FRAUDE TRIBUTARIO ES SIMILAR AL FINANCIAMIENTO POLÍTICO ILEGAL
Sentencia de la Suprema para Checho Hirane marcará pauta para imputados de Penta y SQM
18.01.2016
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FRAUDE TRIBUTARIO ES SIMILAR AL FINANCIAMIENTO POLÍTICO ILEGAL
18.01.2016
La inminente sentencia de la Corte Suprema en un juicio que involucra al humorista Sergio Checho Hirane en el ilícito de facturas falsas, podría convertirse en la vara con la que deberían ser comparadas las condenas que se dictarán para los acusados en las causas Penta y Soquimich por fraudes tributarios. Todos ilícitos cometidos con el objeto de aportar dineros a campañas políticas por fuera de la vía legal (Servel) y también para diminuir impuestos.
La fórmula de evasión tributaria utilizada por Hirane y también por otros artistas y rostros de la TV condenados en el mismo juicio –el Profesor Rossa y Mario Mauriziano– es la misma que detectó la Fiscalía y el Servicio de Impuestos Internos (SII) en la investigación por el financiamiento ilegal de la política: boletas y facturas ideológicamente falsas.
El máximo tribunal tiene en acuerdo (sólo falta redactarlo) el fallo que responde a un recurso de casación interpuesto por Sergio Hirane. El requerimiento del humorista pretende revocar la sentencia dictada en 2014, que lo condenó a 3 años y 1 día de presidio -con libertad vigilada- por aumentar «maliciosamente» su crédito por el IVA y obtener devoluciones de impuesto que no le correspondían.
El recurso de casación de Hirane hace que la Corte Suprema deba pronunciarse en un caso de delitos tributarios justo cuando están en pleno desarrollo las investigaciones Penta y SQM que involucran a personajes políticos y empresariales. De allí que la decisión que adopte la Segunda Sala –que encabezaba el ministro Hugo Doltmesch, quien acaba de asumir la presidencia del máximo tribunal- podría ser interpretada como una señal para los tribunales inferiores sobre el tratamiento jurídico de estos ilícitos, dijeron abogados y ex fiscales consultados por CIPER.
Los mismos abogados, que pidieron reservar sus identidades, opinaron que la Corte Suprema entregará una señal sobre el tratamiento jurídico de los delitos tributarios con el fallo que se encuentra redactando la abogada integrante de la Segunda Sala, Leonor Etcheberry.
Lo anterior también podría aplicarse a los casos Corpesca y CAVAL ya que en ambas causas la investigación de los ilícitos incluye la arista tributaria por boletas y facturas ideológicamente falsas.
Hirane fue condenado en primera instancia por el ministro en visita Alejandro Rivera en un largo proceso que se inició en 2004 y en el que también fueron sentenciados a la misma pena Sergio Iván Arenas (Profesor Rossa), su esposa, Elena Arteaga Bascuñán; el comentarista deportivo Mario Mauriziano y Paula Bocaz Cerda, entonces pareja del capitán (r) de Ejército, Patricio Castro Muñoz, quien fuera un conocido agente de la CNI en dictadura.
Castro fue uno de los cerebros de la llamada «Cutufa», financiera informal que operó a fines de los años 80 y que terminó en un desfalco para los «inversionistas», todos uniformados y civiles partidarios del régimen militar. En ese polémico juicio también se investigó el asesinato de uno de los involucrados, Aurelio Sichel, cuya muerte nunca fue aclarada.
Sergio Arenas fue condenado por cometer los tres ilícitos descritos en el artículo 97 del Código Tributario: utilizar dolosamente en sus contabilidades facturas de trabajos inexistentes con el fin de disminuir el impuesto que debía pagar; aumentar el crédito por el IVA; y obtener devoluciones de impuesto que no le correspondían. Hirane y Mauriziano fueron condenados por los dos últimos delitos.
