Los sitios de memoria y su aporte a la verdad, la justicia y la democracia en Chile
05.09.2023
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05.09.2023
El investigador y académico Pablo Seguel ha pasado años recopilando y clasificando documentos sobre la dictadura militar. De hecho, su archivo es una de las principales fuentes del buscador de documentos en línea “Papeles de la Dictadura”. En esta columna, preparada para la serie especial de publicaciones de CIPER con ocasión de los 50 años del golpe de Estado, el académico se refiere a la importancia de reconocer y mantener los sitios de memoria. Lo hace a partir de la historia del centro de torturas de la Dina conocido como «La Venda Sexy», declarado monumento nacional en 2016 y recién expropiado para que sirva como un lugar que permita reconocer lo ocurrido y fortalecer el compromiso con el respeto a la dignidad de todas las personas.
El 1 de septiembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial el Decreto de Expropiación del SERVIU del “Cuartel Tacora”, excentro clandestino de detención, tortura, ejecución y desaparición forzosa de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), conocido como Venda Sexy-Discoteque. Un recinto emplazado en medio de un barrio residencial de clase media, en la intersección de las calles Irán con Los Plátanos, en la comuna de Macul, en la ciudad de Santiago.
El lugar fue un protegido Monumento Nacional categorizado como Monumento Histórico a través del decreto N°277 de 2016. Debieron transcurrir siete años desde su protección para que recién ahora el Estado adoptase la decisión de expropiarlo, usando un mecanismo legal a disposición de las administraciones de turno, consagrado en el artículo N°16 de la Ley 17.288.
La decisión del Estado de proteger los sitios de memoria con participación de la sociedad civil no ha sido antojadiza. En 2004, el Informe de la Comisión Nacional Sobre Prisión Política y Tortura (Informe Valech I), recomendó al Estado que los principales centros de tortura fueran declarados “monumentos nacionales”, recomendando además la creación de “memoriales y sitios recordatorios de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y violencia política”. Según señala el informe en su página 548, lo que se proponía era “evaluar lugares con las características de ser identificados por las víctimas como representativos de lo ocurrido, ubicados en diferentes regiones y que puedan servir al propósito de reconocimiento de lo sucedido y compromiso con el respeto de la dignidad de las personas”.
No obstante, para ejercer esta decisión con anterioridad, faltó voluntad política y presupuesto. La administración anterior, encabezada por el expresidente Sebastián Piñera, dilató la toma de una decisión en una mesa de trabajo de tres años que no llegó a ninguna conclusión práctica. Todo esto muestra los límites, tensiones y desafíos que desde temprano han tenido que sobrellevar estas iniciativas para hacer efectivas las recomendaciones de las comisiones de verdad y reconciliación.
La Venda Sexy-Discotheque, es un lugar más entre los 1.132 centros clandestinos de detención que funcionaron a lo largo y ancho del país durante la dictadura militar. Por estos sitios transitaron las 3.227 personas que fueron ejecutadas, algunas hechas desaparecer de manera forzada y 38.254 personas que fueron detenidas y sometidas a tratos crueles, inhumanos y degradantes.
De esos 1.132 recintos clandestinos, a casi 50 años del golpe de Estado, solo 65 han sido protegidos como Monumentos Históricos. Una situación que muestra las deudas pendientes del Estado en materia de medidas de reparación moral y prevención de la reiteración de las violaciones a los derechos humanos.
Pese a estas dificultades, se ha avanzado en la protección utilizando la Ley de Monumentos Nacionales, una herramienta legal anticuada que data de 1970, que debe ser revisada y actualizada, y cuyos fines no están pensados para la protección de estos bienes. Pese a ello, esta ley se ha transformado en una herramienta a disposición del Estado y la sociedad civil para encontrar la verdad y avanzar en medidas de protección y promoción en materia de derechos humanos.
Entre 1974 y 1975, bajo la fachada de un tranquilo inmueble residencial, la DINA o policía política de la dictadura, secuestró clandestinamente a cientos de personas, las sometió a torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes. Ejecutó e hizo desaparecer en ese lugar a medio centenar de personas, de los cuales, 27 fueron incluidos en la “Operación Colombo”, el montaje represivo y comunicacional de la dictadura que disfrazó la muerte de 119 militantes de izquierda como el resultado de purgas internas, campaña que se materializa en el oprobioso titular del diario La Segunda publicado el 24 de julio de 1975 y que decía “exterminados como ratones”.
En este recinto operaban dos grupos: el “Chacal”, al mando del oficial de Carabineros, Miguel Hernández Oyarzo; y el grupo “Ciervo”, al cargo del oficial del Ejército, Manuel Carevic Cubillos. Ambos dependían de la Agrupación Purén comandada por el oficial de Ejército, Raúl Iturriaga Neumann, la que formaba parte de la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM).
