Investigaciones de la Fiscalía Nacional Económica a laboratorios y farmacias
22.05.2009
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22.05.2009
En abril de 2009 CIPER dirigió a la Fiscalía Nacional Económica dos solicitudes de acceso a información pública. En ambos casos se pedían documentos relacionados con la fiscalización de productores y comercializadores de medicamentos: laboratorios y farmacias. En todo momento la FNE mantuvo un expedito canal de comunicación para informar sobre los avances en la búsqueda de los documentos y en aquellos casos en que no tenía los antecedentes requeridos, indicó el lugar donde se podían ubicar y la fórmula para obtenerlos. Las respuestas formales a las solicitudes se recibieron el 24 de abril y el 14 de mayo. Revise acá los documentos.
El día 7 de abril de 2009 CIPER ingresó a la Fiscalía Nacional Económica una solicitud de acceso a información pública, en la que pedía los siguientes antecedentes:
a) Los documentos recibidos por la FNE desde 1995 a la fecha con denuncias o antecedentes relativos a colusión de precios entre cadenas de farmacias o entre cadenas de farmacias y laboratorios productores de medicamentos.
b) Las resoluciones de los fiscales nacionales de la FNE de 1995 a la fecha que no dieron lugar a investigaciones basadas en las denuncias o antecedentes citados en el párrafo anterior.
c) Las resoluciones de los fiscales nacionales de la FNE de 1995 a la fecha que sí dieron lugar a investigaciones basadas en las denuncias o antecedentes precitados.
d) Las resoluciones de los fiscales nacionales de la FNE desde 1995 a la fecha que dieron por terminadas investigaciones sobre posible colusión de precios entre cadenas de farmacias o entre cadenas de farmacias y laboratorios, sin presentar esos casos ante la Comisión Resolutiva Antimonopolios o el Tribunal de la Libre Competencia.
Dos días más tarde, el 9 de abril, el fiscal Enrique Vergara comunicó que la solicitud había sido acogida y nominó como contraparte a la Jefa de Relaciones Institucionales, Mónica Salamanca. Aunque la Ley de Transparencia aún no entraba en vigencia, la FNE decidió responder la petición usando los mecanismos definidos en esa norma, lo que facilitó el procedimiento.
La respuesta a la solicitud, con copia de los documentos, fue recibida el 24 de abril. No obstante, algunos antecedentes afectaban a terceros (generalmente autores de denuncias) los que debían ser informados de su derecho a manifestar oposición a la entrega de los documentos. De los diez terceros consultados, uno se opuso, seis accedieron y tres ya no estaban ubicables en los domicilios registrados en sus denuncias. Respecto de estos últimos, el fiscal resolvió «adjuntar las denuncias, resguardando la identidad del denunciante, a fin de cumplir con el principio de transparencia, pero a la vez vamos a cautelar los derechos de terceros». Esos documentos se entregaron con los nombres de los denunciantes tarjados.
La respuesta definitiva, con los antecedentes que afectaban a terceros, se recibió el 14 de mayo (Vea los documentos contenidos en esta respuesta, Parte I y Parte II).
El 27 de abril, ya bajo las normas de la Ley de Transparencia (que entró en vigencia el 20 de ese mes), CIPER solicitó a la FNE acceso a la siguiente información pública:
a) El estudio sobre mercado farmacéutico informado por el fiscal nacional económico a la Comisión Preventiva Central en el Oficio 572 del 7 de agosto de 1984.
b) El estudio sobre el mercado farmacéutico informado por el fiscal nacional económico a la Comisión Preventiva Central en el Ord. 475 del 16 de agosto de 1990.
c) El estudio solicitado al fiscal nacional económico Francisco Fernández, en las cartas del 27 de marzo de 2000 y 11 de julio de 2000 suscritas por Raúl Álvarez, presidente de Unfach.
d) Copia de las acciones entabladas ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) a consecuencia de la investigación ROL 554-03 FNE. Los dictámenes, resoluciones o fallos del TDLC relacionados con esas acciones entabladas por la FNE,
e) Copia de las acciones entabladas ante el TDLC a consecuencia de la investigación ROL 516-03 FNE y de los dictámenes, resoluciones o fallos de ese tribunal originados por estas acciones.
El 14 de mayo CIPER recibió la respuesta del fiscal a la segunda solicitud, con cuatro documentos adjuntos y una referencia para buscar información en un archivo público.
Documentos PDF
Respuesta inicial a primera solicitud.
Contiene:
– Resolución del fiscal del 13.03.08 de inicio de investigación por alza de precios de anticonceptivos que origina proceso por colusión Rol Nº 1129-08.
– Resolución del fiscal del 09.05.03 que acoge denuncia de particular contra laboratorio e inicia investigación.
– Ord. 484, 485, 486, 487, 497 y 503 (todos de julio de 2006). Fiscal informa a denunciantes resultados de investigación Rol Nº 554-03 contra Ahumada, SalcoBrand y Cruz Verde.
Segunda respuesta a primera solicitud (Parte I).
Contiene:
– Denuncia de particular del 10.10.03, por supuesta alza concertada en precio de venta de tres fármacos.
– Denuncia de particular por supuesta concertación de precios en cuatro medicamentos entre Ahumada y Cruz Verde.
– Denuncia de particular del 13.10.04 contra cadenas de farmacias, por supuesta concertación de precios, precios depredatorios y concentración monopólica.
– Denuncias de Raúl Álvarez (Unión de Dueños de Farmacias) del 27.03.00, 04.05.00, 12.02.04 y 08.11.04. Acusa a laboratorios de discriminar a farmacias independientes.
Segunda respuesta a primera solicitud (Parte II).
Contiene:
– Denuncia de Miguel Alfaro Bravo del 05.11.03, contra las cadenas de farmacias por supuesta concertación de precio.
-Denuncia de Carlos Vallejo Mora (Farmacias Independientes de Concepción) del 15.11.04, por discriminación de laboratorios a favor de cadenas de farmacias.
-Denuncia de laboratorio Bestpharma del 25.04.03, por competencia desleal en medicamentos genéricos inyectables.
– Denuncia de Angélica de las Mercedes Lillo Urzúa del 01.09.08, contra SalcoBrand por alza de anticonceptivo.
– Denuncia de Guido Girardi y Gabriel Silber del 02.06.08, contra cadenas de farmacias por alzas de precios excesiva y eventual colusión.
Respuesta a segunda solicitud.
Contiene:
– Ord. Nº 572 de 1984 con el primer estudio sobre mercado de productos farmacéuticos realizado por la FNE.
– Ord. 475 de 1990 con el segundo estudio sobre mercado de productos farmacéuticos realizado por la FNE.
– Requerimiento contra laboratorios con fecha 28.01.2003.
– Resolución 708 del 08.10.2003 sobre el requerimiento anterior.
Vea también:
Farmacias y laboratorios: el prontuario de infracciones a la libre competencia