Qué hemos aprendido sobre irregularidad migratoria
28.03.2022
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28.03.2022
El incremento de personas migrantes en Chile en los últimos años ha permitido elaborar diagnósticos más precisos y también nuevas sugerencias para apuntar hacia una migración segura, ordenada y regular, explica esta columna para CIPER firmada por investigadores del SJM.
La situación actual en el norte de Chile genera preocupación tanto por las condiciones de quienes migran como también por las de quienes viven en las ciudades que reciben a esas personas. En ese sentido el presente artículo busca proponer medidas para disminuir la irregularidad migratoria, teniendo en cuenta la evidencia y aprendizajes de los últimos años. Hemos observado que la irregularidad migratoria es perjudicial tanto para las y los mismos migrantes ―por todas las limitaciones que ello trae en su cotidiano y por las mayores posibilidades de caer en abusos laborales y de arriendos, entre otros―, como para la sociedad de recepción, que es precisamente lo observado en los últimos meses en la macrozona norte.
Basándonos en el índice de irregularidad publicado por el Servicio Nacional de Migraciones en enero 2022 (Navarrete, 2022), se analizarán las dos principales vías por las que se genera la irregularidad migratoria en Chile: i)vencimiento de visas, referido a quienes tienen visa de residencia en Chile y por diferentes circunstancias no pueden renovarla, así como quienes han ingresado como turistas a Chile y sobrepasan el tiempo de vigencia de dicho permiso (90 días); y ii)ingreso irregular, referido a quienes ingresan al país por pasos no habilitados, sin presentar un documento o validar su identidad en un control fronterizo.
A partir de lo anterior, identificamos los puntos positivos (luces) y aquellos donde queda por avanzar (sombras). Luego se exponen propuestas para abordar la irregularidad migratoria, teniendo en cuenta dichas luces y sombras.
El nuevo panorama migratorio en Chile, más complejo y diverso que el de otras décadas, se encontró con una legislación migratoria antigua (Decreto Ley N° 1.094) y con una institucionalidad (como era el Departamento de Extranjería y Migración) que no daba abasto para el nuevo flujo de solicitudes de visados. En ese marco, entre 2016 y 2018 aumentó notoriamente el fenómeno de sobreestadía de turismo, pues muchos migrantes ingresaban al país con visa de turismo, buscando luego un permiso de residencia, y, al no lograrlo, caían en situación irregular. La TABLA 1 expone cómo entre 2016 y 2018 aumentan los flujos de personas haitianas y venezolanas a Chile, presentando éstas bastantes más entradas que salidas al país en esos años. En 2019 ello disminuyó, asociado a medidas como el requisito de visas consulares de turismo y residencia para ciudadanos venezolanos y haitianos, y a la eliminación de la visa temporaria por motivos laborales. Por su parte, esta baja en los flujos migratorios se consolidó en 2020 y 2021 con la pandemia y cierre de fronteras. En la práctica, todo esto ha significado una baja en el número de personas que se encuentran en sobreestadía de turismo y consecuente irregularidad por esta causa.
De igual modo, no se puede omitir la preocupación aún existente por los largos tiempos de espera para las respuestas de solicitud y renovación de visados, los que ―en algunos casos―, superan los dos años y dejan a muchos extranjeros en un limbo, con el riesgo de quedar en situación irregular (Gonzalez, 2021). Sin embargo, otro aspecto muy positivo han sido los procesos de regularización extraordinarios realizados en el gobierno de Sebastián Piñera, tanto el que se realizó entre 2018 y 2019 ―donde 99.383 personas pudieron regularizarse [1]―, como el iniciado en 2021.
Estar en situación regular desde el primer día y con una visa consular, es lo ideal. Ahora bien, la institucionalidad de los consulados chilenos no se ha encontrado preparada para canalizar la gran cantidad de solicitudes que se realizan, lo cual se conjuga con el desgaste en las instituciones de países como Venezuela. Por ello ha sido difícil materializar ese ideal, lo que se refleja en bajas tasas de aceptación de los visados consulares (ver TABLA 2). También ha sido muy complejo para muchos migrantes, en un marco de crisis humanitaria y sanitaria, obtener protección en Chile, tal como se muestra en la TABLA 3, donde incluso en los últimos años bajan abismalmente las cifras de reconocimientos de refugio [2], y aumentan los rechazos.
Con las mermas en las vías regulares para residir en Chile, muchos extranjeros han optado por ingresar de manera irregular. Con ello, llegamos a una segunda vía de irregularidad: el ingreso por pasos no habilitados (IPNH) al país. La TABLA 4 expone el aumento sin precedentes de IPNH desde 2019, intensificados en 2020 por la pandemia y cierre de fronteras. De este modo, entre 2018 y 2021 se han dado el 87% de todos los registros de IPNH notificados desde enero 2010.
