COLUMNA DE OPINIÓN
Cómo y por qué el gobierno permitirá a las empresas no pagar impuesto corporativo
18.07.2019
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COLUMNA DE OPINIÓN
18.07.2019
Con un lenguaje claro, para que más ciudadanos participen en el importante debate tributario, tres investigadores someten la propuesta de reforma del gobierno a un detallado análisis. En esta primera columna refutan la idea, difundida insistentemente por centros de pensamiento de derecha, de que Chile cobra altos impuestos corporativos. Por el contrario, la tasa que las empresas efectivamente pagan (no la que dicen pagar) es baja; y la reforma la llevará a cero. El gobierno espera que el impuesto “ahorrado” se transforme en inversión. Los autores argumentan que es difícil que eso ocurra.
La propuesta tributaria del gobierno ha generado un intenso debate público, sobre todo la modificación que se refiere la tributación de las empresas y sus dueños.
Los detractores de la reforma argumentan que beneficia directamente a personas de altos ingresos y dueños de empresas. Los defensores, en cambio, remarcan que tendría un impacto positivo sobre la inversión y el crecimiento. Estos últimos han desplegado una intensa campaña política y comunicacional insistiendo que quienes se oponen a la reforma, ignoran los principios básicos de la economía, pues la propuesta, dicen, se funda en la experiencia comparada de países desarrollados y en la evidencia académica más rigurosa. Por ejemplo, un editorial de La Tercera afirmó que la propuesta tributaria se basa en “la conclusión más establecida de las finanzas públicas”. El mismo diario sostuvo también que los argumentos levantados por los opositores “desconocen profundamente el rol de los incentivos para movilizar los recursos económicos”.
Nuestro objetivo en esta serie de columnas es contribuir a clarificar algunos aspectos complejos de la actual discusión tributaria, para evitar caricaturas que han dificultado un debate público informado.
En este primer texto expondremos la modificación propuesta al impuesto corporativo y argumentaremos que una de sus implicancias es que, de aprobarse, la reforma disminuirá el impuesto corporativo efectivo a un 0% para todas las empresas.
En una segunda columna analizaremos, a la luz de la literatura económica disponible, los potenciales efectos positivos en inversión y crecimiento que se le atribuyen a la reforma. Nuestra conclusión es que las expectativas descansan en supuestos al menos cuestionables.
Finalmente, en una tercera columna mostraremos que la reforma no solo disminuye el impuesto a las empresas, sino también el impuesto para sus dueños. Asimismo, discutiremos cómo la retórica que defiende la reforma, además ser cándida en sus supuestos, ignora u olvida un conjunto importante de consideraciones económicas e institucionales necesarias para evaluar los efectos de una reforma como la propuesta.
En conjunto, esta serie cuestiona la justificación económica de la reforma del gobierno. Más aún, sugerimos que la reforma puede ser problemática en relación con los desafíos de un sistema tributario moderno, eficiente y justo.
Entre los elementos que caracterizan el impuesto a las utilidades de las empresas, la tasa es el que tradicionalmente concentra la discusión pública. Esto parece razonable pues la intuición nos dice que, si aumenta la tasa en un 5%, las empresas tendrán que pagar efectivamente un 5% más.
Sin embargo, existen dos elementos adicionales que pueden neutralizar un alza de tasa, es decir, que pueden hacer que lo que aparece en el papel, no ocurra en la realidad. Esos elementos son el grado de integración y la base (que se examinará en la columna final).
El grado de integración se refiere a la forma cómo se combinan los impuestos que paga una empresa y los que pagan sus dueños[1].
En la mayoría de los países desarrollados no se combinan, es decir, las empresas y sus dueños tributan por separado. Una empresa genera utilidades, paga impuestos y luego sus dueños pagan impuestos personales por los ingresos que derivan de sus empresas. Así, si usted se pregunta, por ejemplo, cuánto tributa una empresa en Alemania, Dinamarca, Holanda, o Suecia, le dirán que tributa lo que dice la tasa. Estos países son, tributariamente hablando, sistemas desintegrados.
En Chile, en cambio, hasta la reforma de 2014, teníamos un sistema totalmente integrado. Este régimen considera que los impuestos pagados por la empresa son un adelanto del impuesto que deben pagar sus dueños. La empresa genera utilidades, tributa por ellas, y luego a sus dueños se les reconoce que los ingresos que obtiene de la empresa ya pagaron un impuesto, haciéndose un descuento en su obligación personal.
¿El resultado? Aunque las empresas que se someten a regímenes de este tipo deben pagar hoy un 25% en impuestos, en lo sustancial pagan cero. Dado que el impuesto corporativo opera como un adelanto (o retención), para los dueños es irrelevante la tasa que el Estado le fije a las empresas. Si es 0%, 50%, o 100%, todo se les devolverá a los dueños en forma de crédito en su tributación personal.
Entre estos dos polos están los sistemas semi-integrados (o parcialmente integrados). En ellos solo una parte de lo pagado por la empresa puede considerarse un adelanto de las obligaciones tributarias personales de los dueños.
