MODIFICACIONES BUSCAN GARANTIZAR QUE TODOS LOS CENTROS DE SALUD CUENTEN CON PERSONAL NO OBJETOR
Los cambios de reglamento que frenaron la presentación del proyecto de aborto legal prometido por Boric
21.01.2025
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MODIFICACIONES BUSCAN GARANTIZAR QUE TODOS LOS CENTROS DE SALUD CUENTEN CON PERSONAL NO OBJETOR
21.01.2025
Las complicaciones para aplicar la ley de aborto en tres causales es la razón por la cual el gobierno se embarcó en la reforma al reglamento de ese cuerpo legal, a objeto de asegurar que se cumpla el derecho de las mujeres a ser atendidas de manera oportuna y que no sufran derivaciones que puedan ponerlas en riesgo y revictimizarlas. Tras recibir observaciones de la Contraloría a la propuesta de reglamento, el gobierno lo retiró para hacer las modificaciones necesarias. La Moneda decidió que, mientras los cambios no sean aprobados, no enviará al Congreso el proyecto de “aborto legal” anunciado por el Presidente Boric.
El intercambio verbal entre la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, y el cardenal Fernando Chomalí, es un capítulo más en la compleja historia de una ley que a pesar de haber sido aprobada en septiembre de 2017, sigue siendo resistida por sectores de la sociedad. La ley 21.030, que Regula la Despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Tres Causales (Ley IVE o de aborto en tres causales), tuvo muchísimos intentos fallidos antes de promulgarse y también ha tenido problemas en su implementación.
El origen de las declaraciones cruzadas fue el anuncio que hizo Orellana el 23 de diciembre pasado en el programa Tolerancia Cero, de CNN. Esa noche la ministra informó que el Gobierno iba a retirar de la Contraloría el reglamento de la ley de aborto en tres causales y que, como consecuencia de aquello, el proyecto de ley de aborto legal –también llamado de aborto libre– sería pospuesto y no se alcanzaría a presentar en 2024, como lo había prometido el Presidente Gabriel Boric.
En medio de la celebración de la Navidad, el anuncio fue festejado por el cardenal, quien erróneamente aseguró que el gobierno había decidido no perseverar en el proyecto de aborto legal, en circunstancias que sólo se pospuso su presentación: “He recibido muchos regalos, por cierto, pero hay uno extraordinario que el Gobierno le ha hecho a todo el país, que es no perseverar en la Ley de Aborto Libre”. En respuesta a la información incorrecta difundida por el prelado, la ministra Orellana dijo que “estas decisiones no se toman pensando en los deseos de los príncipes de la Iglesia”. Y aunque “príncipe de la Iglesia” es una fórmula utilizada al interior de la Iglesia Católica para referirse a los cardenales, la intervención de la secretaria de Estado fue interpretada como una ironía.
En concreto, el acto que dio pie a la controversia entre Orellana y Chomalí fue el retiro del reglamento de la ley de aborto en tres casuales para modificarlo, a objeto de asegurar su aprobación. El gobierno está empeñado en reformar ese reglamento para superar problemas en la aplicación práctica de la ley, los que en ocasiones impiden que se cumpla el derecho de las mujeres a ser atendidas de manera oportuna, situación que, incluso, puede poner en riesgo la vida de quien requiere la interrupción del embarazo por alguna de las tres causales.
El Ejecutivo retiró el reglamento el viernes 27 de diciembre, según confirmó a CIPER la Subsecretaría de Salud Pública. Para el gobierno la aprobación de este reglamento es un paso esencial para garantizar que los servicios de salud van a contar con personal suficiente para atender correctamente todos los casos de la ley de aborto en tres causales y, en consecuencia, un eventual aumento de procedimientos si se aprueba una eventual ley de aborto legal.
La norma vigente consagró, por una parte, el derecho de poder abortar en tres casos específicos (riesgo vital de la madre, embrión o feto inviable y violación); pero, por otro lado, otorgó a los profesionales de la salud la posibilidad de negarse a realizar estos procedimientos declarándose objetores de conciencia. El protocolo para acogerse a esto último permitió a un alto número de integrantes del cuerpo médico dejar establecida su negativa. Esto implica que hay centros de salud donde no está garantizado que haya profesionales no objetores en todos los turnos, las 24 horas del día. Y, por lo mismo, puede darse el caso de que una mujer que cumple con los requisitos legales no sea atendida a tiempo o bien derivada a otro establecimiento de salud. Hay casos en que una mujer podría ser derivada a hospitales de otra ciudad, a más de cien kilómetros de distancia.
