Acuerdo sobre isapres: un informe para que nada cambie
11.10.2023
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11.10.2023
El que sigue es un análisis detallado de los mandatos y omisiones en el informe final dado a conocer ayer por la comisión a cargo de la salida a la llamada crisis de las isapres. Es una columna de opinión para CIPER, a cargo de un médico y profesor universitario.
La Comisión Técnica Asesora para la Comisión de Salud del Senado ha evacuado el pasado martes, en el marco de la discusión del boletín 15896-11, su informe final. Se trata de una comisión técnico-política creada especialmente ante la llamada «crisis de las isapres», derivada del fallo de la Corte Suprema que obliga a éstas a hacer cumplir una circular previa de la Superintendencia de Salud sobre eliminar la discriminación por sexo y ajustar la discriminación por edad, reponiendo a los usuarios los montos adeudados por aquello. [más del autor sobre este tema en CIPER-Opinión]. En la Comisión participaron personas con conocido compromiso político en el actual gobierno y en los anteriores.
El texto dado a conocer, señala como mandato de la citada comisión «entregar elementos técnicos que permitan asesorar a la Comisión de Salud del Senado en la búsqueda de acuerdos políticos para la implementación de los fallos, asegurando la sostenibilidad del sistema de salud y, a la vez, avanzando en cambios que apunten a mejorar nuestro sistema de salud».
Aquí hay una primera explicitación preocupante: la búsqueda de acuerdos políticos con dos poderes del Estado (Ejecutivo y Legislativo) para implementar fallos judiciales (Poder Judicial). Suena a una negociación inquietante entre los tres poderes que nuestro ordenamiento democrático supone independientes entre sí. Algo así como «nosotros juzgamos, y ustedes ven cómo lo resuelven… pero sin que se note».
El informe agrega que «se requieren propuestas que otorguen certeza jurídica respecto a la forma de implementar la adecuación de las tablas de factores y reducción de las primas GES ordenada por la Corte Suprema; y también propuestas que apunten a la sostenibilidad financiera del sistema, cautelando siempre que la reciente jurisprudencia de nuestros más altos tribunales se cumpla». Luego se detalla: «Sostenibilidad financiera del subsistema privado de salud; equilibrio entre ingresos y gastos».
Esta última premisa supone otros dos elementos inquietantes. Se espera que un informe técnico otorgue «certeza jurídica», pero ¿no son los tribunales, las cortes, los que deben allegar tal certeza? Si además se explicita que debe apuntarse a la sostenibilidad financiera del sistema, ¿debemos asumir, entonces, que resulta imperativo evitar la quiebra de una o más isapres?
Se nos promete en la introducción que habrá una sección final «en la que se plantean elementos que, a juicio de la Comisión, deben ser considerados en una necesaria discusión de reforma en el cortísimo plazo». Es decir, y desde mi punto de vista, se deja para el final algo que no estaba en el mandato, pero que es lo que realmente el país —y no solo la industria— necesita.
Lo fundamental del informe está ya en numerosos titulares de prensa: se calcularon de otra manera las deudas, dejándolas reducidas a un tercio de la estimación realizada por la SIS. ¿Acaso deberá explicarse más adelante cómo es que la SIS avala esta nueva metodología de cálculo (habiendo personas de la SIS como parte de los colaboradores de la Comisión)?. Además, se da un plazo extendido para el pago de lo adeudado a los afiliados (diez años, los mismos sugeridos en 2014 por la CAP como transición a una solución definitiva hacia un seguro único de salud).
El informe contiene una serie de detalles «técnicos» difíciles de digerir y algunas novedades, incluso para quienes nos consideramos conocedores de la seguridad social en salud. Por ejemplo, se señala que se debe «incluir un artículo en el proyecto de ley que permita que todos aquellos contratos de salud que a la fecha de entrada en vigencia de la ley tengan un precio pactado por debajo de la cotización legal se reajusten, por el solo ministerio de la ley, al valor de la cotización». Vale decir que hay personas que pagan por sus planes menos del 7% de la remuneración que está definida por ley (art. 92 del DL 3.500, de 1980), y por ende las empresas que lo hacen incumplen la legalidad vigente. El citado informe sugiere que «en ningún caso, el afiliado estará obligado a suscribir el plan de salud alternativo, pero mientras no suscriba un nuevo plan cuyo precio se aproxime a su cotización legal los excedentes que superen el 5% de esa cotización pasarán a ser un aporte total al sistema».
Cabe la duda: ¿aporte al sistema o a la isapre?
En el capítulo «Necesidad y urgencia de una reforma estructural» se explicita que la crisis actual del subsistema de isapres subraya la necesidad y urgencia de esta reforma, que no es posible resolver mediante una ley corta, agregando que «es por esto que la Comisión acuerda recomendar, tanto al Congreso Nacional como al Ejecutivo, avanzar de manera urgente en un trabajo técnico y político que permita el diseño y aprobación de cambios sustantivos a nuestro sistema de salud, los cuales sean materializados con la mayor urgencia posible. En concreto, nos parece fundamental que el Congreso Nacional y el Ejecutivo acuerden plazos explícitos para presentar uno o más proyectos de ley de reforma, iniciando desde ya el trabajo en esos nuevos cuerpos normativos, entendiendo que un esfuerzo de este tipo requiere de grandes acuerdos para hacerse viable».
Es de esperar que el gobierno, que ha avalado este informe que ayuda a la mantención del statu-quo respecto del sistema de isapres, retome su programa de gobierno y, tal como sugiere la Comisión, proponga al Parlamento a la brevedad el proyecto de reforma que Chile necesita: creación e implementación de un Fondo Universal de Salud. Esto implicará la incorporación de la actual población beneficiaria de isapres, con sus aportes financieros obligatorios (7%), y que a su vez mantiene una demanda por atenciones sanitarias con prestadores preferentes de carácter privado con seguros complementarios de salud.
Claro que hay una dificultad pendiente en este debate, y es que los comisionados —incluyendo aquellos representantes de la coalición de gobierno— han considerado en el informe que los elementos que debieran ser parte del marco para la reforma incluyen cosas coherentes con el programa de Gabriel Boric (más solidaridad, equidad, eficiencia del sistema, reducir el gasto de bolsillo. etc.), pero también otros componentes que no lo son, relacionados con la libertad de elección de seguros, seguros sin cautividad (preexistencias), regulación de alzas de precios y mutualización de riesgos.
Un último acápite a este respecto: nada dice el informe respecto de la eliminación de la discriminación por edad que hacen los planes de las isapres. Al permanecer ésta en las tablas de riesgo, entonces el sistema mantendría su carácter de inconstitucionalidad, de acuerdo al Dictamen del Tribunal Constitucional de 2010.
Así, se trata de un informe que cambia muchas cosas —por ejemplo, la interpretación de la SIS—, para que en realidad nada cambie.