COINCIDEN EN QUE SE DEBEN REVISAR LAS NORMAS PARA FISCALIZAR PROPAGANDA EN REDES SOCIALES
Expertos critican que Servel no investigue origen de los recursos del video “A favor” que utilizó el logo de los Panamericanos
26.10.2023
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COINCIDEN EN QUE SE DEBEN REVISAR LAS NORMAS PARA FISCALIZAR PROPAGANDA EN REDES SOCIALES
26.10.2023
Seis especialistas en transparencia y/o financiamiento electoral cuestionan el criterio del Servel, entidad que informó que no investigaría el video que se viralizó en redes sociales haciendo campaña fuera de plazo por el “A favor” y utilizando el logo de los juegos Panamericanos. Eduardo Engel, Alberto Precht, María Jaraquemada, Juan Pablo Olmedo, Andrea Ruiz y Carlos Gajardo, explican los riesgos que genera la posición del Servel y porqué se debe avanzar en la fiscalización de la propaganda electoral que se difunde en redes sociales.
El Servicio Electoral fue tajante al responder que no investigará el origen de los recursos involucrados en el video que se viralizó la semana pasada y donde no solo se llamó a votar “A favor” del nuevo proyecto constitucional fuera del plazo legal de campaña, sino que se utilizó el logo de los juegos Panamericanos: “Se ha establecido que las interacciones en redes sociales, que no involucren un pago para su distribución o promoción, no se consideran como propaganda electoral, en resguardo de la libertad de expresión y acorde a la naturaleza intrínseca de dichas plataformas”, indicó el Servel a CIPER el pasado martes 24.
El video cobró notoriedad cuando el director ejecutivo de los juegos, Harold Mayne-Nicholls, anunció acciones legales por el uso indebido del logo de certamen. Y, aunque sus realizadores tendrán que enfrentar a la justicia por esa acusación, no serán objeto de investigación por parte del Servel, a pesar de que no se conoce el origen de los recursos con los que se financió el video y de que fue difundido fuera del plazo legal de campaña.
CIPER consultó a seis expertos en transparencia y financiamiento de la política, sobre la decisión del Servel de no indagar los recursos comprometidos en la elaboración y difusión del video. Si bien algunos de estos especialistas manifestaron que un plebiscito es distinto a las elecciones normales, porque se involucran organizaciones sociales que hacen propaganda sin un liderazgo político definido que sea responsable de la campaña, todos discrepan de la postura del Servel y apuntan a revisar las normas.
Con el actual criterio, una parte importante de lo que se difunde en redes sociales puede quedar fuera de la fiscalización. El servicio solo revisa aquella propaganda que involucra pagos para aparecer en redes. Las que difunden los usuarios a título gratuito no se examinan. Esto, sin considerar que esa propaganda reproducida por cuentas personales pudo haber tenido un costo. Además, actores privados con intereses que pueden ser afectados por políticas públicas podrían invertir millonarias sumas en la creación de campañas difundidas gratuitamente por usuarios y no ser fiscalizadas por el Servel. Incluso, se podría usar dinero proveniente de actividades ilegales y no sería investigado.
“Se hace necesario revisar la definición del Servel”, dice Eduardo Engel, expresidente de la comisión que dio vida al actual ordenamiento jurídico de financiamiento a la política después de los casos Penta y SQM.
María Jaraquemada, presidenta de Chile Transparente, señala que “aplicar a rajatabla la normativa de la propaganda más tradicional a redes sociales, no funciona”. Su antecesor, Alberto Precht, opina que la ley todavía “es coja” en cuanto a publicidad fuera de plazo. Carlos Gajardo, el exfiscal que investigó el financiamiento ilegal de campañas por parte de Penta y SQM, estimó que es una “mala señal” la postura del Servel.
El expresidente del Consejo Para la Transparencia, Juan Pablo Olmedo, es más crítico: “Siempre sorprende cuando un organismo del Estado decide no ejercer su labor de fiscalización con fundamentos económicos”. Y Andrea Ruiz, exdirectora jurídica del mismo consejo, agrega que hay que partir reconociendo que las redes sociales son cada vez más relevantes en los resultados electorales: “Desconocer este fenómeno y limitarse a señalar que lo que se difunde en las redes sociales es ejercicio de la libertad de expresión, es simplificar el análisis y desconocer que dicha libertad también tiene límites legítimos en una sociedad democrática”.
En su análisis, María Jaraquemada recordó que, en 2016, cuando la actual Ley Electoral entró en vigencia, las campañas por RR.SS. quedaron inicialmente prohibidas: “El Servel lo primero que dijo era que estaba prohibido hacer campañas por RR.SS. y medios digitales. Y se tuvieron que ingresar proyectos de ley de diputados desde sectores transversales, porque ¡cómo se les había ocurrido que no se podía hacer campaña digital!”, explica.
Cuando se generó ese debate, dice la experta, “el Servel cambió su criterio y dijo, ‘ok, le vamos a aplicar las mismas normas al uso de redes sociales: cuando usted paga o contrata publicidad, se lo vamos a considerar propaganda electoral y esto se regirá por las normas, plazos y topes que dice la ley sobre propaganda. Pero cuando usted no paga, o sea cuando yo subo lo que quiero y difundo lo que quiero, se trata de su libertad de expresión y por lo tanto no es propaganda electoral’”.
