Los últimos fallos de la ministra Vivanco: Historia nacional de la infamia
12.09.2024
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12.09.2024
En esta columna el autor informa de dos de los últimos fallos que realizó la jueza Ángela Vivanco el mismo día en que fue suspendida como ministra de la Corte Suprema, ambos para ordenar la restitución de los retratos del almirante José Toribio Merino y el general César Mendoza Durán en dependencias de la Armada y Carabineros, respectivamente. “Quizás no basta con desmontar esas fotos de las paredes y galerías. Quizás es mejor dejar el espacio en blanco, un marco sin su tela, un plinto sin busto, un vacío que lleve a preguntarse y a saber por qué hay jefes militares ausentes”, señala.
Fueron sus últimos fallos antes de ser suspendida por sus pares. Y muy probablemente también serán los últimos fallos que se le conozcan como ministra de la Corte Suprema. Ocurrió el lunes 9 de septiembre, el mismo en que fue suspendida y se abrió un cuaderno de remoción en su contra. Ese día se dieron a conocer dos sentencias de la Tercera Sala de la Corte Suprema en las que la todavía ministra Ángela Vivanco y otros integrantes de esa sala ordenaron restituir los retratos que la Armada y Carabineros exhibían del almirante José Toribio Merino y de los generales César Mendoza y Rodolfo Stange, respectivamente. Los dos primeros lideraron el golpe de Estado de 1973 en sus respectivas instituciones. Los tres formaron parte de la llamada Junta Militar de Gobierno y en consecuencia tuvieron responsabilidad en los crímenes de la dictadura.
Fueron dos sentencias distintas, pero ambas coinciden en materias y argumentos.
En una, el fallo refiere a una fotografía y un retrato al óleo del almirante Merino que colgaban al interior de los edificios de la Comandancia en Jefe de la Armada y de la Primera Zona Naval, los dos en Valparaíso. Estaban ahí desde los años de la dictadura, como parte de su decorado y de una historia que la Armada ha llevado con orgullo. Pero un fallo de marzo de 2023 de la Corte de Apelaciones de Santiago había ordenado retirarlos, acogiendo los argumentos del abogado Luis Mariano Rendón, que presentó un recurso de protección en su calidad de víctima y parte de las nóminas de prisioneros políticos y torturados reunidos por la Comisión Valech.
José Toribio Merino Castro (1915-1996), sostuvo Rendón en su alegato ante la Corte de Apelaciones, había usurpado el cargo en 1973, pues se había autodenominado comandante en jefe de la Armada y, en consecuencia, no correspondía atribuirle tal rango. Menos merecía homenaje alguno, agregó, considerando su responsabilidad en “una política sistemática de violaciones a los derechos humanos, con resultado de miles de personas muertas o desaparecidas, y decenas de miles de torturados y presos políticos”.
La resolución judicial del lunes 9 de septiembre último sobre las imágenes de Merino se dio a conocer en paralelo a un segundo fallo de la misma sala de la Corte Suprema, aunque con integrantes distintos, referida a los retratos al óleo de los generales de Carabineros César Mendoza Durán (1918-1996) y Rodolfo Stange Oelckers (1925-2023). En este caso, que tenía su origen en otro recurso presentado por el abogado Rendón, el máximo tribunal de justicia revocó un fallo de de diciembre 2023 de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había ordenado retirar las imágenes de los dos jefes policiales que colgaban del Museo de Carabineros, en Santiago, atendiendo al argumento del mismo abogado, que apuntó al “rol que ejercieron Mendoza Durán y Stange Oelckers como responsables de violaciones a los derechos humanos”.
Resulta significativo que ambos fallos de la Corte Suprema hayan sido dados a conocer a dos días de cumplirse el aniversario número 51 del golpe de Estado en Chile. Un capítulo de la historia que a medida que suma años parece más tenso y reñido con un consenso mínimo sobre una condena incondicional a los crímenes de la dictadura. Quizás más que las últimas décadas, quizás más incluso que el año pasado, al conmemorarse cincuenta años del golpe de Estado, los defensores de la dictadura han asomado con más contundencia —y más resonancia en medios de comunicación y redes sociales— para justificar el golpe y todo lo que vino con él.