La BIM fue el brazo operativo en la capital de la policía política que dirigía el Teniente Coronel del Ejército, Juan Manuel Contreras Sepúlveda —alias, «el Mamo»—, cerebro detrás de las operaciones de represión y contrasubversión entre octubre de 1973 y finales de 1977, y mano derecha del dictador Augusto Pinochet Ugarte.
De acuerdo con el Informe Valech I (2004), en este recinto se practicó con especial sistematicidad la violencia sexual en contra de personas detenidas y con especial saña en contra de mujeres. También se practicaron con sistematicidad torturas con animales, las que fueron propinadas por la mayor de Carabineros, Ingrid Olderock.
Al respecto, el Informe señala:
“Quienes estuvieron en la Venda Sexy denunciaron haber sido sometidos a interrogatorios y torturas, que se realizaban en el subterráneo del inmueble. En este recinto se practicó con especial énfasis la tortura sexual. Eran frecuentes las vejaciones y violaciones sexuales de hombres y mujeres, para lo que se valían, además, de un perro adiestrado. Los testimonios denuncian que también sufrieron golpes, aplicación de electricidad, colgamientos, fueron sometidos a la ruleta rusa, sufrieron asfixia, quemaduras, privación de sueño, fueron obligados a presenciar y escuchar torturas a otros detenidos, amenazas; y manipulación psicológica permanente”, (Informe Valech, 2004: p. 443).
El funcionamiento de este recinto fue tempranamente denunciado por las organizaciones de defensa de los derechos humanos, la sociedad civil y organismos internacionales desde mediados de la década de 1970. En 1976 fue incluido en el informe del Consejo Económico y Social de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Pese a estas denuncias, en 1979 el ministro de Interior de la dictadura, Sergio Fernández, negó públicamente la existencia de este recinto.
A pesar de este intento deliberado por negar, tergiversar y ocultar la historia de las atrocidades ahí cometidas, en 1991, en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (Informe Rettig) y en el Informe Valech I, el recinto fue reconocido por el Estado como cuartel de la DINA. Los delitos y crímenes ahí cometidos, además han sido acreditados en diversas sentencias del Poder Judicial (sentencia Causa Rol Corte de Apelaciones de Santiago N°6.741-2006 Episodio “Nilda Peña Solari”, sentencia Causa Rol del 34° Juzgado del Crimen de Santiago N°407-2010).
Pese a que las violaciones a los derechos humanos han sido reconocidas y acreditadas por el Estado chileno a través de diversos mecanismos de justicia, la forma en cómo se construyó la transición democrática, dificultó que esta herida que divide a los chilenos cicatrizara. La salida de la dictadura militar se trazó en el itinerario que estableció la Constitución de 1980. Una salida en la que las memorias y los discursos históricos que legitimaron y validaron el golpe de Estado, se anclaron en amplios sectores de la sociedad civil y el sistema político.
Esto repercutió en que la herida del golpe nunca sanó del todo, ya que las medidas de verdad, justicia y reparación recayeron fundamentalmente en iniciativas del Poder Ejecutivo y en iniciativas legislativas presas de las mayorías circunstanciales de turno. En otras palabras, las memorias sobre la crisis de la Unidad Popular y la justificación del golpe de Estado quedaron enfrentadas a nivel sociopolítico y en términos excluyentes, las cuales en la coyuntura actual se atizaron.
Las sociedades que no se hacen cargo de sus pasados, en términos de verdad, justicia y reparación, tienden a horadar sus institucionalidades democráticas. Quienes defienden de manera acérrima los crímenes cometidos, negándolos o justificándolos, dañan la convivencia democrática e instalan la sospecha sobre las instituciones y el Estado de derecho. Cuando se niega la verdad sobre el daño causado por los agentes del Estado y civiles amparados por el mismo, se fuerza a que las víctimas, sus familias y un sector importante de la sociedad, se predispongan a la confrontación. Sin verdad, no hay reconocimiento del daño causado, ni justicia, ni posibilidades reales de una reconciliación.
En consideración de esto es que, desde mediados de la década de 1990, el sistema internacional e interamericano de derechos humanos viene desarrollando un conjunto de principios y recomendaciones para afrontar estos pasados de violaciones a los derechos humanos. En el caso de la ONU, en 1997 se adoptó un “Conjunto de Principios para la Protección de los Derechos Humanos mediante la Lucha Contra la Impunidad”, reactualizado en el año 2006.
Uno de los elementos centrales que reconoce dicho instrumento, es la estrecha relación entre la verdad, la justicia y el perdón. Así señala que “no existe reconciliación justa y duradera si no se satisface efectivamente la necesidad de justicia” y “(…) que el perdón, que puede ser un factor importante de reconciliación, supone, como acto privado, que la víctima o sus derechohabientes conozcan al autor de las violaciones y que éste haya reconocido los hechos y manifestado su arrepentimiento”.