La directora de Chile Transparente recuerda ese antecedente porque, a su juicio, ahí parte el problema: “Aplicar a rajatabla la normativa de la propaganda más tradicional a las redes sociales, no funciona. ¿Por qué no aplicar la valorización (del trabajo) de los voluntarios, por ejemplo? Hay que hilar más fino”, dice. Su idea apunta a que, si bien el Servel señala que la difusión del video en redes sociales no involucró desembolsos, si hubo recursos empleados en su creación, aun cuando haya sido hecho por voluntarios. Y en la normativa general sobre campañas se estipula una estricta valorización del trabajo, aunque sea voluntario. Esto, para considerar esos montos dentro de un límite de financiamiento electoral y así evitar que una campaña se transforme en un despliegue millonario utilizando solo trabajo no remunerado.
Engel, por su parte, explica algo parecido respecto a la diferencia entre propaganda electoral y la mera libertad de expresión:
“Es importante distinguir cuando efectivamente existe propaganda electoral de los casos en que sólo hay una difusión de una idea o información sobre actos políticos o ejercicio de la libertad de expresión. Cuando se contratan servicios pagados en RR.SS. para promover una opción o candidatura, se trata de publicidad y se enmarca en la definición de propaganda electoral, por lo que debe regirse por las normas correspondientes y declararse como gasto. En particular, si se contrata una persona que haga estrategias virales, de comunicación o esté a cargo del tema, aplicaría lo anterior (sería una propaganda electoral)”.
“Me parece que casos como el que estamos comentando (y otras campañas que hemos visto en períodos de plebiscito) hacen necesario revisar la definición del Servel. Habría que evaluar la ampliación de la definición de propaganda electoral para incluir campañas masivas, organizadas y que hayan sido preparadas por agencias publicitarias (o similares) pagadas, aunque para su difusión no se paguen servicios de RR.SS.”
La exdirectora ejecutiva del Consejo Para la Transparencia, Andrea Ruiz, va más allá y derechamente critica que se minimice la importancia de las redes sociales y que el Servel no cumpla con su rol garante:
“Comencemos por reconocer que las redes sociales pueden ser utilizadas como medios de difusión de propaganda electoral y su uso es cada vez más relevante en los resultados electorales. Desconocer este fenómeno y limitarse a señalar que lo que se difunde en las redes sociales es ejercicio de la libertad de expresión es simplificar el análisis y desconocer que dicha libertad también tiene límites legítimos en una sociedad democrática. La correcta aplicación de las normas sobre financiamiento público y privado, transparencia, límite y control del gasto electoral, demandan nuevas definiciones del órgano de control electoral. El Servel cuenta con atribuciones suficientes para dictar normas e instrucciones generales sobre la materia y exigir que, independiente de cuál sea el medio de difusión de la propaganda electoral, se cumplan con las normas electorales”.
“La ciudadanía demanda un rol garante más estricto para tener una plebiscito libre y justo, identificando aquellas acciones que a todas luces son propaganda electoral, pues inducen a apoyar algunas de las opciones del plebiscito, y cuya producción audiovisual implicó un costo, que alguien está asumiendo, y están fuera del periodo de campaña electoral, lo que debe ser investigado”.
Tras su paso por los casos Penta, SQM, y Corpesca, el exfiscal Carlos Gajardo conoce íntimamente cómo la política requirió financiamiento tanto antes como después de cada periodo de campaña. Con esa experiencia, su opinión sobre la reciente resolución del Servel es crítica:
“Me parece una mala señal que el Servel no fiscalice propaganda por RR.SS., que además se realiza en periodos en que ella está prohibida, pues es evidente que en ellas se destinan importantes recursos económicos y es necesario indagar su financiamiento y el posible incumplimiento de reglas. En el pasado tuvimos precampañas financiadas ilícitamente y creíamos que con las nuevas normativas eso estaría ahora fiscalizado. Mala señal”.
Alberto Precht, exdirector ejecutivo de Chile Transparente piensa parecido y apunta directamente a que las normas deben ser ajustadas:
“Una vez más queda claro que nuestra legislación, que avanzó muchísimo en materia de financiamiento de las campañas políticas, está absolutamente coja en cuanto a su fiscalización. El que no exista la regulación de las precampañas hace que evidentemente se puedan prestar estos tiempos, donde supuestamente no existe este tipo de acciones, para cualquier tipo de cosas como publicidad en las redes sociales, como la creación de fundaciones o como aportes incluso de empresas privadas a personas que quieran ser candidatos”.
El expresidente del Consejo para la Transparencia, Juan Pablo Olmedo, aparte de sorprenderse ante la respuesta del Servel respecto a un video que se difunde fuera del plazo legal de campaña, explica que, a su juicio, el caso podría ser discutido en instancias internacionales:
“Esto debiera quedar a disposición de un tribunal de libre expresión, del relator de la OEA, de la Comisión Interamericana en materia de libertad de expresión. Cuando no hay un reclamante que vaya contra el Servicio Electoral cuestionando su actuar, estos son los temas que debería ser puestos a disposición”, opina.