En ese sentido, los dos pronunciamientos de la Corte Suprema sobre los símbolos de la dictadura parecen acompañar esa tendencia, en sintonía con una ola ya no sólo negacionista, sino reivindicatoria de los crímenes. Crímenes de los que la justicia chilena en dictadura fue cómplice, como lo admitió la misma Corte Suprema en 2013, en un mea culpa histórico, con el reconocimiento de que las violaciones a los derechos humanos fueron en parte posibles gracias a “la omisión de la actividad de jueces de la época” y en especial de las más altas cortes de la justicia, “que no ejerció ningún liderazgo para representar este tipo de actividades ilícitas”.
En un escenario en que la sanción a los crímenes de derechos humanos ha sido parcial y tardía, y en un periodo de hondo descrédito hacia la justicia, la resolución sobre íconos de la dictadura es relevante y significativa, en ningún caso anecdótica. Y lo es más considerando que en el fallo sobre los retratos de Merino, al voto de la ministra Vivanco se sumó el del abogado integrante Ricardo Enrique Alcalde Rodríguez, pareja de la ex convencional constituyente republicana Teresa Marinovic, y el del ministro Mario Carroza, que en su antigua calidad de juez con dedicación exclusiva llevó el grueso de las causas por crímenes ocurridos en dictadura. En tanto, en la resolución sobre los retratos de los generales Mendoza y Stange, otro juez con empatía por estas causas como ha sido Sergio Muñoz, también sumó su voto al de la ministra Vivanco para unanimidad en favor de la restitución de esas imágenes al lugar en que estaban hasta 2022.
Por separado, Carroza y Muñoz fueron los encargados de redactar las dos resoluciones, que coinciden en un argumento esencial. En ambos textos se lee que las imágenes de los integrantes de la Junta Militar exhibidos en los principales edificios de la Armada y de Carabineros “dan cuenta de un mero repaso gráfico de la historia institucional, sin que aquellas supongan un reconocimiento a una figura en particular o un homenaje”. Incluso, para contrarrestar el argumento de la Corte de Apelaciones, ambos fallos citan la definición que la Real Academia Española da a la palabra homenaje: “1. m. Acto o serie de actos que se celebran en honor de alguien o de algo; 2. m. Sumisión, veneración, respeto hacia alguien o de algo”.
Volvamos a esa frase: Un mero repaso gráfico de la historia institucional. Como una cuenta de haberes, un inventario, una lista de prohombres. Un registro inocuo de personas y rangos carentes de valores y atributos, sin distinción unos de otros, ordenados de manera cronológica. Como si las imágenes de figuras militares y políticas exhibidas en lugares públicos carecieran de valor simbólico y significado, como si el solo hecho de exhibirlas en lugares públicos no los revistiera de legitimidad, como si al desmontarlos de una pared o un pedestal se los borrara de la historia, y no, no es la idea: esos personajes debieran ser recordados como partícipes de crímenes de lesa humanidad y no en igualdad de condiciones de quienes respetaron la ley y mostraron decencia.
Al respecto, cabe consignar que, en 2019, después de una larga batalla legal que también emprendió el abogado Rendón junto a otras víctimas, la Corte de Apelaciones ordenó retirar la foto de Manuel Contreras de la galería de los directores de la Academia de Guerra. Por cierto, Contreras dirigió esa academia en los años sesenta y antes fue el mejor alumno de su generación en ese mismo lugar. ¿Por qué desconocer eso en la historia? ¿Para qué borrar ese pasado? Pero como también fue el director de la Dirección de Inteligencia Nacional, la DINA, responsable —entre muchos otros crímenes— del asesinato del ex comandante en jefe del Ejército Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, en 1974, no merece estar en esa galería ni menos estar en igualdad de condiciones. Tampoco es conveniente que esté como uno más. Ahí se forman y estudian los oficiales del Ejército chileno. Ahí permanecen de intercambio oficiales de ejércitos extranjeros que llegan a estudiar a Chile. Ahí se cultivan las virtudes —o al menos deberían cultivarse las virtudes— de lo que se espera de un militar y Manuel Contreras no fue ningún ejemplo de virtud. Contreras merece un repudio que hoy en día se expresa en una omisión manifiesta en esa galería de directores, lo que en ningún caso significa olvidarlo o borrarlo de la historia.
