En esta investigación, CIPER profundiza en cuatro casos en que la justicia le confió el cuidado de niños a personas acusadas, investigadas o condenadas por delitos como abuso de menores o maltrato infantil. También se relata la historia de un menor de edad que fue víctima de abuso sexual en al menos dos ocasiones cuando estaba bajo cuidado del Estado. CIPER los reconstruyó con antecedentes alojados en 14 causas judiciales que involucran a 13 niños. Entre ellos, se incluye la historia de un niño de dos años que murió bajo el cuidado de sus padres, para quienes un tribunal de familia aprobó el inicio de un programa de acercamiento familiar, a pesar de que eran investigados por maltrato. En otro caso, se entregó el cuidado de dos hermanos a un papá condenado por abuso sexual en contra de su hijastra, que tenía menos de 14 años.
La tragedia de Tomás -nombre modificado para proteger su identidad- comenzó cuando tenía un mes de vida. El 7 de diciembre de 2021, llegó a un hospital con signos de maltrato infantil: inflamación genital, fracturas costales y líquido en los pulmones. Pocos días después, fue ingresado en un hogar de lactantes y separado de sus padres por orden del 1° Juzgado de Familia de San Miguel.
Tres años después, su pequeño cuerpo aguarda en el Servicio Médico Legal (SML), a la espera de que la fiscalía autorice su retiro. Tomás murió el 13 de enero de 2024 cuando estaba al cuidado de sus padres, luego de que el tribunal dio inició a un programa de acercamiento familiar sugerido por la institución que se encontraba a cargo del niño, a pesar de que los progenitores estaban siendo investigados por presunto maltrato hacia él y su hermano mayor. Durante la audiencia de control de detención de los padres, se detallaron 11 moretones en su cuerpo, incluidos su tórax, abdomen y brazo izquierdo. A la fecha, la indagatoria de maltrato no ha sido zanjada.
Durante meses, CIPER investigó cuatro casos en los que menores fueron confiados a personas acusadas, investigadas o condenadas por delitos como abuso o maltrato infantil. También se incluye el caso de un menor que fue vulnerado en al menos dos ocasiones cuando permanecía bajo el cuidado del Estado. Estas historias, desconocidas hasta ahora, fueron reconstruidas por CIPER con antecedentes alojados en 14 causas judiciales -tanto penales como de protección- que involucran a 13 niños, las que se seleccionaron por evidenciar fallas en las instituciones públicas encargadas de proteger los derechos de los menores -desde tribunales hasta las nuevas Oficinas Locales de la Niñez- y en organismos colaboradores del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y la Adolescencia (antes conocido como Mejor Niñez).
En dos casos revisados por CIPER, uno en Los Andes y otro en Putaendo (Región de Valparaíso), se repiten tanto el nombre de una jueza como el de la abogada que representa a ambos padres, quienes fueron acusados de abuso de menores. En una de las causas, el padre fue condenado en febrero de 2023 por este delito, mientras que, en la otra, la fiscalía decidió no perseverar en la investigación y no lo formalizó.
En el primer caso, el adulto fue sentenciado en febrero de 2023 por abuso sexual reiterado de su hijastra y recibió el cuidado de sus dos hijos, uno de 8 y otro de 13 años, ya que, aunque figura en el registro de inhabilitados para trabajar con menores, no se le impide tener la custodia de otros niños. El Juzgado de Familia de Los Andes decidió que el padre mantuviera la tutela de su hijo mayor y que el hijo menor permaneciera bajo su cuidado durante más de un mes, a pesar del deseo del niño de vivir con su madre.
En septiembre de 2021, el Centro Iberoamericano de Derechos del Niño (Cideni), en colaboración con Focus -fundación que realiza estudios y consultorías- entregó un informe a la Corte Suprema sobre 79 causas de protección en tribunales de familia. Aunque ese informe es clave, se decidió dejarlo bajo reserva y mantenerlo solo para uso interno, según reveló T13 en diciembre de 2022. El informe señala que en más del 74% de las causas, el tribunal no considera el interés superior del niño al separarlo de su familia. Además, revela que los tribunales no solicitan aclaraciones ni correcciones en los informes psicosociales.
