La ley establece que solo el Presidente de la República o un tercio de los diputados pueden pedir a la Corte Suprema que determine si hubo negligencia de la plana mayor del Servel por la publicación de datos sensibles de 15 millones de electores. Pero, el Presidente y todos los parlamentarios están sujetos a la revisión de sus rendiciones de campaña por parte del mismo Servicio Electoral. La auditoría de los gastos e ingresos de los partidos también está en sus manos. Además, los miembros de su Consejo Directivo han tejido vínculos con colectividades que tienen bancadas en la Cámara Baja, como la UDI, DC, RN, PS y PPD. Especialistas indican que es complejo que autoridades “incumbentes”, fiscalizadas por el propio Servel, puedan ejercer el control del organismo.
Entre los últimos nombres que se integraron al Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), figura el de David Huina, ex prosecretario contralor de Renovación Nacional e histórico administrador general electoral de ese partido. Hasta el día en que asumió como autoridad del Servel, Huina formó parte del staff de trabajadores de la colectividad. El 31 de enero pasado, apenas 20 días después de ser ratificado por el Senado para incorporarse al consejo del Servel, Renovación Nacional le pagó $35 millones por concepto de finiquito, según se informa en la sección de Transparencia de esa colectividad. Ese finiquito estará sujeto a la auditoría del mismo Servel este año, como ocurre con todos los gastos de los partidos.
La llegada de Huina a la máxima instancia del Servel, es el más reciente ejemplo de las estrechas relaciones que existen entre ese organismo público y los partidos que debe fiscalizar, y de la lógica de “cuoteo político” que hay detrás de la elección de sus consejeros.
El Servel quedó en la mira de la ciudadanía tras haber expuesto datos sensibles, cuya reserva está protegida por ley, de 15 millones de electores, indicando sus RUT, militancia política y si votaron o no en la elección de mayo 2021. Eso ocurrió el 28 de abril pasado, cuando esa nómina quedó expuesta en la web del Servel y pudo ser descargada por cualquier persona. Expertos en datos han dicho que se trata de un hecho de máxima gravedad, no solo porque se vulneró la privacidad de los ciudadanos, sino porque esa información -cruzada con otras bases de datos sobre comportamiento en redes sociales o de hábitos de consumo- indica con un alto grado de certeza la intención de voto de las personas. Por lo mismo, los especialistas se preguntan por qué no se han establecido responsabilidades políticas a un mes y medio de ocurridos los hechos.
Un sumario al interior del propio Servel pretende establecer las responsabilidades administrativas, mientras que las responsabilidades penales son perseguidas por una investigación del Ministerio Público. Pero, respecto de la responsabilidad política de la plana mayor del Servicio Electoral, el panorama es complejo.
La ley que creó el Servel estableció que solo la Presidencia de la República o un tercio de la Cámara de Diputadas y Diputados pueden acudir a la Corte Suprema y pedir que el máximo tribunal determine si existió un actuar negligente de la plana mayor del Servicio Electoral. Pero, tanto el Presidente Boric como los parlamentarios, elegidos en las votaciones de noviembre y diciembre de 2021, podrían terminar enfrentados a un adversario intimidante, pues se encuentran sujetos a la fiscalización del propio Servicio Electoral, que debe auditar sus rendiciones de campaña. Asimismo, todos los gastos e ingresos de los partidos a los que pertenecen estas autoridades también están sometidos al control del Servel, aunque -destacan desde el servicio- sus resoluciones también pueden ser revisadas por el Tribunal Electoral a petición de los auditados. Por último, la mayoría de los consejeros del servicio han tejido vínculos con colectividades que tienen bancadas en la Cámara Baja, como la UDI, RN, DC, PS y PPD.
Los especialistas advierten que la situación es compleja, ya que tanto los parlamentarios como el Presidente y sus partidos son “incumbentes”, sujetos a la fiscalización del mismo Servicio Electoral. A juicio de Jessica Matus, abogada y fundadora de Datos Protegidos, los partidos deberían haber sido los primeros en perseguir responsabilidades políticas y judiciales, ya que se publicó la militancia de sus miembros, cuyo secreto está consagrado en la Constitución. Pero, parte importante de los partidos cuentan con una cuota de representación en el consejo del Servel. La conformación actual de esa directiva lo refleja:
- Andrés Tagle, presidente del organismo, fue dirigente de la UDI y experto electoral mientras Jovino Novoa y Juan Antonio Coloma ostentaban el poder en la tienda gremialista.
- Alfredo Joignant está ligado al PS desde temprana edad, no solo porque su padre fue Intendente de Santiago (Alfredo Joignant Muñoz), sino porque como cientista político se ha convertido en una voz autorizada para debatir en medios de prensa como representante de sensibilidades ligadas a la ex Concertación y el progresismo.
