INVOLUCRADOS EN LOS ASESINATOS DE LA SARGENTO OLIVARES Y DEL SUBOFICIAL PALMA ESTABAN PRÓFUGOS
Ministro de Justicia: las policías no realizan una búsqueda activa y permanente de prófugos
14.04.2023
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INVOLUCRADOS EN LOS ASESINATOS DE LA SARGENTO OLIVARES Y DEL SUBOFICIAL PALMA ESTABAN PRÓFUGOS
14.04.2023
A los 2.400 condenados que están prófugos de la justicia nadie los está buscando de manera persistente y sistemática. Salvo contados casos, se apuesta a que caigan en un control de identidad o por cometer un nuevo delito. Entre los involucrados en los últimos homicidios de carabineros hay fugados de una cárcel y un sujeto que incumplió su libertad vigilada. El ministro de Justicia, Luis Cordero, dijo a CIPER que “no existen antecedentes que den cuenta de una política pública permanente de búsqueda activa por parte de las policías”. Agregó que “sabemos quiénes están en el registro de prófugos, pero al final del día no los buscamos”.
El imputado por la muerte de la sargento de Carabineros Rita Olivares, Edward Fuenzalida, estaba prófugo de la justicia desde que se escapó de la cárcel de Valparaíso en 2021. Pero, nadie lo buscaba activamente antes del asesinato de la policía. Todo indica que, para capturarlo, bastaba con inspeccionar el barrio donde había vivido al menos una década atrás: en El Belloto, en Quilpué. Pero, nadie lo hizo. En ese mismo sector ocurrió el homicidio y ahí también Fuenzalida fue apresado hace dos semanas.
Tras el crimen de la sargento Olivares, el país se conmovió por otro asesinato de un policía: el del suboficial Daniel Palma. Entre los atacantes de Palma también se contaba un prófugo: Luis Lugo. En enero pasado, Gendarmería venía alertando al tribunal de Tomé que Lugo había dejado de asistir al Centro de Reinserción Social donde se controlaba su libertad vigilada, pena que había sido dictaminada por la justicia dos años antes por porte de armas. Recién el 30 de marzo se realizó una audiencia para revisar su caso, a la que Lugo tampoco llegó, y en su ausencia se ordenó que ingresara a la cárcel. Eso, como se sabe, no ocurrió. Cinco días después, de acuerdo con la acusación de la Fiscalía, participó en el asesinato del suboficial.
Ambos hechos dejan al descubierto que, ninguno de los organismos competentes que determina la ley estuvo buscando de manera persistente a estos dos prófugos.
Según el Registro Nacional de Prófugos, actualizado por el Registro Civil al 27 de marzo pasado, hay 2.467 personas que se encuentran en situación de incumplimiento de condenas privativas de libertad o quebrantamiento de arresto domiciliario. De esa cifra, 1.665 fueron condenadas en ausencia: nunca fueron notificadas de su sentencia y no han sido habidas para que inicien el cumplimiento de su pena. Otros 173 condenados incumplieron la medida privativa de libertad que se les impuso, entre las que se cuentan aquellas personas que se han escapado de una cárcel.
Asimismo, hay 27.969 personas que están imputadas por el Ministerio Público y se encuentran “en rebeldía”. Entre ellas se cuentan las que estaban sometidas a una medida cautelar que restringe su libertad (como prisión preventiva, arresto domiciliario o firma) y que no la están cumpliendo.
Lo sorprendente de este panorama es que, según un diagnóstico generalizado de especialistas e intervinientes en la materia, no existe en nuestro país una búsqueda activa de prófugos o imputados en rebeldía que están incumpliendo una medida cautelar.
Dos fiscales consultados por CIPER, José Morales, de la Fiscalía Centro Norte, y Patricio Rosas, de la Occidente, concuerdan en que la principal apuesta para ubicar a un prófugo es su hallazgo fortuito, si es que llega a caer en un control de identidad o comete un nuevo delito que lo vuelve a poner en la mira del Ministerio Público y las policías.
