El acto reparatorio pendiente: Igualdad de género para la tuición de los hijos
17.12.2012
Hoy nuestra principal fuente de financiamiento son nuestros socios. ¡ÚNETE a la Comunidad +CIPER!
17.12.2012
El pasado viernes 14 de diciembre, el Estado de Chile debió realizar un acto de desagravio a la jueza Karen Atala por habérsela privado de la tuición de sus hijas por mantener una relación afectiva con una persona de su mismo sexo. Un evento que formaba parte de un paquete de medidas que el Estado debía llevar a cabo para reparar a la jueza luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) así lo impusiera en la condena que dictó en marzo de 2012.
La legislación chilena en esta materia establece con absoluta claridad que, en caso de que los padres vivan separados, el cuidado de los hijos corresponde a la madre, salvo que se demuestre descuido o maltrato de su parte. Siendo ese el tenor de la ley, indudablemente la jueza Atala fue víctima de discriminación y arbitrariedad, como lo estableció la CIDH en su sentencia. El sufrimiento que padeció durante más de ocho años en los que se le privó de ver crecer a sus hijas día a día, no lo puede borrar un acto de desagravio o una compensación económica.
El sentido por el cual la CIDH impuso al Estado chileno la obligación de realizar ese acto va mucho más allá del caso específico de Karen Atala. Dice relación con la profunda reflexión que debemos hacer sobre nuestras instituciones en materia de familia.
El discurso de la jueza evidencia que ella también entiende que el sentido histórico de dicha actividad no es sólo un reconocimiento a la igualdad de derechos que deben disfrutar las minorías sexuales, sino que pretende ser un llamado a remecer las consciencias aún más profundamente: una convocatoria a preguntarnos sobre nuestros roles de género y nuestra concepción de familia.
Esto se evidencia cuando ella afirma que “nuestras leyes de familia se han quedado ancladas en otros paradigmas, ajenos a la coparentalidad con roles compartidos entre madres y padres”. También cuando sostiene que “una madre o un padre sancionados con la pérdida de la tuición por razones convencionales, esto es, valóricas, morales y religiosas y no de derecho, implica también extender esa sanción a sus hijos”.
El sufrimiento de la jueza Atala la debe haber llevado en estos largos años a comprender cómo la misma ley que le consagraba a ella un derecho que le fue desconocido, se aplica a diario para infringir un sufrimiento igual al suyo a millones de hombres que también son discriminados por su mera identidad sexual. Porque efectivamente, la legislación actual, aplicada según su tenor, le da indefectiblemente la tuición a la madre sólo en virtud de su sexo, sin mayor consideración de las aptitudes parentales de los progenitores ni el bien superior del niño.
El Estado chileno también les debe un acto reparatorio a esos millones de hombres y niños por sus derechos violados.
Probablemente, al mencionar el sufrimiento que debe vivir un padre alejado de sus hijos, el lector de estas líneas pensó de inmediato que no es comparable el sentimiento de una madre privada del cuidado de sus hijos que el de un padre. Todos pudimos ver la emoción y empatía de nuestras autoridades ante los sufrimientos relatados por la jueza Atala, quien muy delicadamente lo graficó en pequeñas pinceladas, dejando a la imaginación de los asistentes el resto. Con seguridad, si ese mismo relato hubiese sido hecho por un varón, habría tenido que recurrir a recursos narrativos bastante más dramáticos para conseguir la misma consideración.
“La legislación actual, aplicada según su tenor, le da indefectiblemente la tuición a la madre sólo en virtud de su sexo, sin mayor consideración de las aptitudes parentales de los progenitores ni el bien superior del niño”
Tan arraigado están entre nosotros los roles de padre proveedor y ausente y madre dedicada al hogar y presente, que estamos ciegos a los cambios culturales que se han producido en nuestras narices. En la actualidad, suponer que el vínculo afectivo que un padre establece con un hijo es menor que el que de una madre es tan erróneo como suponer que la dedicación intelectual que una mujer otorga a su trabajo es menor que la de un hombre.
El mismo desgarro sufrido por la jueza Atala lo sufren millones de hombres que han tenido que conformarse con “ver crecer a sus hijos a zancadas”, como lo graficaba Atala, sin tener siquiera la opción de acusar discriminación y arbitrariedad, puesto que en ese caso la ley misma establece explícitamente que debe ser así.
Pero más importante que el sentimiento parental, es el sufrimiento de los hijos. Para ellos, separarse de cualquiera de sus progenitores significa desgarrar su identidad profundamente.
Los niños están hechos de la fusión de dos metales y marginalizar a uno de ellos de sus vidas es violentarlos en su naturaleza biológica. En la búsqueda de la igualdad de derechos y de la corresponsabilidad de ambos progenitores, la agrupación Amor de Papá presentó un proyecto de ley que busca favorecer el cuidado compartido de los hijos como opción preferente. Lamentablemente, y sólo dando por argumento la tradición, el SERNAM presentó una indicación estableciendo que mientras no haya acuerdo entre los progenitores, el niño debe permanecer bajo el cuidado de la madre. Con ello, se desnaturaliza por completo el sentido del proyecto, imponiéndole la misma orientación discriminatoria y sexista de la norma actualmente vigente y se neutralizando la posibilidad práctica de contar con la tuición compartida.
Si la indicación del SERNAM es aceptada en la discusión del proyecto en el Congreso, la negativa de la madre a llegar a acuerdo será condición suficiente para impedir que se comparta el cuidado del menor. La disposición propuesta por la ministra Carolina Schmidt mantiene al niño en la condición de botín en disputa dentro del conflicto de la pareja, favorece maltrato físico y psicológico del cual es víctima durante períodos transitorios que pueden eternizarse en procesos judiciales y limita gravemente el contacto normal y saludable con ambos progenitores.
“La disposición propuesta por la ministra Carolina Schmidt mantiene al niño en la condición de botín en disputa dentro del conflicto de la pareja, favorece maltrato físico y psicológico del cual es víctima durante períodos transitorios que pueden eternizarse en procesos judiciales y limita gravemente el contacto normal y saludable con ambos progenitores”
La única forma de contar con una regulación justa en esta materia, es establecer que la situación por defecto debe ser el cuidado compartido de los hijos y la corresponsabilidad parental, salvo en aquellos casos en los que los padres o el juez determinen lo contrario.
Dar a una de las partes una condición de beneficio a priori en virtud de su sexo es discriminatorio, limita las posibilidades de acuerdo y favorece la judicialización de la disputa. El SERNAM ha confundido su rol de entidad que persigue la igualdad de género con el de una asociación gremial que defiende intereses corporativos femeninos, incluso reproduciendo una orientación machista.
Esperamos que el Senado, que tendrá que ver en sala dicho proyecto próximamente, rechace la disposición propuesta por el ejecutivo (inciso 4 del artículo 225 del Código Civil) y se imponga la concepción moderna de corresponsabilidad y cuidado compartido como situación generalizada tras la ruptura de la pareja. Ese sería el mejor acto reparatorio que podría hacer el Estado de Chile a los millones de padres y niños que han debido padecer el mismo sufrimiento que la jueza Atala como consecuencia de una ley vigente, pero no por ello menos discriminatoria e injusta.