COLUMNA DE OPINIÓN
Hacia la mexicanización de las Fuerzas Armadas chilenas
11.03.2020
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COLUMNA DE OPINIÓN
11.03.2020
Para el doctor en derecho, Claudio Nash, el gobierno está preparando el terreno para “volver a utilizar a los militares y dar una solución represiva a la crisis social y política” actual. Señales de esta estrategia serían, entre otras, las actividades de inteligencia reconocidas por las FF.AA, la compra de material no letal y el proyecto de “infraestructura crítica” en trámite, además de un decreto presidencial publicado en febrero. Citando el caso mexicano, Nash advierte en esta columna de opinión que esa estrategia no trae paz sino horror.
El caso mexicano es uno de los mejores ejemplos de que la militarización del orden público y la seguridad interna es una mala idea. Luego de años con los militares cumpliendo labores de seguridad y orden público, el resultado ha sido un reguero de muertes, violaciones de derechos humanos y muy pocos avances en la pacificación de la sociedad mexicana.
Los organismos de derechos humanos, invariablemente, se han manifestado contrarios a la utilización de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad y orden público. Precisamente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que “en la región, y específicamente en México, la experiencia demuestra que la intervención de las fuerzas armadas en tareas de seguridad interna en general viene acompañada de violencia y graves violaciones a los derechos humanos”.
Frente al movimiento social que Chile vive desde el 18-O, la respuesta del Gobierno ha sido la represión. En un primer momento, frente a una serie de hechos de violencia, la decisión fue rápida y altamente inefectiva: decretar por primera vez en democracia un estado de excepción constitucional por manifestaciones de protesta ciudadana. Fueron 10 días bajo Estado de Emergencia Constitucional, con toque de queda y con una imagen que impactó al mundo entero: los militares una vez más en las calles de Chile.
La evaluación, claramente, no fue positiva: los militares no impusieron el orden solo por su presencia, la ciudadanía los enfrentó sin miedo y se vieron evidentemente sobrepasados por la situación. Además, el resultado en materia de derechos humanos no fue alentador, el Instituto Nacional de Derechos Humanos presentó más de 70 querellas en contra de miembros de las fuerzas armadas. Políticamente, tampoco fue un buen episodio, ya que frente a las desafortunadas declaraciones del Presidente Piñera de que Chile “estaba en Guerra contra un enemigo poderoso”, el General a cargo de la Región Metropolitana declaró ante la prensa “soy un hombre feliz, no estoy en guerra con nadie”, desautorizando en vivo y en directo al Presidente.
Al parecer, en algunos sectores del Gobierno (Ministro de Defensa, Alberto Espina), estos antecedentes no son suficientes para evaluar negativamente el uso de las fuerzas armadas para enfrentar las movilizaciones ciudadanas y se ha apostado por generar las condiciones materiales y jurídicas para volver a utilizar a los militares para dar una solución represiva a la crisis social y política que vive el país. Las compras de armamento no letal por parte de las Fuerzas Armadas es una señal evidente de la necesidad de adecuarse materialmente, las “clases” de Carabineros a miembros de las fuerzas armadas para enfrentar manifestaciones y las reconocidas actividades de inteligencia interna por parte del Ejército a las manifestaciones ciudadanas, parecen ir en el mismo sentido.
Desde un punto de vista jurídico también se están tomando medidas que permiten que las Fuerzas Armadas desarrollen actividades vinculadas con la seguridad interna y el orden público, bajo un marco normativo claramente más flexible para permitir el uso de la fuerza. Esto constituye una preocupación para amplios sectores de la ciudadanía.
Luego de años con los militares cumpliendo labores de seguridad y orden público, el resultado ha sido un reguero de muertes, violaciones de derechos humanos y muy pocos avances en la pacificación de la sociedad mexicana.
Las declaraciones bélicas de las autoridades dan un marco político para estas iniciativas. El Presidente continúa con su lenguaje bélico, el Ministro del Interior persiste en centrar el actuar del Gobierno en materias de orden público y el Ministro de Defensa plantea insistentemente la necesidad que las fuerzas armadas actúen, poniendo énfasis en la idea de la “legítima defensa”.
Son dos las cuestiones normativas que completan este cuadro material y político. Por una parte, el 22 de febrero, en el Diario Oficial se publicó un Decreto Presidencial que regula el actuar de las Fuerzas Armadas en estados de excepción constitucional.
Este decreto regula una serie de materias que están vinculadas con la implementación de una excepción constitucional que debieran ser reguladas a través de una ley y no de un decreto ya que configuran formas de afectación de los derechos consagrados constitucionalmente. Un Decreto presidencial no es la vía para afectar legítimamente el pleno goce y ejercicio de derechos humanos. El Gobierno insiste en esta vía al igual que lo hizo la dictadura en materia de derecho de reunión (Decreto 1086 de 1983).