La resolución de 2019 de la Corte de Apelaciones de Santiago sobre el caso del retiro de las imágenes de Manuel Contreras sumó otro argumento, atendiendo a la sensibilidad de las víctimas. “Es posible inferir la perturbación que representa para su integridad psíquica de los recurrentes el solo hecho de saber que uno de los principales responsables de tal clase de atentados a los derechos humanos sigue figurando presente con menciones a su nombre”, se lee en ese fallo, que a la vez ordenó retirar otras dos fotos y cinco placas del director de la DINA presentes en la Academia de Guerra y la Escuela de Ingenieros de Tejas Verdes.
Con el mismo argumento que el suscrito ahora por la Tercera Sala de la Corte Suprema, el comandante en jefe del Ejército de ese entonces, general Ricardo Martínez, elevó un recurso de apelación en el que se leía que “la finalidad de la existencia de fotografías e imágenes aludidas radica en conservar sólo un registro histórico militar, lo que difiere del concepto de homenaje”. El recurso fue visto por la Tercera Sala de la Corte Suprema, que lo declaró inadmisible.
El cambio de criterio de la misma sala de la Corte Suprema obedece a la integración de los jueces y sobre todo al hecho de que el recurso de apelación en favor de la exhibición de las imágenes de Merino, Mendoza y Stange fue presentado por el Consejo de Defensa del Estado, que esta vez se hizo parte en favor de la Armada y de Carabineros. De hecho, en la resolución de 2020 de la Suprema que rechazó devolver los íconos de Manuel Contreras a las galerías y memoriales físicos se argumentó que el recurso de apelación del Ejército no contó con la representación del Consejo de Defensa del Estado. El fallo de ese entonces contó con el voto de minoría de la ministra Ángela Vivanco, que estuvo a favor de que la imagen y el nombre del director de la DINA fueran exhibidos como un igual en la historia del Ejército, sin estigmas, sin distinción. Uno más entre oficiales destacados y notables. Por algo están y llegaron ahí. Por algo se les rinde culto y respeto.
Hace 20 años, en Argentina, el presidente Néstor Kirchner encabezó un acto histórico en el que le ordenó al jefe del Ejército argentino de ese entonces, en presencia de su alto mando, descolgar los cuadros de los generales Jorge Rafael Videla y Reynaldo Benito Bignone de la galería de los máximos jefes del Colegio Militar de la Nación. En el lugar en que se forman los oficiales del Ejército de ese país no podían estar exhibidos dos gobernantes de facto y principales responsables de crímenes de lesa humanidad.
Ese día de marzo de 2004, ante oficiales superiores de las Fuerzas Armadas argentinas, Kirchner advirtió que “nunca más tiene que volver a subvertirse el orden institucional en la Argentina” y llamó a “terminar con las mentes iluminadas y los salvadores mesiánicos que sólo traen dolor y sangre a los argentinos”. Ese día la Escuela de Mecánica de la Armada, ESMA, que había sido centro de tortura y detención clandestino, pasó a ser un centro de memoria. Fue un día de símbolos; luego vino una política decidida para reactivar los juicios contra los criminales de la dictadura argentina.
Como quedó evidenciado en ese país, los símbolos pueden ser tan importantes como las acciones. Las revisten de mística y significado; las impulsan y determinan.
Todo eso está en juego con lo que acaba de decidir la Corte Suprema.
Los cuadros, las fotos, las estatuas de líderes políticos y militares no son objetos neutros ni tampoco inocuos, carentes de valor simbólico. Esas imágenes expresan y transmiten valores, más aún cuando están expuestas en lugares públicos de instituciones que debieran aspirar al bien común y el respeto a los derechos humanos y la democracia. En ese sentido, los máximos jefes de la dictadura chilena debieran tener un lugar reservado en la historia, pero en un sentido muy distinto al que le han dado sus instituciones, rindiéndoles culto, poniéndolo como ejemplo de las mayores virtudes.
Quizás no basta con desmontar esas fotos de las paredes y galerías. Quizás es mejor dejar el espacio en blanco, un marco sin su tela, un plinto sin busto, un vacío que lleve a preguntarse y a saber por qué hay jefes militares ausentes, por qué, por ejemplo, como ocurre hoy en el memorial de mármol de Tejas Verdes que recuerda a los directores de la Escuela de Ingenieros del Ejército, entre los coroneles Patricio Torres Rojas (1972-1973) y Manuel de la Fuente Borge (1974-1976), hay un nombre tarjado en los años que van de 1973 a 1974. En esa ausencia, Manuel Contreras Sepúlveda tiene ahí un lugar en la historia.