Corte confirma sobreseimiento temporal de juicio por licitación en el Registro Civil
29.12.2010
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29.12.2010
Con el argumento de que es necesario resguardar las garantías de los inculpados, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el cierre temporal del juicio por las irregularidades en una millonaria licitación del Registro Civil. El fallo enfatiza que se trata de un sobreseimiento transitorio y que puede levantarse, por lo tanto no significa la impunidad de los acusados.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones confirmó que el juicio por las irregularidades en la licitación de la plataforma tecnológica del Registro Civil quedará paralizado temporalmente. Para que el proceso retome su curso sería necesario que se garantice que los imputados puedan ejercer su derecho a defensa que, a juicio de la justicia, no se ha respetado al no tener acceso a todos los antecedentes de la investigación.
La resolución da la razón a la jueza de Garantía Carla Capello, quien el 2 de noviembre pasado decretó el sobreseimiento temporal de la causa, luego de que así lo solicitara una veintena de ex funcionarios públicos y ejecutivos de empresas privadas que se encuentran formalizados por distintos delitos como cohecho y fraude.
Así, el fallo se sumó a la larga lista de cuestionamientos y retrasos que ha sufrido la causa desde que se abrió la investigación en abril de 2008, luego de que CIPER revelara las irregularidades en la licitación adjudicada a la empresa india TATA. De hecho, la jueza Capello se encuentra actualmente inhabilitada, a la espera que la corte resuelva las recusaciones que presentaron el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, quienes estiman que adelantó opiniones respecto a la causa.
Los abogados de los imputados reclaman que no han tenido acceso a todos los antecedentes de la investigación, lo que impedía una defensa justa, mientras que el Ministerio Público ha asegurado que puso a su disposición todo lo que fundamenta la acusación. “Es bueno precisar que el derecho a defensa y la igualdad de armas exigen que el acusador, que corresponde al Ministerio Público, ponga a disposición del acusado –varios en el caso de la especie– todos los antecedentes de la investigación”, dice el fallo de los ministros Mario Rojas y Jessica González, quienes enfatizan que los imputados han cuestionado permanentemente la falta de cautela de sus garantías.
Ahora la Fiscalía Centro Norte, cuyo mando acaba de asumir el abogado Andrés Montes, deberá hacerse cargo de aquellos cuestionamientos que sufrió la investigación realizada por la fiscal Alejandra Godoy. Si quiere reabrir la causa debe asegurar el acceso a todas las partes de todos los antecedentes recopilados durante las pesquisas, en orden y de forma en que se asegure su examen.
La Corte de Apelaciones puso énfasis en el carácter temporal del sobreseimiento: “no es posible concluir que el sobreseimiento temporal decretado como cautela del derecho a defensa invocado, tenga como efecto la impunidad de los acusados, desde que, satisfecha la exigencia concreta que se ha impuesto, el procedimiento podría continuar su normal tramitación”.
Respecto a las quejas por irregularidades en la investigación que llevó a cabo la fiscal Godoy, en cuanto a que incluyó grabaciones de conversaciones entre los imputados y sus abogados o que se rompió la cadena de custodia de las pruebas, entre otras, la corte estimó que éstas deben ser analizadas por el tribunal que vea la causa, el que deberá determinar si se trata de pruebas ilícitas o no.
El fallo contó con el voto de minoría de la abogado integrante Claudia Chaimovich, quien estimaba que debía revocarse la resolución de la jueza Capello y levantarse el sobreseimiento temporal.