La confusión sobre las querellas: una mirada institucional
14.02.2024
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14.02.2024
La interpretación literal de una comentada frase del presidente Boric durante el funeral del expresidente Sebastián Piñera ha dado pie a que voceros de partidos de derecha reclamen el retiro de las querellas criminales contra el fallecido mandatario y sus colaboradores. Pero el Estado de Derecho y la democracia constitucional imponen un determinado orden para evaluar la razonabilidad y justicia de estos asuntos, recuerdan en columna para CIPER dos académicos en Derecho: «El reclamo es comprensible en el marco de manifestaciones poco recatadas que Chile Vamos desplegó durante los días de duelo. Sin embargo, es incorrecto desde un punto de vista jurídico, e improcedente y hasta inaceptable desde un punto de vista político.»
«Durante su gobierno, las querellas y recriminaciones fueron en ocasiones más allá de lo justo y razonable». La frase del presidente Gabriel Boric en su discurso durante el funeral de Estado a su antecesor, Sebastián Piñera, ha generado variadas reacciones. Transcurrido el duelo oficial por esa trágica muerte, vale la pena examinarlas, pues dan cuenta de una falta de comprensión acerca del modo en que operan las instituciones de una democracia constitucional.
Desde la derecha se reclama «consistencia»: si las palabras del presidente son honestas, sostienen algunos, entonces debiese retirar las querellas criminales contra el expresidente Piñera y sus colaboradores. Así se lograría empalmar la evaluación política de su rol como parte de la entonces oposición y la manifestación institucional de lo que fueron, según sus propias palabras, juicios apresurados o excesivos. El reclamo es comprensible en el marco de manifestaciones poco recatadas que Chile Vamos desplegó durante los días de duelo. Sin embargo, es incorrecto desde un punto de vista jurídico, e improcedente y hasta inaceptable desde un punto de vista político. Veamos.
Es posible que, en medio de la congoja, dirigentes de oposición hayan creído que el presidente Boric ocupó la palabra «querella» en sentido técnico o, si se prefiere, en su tercera acepción; esto es, como acción judicial que busca establecer la responsabilidad criminal de una persona, y no en su acepción de «discordia o pendencia». Bajo este supuesto, si las querellas «fueron más allá de lo justo y razonable», entonces alguien puede haber pensado que Boric debiera retirarlas (por cierto, alguien debiese advertir que, bajo el Derecho chileno, la muerte extingue la responsabilidad penal de una persona). Pero parece bastante obvio que el presidente no se refería a las querellas que se tramitan ante los tribunales de justicia, sino —atendido el contexto de su frase— a las feroces críticas que él y otros opositores al gobierno de Sebastián Piñera hicieron en su contra.
Ahora bien, asumiendo que no hay error de interpretación de parte de los dirigentes opositores, ¿es correcta su interpelación? No, por al menos tres razones. En primer lugar, el expresidente y sus colaboradores no son los únicos presuntos responsables de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas tras el estallido social de 2019. Muchas de las querellas se dirigen contra otros funcionarios del Estado, tales como personal y oficiales de Carabineros de Chile, u otros que no dependían de la confianza política del entonces gobierno.
Segundo, la petición de retirar las querellas obvia que se trata de una decisión que escapa de las manos del presidente y, por lo mismo, pasa por alto el rol del entramado de órganos e instituciones que configuran nuestro Estado de Derecho. Muchas querellas han sido interpuestas por el Consejo de Defensa del Estado, en ejercicio de sus atribuciones técnicas; otras tantas han sido presentadas por víctimas y litigantes particulares.
Tercero, y más importante, aun si fuera posible «retirar las querellas», se trata de una petición políticamente improcedente. Lo propio del Estado de Derecho es la tramitación y solución de los conflictos y acusaciones a través de cauces institucionalmente habilitados al efecto, con el objetivo de, entre otros, evaluar si recriminaciones que toman forma jurídica —por ejemplo, a través de acciones judiciales— son correctas o si van «más allá de lo justo y razonable». Frente a hechos graves, como fueron las violaciones a los derechos humanos de 2019, se honra el Estado de Derecho cuando se entrega a sus tribunales la determinación de responsabilidades.
La interpelación que hoy se hace a las querellas es similar a lo que ocurrió con la acusación constitucional en contra del expresidente Piñera: se suele escuchar, con fervor renovado por estos días, que la izquierda habría intentado nada menos que «derrocar» a un presidente electo por el pueblo, mostrando desprecio por la democracia constitucional. Esta forma distorsionada de comprender la interacción entre órganos del Estado tuvo su máxima expresión hace no mucho, cuando el propio expresidente llegó al extremo de afirmar que en su contra se había llevado adelante un «Golpe de Estado no tradicional» (sic). En ese momento, el Congreso Nacional consideró que la acusación no procedía, que no tenía mérito, que era excesiva; es decir, que iba «más allá de lo justo y razonable». Pero no puede equipararse utilizar un procedimiento contemplado por el ordenamiento constitucional —incluso si este se utiliza de manera inapropiada— a recurrir a un mecanismo fuera del Derecho; especialmente en un país que conoce en carne propia lo que significa derrocar un gobierno.
La virtud de las instituciones y los procedimientos políticos, como el legislativo, descansan justamente en abrirse a considerar puntos de vista distintos de los autores de una acusación, moción legislativa o proyecto de acuerdo. Se trata, vale la pena insistir, de los arreglos institucionales que nos hemos dado, y conforme a los cuales evaluamos la justicia y racionalidad de decisiones que deben adoptarse.
Lo mismo ocurre con los procedimientos que se activan una vez que se presenta una querella criminal: allí, junto con habilitarse espacios procedimentales para escuchar los distintos puntos de vista —la denominada «audiencia de las partes»—, se configura un procedimiento que busca evaluar con imparcialidad la justicia y razonabilidad de los reproches; en esta ocasión, penales.
Así, las investigaciones que lleva el Ministerio Público, como manda su propia ley orgánica, deben llevarse adelante con equidad, considerando aquellos antecedentes «que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado», constituyendo ello un primer filtro. Y si el Ministerio Público llega a la convicción de que hay antecedentes suficientes para someter a juicio a un imputado, entonces formula la acusación correspondiente, en cuyo caso, son los tribunales de justicia —un segundo filtro— los que deben evaluar el mérito de una querella. En otras palabras, es la misma democracia constitucional y el Estado de Derecho los que ofrecen las vías para evaluar, una vez terminada la tramitación de las causas, si se trató o no de recriminaciones y querellas que fueron «más allá de lo justo y razonable».
Exigir al presidente el retiro de las querellas no solo demuestra ignorancia respecto del funcionamiento del sistema de justicia penal (y eventualmente del idioma español). Además, menosprecia el derecho de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos a ser reparadas por actos cometidos por agentes del Estado, y parece sugerir que hay asuntos que pueden resolverse por vías distintas de las dispuestas institucionalmente. Por la salud de la democracia y el vigor del Estado de Derecho, ello es simplemente inaceptable.