- David Huina, exintegrante del Tribunal Supremo de RN, brazo derecho del expresidente y candidato presidencial de ese partido, Mario Desbordes, y ex administrador electoral del colectivo.
- María Cristina Escudero, politóloga y doctora en Ciencias Políticas ligada a la Democracia Cristiana, partido que la nominó para el cargo. En 2019, la abogada representó a la DC en la Comisión Técnica por una nueva Constitución, y en 2021 fue integrante de la Comisión Técnica Constitucional del partido, organismo que fijó los principios y bases constitucionales de la DC ante la discusión constituyente.
- Pamela Figueroa, ex vicepresidenta nacional del PPD y exjefa de estudios del Ministerio Secretaría General de la Presidencia en el segundo gobierno de Michelle Bachelet.
David Huina es una figura conocida en RN. Como experto electoral ha defendido candidaturas de ese partido ante el Tribunal Calificador de Elecciones; se ha desempeñado como administrador de la colectividad y hasta ha dado entrevistas en representación de RN. Por años fue integrante del Tribunal Supremo del organismo, a la vez que se situó como figura importante detrás de directivas integradas por el excandidato presidencial, Mario Desbordes.
Huina y las consejeras María Cristina Escudero y Pamela Figueroa, formaron parte de la mesa técnica nominada por los partidos políticos que redactó los términos del acuerdo parlamentario que dio vida a la elección de convencionales constituyentes.
El consejo está encabezado por Andrés Tagle, ex CORE de la UDI y experto electoral de ese partido. Según recuerdan en la UDI, Tagle jugó un rol importante cuando Jovino Novoa ejercía liderazgo en esa tienda: en una sala habilitada especialmente en la sede central de la colectividad realizaba proyecciones y adelantaba resultados electorales.
Desde el Servel aseguran que el cuoteo político al interior de su Consejo Directivo no ha traído consigo presiones en el ejercicio de sus funciones. Además, destacan que por ley “los consejeros no podrán estar afiliados a partidos políticos mientras ejerzan su cargo” y que éstos deberán abstenerse en asuntos en que tengan interés personal o de parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad incluso, y recalcan que los miembros del Consejo Directivo “deberán abstenerse de participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad”.
En cuanto a las fiscalizaciones a campañas políticas de quienes podrían llegar a acudir a la Corte Suprema, aseguran que “son realizadas por los equipos técnicos que responden a la Dirección Nacional del Servel, no por el Consejo Directivo” y que “la substanciación de procedimientos administrativos sancionatorios se radica en las respectivas subdirecciones según la materia, y su resolución corresponde al Director del Servicio. Dichas resoluciones son revisables por el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel)”.
¿ÓRGANO AUTÓNOMO O SIN CONTROL?
La abogada Jessica Matus es tajante respecto a la reacción –o falta de ella– en el mundo político: “Nadie le ha tomado el peso a lo que ocurrió”. En la misma línea está Carlos Reusser Monsálvez, consejero del Instituto Chileno de Derecho y Tecnologías, quien dice que no puede darse por superado lo ocurrido, ya que la publicación “es un caso grave de vulneración de los derechos fundamentales de las personas”, que debe tener responsabilidades administrativas, penales y políticas.
El 4 de mayo pasado, el Ministerio Público recibió la autodenuncia que el propio Servicio Electoral presentó ante el Fiscal Nacional, Jorge Abbott. Esa acción se sumó a una denuncia ingresada por los diputados del Partido Comunista, Luis Cuello y Karol Cariola, que acusaron vulneración de derechos fundamentales, basándose en el artículo 19 de la Constitución, apartado que asegura a todas las personas “la protección de sus datos personales”. Además, la eventual divulgación de datos sensibles por parte de un funcionario público está penalizada en la Ley de Delitos Informáticos.
Personas que conocen la investigación que lleva la Fiscalía Centro Norte dijeron a CIPER que el presidente del Servel, Andrés Tagle, y un especialista de ese servicio a cargo del área de Tecnologías de la Información, ya prestaron declaración. La Policía de Investigaciones, a través de su departamento de Cibercrimen, ha realizado diligencias en dependencias del servicio. Un elemento importante para el éxito de la indagatoria, es determinar qué computadores alcanzaron a descargar el documento que contenía los datos reservados. Hasta ahora, el Servel sólo logró identificar que hubo 116 ingresos al sitio donde se encontraba el link de descarga. Según abogados especialistas en el área, la mera descarga del archivo no constituiría un delito, ya que los datos fueron publicados por el Servel y, por lo tanto, deben considerarse como información pública.