En cuanto al fondo, hay una serie de elementos que plantean riesgos evidentes para los derechos humanos.
En materia de uso de la fuerza (art. 3), si bien se plantean una serie de principios conforme a estándares internacionales (por ej. gradualidad y proporcionalidad), se abre la posibilidad del uso de la “legítima defensa” para casos donde claramente existe una desproporción de medios. Así, la Regla Nº 9 permite uso de armas de fuego frente a enfrentamiento con personas que ataquen o se presten a atacar “con armas letales” a militares custodiando instalaciones, empresas, entre otras. Eso significaría, por ejemplo que, en caso de FF.AA custodiando una empresa, si los militares se enfrentan a un grupo de personas (niños) que se apresten a utilizar armas letales (bombas molotov), podrían usar armas de fuego y eximirse de responsabilidad penal por estar actuando en legítima defensa (art. 2 letra h. del mismo Decreto).
En materia de libertad personal (art. 4), permite a las Fuerzas Armadas cumplir labores de control de identidad, detenciones y otras, que las ponen en labores de orden público para las cuales no se encuentran preparadas.
Bastaría invocar la flagrancia (hacer una barricada, golpear torniquetes del metro) y bajo las nuevas legislaciones que criminalizan la protesta, se permitiría la actuación de militares en labores de orden público y, de esta forma, desatar el horror (detenciones masivas, uso desproporcionado de la fuerza e incluso uso letal de la fuerza).
Asimismo, no se toman medidas efectivas para la protección de grupos en situación de vulnerabilidad de sus derechos, como niños, niñas y adolescentes que puedan verse envueltos en actos de protesta que deban ser controlados por militares.
En el mismo sentido, el proyecto del Gobierno, actualmente en trámite parlamentario, de reforma constitucional que permite al Presidente destinar a las fuerzas armadas a la custodia de “infraestructura crítica”. Este proyecto es una reforma regresiva en la tendencia que ha habido en Chile durante 30 años para eliminar la idea de la “seguridad nacional” como función de las Fuerzas Armadas y da un paso más allá y las pone en riesgo de ser usadas políticamente para el restablecimiento del orden público.
La amplitud de la idea de “infraestructura crítica”, la falta de control parlamentario y las amplias atribuciones de los militares en dichas funciones (de hecho en el proyecto solo se habla de “custodia”, sin señalar en qué consistirá esta actividad), generan el vacío perfecto para que se desnaturalice el actuar militar y sea reconducido a labores de control ciudadano.
Es perfectamente posible pensar que, para regular la actuación de las Fuerzas Armadas en labores de infraestructura crítica, se aplicará el Decreto de 22 febrero de 2020. Para ello, solo bastaría dictar un nuevo decreto. Así, el Gobierno podría eludir la obligación de someter las reglas del uso de la fuerza al debate democrático (una ley).
Para darse cuenta del desastre que puede constituir esta nueva normativa, basta pensar en que se envíe militares a resguardar el Metro para imaginarse que este puede pasar a ser un rol de orden público en cosa de minutos. Bastaría invocar la flagrancia (hacer una barricada, golpear torniquetes del metro) y bajo las nuevas legislaciones que criminalizan la protesta, se permitiría la actuación de militares en labores de orden público y, de esta forma, desatar el horror (detenciones masivas, uso desproporcionado de la fuerza e incluso uso letal de la fuerza).
¿Le parece una exageración? Esto es lo que declaró el Ministerio de Defensa el 23 de febrero pasado frente a un ataque a una estatua (un ataque con piedras y bombas de pintura, según la prensa) “Por su parte, las FF.AA harán uso del derecho a la legítima defensa y todas las normas que las faculten para la protección de recintos militares y de los símbolos patrios bajo su custodia” (Declaración Ministerio Defensa, 23 de febrero de 2020). Imagine ahora lo que están dispuestos a hacer por defender infraestructura crítica del ataque del “enemigo poderoso y cruel” al que ha hecho referencia constantemente el Presidente Piñera.
Además, el proyecto no se hace cargo del gran peligro de usar a las Fuerzas Armadas en labores de seguridad interna y orden público y es que los militares, marinos y aviadores son formados para doblegar al enemigo por la fuerza: su entrenamiento es para cumplir eficientemente dicho rol y su armamento sirve para dichos fines. Nada en su preparación está destinado a labores de orden público.
Sin duda, poner a las fuerzas armadas en labores de seguridad y orden público es una medida irresponsable en tiempos de crisis social. Si el parlamento avala este camino, esteremos redefiniendo la labor de las Fuerzas Armadas y abriendo un camino que no tiene buenas experiencias en nuestra historia reciente.
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