Es importante señalar que las cifras expuestas de IPNH son recabadas por la Policía de Investigaciones (PDI), notificando personas que autodenuncian su ingreso irregular, o que son denunciadas y fiscalizadas. Queda así fuera un número indeterminado de personas no registradas, y por otro lado solamente se notifica información de mayores de 18 años.
Según lo observado, en los últimos años se da un gran avance en la baja de los índices de irregularidad que devienen de la sobreestadía de turismo. Sin embargo, durante el mismo período ha ocurrido un aumento en los IPNH, con un número indeterminado y creciente de personas que ingresa por las fronteras irregularmente, y permanece de esa manera en Chile.
Esta es una temática multidimensional, que se reitera en distintos rincones del planeta y para la cual no existen soluciones mágicas ni fáciles. Sin embargo, podemos aprender de las lecciones que deja la evidencia, y desde allí proponemos los siguientes lineamientos.
•Instrumentos para una migración segura, ordenada y regular: como una medida inmediata proponemos utilizar el Registro Nacional de Extranjeros, declarado en la actual nueva Ley de Migración y Extranjería (N°21.325), como un medio para empadronar a las y los migrantes que ingresen al país de manera irregular, de tal manera de identificarlos efectivamente y conocer sus antecedentes, pero también sus problemáticas. Con ello se pueden diagnosticar necesidades de protección internacional que se establecen en la Nueva Ley (para mujeres embarazadas, niños, niñas y adolescentes, víctimas de trata o tráfico ilícito, entre otras situaciones). Esto es esencial en el complejo contexto latinoamericano actual, donde se dan situaciones de desplazamiento forzado. Se propone también en este sentido aplicar de manera efectiva la Ley 20.430 de Refugio (con la que se han identificado irregularidades en el procedimiento; ver datos Contraloría de la República, 2020). Además consideramos que la capacidad de las policías para autorizar la entrada al país a extranjeros por índole humanitaria (art. 29 de la nueva Ley) es una oportunidad importante, pero que requiere de una adecuada capacitación en la materia para su cabal cumplimiento y alejarse de situaciones de discrecionalidad de un funcionario determinado. Por otro lado, en cuanto a las deportaciones, debe realizarse un análisis individual y pormenorizado de los antecedentes antes de aplicar esta sanción gravosa, dado lo sensible de «devolver» a sus territorios a quienes por temores fundados dejan su país.
Con estas propuestas buscamos vías regulares que permitan identificar y diferenciar a quienes migran de manera precaria para sobrevivir, por un lado, de quienes tienen intenciones de cometer ilícitos en el país, por otro. Claramente para todo lo señalado es necesaria una institucionalidad robusta, moderna y acorde al contexto actual, con el Servicio Nacional de Migraciones como una importante oportunidad.
•Coordinación internacional de las políticas de migración: todo lo recién señalado, en un contexto de globalización difícilmente pueden abordarlo los Estados por separado. Para ello es imperante la coordinación entre países receptores, haciéndose parte de los esfuerzos internacionales para una migración segura, ordenada y regular. También es imperante hacer parte a los países emisores, generando canales de información oficiales sobre las necesidades reales del mercado laboral del potencial país receptor y los regímenes de visas, de modo de hacer más informada la decisión de migrar y transparentando las condiciones reales que encontrará quien migra.
•Coordinación intersectorial de las políticas de migración: si bien, al convocar a diferentes ministerios, el Consejo de Política Migratoria que se conformará con la nueva Ley es un paso adelante para el trabajo intersectorial, también se hace necesario generar espacios periódicos con presencia de autoridades y organizaciones locales, dado el conocimiento territorial de éstos.
Considerando el contexto mundial y regional actual, y debido a la importancia básica de la vida humana, finalmente es fundamental generar albergues transitorios para quienes requieran de protección internacional, que sirvan como espacios de cobijo, pero también de orientación para la regularización migratoria. Estas sugerencias van en línea con lo que hemos abogado constantemente desde el Servicio Jesuita a Migrantes: apuntar hacia una migración segura, ordenada y regular, en un contexto de globalización y presencia de crisis humanitaria en la región que habitamos.
[1] Datos solicitados por SJM al entonces Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior.
[2] El estatus de refugiado, guiándonos por la Ley 20.340, implica una protección con un permiso de residencia permanente a quienes por temores fundados de persecución y/o de riesgo de su seguridad y vida se encuentran fuera de su país de residencia habitual.