CIPER tuvo a la vista informes del Programa de Protección Especializada en Maltrato y Abuso Sexual Infantil (PRM,) elaborados por la sede de la Corporación Acogida ubicada en Pichilemu (Región de O’Higgins) (lea artículo relacionado). En esos documentos hay más de una inconsistencia. Aunque la causa proteccional se abrió por un niño de ocho años, uno de los informes de avance, se refiere a él como “la adolescente” y también le cambian de nombre. CIPER preguntó a la corporación por la razón de estos errores, pero hasta el cierre de este artículo no se ha recibido respuesta.
PARRICIDIO EN LO ESPEJO
13 de enero de 2024, comuna de Lo Espejo. Tomás tenía dos años cuando murió al cuidado de sus padres. A pesar de que los adultos estaban siendo investigados por presunto maltrato infantil, un tribunal de familia aprobó el inicio de un programa de acercamiento familiar que permitió que el niño viviera con ellos.
Según documentos de una causa proteccional revisada por CIPER, la primera vez que un organismo público fue advertido del peligro que corría Tomás fue el 7 de diciembre de 2021, cuando se produjo el ingreso hospitalario mencionado al inicio de este artículo, cuando apenas tenía un mes y dos semanas. Ese día, el bebé fue ingresado en el servicio de urgencias, acompañado por sus padres, ambos extranjeros.
El personal médico, tras percatarse de signos que sugerían un posible maltrato, solicitó una medida de protección en el 1° Juzgado de Familia de San Miguel. En respuesta, el tribunal ordenó el ingreso de Tomás al hogar de lactantes de la Corporación Misión de María, institución colaboradora del servicio de protección. Según el registro de transferencias del Estado y Municipalidades, en 2024 ese organismo recibió más de $472 millones desde ese servicio y otros $43 millones desde la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Fuente: Facebook del Poder Judicial
No era el primer contacto de esa familia con el sistema de protección. En 2020, el mismo tribunal inició una medida similar por posible maltrato, esa vez a favor del hermano mayor de Tomás por línea materna. Ese niño, de solo un año, fue entregado a un familiar y luego a una familia de acogida.
De acuerdo con un informe sobre Tomás, elaborado por el hogar y fechado el 23 de agosto de 2023, el plan de intervención para el bebé estaba dando resultados positivos: “El niño tiene una fuerte vinculación con sus padres, quienes han evidenciado adherencia a sus respectivos tratamientos psicológicos”, se asegura en el documento. Los padres lo visitaban regularmente, al menos dos veces por semana, incluyendo salidas fuera del hogar los sábados.
Ambos adultos participaron de un proceso evaluativo y psicoterapéutico en un programa de atención psicológica que, según Francisco Estrada, exdirector del Sename y abogado litigante en derecho de familia, no formaría parte de la oferta programática del servicio de protección y, por lo tanto, no tendría supervisión pública.
Fue con los antecedentes de adherencia de los padres a ese proceso que el hogar solicitó al tribunal la implementación de un programa que permitiría al niño vivir con sus padres, designando al papá de Tomás como el adulto responsable. Según dijeron a CIPER conocedores de la investigación, las sospechas de maltrato se dirigían principalmente contra la madre de ambos hermanos, el problema es que los progenitores de Tomás compartían domicilio.
A pesar de que las acusaciones de maltrato no se habían aclarado en el caso de Tomás ni en el de su hermano, porque ambos padres dijeron “desconocer el origen de las lesiones de los niños«, el 30 de agosto de 2023, una consejera técnica del tribunal dio su visto bueno a la solicitud del organismo. Ese mismo día, el tribunal resolvió aprobar la petición, permitiendo el inicio del programa: aunque Tomás continuaba ingresado en Misión de María, desde el 12 de septiembre de ese mismo año comenzó a vivir con sus padres. Según consigna un informe emitido por el organismo en diciembre de 2023, al menos hasta esa fecha, funcionarios del hogar visitaron semanalmente a Tomás y sus padres.