Los ilícitos investigados por el ministro Rivera tienen similitudes con los hallazgos del Ministerio Público en las causas Penta y Soquimich (SQM). En ellas los fiscales y el Servicio de Impuestos Internos (SII) detectaron la emisión de boletas y facturas por trabajos que nunca se realizaron con el fin de disfrazar la entrega de dineros a campañas políticas, lo que configura el ilícito descrito en el artículo 97, número 4, inciso primero del Código Tributario.
A su vez, en la arista SQM, los fiscales solicitaron recientemente la formalización del ex senador Carlos Ominami por el presunto ilícito de aumentar el verdadero monto del crédito por IVA, delito por el que se castigó a Arenas, Hirane y Mauriziano. Ominami lo ha negado, señalando que él no es emisor de facturas, por lo que no puede ser imputado como autor de ese ilícito.
Hasta ahora, la única sentencia en primera instancia a políticos por el financiamiento irregular de campañas o actividades políticas ha recaído en el ex presidente de la UDI, Jovino Novoa, a quien el juez Juan Carlos Valdés, del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, condenó en procedimiento abreviado a tres años de presidio -con el beneficio de la remisión condicional de la pena- como autor de los delitos de presentación maliciosa de declaraciones de impuestos al utilizar boletas y facturas ideológicamente falsas, y obtener devoluciones de impuestos que no correspondían. En la acusación contra Novoa que hizo la Fiscalía no incluyó la emisión de facturas con IVA (ver sentencia).
Según el abogado y académico tributarista Juan Carlos Ochoa, la sentencia de la Corte Suprema para Sergio Hirane, que ya está en acuerdo, establecerá una interpretación del máximo tribunal sobre este tipo de delitos al determinar en su fallo de última instancia si mantendrá la pena aplicada. En todo caso, los expertos dijeron a CIPER que las condenas probablemente seguirán siendo reducidas y que la cárcel efectiva sería una excepción.
La investigación del ministro en visita Alejandro Rivera se inició con una querella del SII en 2003 por transacciones fraudulentas detectadas entre 1997 y 2002. Todas esas operaciones le provocaron un perjuicio al Fisco por concepto de IVA, impuesto a la renta y global complementario y devoluciones improcedentes, estableció Rivera en su fallo.
Según concluyó el magistrado, este foco de evasión tributaria en el mundo artístico y de la TV tuvo como protagonistas a personas y empresas supuestamente proveedoras de servicios, entre las que le cupo un papel destacado a Paula Bocaz Cerda. Todas ellas simularon cobrar trabajos prestados a los artistas a través de algunas facturas materialmente falsas, pues eran duplicados; y otras ideológicamente falsas, ya que dichos servicios nunca existieron.
Aunque Hirane, Arenas, Mauriziano, Bocaz y Arteaga siempre se declararon inocentes de los cargos por evasión, el ministro Rivera -con la colaboración de peritos del SII- estableció que Hirane, representante legal de Checho Producciones Ltda., había causado un perjuicio fiscal de $74,1 millones actualizados a 2003; Mauriziano, representante legal de Zeta 1 Ltda., un perjuicio de $38,1 millones; Sergio Arenas (Producciones Rossa Ltda.), una evasión de $ 270,1 millones y para Paula Bocaz se registró un monto de $ 431,7 millones.
Bocaz entregó 118 facturas por servicios profesionales que el tribunal consideró inexistentes y que sólo tuvieron como propósito abultar el crédito por IVA de los artistas condenados y así disminuir la base imponible del impuesto a la renta que les correspondía pagar.
El juez Alejandro Rivera describió así las operaciones de Bocaz: “Una mujer procedió a emitir durante los períodos tributarios noviembre de 1998 a diciembre de 2000, 118 facturas falsas por servicios que nunca fueron prestados y que no guardaban relación con los ingresos por ésta declarados a diversos contribuyentes, entre ellos, “Producciones Rossa Ltda.”, “Alfredo Fuentes y Cía. Ltda.”, “Comercial Los Confines Ltda.”, “JE Producciones y Publicidad Ltda.”, “Checho Producciones Ltda.”, “Inversiones Zeta Uno Ltda.” y “Gráfica Meriba Ltda.”, para que estos pudieran rebajar indebidamente su real carga tributaria».
