#8M Violencia de género en las universidades
06.03.2024
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06.03.2024
«¿Es posible para una persona que integra una comunidad universitaria —sea como docente, estudiante o personal administrativo— diferenciar qué es violencia de género de otro tipo de violencias o conflictos? ¿Se ha logrado avanzar en la prevención de la violencia de género de las instituciones de educación superior? ¿Se ha protegido y reparado a las víctimas cuando ella ha ocurrido?».
A casi seis años del «mayo feminista» y a dos de la promulgación de la Ley 21.369 que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en la educación superior (ES), sobre este problema se evidencian avances, pero también deudas para prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, así como proteger y reparar a quienes los han sufrido.
Los avances son indiscutibles. Ya sea de forma voluntaria o bien en respuesta a la legislación, en las instituciones de ES surgen diversas iniciativas para abordar el acoso sexual, integrar una perspectiva de género en la docencia, investigación e innovación, o desplegar políticas institucionales que abordan diversas manifestaciones de la desigualdad de género en contextos educativos y laborales. Si en el 2017 se evidenciaba que solo siete universidades en Chile contaban con protocolos para abordar el acoso sexual [MUÑOZ-GARCÍA, FOLLEGATI y JACKSON 2018], el panorama ha cambiado radicalmente.
La Ley 21.369 establece la obligación de contar con políticas integrales (no solo protocolos) para abordar el acoso sexual, la violencia y discriminación de género en todas las instituciones de ES, siendo además considerado en la acreditación institucional ante la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). Así, a fines de 2022 fueron 146 instituciones las que declararon contar con una política integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género —95,4% del total de instituciones de educación superior— incluyendo entre ellas 52 universidades [SES 2022]. Todas las universidades declaran contar con unidades responsables de la implementación de políticas, planes, protocolos y reglamentos contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, así como con unidades responsables de llevar a cabo los procesos de investigación y sanción, entre otros aspectos [ibíd.].
En 2023, en el marco del Proyecto FONDECYT 1210477 “Mapeando la construcción del conocimiento desde una perspectiva de género” revisamos las políticas e iniciativas institucionales expuestas públicamente en los sitios web de las instituciones de educación superior. Respecto a las universidades, se incluyeron 53 instituciones (18 estatales y 35 privadas) y se observó que coexisten diversos tipos de avances institucionales: políticas de género más amplias con políticas integrales de violencia de género, protocolos y/o reglamentos específicos sobre la materia, junto con diversas otras iniciativas. De ellas, 21 contaban con políticas institucionales de género; esto es, políticas que abordan diferentes aspectos del quehacer universitario, no solo violencia. Además, 35 universidades cuentan con políticas integrales de violencia de género específicamente y 46 poseen protocolos y/o reglamentos para su abordaje. Adicionalmente, treinta cuentan con iniciativas de género publicadas en sus sitios web; esto es acciones orientadas a la transversalización del enfoque de género y/o la promoción de la equidad o igualdad de género que no son necesariamente políticas institucionales por sí mismas.
Los cambios son evidentes en términos formales, pero ¿todos los actores de las comunidades educativas comprenden qué es y cómo se reproduce la violencia de género? ¿Es posible para una persona que integra una comunidad universitaria, —sea como docente, estudiante o personal administrativo— diferenciar qué es violencia de género de otro tipo de violencias o conflictos? ¿Se ha logrado avanzar en la prevención de la violencia de género de las instituciones de educación superior? ¿Se ha protegido y reparado a las víctimas cuando ella ha ocurrido? ¿Se han generado cambios en las relaciones de poder que sostienen la violencia al interior de las instituciones?
Las expectativas respecto de los compromisos, así como de la implementación de la ley han sido altas. Tan altas como las desigualdades y violencias de género en las universidades a lo largo de su historia. En una nueva conmemoración del 8M, reconocemos lo avanzado pero también la persistencia de una deuda con las mujeres y disidencias sexogenéricas que aun aspiran a estudiar, investigar y trabajar en espacios educativos y laborales libres de violencia de género y acoso sexual en las instituciones de educación superior en Chile. Una deuda que se mantiene invisibilizada, pese a la urgencia que el mayo feminista de 2018 reveló. Una deuda que se hace evidente a la luz de los compromisos, acuerdos y promesas que le siguieron.
En el análisis realizado, se observa que se mantiene un cierto carácter reactivo de las políticas de violencia, ya que gran parte de las políticas específicas de violencia de género en las universidades se aprobaron en septiembre de 2022, fecha en que se cumplió el primer plazo de implementación de la Ley 21.369 en las instituciones de ES. Asimismo, los avances son más acotados, paradójicamente, en torno al modelo de prevención y en particular respecto de la incorporación de contenidos de derechos humanos, violencia y discriminación de género en los planes curriculares de cada institución. Al 2022, solo un 62,8% de los Centros de Formación Técnica reportaron cumplimiento en esta materia, misma situación en un 87,1% de los Institutos Profesionales y el 92% de las Universidades [SES 2022]. La paradoja radica en que se trata de instituciones educativas que tienen la misión de educar para construir una sociedad libre de violencia. La formación no es un punto menor cuando la evidencia y discusión internacional la considera crucial para comprender las violencias y discriminaciones de género que ocurren. Sin ello, las políticas institucionales en esta materia se transforman en letra muerta que no llevan consigo el efecto que nombran [Ahmed 2021].
Por otra parte, cuando la violencia de género ocurre, es fundamental avanzar más allá de las sanciones individuales hacia el desarrollo de procesos de reparación individuales, grupales y también comunitarios. Cuando ocurre violencia de género en una comunidad educativa, se afecta la trayectoria educativa o laboral de una o varias personas, pero también a su comunidad. El compromiso con los procesos de reparación, como parte esencial de un abordaje integral, es clave para entender las violencias como un problema colectivo que se soluciona colectivamente.
Finalmente, consideramos que las transformaciones necesarias para cambiar las relaciones de poder que generan violencias y desigualdades de género en la sociedad dependen, en gran medida, de la respuesta que ofrecen las instituciones educativas ante el cambio cultural y social. Este cambio se expresa no solo sancionando la violencia de género que ocurre en ellas, sino que previniendola por medio de la formación que ofrecen y el conocimiento que generan. En suma, transformando sus propias comunidades y ofreciendo a la sociedad una respuesta efectiva ante las violencias de género que aún persisten.