EL PERSECUTOR REGIONAL, EMILIANO ARIAS, DICE QUE MENA "EVADÍA" LOS MECANISMOS DE CONTROL
Fiscal suspendido por presuntos tratos con narcos: Ministerio Público indaga posibles fallas de control interno en su regional de O’Higgins
11.05.2024
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EL PERSECUTOR REGIONAL, EMILIANO ARIAS, DICE QUE MENA "EVADÍA" LOS MECANISMOS DE CONTROL
11.05.2024
La investigación contra el fiscal de Rancagua especializado en casos de drogas, Jorge Mena, no solo apunta a conocer los detalles de las causas donde el persecutor podría haber favorecido a narcos, sino que, además, a saber por qué fallaron los mecanismos de control al interior de la Fiscalía Regional de O’Higgins. El jefe de esa sede regional, Emiliano Arias, dijo a CIPER que a su juicio, y a partir de lo ya revisado, Mena evadía los controles. Conocedores de la investigación no descartan que se cite a declarar a Arias y a quien lo subrogó, Javier von Bischoffshausen, para esclarecer cómo se ejercía el control.
Los mecanismos de control en la Fiscalía Regional de O’Higgins se encuentran en la mira del fiscal metropolitano occidente, Marcos Pastén. El martes 7 de mayo, el fiscal nacional, Ángel Valencia, anunció que Pastén está a cargo de una investigación penal en contra del fiscal de Rancagua especializado en narcotráfico de Rancagua, Jorge Mena. Esto, luego de que se recibieran denuncias anónimas que vinculan a Mena con tratos especiales con imputados por narcotráfico, particularmente con los clientes de los abogados Alex Ruz y Luis Valdenegro, lo que les habría reportado condenas mucho más ligeras que las que debían aplicarse.
Según explican conocedores de lo que hasta ahora se ha avanzado en esa investigación, la fiscalía no solo examina las causas donde Mena podría haber beneficiado a imputados por narcotráfico, sino que, además, las eventuales fallas en los mecanismos de control interno de la Fiscalía Regional de Rancagua, destinados a asegurar la legalidad de las acciones de los persecutores, o bien la evasión de estos por parte de Mena.
Las mismas fuentes agregan que tanto el fiscal regional, Emiliano Arias, como el fiscal adjunto jefe de esa sede regional, Javier von Bischoffshausen -quien subrogó a Arias-, debieran declarar en la investigación para aclarar aspectos de control.
“En las investigaciones en que exista la posibilidad de un caso de corrupción, se hace indispensable tener una mirada respecto de los mecanismos de control”, dijo a CIPER el fiscal a cargo de la investigación en contra de Mena, Marcos Pastén. Y agrega: “Los mecanismos de control no solo son de carácter preventivo, sino que, además, tienen que ser de la entidad suficiente que permita descartar de todas formas que existan acá redes operando, no solamente al interior del Ministerio Público, sino del resto de las instituciones. Por lo tanto, esto nos obliga a tener que dar cuenta de diligencia concretas destinadas a afianzar si en estos casos hubo los suficientes mecanismos de control y, si los hubo, por qué no funcionaron”.
La investigación aborda aproximadamente los últimos diez años del trabajo de Mena. Para ello, se solicitaron las causas en las que él participó como fiscal y al mismo tiempo intervinieron los abogados Ruz y Valdenegro. Los primeros indicios apuntan a que las anomalías sólo se presentan en las investigaciones donde se cruzan estos tres nombres.
Hasta ahora, se han detectado al menos cuatro eventuales mecanismos anómalos en la tramitación de las causas de Mena:
El primero de estos mecanismos es un punto que especialmente preocupa al interior del Ministerio Público, porque apunta al control que la jefatura debe ejercer sobre un fiscal, debido a que una DPN debe contar, por norma, con autorización superior.
Según se ha detectado, cuando Mena abría una causa con más de un imputado y al menos dos delitos, solía dividirla para perseverar solo en una de esas aristas y cerrar la otra sin medidas exhaustivas ni condenas. Al separar los hechos y continuar solo con uno de ellos, el imputado tenía la opción de zafar de una sanción mayor.
Fuentes consultadas por CIPER indican que esta práctica no era fácil de identificar en el control interno de la fiscalía, ya que cuando se revisa un Rol Único de Causa (RUC) que terminó con una condena, se podría pasar por alto que esa investigación se desagrupó y concluyó sin sanciones en la otra vía.
Según un instructivo que establece criterios de actuación para fiscales en la persecución penal, y que elaboró la administración del ex Fiscal Nacional Sabas Chahuán, las decisiones de no perseverar con una investigación, deben pasar por la Unidad de Asesoría Jurídica de cada fiscalía regional y por la aprobación del fiscal regional.
CIPER consultó al fiscal regional de O’Higgins, Emiliano Arias, respecto de cómo era el cumplimiento de este instructivo en su regional. Según señaló, en la práctica, es la Unidad de Asesoría Jurídica la que determina si es pertinente o no aprobar.
“Los asesores tienen especialidades: delitos económicos, ambiental, delito sexual. Y ellos son los que revisan las consultas de decisiones de no perseverar cuando procede de los fiscales de la especialidad. Y el asesor de la especialidad de tráfico de drogas es Jaime Lizama. Y así ha sido siempre, desde que yo llegué en 2016 y antes también. Entonces, en el caso que se solicite una autorización de un fiscal adjunto de una DNP de tráfico de drogas, él es el que emite el informe al fiscal regional, a fin de que apruebe o no la DNP. En la práctica es que el asesor de la especialidad emite un informe aprobando o no la autorización y el fiscal regional hace una revisión y está o no conforme con el informe del asesor”.