En cuanto a los receptores de las facturas -Hirane, Arenas y Mauriziano- el tribunal apuntó que cada uno de ellos «durante los años 1997 a 2001 utilizó, registró y declaró crédito fiscal de Impuesto al Valor Agregado, respaldado en facturas falsas que daban cuenta de operaciones inexistentes, aumentando sus costos y gastos operacionales, afectando la base imponible del impuesto a la renta y obteniendo devoluciones de impuesto en forma indebida».
Otras facturas falsas emitidas por Paula Bocaz también fueron detectadas en las contabilidades de José Alfredo Pollo Fuentes (Alfredo Fuentes y Cía. Ltda.) y de la sociedad Los Confines Ltda., del animador de televisión Francisco Kike Morandé.
Arenas, Bocaz y Elena Arteaga fueron condenados por los tres delitos descritos en el Código Tributario, en carácter de reiterados: utilizar dolosamente en sus contabilidades facturas de trabajos inexistentes con el fin de disminuir el impuesto que debían pagar; aumentar el crédito por el IVA; y obtener devoluciones de impuesto que no les correspondían. Hirane y Mauriziano recibieron condena por aumentar el crédito por el IVA y obtener devoluciones de impuesto fraudulentas.
El ministro en visita Alejandro Rivera detalló en su dictamen: «Se condena a Sergio Iván Arenas Maturana, Elena Mónica Arteaga Bascuñan, Paula Cecilia Bocaz Cerda, Sergio José Hirane Sarkis, y a Mario Leonardo Mauriziano Apolito a sufrir cada uno la pena única de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa equivalente al 100% de lo defraudado, todo como consecuencia de sus participaciones que, en calidad de autores, les correspondió en los delitos tributarios reiterados previstos y sancionados en el artículo 97 Nº 4 incisos 1º, 2º y 3° en los tres primeros casos; y al inciso 2° y 3° en los dos restantes”. La excepción fue Sergio Hirane, a quien no se le calificó como “reiterado” el ilícito conceptualizado en el inciso tercero.
A todos los acusados se les concedió el beneficio de la libertad vigilada (ver sentencia).
Hirane y Mauriziano, en disconformidad con el fallo del juez Rivera, recurrieron a la Corte de Apelaciones de Santiago, la que en agosto de 2015 confirmó las sentencias de primera instancia. A partir de ahí los caminos de ambos se separaron, porque solo Hirane apeló a la Corte Suprema con un recurso de casación.
La investigación del ministro Alejandro Rivera estableció que en la contabilidad de Sergio Arenas se incorporaron facturas falsas, que eran copias con la misma numeración -pero por valores distintos- de documentos reales emitidos para otras empresas.
Del supuesto proveedor –ICIS Marketing y Publicidad- se incluyeron en la contabilidad de la sociedad de Arenas, Producciones Rossa Ltda., facturas falsas entre diciembre de 1996 a junio de 1997, aumentando así el crédito fiscal IVA por $3,1 millones. Interrogados por el SII, los representantes legales de ICIS informaron que facturas de igual numeración fueron extendidas por ellos a otras personas y por montos distintos y que nunca habían prestado servicios a Producciones Rossa. Lo mismo ocurrió con la empresa Deccograf, ya que Producciones Rossa registró tres facturas suyas falsas por un crédito fiscal de $1.080.000.
Respecto de Checho Producciones, los peritajes demostraron que Sergio Hirane «registró y contabilizó crédito fiscal de IVA irregular amparado en facturas ideológicamente falsas y en facturas no fidedignas, utilizó créditos fiscales de IVA por gastos personales y, por ende, ajenos al giro, registró una factura emitida por Sergio Hirane Sarkis, como persona natural, y como consecuencia de la utilización de las facturas falsas percibió indebidamente una devolución de impuesto».
Durante la investigación también surgieron antecedentes sobre la compra de facturas falsas por parte del humorista Daniel Bombo Fica, quien según el fiscalizador del SII, Esteban Escalona, «compró facturas a Gastón González (conocido artísticamente como Diego Luna) para respaldar gastos». Posteriormente Fica se desdijo, argumentando que se sintió presionado por los funcionarios del SII.