CIPER preguntó a la Corporación Hogar Misión de María sobre qué acciones se realizaron para evaluar el riesgo previo al inicio del programa de acercamiento. Teresa Izquierdo, presidenta del directorio de esa OCA, solo señaló que la muerte del menor está siendo investigada y que “aún no hay información clara de lo sucedido”. También dijo que “los niños son cuidados, protegidos y acompañados mientras están en el hogar y luego son acompañados ellos y sus familias en forma sistemática cuando están en su casa. Así, también sucedió con este niño”.
El programa de acercamiento llevaba 123 días cuando Tomás falleció al cuidado de sus progenitores. Actualmente, se encuentra en curso una investigación contra los padres, quienes el 16 de enero de 2024 fueron formalizados por el delito de parricidio. De acuerdo con los hechos relatados en la audiencia de control de detención, el cuerpo del menor estaba cubierto de 11 moretones repartidos en su tórax, abdomen y su brazo izquierdo.
Mientras los padres se mantienen en prisión preventiva y la fiscalía continúa con la indagatoria de su muerte, el pequeño Tomás permanece en el Servicio Médico Legal, esperando la autorización del Ministerio Público para que su cuerpo pueda ser retirado. La persecutora del caso, la fiscal Silvana Silva, dijo a CIPER que la investigación que busca esclarecer las acusaciones de maltrato aún no ha sido cerrada y que existen diligencias pendientes.
AL CUIDADO DE UN CONDENADO POR ABUSO DE MENORES
“Como que me salí del cuerpo”, recordó Sofía (nombre modificado). Eso fue lo que relató sentir al día siguiente de ser abusada por primera vez por su padrastro. Tenía seis años. El 24 de febrero de 2023, el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Los Andes, condenó a un hombre por abuso sexual de una persona menor de 14 años en carácter de reiterado. La víctima era su hijastra. De acuerdo con los hechos recopilados por la fiscalía, fueron al menos tres los episodios de agresiones, perpetrados durante el periodo que comprende los años 2012 y 2019.
El adulto fue condenado a 4 años de presidio menor en su grado máximo, pero el tribunal decidió sustituir esa condena por la de libertad vigilada intensiva. Ese día su nombre fue incluido en el registro de inhabilidades para personas condenadas por delitos sexuales contra menores, lo que le imposibilita ejercer cualquier empleo que implique una relación directa con niños. Sin embargo, su sentencia no le impide tener la custodia o cuidado de menores de edad.
Desde enero de 2020, tras una mediación con la madre, ese hombre tiene la tutela de su hijo mayor, de 13 años. Luego de la condena, el tribunal decidió no modificar la situación, debido a la negativa del adolescente a vivir con su madre, a quien acusó de maltrato. Sin embargo, los programas involucrados no profundizaron ni investigaron ese antecedente. Un informe del 6 de mayo de 2020 reveló posibles influencias de la familia paterna sobre el niño, algo que también mencionó el Curador Ad Litem -representante legal designado para velar por los intereses de niños en procesos judiciales- en una audiencia en febrero pasado.
Además, diez meses después de la sentencia por abuso, el Juzgado de Familia de Los Andes le otorgó, de forma provisoria, el cuidado de su otro hijo, un niño de 8 años. Ambos menores son hermanos por línea materna de la víctima de abuso. El 30 de noviembre de 2023, se resolvió dejar a ambos niños bajo el cuidado exclusivo de su padre, atendiendo la recomendación de una consejera técnica. Esto, a pesar de la opinión de los profesionales del programa interventor, quienes sugerían que el hijo mayor permaneciera con su padre y el menor en régimen de cuidado compartido entre ambos progenitores.
En esa última decisión, no se le otorgó el mismo énfasis a la opinión del hijo menor. Según un documento de la causa, ese niño dijo a su Curador Ad Litem que deseaba mantenerse bajo los cuidados de la mamá y solo realizar visitas a la casa del papá. Más tarde, el abogado de los hermanos emitirá un informe categórico: “La tríada psicosociojurídica que representa a (nombre tarjado) estima que su voluntad manifiesta no fue tomada en cuenta en la última audiencia de revisión, lo cual reviste de gravedad, (…) la opinión del niño debe ser tomada en cuenta en todos los asuntos que le afectan; de manera tal que constituye un elemento ineludible para la determinación del interés superior de mi representado”.
