Pro Paz- que en una entrevista que sostuvo con Pinochet junto al copresidente del Comité, el obispo Fernando Ariztía y el gran rabino Ángel Kreiman, éste último planteó el caso Silberman, a lo que el dictador respondió que éste fue sacado de la cárcel “por un comando mirista vestidos de militares”.
En esa misma entrevista, y cuando se le preguntó por el desaparecido ex sacerdote español Antonio Llidó, Pinochet respondió: “este señor no es cura, es un marxista”. Lo único claro que queda de esta entrevista histórica es que Pinochet sabía todo, absolutamente todo, desmintiendo otra de las clásicas mentiras del pinochetismo civil de que a Pinochet Manuel Contreras lo engañaba.