Dominga: La paradoja de la creatividad versus la confianza en la legalidad
21.02.2025
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21.02.2025
Señor Director:
La historia del proyecto Dominga de Andes Iron se viene contando desde el año 2013. Sin embargo, el pasado 9 de diciembre una nueva arista ha hecho que este caso esté poniendo en jaque la estabilidad de nuestra institucionalidad ambiental.
Mucha tinta se ha derramado para analizar los distintos pronunciamientos de organismos técnicos, algunos de ellos hablando de una supuesta “creatividad” por parte de quienes han opinado profesionalmente que este proyecto no es viable. Poco se ha planteado respecto al exceso “creativo” en el cual ha incurrido el Primer Tribunal Ambiental, que en su fallo de finales del año pasado y en la resolución liberada esta semana, se extralimita no solo con la dictación de condiciones más allá de lo que la ley lo autoriza, sino también creando un procedimiento ad hoc para el cumplimiento de su propia sentencia.
La Corte Suprema ha sido enfática en su reciente fallo Rol N°16.514-2024: los Tribunales Ambientales no son evaluadores técnicos ni reguladores ambientales, su rol se limita a la revisión de la legalidad, proporcionalidad y razonabilidad de los actos administrativos. Asimismo, advierte sobre los peligros de que un Tribunal Ambiental actúe como un verdadero regulador, señalando que debe evitarse el “reemplazo” de decisiones administrativas, como en su momento se evitó en la tramitación de la Ley N°20.600. Estos límites son abiertamente ignorados por el Primer Tribunal Ambiental en esta oportunidad.
El proyecto minero portuario Dominga ha sido rechazado cuatro de las cinco veces que ha sido conocido tanto por la Comisión de Evaluación de Coquimbo, como por el Comité de Ministros, siendo aprobado únicamente en el gobierno del expresidente Sebastián Piñera – investigado por conflicto de intereses por la venta del proyecto a fines de 2010 en un paraíso fiscal, particularmente por una cláusula que amarraba parte del pago a que su primer gobierno no decretara la protección del Archipiélago de Humboldt-.
No es casualidad que haya sido mayoritariamente rechazado. Sus propuestas para evitar impactos y afectaciones al medio ambiente -como un “plan de prevención de contingencias y emergencias del proyecto” débil y mal diseñado para hacerse cargo del riesgo de derrame de hidrocarburos- no son suficientes para proteger un ecosistema único como el Archipiélago de Humboldt. Estamos hablando de especies endémicas, de un sistema de vida que depende de su economía local tradicional, así como de ecosistemas valiosos que no tienen otra oportunidad si el daño ocurre.
Podemos discutir la calidad de las resoluciones que han rechazado el proyecto desde un punto de vista técnico, es parte del proceso. Lo que a nuestro juicio no parece discutible, es que los Tribunales Ambientales actúen fuera de la ley. Dejar pasar esto, marcará un punto de no retorno y no habrá sistema ambiental que resista, ni biodiversidad que sobreviva. Y eso, no es creatividad, es imponer de manera ilegal un procedimiento ad hoc para el caso concreto, y a todas luces una pésima señal de la justicia chilena a la confianza de su ciudadanía y democracia.