El 12 de enero de 2024, una consejera técnica presentó un antecedente clave. Según su informe, la mamá de los menores expresó preocupación por la resolución que otorgó el cuidado exclusivo de los niños a su padre debido a su condena previa por abuso sexual contra su hija mayor. La profesional también subrayó que, a pesar de la relevancia del antecedente de abuso, este solo había sido mencionado en un informe del programa de intervención.
De acuerdo con el mismo documento, recién en esa oportunidad, cuando ya había pasado casi un año de la condena, esta profesional solicitó actualizar el Sistema Informático de Tramitación de Tribunales de Familia (SITFA) para ingresar el extracto de los antecedentes del progenitor. Además, propuso oficiar al programa para realizar una evaluación sobre la situación de los menores, considerando la condena por abuso sexual del papá como un posible factor de riesgo. El 13 de marzo, una nueva resolución devolvió el cuidado del hijo menor a la madre, y estableció un régimen de visitas con el padre.
En un tribunal vecino, en el Juzgado de Letras y Garantía de Putaendo, se aloja otra causa en la que se repite el nombre de una jueza y también de la abogada que representa al padre, Paola Luraschi. En este caso se le entregó el cuidado de una niña a un adulto sobre el que pesaba una acusación de abuso sexual en contra de esta menor. El pasado 27 de enero, la fiscalía comunicó la decisión de no perseverar en la indagatoria en contra de ese padre, por no “haberse reunido los antecedentes para seguir adelante con la acción penal”.
CIPER se comunicó con la abogada Luraschi para consultarle sobre ambas causas a la dirección de correo electrónico que figura a su nombre en los expedientes de familia. Ella indicó que no recordaba casos con características similares a las de estos. Tras enviarle los antecedentes, la abogada no respondió a los emails posteriores.
En la causa de Putaendo hay un antecedente importante: una de las consejeras técnicas del proceso judicial es cónyuge del psicólogo particular del padre. Este profesional emite informes que son considerados por el magistrado a la hora de resolver quien asume el cuidado sobre Anaís (nombre modificado), aspecto sobre el que la consejera técnica influye. Aunque en un principio, en una audiencia del 24 de enero de 2022, esa profesional hizo presente esta inhabilidad para intervenir en la causa, meses más tarde, el 16 de noviembre de 2022, se realizó otra audiencia en la que esa consejera estuvo presente y la magistrada lo permitió.
El 30 de diciembre de 2021, la mamá de Anaís denunció un posible abuso sexual en la fiscalía, presentando videos en los que la niña relataba los hechos. A pesar de aquello, en abril de 2023 el cuidado de la niña se le confió al padre, luego de que la madre no cumplió con los encuentros judiciales y huyó con la menor para evitar el régimen de visitas del padre con la niña.
Desde entonces, la mamá tiene una orden de restricción que le impide acercarse a Anaís y no se le ha permitido establecer contacto con ella, en contra de la opinión del programa interventor: el 15 de octubre pasado, dicho programa emitió un informe en el que se asegura que no se han aceptado las revinculaciones supervisadas propuestas, “considerando que es un derecho de (nombre de la niña) mantener una relación con su madre, además de la angustia y estrés que se visualiza en la progenitora y la represión emocional respecto a la figura materna que sostiene (nombre de la niña)«.
En junio de 2024, se modificó el cuidado de la niña, pasando del papá a la abuela paterna, a solicitud del fiscal a cargo de la investigación de abuso, quien pidió el cambio para realizar una entrevista videograbada a la menor. Aunque los informes del programa interventor indican que se realizó la audiencia, no quedó registro en el expediente judicial, tampoco se notificó a la madre. Desde el Poder Judicial explicaron que la mamá no fue notificada por la existencia de una medida cautelar sobe ella, pero no dieron razón sobre la falta del acta (vea respuesta completa). Un detalle: entre diciembre de 2021 y julio de 2022, el padre también mantuvo una prohibición de acercamiento por la denuncia de abuso sexual, pero fue notificado y asistió al menos a seis audiencias realizadas en ese intertanto.
