A 25 años de la promulgación de la Ley de Culto: una mirada desde el mundo evangélico
14.10.2024
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14.10.2024
El autor de esta columna escrita para CIPER, pastor bautista y activo participante del Comité de Organizaciones Evangélicas que participó del proceso legislativo, repasa los alcances de la ley 19.638 que se publicó el 14 de octubre de 1999. Comenta que “a 25 años de la promulgación de la ley es necesario hacer una pausa y hacer los ajustes necesarios, pero no sólo desde una perspectiva de una mirada particular como iglesia evangélica, sino desde una perspectiva general y sociológica sobre la base del significado del rol que juega la religión en la vida de una sociedad”.
A poco andar del primer centenario de la República, en 1925, la sociedad chilena, bajo la presidencia de don Jorge Alessandri Palma, experimentó, al menos en teoría, lo que fue un hito en la historia de nuestra Nación: la separación de la iglesia (católica) y el Estado.
Los cambios que esa decisión trajo al diario vivir de los chilenos, si es que los hubo, fueron imperceptibles. Lo más relevante fue que Chile podía exhibir en su Constitución que era una República que no tenía religión oficial, lo que la ponía, en alguna medida, a la vanguardia del concierto latinoamericano.
En ese sentido, fue una paso importante, pero sólo en ese sentido; los privilegios de la Iglesia Católica se mantuvieron por todo el siglo XX.
Tanto en la vida cotidiana, como en los acontecimientos públicos y en todo el funcionamiento institucional del país era una hecho que sí había una iglesia incrustada en todas las estructuras del Estado.
Como ejemplo, hasta 1969, el aniversario de la Patria, el Te Deum, era una liturgia donde se celebraba una misa en que las autoridades eran invitadas a comulgar.
Fue el presidente Salvador Allende quien, en 1970, solicitó a la jerarquía católica que el Te Deum del cumpleaños de la Patria fuese un servicio religioso ecuménico que diera cuenta de la diversidad religiosa del país. Pasaron 44 años para que a nivel institucional se viera reflejado en un mínimo aspecto lo que había ocurrido en 1925.
La ley 19.638, sobre La Constitución y Funcionamiento de Entidades y Organizaciones Religiosas, más conocida como la Ley de culto, nace cuando se recupera la democracia como un gesto del Estado chileno hacia el mundo religioso, porque se es consciente de la discriminación durante todo el siglo XX. Si bien es cierto en la mente de los actores políticos estaba muy presente la iglesia evangélica chilena, que por años venía sufriendo una discriminación, a pesar de que Chile no tenía una iglesia oficial, la ley tenía que hacerse pensando en la amplia diversidad religiosa. Es lo que correspondía porque no se podía solucionar un problema de favoritismo con otro favoritismo. La clase política sabía muy bien que la iglesia evangélica ya era una minoría significativa en la población y eso tenía un peso electoral.
El siguiente es un vistazo, desde la perspectiva de un pastor bautista, de estos 25 años desde el 14 de octubre de 1999, cuando se promulgó la norma. Los factores positivos:
Factores que merecen atención:
A 25 años de la promulgación de la ley es necesario hacer una pausa y hacer los ajustes necesarios, pero no sólo desde una perspectiva de una mirada particular como iglesia evangélica, sino desde una perspectiva general y sociológica sobre la base del significado del rol que juega la religión en la vida de una sociedad.
Los cambios que nos ha traído el siglo XXI han sido demasiado rápidos. En el siglo XX el filtro constitucional para las actividades sociales públicas era: “El orden público, la moral y las buenas costumbres”. No lesionando ninguna de esas normas constitucionales, por decirlo de alguna manera, todo estaba permitido. Sin embargo, el contexto hoy ha cambiado. La revolución cultural es un hecho y la normativa legal de cada país, incluyendo la agenda 2030 emanada desde la ONU, ameritan una profunda reflexión y un diálogo honesto, firme y respetuoso entre todos los actores sociales, para que los derechos de todos sean respetados y no se impongan unos sobres otros. En ese sentido, la ley que estamos comentando necesita ponerse a tono en el contexto actual, no para imponer nuestros criterios y principios al resto de la sociedad, sino para, hacer uso de un derecho y marcar la identidad cristiana y la espiritualidad enraizada en la propuesta de Jesús de Nazaret.