Chile adoptó ese sistema luego de la reforma tributaria presentada por el gobierno de Bachelet (que originalmente proponía un sistema completamente integrado, con una tasa de 25%, pero alterando el otro elemento clave del sistema tributario: la base). Producto del férreo rechazo de la entonces oposición y del gremio empresarial, se acordó incorporar un régimen adicional semi-integrado[2].
El sistema semi-integrado tiene una tasa del 27%, pero eso no es lo que la empresa, en los hechos, paga. Esto, porque los dueños pueden usar como crédito sobre sus impuestos personales hasta el 65% de lo que la empresa pagó. Así, el impuesto efectivo de la empresa se obtiene calculando el 27% sobre el 35% restante (ese que el dueño no puede usar como crédito).
Es decir, bajo el régimen el semi-integrado, la tasa efectiva a las empresas es 9,45%.
Actualmente las empresas pueden escoger tributar, principalmente, entre el régimen integrado y el semi-integrado[3]. Un lector atento puede preguntarse por qué una empresa elegiría el régimen semi-integrado, si la integración es menor y la tasa es mayor. La respuesta tiene que ver con el efecto que genera la base tributaria, que se se examinará en la columna final. A modo de adelanto, se puede decir que el régimen semi-integrado compensa su mayor tasa con ventajas tributarias que permiten, a la larga, disminuir el impuesto a la renta de los dueños de las empresas.
Entonces, ¿cómo tributan las empresas en Chile hoy? Depende de lo que elijan. Si tributan de acuerdo con el sistema “totalmente integrado”, su impuesto efectivo será 0%. Si eligen el sistema “semi-integrado”, su impuesto efectivo será 9,45%. Lo importante es notar que en ambos casos las tasas establecidas “en el papel” son distintas a las “efectivas”. Esto muestra por qué el repetido argumento de que Chile tiene tasas de impuesto corporativo muy altas a nivel comparado, carece de sustento. Quienes dicen eso centran la discusión sólo en la tasa, sin considerar el efecto de la integración, lo que constituye una sobre-simplificación que dificulta un debate honesto y responsable, y puede llevar a conclusiones erróneas.
La realidad es que la tasa corporativa en Chile es, en los hechos, de las más bajas a nivel comparado.
La reforma del gobierno propone que los actuales regímenes integrado y semi-integrado den paso hacia un único régimen totalmente integrado[4]. Esto es, un sistema en donde la totalidad de los impuestos pagados por las empresas se reconozca como crédito para sus dueños. Así las empresas que hoy tributan en el régimen semi-integrado y que pagan un 9,45% de impuesto corporativo, pasarían a pagar un 0%.
De aprobarse la reforma, entonces, todas las empresas en Chile pagarán una tasa efectiva de impuesto corporativo de 0%. Esto muestra que, en el contexto de la reforma, hablar de integración es un eufemismo para evitar hablar directamente de una reducción del impuesto a las empresas.
¿Cuál es la justificación para disminuir el impuesto corporativo en un país que, como hemos visto, ya tiene de las tasas más bajas a nivel comparado?
La retórica que defiende la propuesta alude a los potenciales efectos que la integración del sistema tendría sobre la inversión. Según el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, la inversión aumentará entre un 2 y 2,5% anual por un periodo de 10 años. Esto implicaría un crecimiento adicional del PIB del 0,6% anual durante la próxima década.
Creemos que los antecedentes entregados por el gobierno se basan en supuestos optimistas y están probablemente sobredimensionados (aquí el lector puede encontrar el detalle de los cálculos y formar su propia opinión). Sin embargo, nuestro interés no es discutir los números del gobierno, sino que examinar los fundamentos teóricos y empíricos que justifican el vínculo entre impuestos e inversión y crecimiento.
Como veremos en la siguiente columna, nuestro análisis sugiere que la literatura académica no se condice con el entusiasmo del ministro.
[1] Una definición más formal del grado de integración se refiere a la parte de los impuestos que pagan las empresas que puede ser usada como crédito por sus dueños para disminuir su impuesto a la renta (es decir, para disminuir su tributación personal).
[2] La reforma del gobierno de Bachelet mantenía la integración total, pero afectaba la base. El sistema semi-integrado, en cambio, mantuvo la base del sistema anterior. Esperamos que, tras leer la tercera columna de esta serie, el lector pueda comprender por qué los empresarios de altos ingresos ofrecieron tanta resistencia al cambio en la base tributaria.
[3] Existen ciertas restricciones para tributar bajo el sistema completamente integrado. Concretamente, sociedades anónimas que se transan en la bolsa, y empresas que tienen de socios personas jurídicas, tienen que inscribirse en el sistema semi-integrado. Todo el resto de empresas puede elegir entre ambos regímenes.
[4] La reforma también modifica la base tributaria, tema que se analizará en la tercera columna.
Este artículo es parte del proyecto CIPER/Académico, una iniciativa de CIPER que busca ser un puente entre la academia y el debate público, cumpliendo con uno de los objetivos fundacionales que inspiran a nuestro medio.
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