"NO EXISTE INMINENTE RIESGO”: DERIVADOS A UNA OLN
El 4 de junio de 2024, en el Juzgado de Familia de Colina aterrizó un requerimiento de protección en favor de una menor de cuatro años. La solicitud era del colegio de la niña, que había notado su ausencia durante más de cuatro semanas sin recibir justificación por parte de su apoderada. Según la resolución del tribunal, cuando el colegio se comunicó con la adulta responsable, ésta explicó que vivía sola con sus hijos, que el padre de la niña había sido asesinado y que no recibían apoyo psicológico.
Ante los hechos descritos, el establecimiento educacional pidió al tribunal evaluar el contexto familiar de la menor. Pasaron 21 días desde ese contacto y el 25 de junio pasado el juzgado rechazó el requerimiento y determinó que “no existe situación de inminente riesgo y amenaza” que justifique el inicio de una medida de protección. La resolución también aludió a la sobrecarga del sistema judicial que enfrenta un alto volumen de causas catalogadas como de «menor o mínima complejidad«.
Un mes después, el 25 de julio, un ingreso de emergencia alertó a los funcionarios del servicio de urgencias de un hospital. Un lactante de tres meses llegó con una dificultad respiratoria grave y durante su internación sufrió dos convulsiones. El bebé se encontraba intoxicado y con síndrome de abstinencia. El personal del recinto hospitalario no tardó en descubrir la causa: un examen toxicológico arrojó positivo a cocaína.
En su declaración ante Carabineros, la madre del lactante señaló: “Hago presente que quizás yo le pude haber traspasado la cocaína cuando le estaba haciendo su leche o cuando le pasé su chupete”.
El paciente era el hermano menor de la niña sobre la cual el Tribunal de Familia de Colina decidió no dar lugar a una medida de protección, pero cuya situación y la de sus hermanos, según el mismo juzgado, debía estar siendo monitoreada por la Oficina Local de la Niñez (OLN) de esa comuna. Según el escrito esa institución tenía “como misión fundamental, entre otras, visualizar a las familias y hacer un despeje proteccional previo a la judicialización”.
El recinto hospitalario intervino nuevamente e ingresó un nuevo requerimiento al tribunal. En este solicita, entre otras cosas, la apertura de una medida de protección en favor del niño y una hermana gemela de tres meses y, nuevamente, la derivación de ambos menores a la OLN de Colina.
CIPER preguntó a la Subsecretaría de la Niñez sobre las acciones que tomó la OLN luego de la resolución del tribunal de familia por la hermana de cuatro años en junio pasado. Al respecto, señalaron que la OLN de Colina “llevó a cabo acciones de búsqueda de la familia, según lo reportado por su equipo. Además, se realizaron reuniones con el establecimiento educacional y se implementó un seguimiento para reforzar estas acciones y monitorear la situación familiar”.
Junto con eso, de acuerdo con la respuesta de la subsecretaría, la Seremi Metropolitana de Desarrollo Social y Familia solicitó revisar el caso en detalle, “con el objetivo de evaluar la posible adopción de una medida de protección que garantice el bienestar de la familia” (vea respuesta completa). La solicitud de la seremi se habría realizado recién en diciembre pasado, mismo mes que CIPER hizo la consulta a la subsecretaría.
Las OLN comenzaron a recibir casos de tribunales en diciembre de 2022, pero recién el 25 de septiembre de 2024 se difundió un correo del Poder Judicial con un convenio firmado el 12 de agosto anterior entre la Subsecretaría de la Niñez, la Subsecretaría de Evaluación Social y el Poder Judicial. El primer anexo del documento aborda el «Protocolo de comunicación entre las OLN y tribunales de familia».