La versión oficial que entregó el Servel a través de un comunicado descartó que la publicación haya sido resultado de un “ataque informático”, más bien apuntó a que fue fruto de un “error humano”, sin ahondar en detalles. Según información confirmada por CIPER, el documento estuvo descargable por 22 horas en la web del servicio y fue subido en respuesta a una solicitud de transparencia del académico de la Universidad Mayor, José Miguel Cabezas.
En cuanto a las consecuencias internas, desde el Servel dijeron a este medio que la suspensión del personal a cargo es materia del sumario administrativo y que, al encontrarse en curso, no pueden revelar si se tomó esa determinación o no.
Un grupo de parlamentarios de la centroderecha ofició a la Contraloría para que indagara lo ocurrido, pero, ese órgano de control no tiene potestad para tomar razón ni fiscalizar actos del Servel, salvo en materias específicas como sus registros de cuentas y personal, ya que el Servicio Electoral es un organismo autónomo. Pero, al interior de la Cámara de Diputados algunos sectores estudian otra posibilidad: recurrir a la Corte Suprema. “Lo estamos conversando”, dijo a CIPER el diputado Luis Cuello (PC), aunque están a la espera de tener más antecedentes y que avance la investigación del Ministerio Público. CIPER consultó al área de prensa de la Presidencia de la República, si han estudiado la posibilidad de acudir a la Corte Suprema, pero no hubo respuesta.
Desde Servel explicaron a CIPER que la Ley N°18.556 establece que el Servicio “está sometido a la fiscalización de la Contraloría General de la República en lo que concierne al examen y juzgamiento de sus cuentas de entradas y gastos” y que “la revisión de muchas de las resoluciones del Servicio recae en el Tribunal Calificador de Elecciones”, además, ante hechos que pudieren revestir carácter de delito, deben denunciar ante el Ministerio Público.
Respecto a su carácter autónomo, desde el Servicio enfatizan que tiene por objetivo entregar “mayor independencia del poder central para cumplir con la función electoral” y que “la existencia de un órgano colegiado como el Consejo Directivo, a quien corresponde la Dirección Superior de éste, permite -en el contexto de autonomía indicado- adoptar las medidas destinadas a velar por el cumplimiento de las normas del Servicio”.
“Si tenemos órganos autónomos constitucionales sin otros órganos autónomos que los fiscalicen, deberíamos establecer estatutos particulares sobre esos organismos autónomos”, dice la abogada Jessica Matus. Según la especialista, por esta razón “es muy relevante la autoridad de datos personales contemplada en el borrador de la nueva Constitución, pues sería el único organismo con facultades para sancionar, investigar y normar órganos públicos, incluido el Servel”.
RECURRIR A LA SUPREMA
Una de las opciones para perseguir responsabilidades políticas por la publicación de estos datos que se baraja al interior del Congreso es recurrir a la Corte Suprema. La Ley Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral (N°18.556) en su artículo N°65 establece que una de las causales para el cese en el cargo de los consejeros del Servel, es el “mal comportamiento o negligencia manifiesta en el cumplimiento de las obligaciones como consejero”. El organismo encargado de determinar si existe esta negligencia es el pleno de la Corte Suprema, instancia que por mayoría debe resolver tras el requerimiento y presentación de pruebas por parte del Presidente de la República o un tercio de la Cámara Baja.
El diputado Cuello explicó que lo propuso a la bancada del PC debido a lo que considera un “abierto incumplimiento de deberes” por parte de Tagle: “Lo hemos estado conversando, esta alternativa está en estudio”.
Otros parlamentarios, como el diputado Harry Jürgensen (RN), han acudido a la Contraloría para que se pronuncie, aunque no han obtenido respuesta a la fecha. Sobre la postura que ha exhibido el Servel, el parlamentario dijo que en el Servicio “le restan importancia a la publicación de información sensible de millones de personas”. Respecto a acudir a la Suprema, Jürgensen señaló que están “evaluando los pasos a seguir, no hemos descartado ninguna posibilidad».
En la sesión del 10 de mayo de la Comisión de Constitución de la Cámara, la diputada Cariola emplazó al presidente del Servel por su responsabilidad política, y también al gobierno, a través del ministro Giorgio Jackson, que estaba en la sesión: “¿El gobierno no ha pensado en pedirle al director del Servel o a los responsables que den un paso al costado? O al mismo director, ¿ha pensado en poner su cargo a disposición después de estos graves hechos? Porque se habla de la filtración más grave de la historia, pero no se habla de ninguna consecuencia. Si la consecuencia de la filtración más grave de la historia es un sumario, me parece que es absolutamente desproporcionado respecto de la gravedad, y todo sigue igual”, dijo.
Corte Suprema
POSIBLES ACCIONES JUDICIALES
En cuanto a las acciones judiciales que se pueden emprender, los especialistas coinciden en que la clave está en la vulneración de los derechos fundamentales de las personas, en particular el de la protección de datos personales consagrado en el artículo 19 de la Constitución, y en la ley de Protección de Datos Personales.