El principal escollo para la paz y la democracia es la impunidad. Por impunidad la ONU entiende:
“La inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas”.
Por ello es que uno de los principales elementos que busca promover para revertir la impunidad, es el derecho a saber y conocer el pasado:
“Cada pueblo tiene el derecho inalienable a conocer la verdad acerca de los acontecimientos sucedidos y las circunstancias y los motivos que llevaron, mediante la violación masiva y sistemática de los derechos humanos, a la perpetración de crímenes aberrantes. El ejercicio pleno y efectivo del derecho a la verdad es esencial para evitar que en el futuro se repitan las violaciones”.
El avance de los procesos judiciales es una pieza fundamental para reconstruir las instituciones democráticas y evitar que la impunidad se institucionalice en las sociedades que han padecido conflictos y violaciones de derechos humanos, como es el caso de Chile. La impunidad genera frustración y esta violencia. Por ende, para promover la paz se requiere necesariamente generar mecanismos de verdad, posibilitar que las víctimas accedan a mecanismos de justicia imparciales y oportunos y que se generen medidas y garantías de no repetición de las violaciones a los derechos humanos.
En ese escenario, desde mediados de la década de 1990, la sociedad civil organizada ha venido presionando para proteger recintos e inmuebles utilizados por la dictadura para cometer violaciones de derechos humanos. Esto, como una manera de visibilizar los horrores ahí cometidos, pero también para construir plataformas abiertas a la sociedad civil que eduquen en derechos humanos, reparen la memoria de las víctimas y promuevan el conocimiento de los hechos ocurridos para que no vuelvan a ocurrir.
Los sitios de memoria son piezas fundamentales de los procesos de verdad, justicia y reparación y forman parte de las políticas de verdad y memoria que pueden desarrollar los Estados que han vulnerado los derechos fundamentales de su población, para generar medidas de reparación y fomentar la paz. Así recientemente lo ha recomendado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de la Resolución 3-2019 de Políticas Públicas de Memoria en las Américas, que han entendido que los sitios de memorias constituyen piezas fundamentales del desarrollo de “políticas integrales de memoria”.
Se entiende por ello “la obligación de adoptar políticas públicas de memoria coordinadas con procesos de justicia y rendición de cuentas, incluida la búsqueda de la verdad, el establecimiento de reparaciones y la no repetición de las graves violaciones a los derechos humanos. Este abordaje comprende el deber estatal de desarrollar políticas de memoria como base para abordar las graves violaciones a los derechos humanos del pasado y del presente; y considera los derechos humanos en su universalidad, indivisibilidad e interdependencia”.
También el Informe anual de la Situación de los Derechos Humanos del Instituto Nacional de Derechos Humanos de 2018 recomendó al Estado avanzar en este sentido.
No obstante, aún falta poder desarrollar y fortalecer políticas integrales de memoria y derechos humanos que contemplen a los sitios de memorias como una herramienta central de la promoción de la democracia, la paz y la justicia.
Los caminos para avanzar en este desafío son múltiples, pero a cincuenta años del golpe de Estado se constituyen en una necesidad y obligación ineludible del Estado.
Corporación Nacional Verdad y Reconciliación – CNVR (2007). Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Vol. I, tomo II. Santiago de Chile, [1992].
Comisión Nacional Sobre Prisión Política y Tortura (2004). Informe de la Comisión Nacional Sobre Prisión Política y Tortura. Santiago de Chile: La Nación S.A.
Organización de las Naciones Unidas (1997). Informe Consejo Económico Social. Conjunto de principios para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad. E/CN.4/Sub.2/1997/20/Rev.1
Organización de las Naciones Unidas (1976). Informe del Consejo Económico y Social. Protección de los derechos humanos en Chile. Nota del Secretario.
SEGUEL, P. (2018). La Brigada de Inteligencia Metropolitana de la Dirección de Inteligencia Nacional: desafíos para la investigación en torno a sus recintos de detención, organización interna y racionalidad del servicio de inteligencia de la dictadura militar, 1973-1977. IX Jornadas de Trabajo sobre Historia Reciente (685-706)
___ (2022). Soldados de la represión. Anticomunismo, contrasubversión y seguridad nacional en las fuerzas armadas chilenas. Santiago de Chile: Ediciones Universidad Alberto Hurtado.
___(2023). «Operaciones psicológicas y campañas del terror. Las armas secretas del régimen», en revista Anfibia.
Sentencia Causa Rol Corte de Apelaciones de Santiago N°6.741-2006 Episodio “Nilda Peña Solari”.
Sentencia Causa Rol del 34° Juzgado del Crimen de Santiago N°407-201.