Según datos de la Subsecretaría de la Niñez entregados a CIPER vía Transparencia, hasta el 15 de julio de 2024, las 174 OLN operativas habían atendido a 23.903 niños. Inicialmente, solo podían aplicar «intermediación» y «atención social», según el protocolo. El tercer procedimiento, que permite derivar casos a programas de protección y solicitar medidas a tribunales, se habilitó el 22 de agosto, casi dos meses después de que los menores fueron derivados por el Juzgado de Familia de Colina a la OLN.
CIPER consultó al ministro de la Corte de Apelaciones de La Serena, Felipe Pulgar, uno de los representantes del Poder Judicial en la mesa nacional tripartita de la niñez y adolescencia, sobre casos como el de estos hermanos, y él explicó que, si una OLN detecta desprotección, puede derivar el caso al tribunal, que puede asumir la competencia si los esfuerzos de la OLN no son suficientes (vea respuesta completa).
ABUSADO BAJO EL CUIDADO DEL ESTADO
La primera intervención judicial de Matías -nombre modificado- ocurrió en diciembre de 2011, cuando tenía solo cinco años. Fue entonces institucionalizado en 10 programas de protección distintos del Sename y, más tarde, trasladado a una residencia de Mejor Niñez. En ese centro, bajo la supervisión del nuevo organismo, Matías fue víctima de abuso sexual por segunda vez estando al cuidado del Estado, esta vez por parte de un funcionario de la residencia. Así lo afirma un acta de visita del 2° Juzgado de Familia de San Miguel, fechada el 7 de febrero de 2022.
De acuerdo con el documento, Matías denunció que ese funcionario lo habría “transgredido corporalmente”. La denuncia del niño no era un caso aislado. No mucho más tarde, la prensa dio cuenta de un caso de explotación sexual comercial al interior de esa residencia. El funcionario se encontraba apartado de sus labores luego de que se detectara que había solicitado y obtenido fotografías y videos de contenido sexual de los menores a cambio de dinero. En marzo de 2022, luego de que esa denuncia e hizo pública, CIPER reveló que a esa fecha, al menos 115 niños, niñas y adolescentes bajo protección del Estado figuran como víctimas de Explotación Sexual Comercial (lea ese artículo). Matías, a sus 15 años, era uno de esos niños.
Esta no era la primera vez que el menor enfrentaba una situación de abuso. Antes de ingresar a un Centro de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) en mayo de 2021, ya había sido víctima de abuso sexual. En esa oportunidad fue incluido en un programa para niños víctimas de explotación sexual. En julio de ese año, Matías intentó suicidarse.
Estando institucionalizado en el CREAD, Matías realizó una solicitud: pidió una audiencia reservada para expresar su deseo de regresar al colegio. A lo largo de los años, el menor acumuló siete procesos judiciales destinados a su protección, en los que intervinieron cinco jueces, 12 consejeros técnicos y 10 programas de protección del Sename.
Hasta esa fecha, Matías nunca había sido escuchado en el marco de un proceso judicial. Según el informe de Cideni y Focus de 2021, en el 81% de los casos revisados, «no se pondera la opinión del NNA como un elemento determinante para decidir su separación de la familia».
En octubre de 2014, cuando Matías tenía 8 años, comenzó uno de los procesos de protección en su favor. Durante la audiencia preparatoria, se determinó que era indispensable elaborar peritajes que debían ser presentados en la audiencia de juicio programada para diciembre de ese mismo año. Sin embargo, para entonces, los peritajes, que debían ser realizados por un Organismo Colaborador Acreditado (OCA), no llegaron. La entidad encargada, un organismo privado que recibe fondos estatales para proteger a niños, justificó su retraso alegando tener la «agenda llena». Los informes fueron entregados ocho meses más tarde de lo solicitado, y la audiencia de juicio se realizó recién en julio de 2015.
Luego de esa audiencia, Matías fue derivado a tres programas de protección distintos. En febrero de 2017, el último de estos programas sugirió su egreso, sin haber escuchado su voz ni la de sus hermanos. Para junio de 2020, después de haber pasado por otro programa, Matías, ahora con 14 años, intentó suicidarse por primera vez. Por ese entonces, consumía drogas.