El protocolo indica textualmente en su punto 2, letra a, que “el establecimiento de salud está obligado a asegurar atención médica oportuna a la mujer –adolescente o adulta– que se encuentren en algunas de las tres causales de interrupción voluntaria del embarazo previstas en el artículo 119 del Código Sanitario”. Y agrega, en el punto b, que “el establecimiento de salud debe contar con al menos un equipo de salud disponible para realizar interrupción voluntaria del embarazo. Si, por una situación excepcional, el establecimiento no cuenta con personal que otorgue la atención solicitada, será responsable de asegurar la derivación inmediata de la paciente a otro establecimiento de salud para que el procedimiento le sea realizado de manera que el acceso a la atención y la calidad asistencial del procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no sufran menoscabo”.
¿Qué ocurre si una paciente en el hospital de Coyhaique, por ejemplo, requiere de una atención urgente y en ese recinto no está disponible un turno sin objetores? O, más complejo aún, ¿si todo el equipo médico del centro asistencial es objetor de conciencia? Habría que trasladarla de urgencia a otro, que podría estar a decenas o cientos de kilómetros, poniendo en riesgo la vida de la persona.
La ministra Orellana señaló a radio Cooperativa que el Ministerio de Salud (Minsal) realizó una fiscalización de casi cien casos, determinando que el protocolo era insuficiente como para garantizar que la ley pudiera cumplirse. En otras palabras, que, independientemente del lugar del país o el centro de salud en que una persona requiriera realizarse un aborto por una de las tres causales, se cuente de manera efectiva con un equipo médico que pueda realizar el procedimiento.
Según publicó La Tercera, solo entre marzo de 2019 y todo el año pasado, 222 personas tuvieron que ser trasladadas a otro centro asistencial distinto al que ingresaron, porque no había personal para realizarles el procedimiento, previa verificación de la aplicación de alguna de las tres causales.
Lo que busca el reglamento que fue retirado de la Contraloría es justamente asegurar en los centros asistenciales mínimos de personal médico que no sea objetor, de modo de garantizar la atención expedita a quienes requieran una interrupción voluntaria del embarazo por alguna de las tres causales, tal como indica la ley. Esto implica asegurar cada turno cuente al menos con un profesional que realice el procedimiento. Esto es un problema porque de algún modo cada servicio debe asegurar que entre sus profesionales contratados exista el mínimo requerido como para que cuadre cada turno. Y, el Ejecutivo considera que esto es fundamental, porque si en la aplicación de las tres causales ha habido problemas para su cumplimiento, sería más complejo con una ley de aborto legal.
Es por eso que la garantía de tener equipos no objetores intentó ser definida en la propuesta de reglamento. En el texto que el gobierno retiró de la Contraloría se había establecido que “los jefes de servicios y unidades vinculados a la ginecoobstetricia tendrán acceso al listado actualizado (…), para favorecer la presencia de personal no objetor en la distribución de los turnos. Igualmente, tendrá acceso el personal administrativo que participe en la distribución y asignación de la atención de salud”. Y se agregó un punto que generó una gran polémica:
“Los establecimientos públicos de salud deberán contar con personal sanitario idóneo, suficiente y disponible para asegurar la atención médica de los y las pacientes que requieran la interrupción de su embarazo y ejecutar la prestación. Para tales efectos, el establecimiento de salud podrá considerar como un factor positivo en la contratación de personal el hecho de no ser objetor de conciencia, a fin de evaluar su idoneidad para el cargo”.
Sectores contrarios al aborto consideran que sería una discriminación que afectaría derechos consagrados en la Constitución, que se privilegie a no objetores al contratar a personal de la salud.