El ministro de Justicia, Luis Cordero, confirmó a CIPER que “no existen antecedentes que den cuenta de una política pública permanente de búsqueda activa por parte de las policías”. Y agregó: “Lo más delicado de no abordar esto ahora, es que probablemente lo que uno podría tener son números que van incrementándose en el tiempo, esencialmente porque el sistema es ineficaz. O sea, tenemos información, sabemos quiénes están en el registro de prófugos, pero al final del día no los buscamos”.
Según establece el sistema penal chileno, los tribunales de Garantía son los encargados de despachar las órdenes de detención contra los sentenciados a pena efectiva que no se presentan para cumplir sus condenas.
Ante una consulta de CIPER, Carabineros informó que en 2022 practicó 92 mil aprehensiones de “prófugos”. Esa cifra no cuadra con la del Registro Nacional de Prófugos, que contabiliza un total de 31 mil personas en esa situación, lo que incluye a aquellas que han incumplido obligaciones relacionadas con el pago de pensiones de alimentos. La respuesta de Carabineros no distingue qué tipos de órdenes de detención tenían los 92 mil aprehendidos del año pasado, las que podrían incluir, por ejemplo, las originadas por no pago de pensiones alimenticias, de multas o de derechos de aseo comunal, entre otras.
Al consultar a Carabineros específicamente por los arrestos de personas que figuran en el Registro Nacional de Prófugos (que no están cumpliendo una condena que fue dictada en una causa penal), hasta el cierre de este artículo la policía uniformada no había entregado ese dato.
La PDI, ante las mismas consultas, señaló que estas cifras deben ser solicitadas vía Ley de Transparencia.
Durante la mañana de este miércoles 12 de abril, en medio de una crisis de seguridad agravada por la muerte de tres carabineros en 23 días, se produjo la señal más sólida de que hay un enorme vacío en la búsqueda y captura de prófugos. Ese día se reunieron en las dependencias de la Subsecretaría de Prevención del Delito un grupo de representantes del gobierno, Poder Judicial, policías, Gendarmería y Ministerio Público. Lo hicieron para crear una “fuerza de tarea” que impulse un “Plan de persecución de prófugos”, según informó La Tercera.
El objetivo, de acuerdo a lo difundido por la Subsecretaría de Prevención del Delito, es impulsar “un mecanismo de priorización y depuración de los delincuentes prófugos de la justicia que permita enfocar las tareas policiales de búsqueda”. Sin embargo, sus esfuerzos estarán centrados en la priorización de casos y no en una búsqueda activa generalizada. En la subsecretaría indican que la idea es “implementar acciones conducentes a reforzar las capacidades de las policías y fiscalías para poder buscar de manera eficaz y eficiente a los prófugos de la justicia priorizados”.
La reunión fue presidida por el subsecretario Eduardo Vergara y asistieron Patricio Rosas y Claudio Ramírez, por el Ministerio Público; cuatro funcionarios de la Sección de Encargo y Búsqueda de Personas y Vehículos (SEBV), por Carabineros; el prefecto Jorge Sánchez, junto con otros detectives, por la PDI; el ministro Mario Carroza, por el Poder Judicial, y funcionarios de Gendarmería y del Registro Civil.
Los actores del sistema judicial señalan que no existe una búsqueda persistente y sistematizada de los prófugos de la justicia, ya sea que se hayan fugado de una cárcel o hayan incumplido otra medida de restricción de su libertad. El fiscal José Morales, explica a CIPER que “en contados casos, se realiza una búsqueda activa y acuciosa. En el resto de los casos, se realiza una búsqueda rápida, muchas veces también acuciosa, pero que no es persistente en el tiempo. Carecemos de planes de búsqueda de prófugos de forma persistente, detallada y con esquema”.
El persecutor Patricio Rosas, quien además es profesor de criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, señala algo parecido, pero haciendo hincapié en que sí hay un trabajo focalizado de búsqueda: “La apuesta de política pública, no está colocada sobre una investigación dirigida a encontrarlos, sino que está puesta en el hallazgo casual (a través) del control de identidad preventivo, no investigativo, que permite la verificación de las identidades. Son aproximadamente 7 millones 800 mil controles los que se practicaron en 2022. Y el resultado fueron solo 36 mil detenciones”.
