Carta del Comité de Auditoría Parlamentaria
10.04.2014
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10.04.2014
Con motivo de la publicación en CIPER del informe de investigación denominado «Asesorías parlamentarias sin control: Diputados gastan $6.000 millones en dos años«, el Comité de Auditoría Parlamentaria del Congreso Nacional, ha estimado necesario efectuar algunas precisiones sobre ciertos aspectos erróneos contenidos en esa publicación, precisiones amparadas estrictamente en la norma regulatoria en materia de asignaciones parlamentarias, y que se detallan a continuación:
1. El artículo señala que «nadie en la Cámara revisa si las asesorías se hicieron o no. Sólo se pide la firma del diputado y del asesor y se paga«. Esta aseveración no es efectiva, por cuanto esta función no sólo existe sino que además está radicada en la Unidad de Asesorías Externas de la Cámara de Diputados.
2. También se señala que «para que la Cámara apruebe el pago a un asesor, el diputado que lo contrató debe entregar el informe del trabajo realizado«. Esto no es efectivo en la totalidad de los casos, por cuanto la norma atingente también permite la existencia de asesorías presenciales o de acompañamiento, y otras que no implican necesariamente la emisión de informes.
3. También refiriéndose a los informes, el artículo indica que «más grave aún es que el sistema de fiscalización no acredita que las asesorías efectivamente se realizaron. Y esto porque muchos de los informes de asesoría que reciben los funcionarios de la Cámara que autorizan los pagos, son sólo reportes genéricos de actividades«. Este aspecto también se explica y precisa por las razones ya expuestas en el número anterior, esto es, no todas las asesorías implican necesariamente la emisión de informes.
4. Se indica que «el Comité de Auditoría Parlamentaria es la instancia del Parlamento que debe controlar los gastos en asesorías. En la práctica, es un buzón que recibe documentos. Allí nadie analiza de manera crítica los informes. Su labor se remite a cursar la autorización de los pagos tras comprobar que las cifras cuadran y que el trabajo se realizó dentro de las fechas previstas«. A este respecto, es necesario precisar que la función del Comité de Auditoría es la de verificar el cumplimiento de la normativa vigente, a partir de un Plan de Auditoría anual, vale decir actuar ex -post, siendo la Cámara de Diputados la entidad que debe establecer los correspondientes controles, cursar los pagos, etc. En suma, el Comité de Auditoría no autoriza ni cursa pagos, no está dentro de las competencias de este Comité ni corresponde a la naturaleza de una entidad auditora.
Con el ánimo de contribuir a clarificar información errónea o imprecisa, esperamos una favorable acogida y publicación de la presente; conscientes además de que el actual sistema, no obstante representar una clara mejoría respecto de las prácticas anteriores, sin duda puede ser perfeccionado, objetivo permanente de este Comité y de todos los demás órganos competentes del Congreso Nacional.
El abogado Eduardo Pérez Contreras, en su calidad de coordinador del Comité de Auditoría Parlamentaria, señala que la investigación de CIPER contiene aspectos “erróneos”, los que precisa en su carta, amparándose “estrictamente en la norma regulatoria en materia de asignaciones parlamentarias”. Respecto de esta primera aseveración del señor Pérez, es necesario aclarar que CIPER nunca ha afirmado que la norma regulatoria de asignaciones parlamentarias no se esté cumpliendo. Lo que sostiene el reportaje de CIPER, es que esta norma es insuficiente para acreditar que todas las asesorías externas pagadas por la Cámara efectivamente se realizaron. Por lo tanto, cualquiera corrección que se pretenda hacer sobre la base de la aplicación “estricta” de esta normativa, está fuera de lugar respecto del contenido de nuestro reportaje.
En relación a los aspectos que la carta puntualiza en cuatro párrafos, CIPER se hace el deber de responder lo siguiente:
1. CIPER reafirma que las entidades de la Cámara de Diputados que revisan los «informes» o «reportes» de las asesorías externas, no lo hacen de manera crítica. Así lo confirmamos en terreno en nuestra investigación. Muchos de estos informes, tal como CIPER lo comprobó in situ, no son más que “reportes genéricos de actividades” y están redactados de tal manera, que resulta imposible para los funcionarios comprobar si efectivamente ese trabajo de asesoría se efectuó.