Una de las pistas para identificar el origen de las operaciones con facturas falsas que fueron incorporadas en la contabilidad de Producciones Rossa, y de las sociedades de Hirane (Checho Producciones) y Mauriziano (Zeta 1), fue la declaración de Marta Ugarte Cardemil. La mujer, que conocía a Paula Bocaz y a su pareja Patricio Castro, declaró en el tribunal que el ex capitán de la CNI «se juntaba con el Profesor Rossa a conversar en el restaurante (Mambo Yambo) y pedían una mesa bien apartada en un lugar oscuro en donde no se escuchara nada».
Al tener mayor confianza con Patricio Castro, Ugarte le preguntó si estaba vendiendo IVA, a lo que Castro le respondió que andaba en sus “negocios”, pero que esto era de «Paulita», es decir, Paula Bocaz. En mayo de 2005, Patricio Castro cayó detenido en la Cárcel de Alta Seguridad, donde Bocaz lo visitaba y Ugarte la aguardaba afuera: «Paula salía con instrucciones de Patricio, ella utilizaba su teléfono para hablar con los ‘gomas’ que realizaban entregas de IVA, ella hablaba de comisiones e impartía instrucciones por su celular», declaró Marta Ugarte, quien le aseguró al ministro Rivera que existía una mafia que vivía de la venta de IVA y que el cerebro de todo era Castro, asociado a Juan Meyerholz.
Tanto Meyerholz como Castro admitieron conocer a Marta Ugarte, pero negaron toda relación con facturas falsas. «Nunca vendió facturas a Mónica Arteaga. Nunca vendió facturas a Iván Arenas. Nunca vendió facturas falsas a José Alfredo Fuentes. Jamás ha vendido facturas a ninguna persona», fue la respuesta del capitán (r) Castro al tribunal.
Años antes, Patricio Castro Muñoz se había convertido en uno de los cerebros y principal captador de dineros para la financiera ilegal La Cutufa, idea que había elaborado su amigo, el entonces también capitán de Ejército y de la CNI, Gastón Ramos.
Castro fue un activo agente de la CNI y estrecho colaborador de Álvaro Corbalán, jefe de operaciones de la policía secreta de la dictadura. Ambos compartían su inclinación por los cabarets y las estrellas del espectáculo y la TV. Corbalán tuvo como pareja a la vedette española Maripepa Nieto y Castro a la actriz de teleseries Carolina Arregui. Como agente de la CNI, también fue jefe de seguridad del Festival de Viña, evento al que asistían autoridades del régimen.
En democracia, el ex oficial del Ejército ha alternado la libertad con la cárcel. En la investigación de La Cutufa el entonces juez Alejandro Rivera, del 12 Juzgado del Crimen, condenó en 2005 a Castro, Ramos y a otros dos involucrados a cumplir pena efectiva de cárcel por no haber pagado una indemnización de $123 millones a ocho querellantes. Castro y Ramos habían sido condenados a tres años de presidio por violar la ley de bancos, pero con el beneficio de la libertad vigilada.
En julio de 2014, Castro fue procesado por el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, por su presunta responsabilidad en la ejecución de dos militantes del MIR en 1984. En los últimos años montó una empresa de seguridad y vive en Colina.
Aunque el ex agente CNI no figuró en el llamado Caso Publicam, sí mantuvo vínculos con Juan Meyerholz, quien a la postre fue condenado por la venta de facturas falsas para justificar gastos electorales, entre otros, de la campaña a senador de Guido Girardi (PPD). En 2009, la jueza Tatiana Escobar, del 7º Juzgado de Garantía de Santiago, sentenció a Meyerholz a tres años de presidio menor por ese delito, de los cuales ya había cumplido dos en prisión preventiva.
La fiscal Ximena Chong dijo entonces que el perjuicio causado por la empresa fantasma Publicam llegó a los $2.200 millones.