El fiscal Rosas detalla que esas 36 mil aprehensiones no corresponden solamente a prófugos de la justicia, sino que “estamos hablando de cualquier persona con orden de detención, incluyendo el que no pagó los derechos de aseo o el que no ha pagado las pensiones de alimentos”.
El experto en criminología añade que, a su juicio, la manera efectiva de buscar prófugos es focalizando su pesquisa: “Hay que buscar urgentemente a los prófugos homicidas, traficantes de droga, traficantes de armas, violadores seriales. En segundo lugar, que tengan condena en su pasado previo. Tercero, que además tengan otra investigación en su contra abierta. Cuarto, que sobrepasen más de un año que vienen siendo buscados. Quinto, que tengan acceso a armas de fuego, incluso armamento inscrito a su nombre, y además que sean multi-reincidentes en la cantidad de órdenes de detención”.
Lo señalado en el párrafo anterior se aplicó en distintos casos, dice Rosas, como ocurrió con tres prófugos de la cárcel de Colina que escaparon en 2019, los que fueron recapturados. Uno de ellos en Bolivia.
Al interior del sistema penal existe un debate respecto de si el Ministerio Público posee facultades para perseguir también a los condenados que están prófugos de la justicia. “La investigación del Ministerio Público es para los efectos de esclarecer delitos, no propiamente para los efectos de ubicar personas que ya están condenadas. La ley ahí no es lo suficientemente clara ni lo suficientemente explícita, ni da atribuciones suficientes a la fiscalía para ocuparse de esto. En algunos casos se han dado diligencias intrusivas, sin embargo, son discutibles”, afirma el fiscal Morales.
Donde no hay dudas es sobre el rol de las fiscalías mientras se desarrolla la investigación penal. El Ministerio Público es el encargado de cautelar, junto con las policías, y bajo la autorización de un tribunal, que el imputado no se arranque o desaparezca.
En el Registro Nacional de Prófugos se consigna que hay 27.969 personas que han sido declaradas en rebeldía en su calidad de imputados. Esto es, personas que habiéndose decretado prisión preventiva no fueron encontradas; o por encontrarse fuera del país no es posible su extradición para formalizarlo; o simplemente, fue requerido y no compareció a alguna audiencia dentro del proceso.
El ministro Luis Codero señala que la responsabilidad del Ministerio Público en tales casos es evidente. “Es el mayor volumen, cerca de 28 mil, que es un volumen que está vinculado a las rebeldías procesales durante el procedimiento de enjuiciamiento criminal y que, probablemente, en mi opinión, el Ministerio Público debiera tener un rol más activo. Así como en la primera categoría (la de los condenados) las policías debieran tener un rol más activo, en la segunda (la de los imputados), el Ministerio Público debiera tener también incentivos a reducir ese tipo de brecha, dando instrucción a las policías o a algún otro mecanismo de política que defina”.
Los expertos consultados por CIPER también señalan que dentro de las falencias del sistema se encuentran aquellas relacionadas con condenados a penas remitidas que deben ser controlados por algún programa monitoreado por los Centros de Reinserción Social (CRS), que están en manos de Gendarmería. Estas personas no están contabilizadas en el Registro de Prófugos de la Justicia, mientras un tribunal no revoque sus penas remitidas y ordene su ingreso a un penal debido al incumplimiento.
Según explican conocedores del sistema de monitoreo de las penas remitidas, la queja apunta al enfoque garantista de algunos jueces, porque una vez que un CRS remite un informe de incumplimiento al tribunal, comúnmente los jueces convocan primero a una audiencia, otorgándole así una nueva chance al condenado. En esos espacios de tiempo, explican funcionarios de estos centros, quienes piden mantener su identidad bajo reserva, se dan casos en que los sentenciados cometen delitos.
El ministro Cordero considera que un factor que podría ayudar a corregir el problema sería contar con jueces dedicados a la ejecución de penas: «Hay un problema que tiene que ver con una demanda histórica que tiene el sistema institucional chileno, que está vinculado a los tribunales de ejecución de penas. Si nosotros tuviéramos jueces exclusivamente dedicados al cumplimiento de penas, y las condiciones en las cuales estas se verifican, tendríamos jueces focalizados exclusivamente en esto”.