Según la ministra Orellana, “normalmente, en todo proceso de redacción de reglamentos con la Contraloría General de la República hay iteraciones de forma. Hemos recibido ya los comentarios de forma y vamos a retirarlo, reingresarlo con esos comentarios de forma para la espera de que tengamos una toma de razón lo más próxima posible”.
El reglamento fue presentado el 31 de mayo y ya en los primeros días comenzó a recibir comentarios a favor o en contra de organizaciones y personas. La Iglesia Católica lo hizo a través de la Conferencia Episcopal, la Fundación por el Derecho a Decidir y Corporación Humanas hicieron lo propio, cada uno entregando sus argumentos para validar o ir en contra del reglamento, que finalmente seguirá siendo revisado.
En total fueron diez los requerimientos que recibió la Contraloría General de la República (CGR) durante los casi siete meses que tuvo el reglamento en proceso para la toma de razón. Sobre esta base fue que la jefa de la cartera de la Mujer y Equidad de Género indicó que “el reglamento se ha demorado más de lo que hubiese esperado, entre otros por una gran cantidad de escritos en contra, por ejemplo, también de los obispados de la iglesia chilena”.
Las observaciones al documento fueron calificadas por la ministra Antonia Orellana como “de forma” y el retiro del documento como parte de la tramitación normal de este tipo de iniciativas. CIPER solicitó al ente contralor el detalle de estas observaciones, pero se nos indicó que eran privadas y que había que solicitarlas vía Ley de Transparencia. Al cierre de este artículo no había llegado respuesta a esta solicitud.
La Corporación Humanas dijo a CIPER que “se trata de una propuesta adecuada, pues viene a resolver un conjunto de aspectos que en el reglamento vigente resultan deficientes, definiendo medidas orientadas a asegurar la atención de salud de mujeres y niñas que requieran la interrupción del embarazo en alguna de las tres causales, y que esta no se vea obstaculizada por el ejercicio de la objeción de conciencia por parte de los equipos de salud”.
La misma corporación agregó que “desde la dictación de la ley hasta la fecha se ha podido observar que en parte importante de los establecimientos de salud existe una alta proporción de objetores de conciencia, sin que existiera como mínimo la obligación de los hospitales de contar con equipos no objetores para asegurar la atención y que las mujeres y niñas no se vean forzadas a acudir o trasladarse a otro centro de salud en que sí las puedan atender. Esto es lo que el nuevo reglamento busca corregir, y evitar la enorme revictimización que significa que mujeres y niñas embarazadas producto de violación sean derivadas a otro establecimiento en lugar de atenderlas”.
Desde la Fundación Miles, en tanto, señalaron que “el reglamento se hace cargo de una realidad muy compleja que es la desigualdad territorial: no es posible que existan hospitales con 100% de obstetras objetores y que no se garantice la disponibilidad del servicio, obligando a que niñas y mujeres sean derivadas. Gracias a cuestiones tan simples como la contratación de personal no objetor, o la disponibilidad de la información de quienes son objetores para la gestión de los turnos, se puede avanzar muchísimo en asegurar el acceso”.
La ministra Orellana se hizo cargo de las críticas de algunos grupos feministas por la demora del gobierno en presentar el anunciado proyecto de “aborto legal”, dejándolo para el último año de su mandato: “Estos proyectos siempre han sido de difícil discusión. El primer año estábamos con un proceso constituyente en donde la misma Coordinadora 8M tenía la idea de poner este tema en la Constitución. Era difícil presentar un proyecto con esa discusión detrás. De todas formas, no quiere decir que hayamos permanecido ociosas como parece ser el subtexto de la declaración. De hecho, durante ese mismo año lo que hicimos fue lanzar el manual de fiscalización de las tres causales, que es lo que nos permite hoy tener más de cien fiscalizaciones realizadas en todo el país y tener un panorama claro de dónde es imposible, bajo el reglamento actual, cumplir la norma de aborto en tres causales y terminamos con niñas en embarazos avanzados por violación acá en la Región Metropolitana”.
Lo concreto es que el reglamento está en proceso de revisión por el gobierno para ser reingresado a la Contraloría. Y recién una vez que sea aprobado, el prometido proyecto de aborto legal ingresará al Congreso. En consecuencia, no hay fecha ni para el reglamento ni para el proyecto.