Por lo demás, así lo ratificó a CIPER el diputado Patricio Vallespín, quien presidió la Comisión de Ética de la Cámara en los dos años que abarcó la investigación de CIPER (2012-2013). En declaraciones reproducidas en el reportaje, el parlamentario señaló que los informes o reportes que recibe la Cámara para visar los pagos a los asesores podrían ser mejorados a fin de precisar con mayor exactitud la asesoría realizada. El mismo Vallespín confirmó que en relación a estos informes o reportes, los funcionarios “no revisan aspectos de fondo” y sólo tienen atribuciones para verificar si estos documentos fueron entregados y si eso se hizo en el plazo establecido.
A mayor abundamiento, el mismo señor Pérez en declaraciones hechas a CIPER señaló que el organismo que encabeza tampoco revisa de manera crítica los informes o reportes: “El trabajo que realizamos tiene que ver principalmente con examinar los papeles y documentos, las rendiciones de cuentas, si se están cumpliendo las normas, pero no avanzamos más allá”.
2. En diversos pasajes del reportaje, CIPER deja en claro que los asesores externos, al solicitar su pago, deben entregar a la Cámara documentos que pueden ser “informes” o “reportes”. Estos últimos se refieren precisamente a lo que el señor Pérez identifica como “asesorías presenciales o de acompañamiento, y otras que no implican necesariamente la emisión de informes”. Precisamente, los reportes son los que hacen más difícil comprobar si la asesoría se hizo realmente.
Por otra parte, CIPER detectó que muchas asesorías que debieron ser acreditadas a través de un “informe”, sólo entregaron un “reporte”. Un ejemplo a destacar, es el “reporte” hecho en agosto de 2012 por el actual ministro de Bienes Nacionales, Víctor Osorio Reyes, cuando trabajó como asesor externo del diputado Sergio Aguiló. En uno de sus “reportes”, Osorio indicó que había realizado tres labores: un informe sobre “elaboración programática”, un informe sobre la próxima elección parlamentaria y una reunión con la “Mesa Ampliada Evangélica”. Resulta evidente que sólo la tercera de estas actividades debía ser informada a través de un “reporte”. No obstante, ninguna de las oficinas que controlan los gastos de la Cámara ha tenido acceso a los dos informes mencionados por Osorio. Y ese es sólo un ejemplo de varios que detectó CIPER.
3. CIPER reafirma que el aspecto más grave detectado en su investigación es que “el sistema de fiscalización no acredita que las asesorías efectivamente se realizaron”. Y esto es así, precisamente, por la razón que menciona el señor Pérez: la norma regulatoria de las asesorías externas permite que muchas de ellas se acrediten con “reportes” que resultan insuficientes para chequear que ese trabajo se realizó. Es más, en el caso de las encuestas encargadas por diputados y financiadas con dinero destinado a pagar asesorías externas (CIPER detectó 75 asesorías que incluían sondeos de opinión, por un monto total de $ 330 millones), el reportaje dejó en evidencia que la Cámara paga esos trabajos sin ver los informes, pues las “normas regulatorias” establecen que estos documentos permanecerán bajo reserva hasta que expire el periodo legislativo. En otras palabras, si un diputado encarga una encuesta hoy, los funcionarios de la Cámara deben autorizar su pago, pero sólo podrán ver el informe a partir del 12 de marzo de 2018.
4. CIPER constató que el Comité de Auditoría Parlamentaria, cuando ejerce su rol de control ex-post, recibe “informes y reportes” de asesorías que no puede analizar de manera crítica. De hecho, el mismo señor Pérez lo corroboró en las declaraciones ya citadas que aparecen en el reportaje. No obstante, su carta tiene razón en cuanto a que ese comité no cursa autorizaciones para el pago de las asesorías. CIPER reconoce este error y lo ha corregido en el texto del reportaje. La recepción de los “informes y reportes”, así como las autorizaciones de pago, son labores que realiza la Oficina de Asesorías Externas de la Cámara.