El abogado Reusser señala: “La ley 19.628, sobre protección de la vida privada, ordena proteger especialmente los datos sensibles, que son aquellos cuyo mero conocimiento por terceros pone en riesgo que se tomen decisiones arbitrarias en base a prejuicios. Lo que precisamente ha hecho el Servel es exponer datos sensibles, como también los relativos a ideologías y opiniones políticas, violando la ley, pero también la Constitución. Ello, porque la Constitución, en su artículo 19 Nº 15, dice que la nómina de sus militantes se registrará en el Servicio Electoral, el que guardará reserva de la misma”.
La abogada Jessica Matus, destaca que en este caso pudo haber una infracción a la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 21.096), que “en su artículo N°23 establece la infracción de la protección de datos sensibles, que permite interponer una acción judicial, una acción civil en función del daño patrimonial y moral que haya causado”. Pero, explica que para presentar esta acción hay que acreditar el daño patrimonial o moral: “Si ninguna persona puede verse dañada, este artículo queda en nada. Si llegáramos a determinar que los datos fueron utilizados con un propósito, los que los utilizaron dirán que estaba disponible en internet en la página de un organismo público y no había restricción en el acceso”, agregó la abogada.
Matus recalca que en el caso de los datos publicados por Servel “no hubo un acceso no autorizado, porque los disponibilizó el Servicio, pero es una vulneración de los datos igual”.
EL MANEJO DE LOS DATOS
El Servicio Electoral explicó a CIPER que “el documento en cuestión es uno que el Servicio Electoral prepara después de cada proceso electoral desde el 2012, revisando los padrones de las mesas de votación, con el propósito de entregar estadísticas anónimas de participación electoral a la ciudadanía en general y en especial a las universidades chilenas para su estudio y, a partir de ello, formular políticas para el aumento de dicha participación. Así se ha procedido en las elecciones anteriores de los años 2012, 2013, 2016, 2017 y 2020, de lo que dan cuentan los archivos que se encuentran disponibles en el sitio referido. La incorporación de una columna con el RUN cambió el sentido del propósito de la publicación”.
El Servel informó que al interior del organismo tienen acceso a la base de datos de electores y del Registro Electoral los funcionarios de las Divisiones de Registro y Padrón Electoral y Procesos Electorales, dependientes de la Subdirección de Registro, Inscripciones y Acto Electoral. También lo tienen los funcionarios de la División de Tecnologías de la Información y las empresas externas que auditan los padrones por ley. Según los registros de compras públicas del Servel, estas empresas auditoras son KPMG y Deloitte. Además, al registro de afiliados a partidos políticos tienen acceso los funcionarios de la Subdirección de Partidos Políticos y la División de Tecnologías de la Información.
El 18 de mayo en el podcast “La comunidad de los datos”, el ministro Giorgio Jackson se refirió a este tema y dijo que era “gravísimo”, pero que “no se trata de la filtración propiamente tal, es un link que se habilita de manera transparente por la Ley de Transparencia, que es lo más paradojal, y lo que sucedió es que alguien, que todavía está en investigación eso, deja abierta una o dos columnas, tres columnas, que no deberían haber estado dentro de la entrega de información, no es como que alguien interesadamente haya hecho esto, sino que fue un error humano básico”.
Para el abogado Carlos Reusser, lo que llama la atención es “cómo un funcionario que tiene que subir al sitio web determinada información pública, puede también acceder a datos sensibles y, más todavía, tiene atribuciones para publicar ese tipo de información. Si ello es posible, probablemente lo que ocurre es que el director del Servel no ha tomado las medidas técnicas, jurídicas y organizativas para proteger la información que maneja ese organismo y, desde esa perspectiva, ha incurrido en responsabilidad política: es su deber como jefe de servicio”.
En tanto, Jessica Matus recalca que “nadie le ha tomado el peso a lo que ocurrió” y que el aparato del Estado ha demostrado anteriormente un mal manejo en esta área, como, por ejemplo, en el caso del “Servicio Nacional de Migración con el borrado de datos, entonces aquí uno evidencia un mal manejo de los datos personales por parte del Estado, ni el Servel ha evaluado el impacto que tiene la publicidad de esa base de datos, son 15 millones de personas”, dijo.
A diferencia de lo que ocurrió con el borrado del registro histórico de la principal base de datos del Servicio de Migración, en el que se desvinculó a los funcionarios a cargo de la seguridad informática de la Subsecretaría del Interior. Desde el Servicio Electoral no han informado sobre medidas similares contra los responsables, pero, señalaron a CIPER que el Consejo del organismo instruyó “un procedimiento disciplinario”, sin dar detalles del alcance de esta medida.