Según el jefe regional, Mena no informaba todas las DNP. “Lo que se ha encontrado hasta ahora es evasión absoluta de los controles”, dijo.
Arias resalta que fue desde su propia fiscalía que comenzó la investigación en febrero pasado, cuando se abrió un sumario administrativo.
En 2019 un grupo de abogados de la Región de O’Higgins envió una carta al entonces fiscal nacional Jorge Abbot, denunciando que la fiscalía local utilizaba juicios abreviados para sentenciar con bajas condenas a los narcotraficantes (lea acá esa nota del medio local El Rancaguino). Un año después el fiscal antidrogas de esa jurisdicción, Jorge Mena, seguía utilizando esa estrategia.
CIPER revisó, en los registros del Poder Judicial, nueve causas contra narcotraficantes que fueron investigadas por Jorge Mena. Siete de esos procedimientos fueron juicios abreviados, en al menos un caso se cambió la acusación inicial de “autor” de narcotráfico a “cómplice” (lo que rebajó la sentencia) y en una ocasión se realizó una conmutación de condena que no se ajustó a derecho.
Uno de esos juicios abreviados, tipo de litigio en el cual los acusados aceptan los antecedentes de la investigación, se realizó el 13 de marzo de 2023 en contra de dos ciudadanos colombianos en condición irregular que fueron detenidos por narcotráfico y que finalmente fueron expulsados del país, aunque las normas no lo permiten. Ambos imputados fueron declarados “autores en grado consumado” y se les sentenció a cinco años de cárcel. El juez Gonzalo Celedón, en base a los antecedentes presentados por el fiscal Mena, concluyó que Carlos Estupiñán y Julio Palacios cumplían todos los requisitos para conmutar la cárcel por la expulsión del país.
La Ley N° 18.216 establece las condiciones que una persona condenada debe cumplir para conmutar la cárcel por otro tipo de medida “restrictiva de libertad” (revise acá esa ley). En abril de 2021 se realizó una modificación (revise acá aquel cambio) referida a los requisitos que los ciudadanos extranjeros deben cumplir para conmutar el presidio por la expulsión: “No procederá esta sustitución respecto de los delitos cometidos con infracción de la Ley Nº 20.000”. Es decir, todo extranjero sentenciado por tráfico de drogas y otras sustancias ilícitas (consulta acá la normativa) debe cumplir su sentencia en Chile.
Más de un año después del cambio legal, el 27 de octubre de 2022, Estupiñán y Palacios fueron detenidos por ser los proveedores de dos narcotraficantes chilenos que operaban en Rancagua. Los seguimientos realizados por la Policía de Investigaciones comprobaron que Palacios entregó 11,6 kilos de marihuana tipo cripy a Yohan Araneda y Enrique Ávila. El mismo procedimiento policial determinó que Estupiñán era el encargado de almacenar la droga en una bodega ubicada en Recoleta, donde se requisaron otros 2 kilos del mismo narcótico.
CIPER consultó los antecedentes del caso a una fuente experta en crimen organizado, quien confirmó que la conmutación de la sentencia no era aplicable para ambos extranjeros. La situación también fue advertida en 2023 por el Servicio Nacional de Migraciones, organismo que mediante un oficio alertó que el beneficio no procedía para delitos por la ley de drogas.
En septiembre de 2022 la PDI realizó un operativo en el cual incautó casi tres kilos de pasta base y seis de marihuana, además de tres frascos con una cantidad indeterminada de lidocaína. Este componente químico es utilizado como precursor para la elaboración de pasta base de cocaína. Desde 2021 es considerado, en la actualización que se realizó al Decreto Supremo N° 1.358 (revise acá la normativa), un precursor esencial sancionado por la ley de drogas.
En la formalización de aquella investigación, el fiscal Mena omitió imputar la tenencia de precursores químicos esenciales, pese a que la lidocaína está dentro de la lista de incautaciones expuesta ante el Tribunal de Garantía de Rancagua. La acusación para ambos imputados fue solo por tráfico de sustancias ilícitas y no por el precursor. CIPER no pudo constatar si en esa causa hubo un peritaje que señalara que los precursores no eran tales y, según lo recabado hasta ahora, en el Ministerio Público creen que la omisión afectó las sentencias dictadas a favor de los imputados. Durante el juicio abreviado, una de las personas fue condenada a cinco años de cárcel por ser autora por tráfico de drogas, pero por “cumplir requisitos” su pena fue conmutada por “libertad intensiva vigilada”.
No fue el único cambió ocurrido en ese juicio abreviado, dado que el otro imputado fue recalificado de “autor” a “cómplice”. Aquello rebajó su sentencia a cuatro años de cárcel efectiva.
Otro patrón de conducta que la fiscalía mira con atención es la eventual dilatación artificial de causas. Según los antecedentes recopilados hasta el momento, Mena habría tramitado algunas investigaciones que se extendieron durante años, en las que los imputados con antecedentes penales podrían haber contado con tiempo para solicitar la eliminación de esas anotaciones. Con ello, los inculpados podían acogerse a la atenuante de irreprochable conducta anterior y rebajar sus condenas finales.