Más contradicciones en cuidado medioambiental
18.05.2023
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18.05.2023
La decisión pendiente del gobierno en torno a la llamada Ley Rep, que regula la gestión de residuos, puede tener severas consecuencias no sólo en el medioambiente, sino también en asuntos de seguridad y cumplimiento de tratados internacionales, advierte esta columna para CIPER: «La postura adoptada hasta ahora por el Ministerio del Medio Ambiente es difícil de entender. No sólo va en contra de lo anunciado por el propio gobierno en cuanto a protección medioambiental, sino que avanza en el sentido opuesto al que están tomando los países más desarrollados.»
El tema de la (in)seguridad pública y los vaivenes del debate constitucional le quitan en estos tiempos espacio de palestra mediática a otros asuntos de tanta o más urgencia. Así, se observa la paradoja de que en el debate público se está pasando por alto una contradicción —otra más— en el actuar de nuestro actual gobierno.
Hace menos de un año, en su primera cuenta pública (julio 2022), el presidente Gabriel Boric declaraba su tajante compromiso con el medioambiente y la crisis climática, afirmando que era «urgente ocuparnos de quienes viven en zonas de sacrificio». Entre los anuncios entonces, reiteró la promulgación de la Ley Marco de Cambio Climático y la ratificación del Acuerdo de Escazú; además de la recuperación ambiental y social de las llamadas zonas de sacrificio en el territorio nacional. Se entiende la validez de aquel verso del «nosotros, los de entonces, ya no somos los mismos», pero tratándose del gobierno y los temas medioambientales, la sustancia es más bien que lo de entonces ha pasado a ser lo inverso.
Una columna publicada hace poco en este mismo medio analizaba dos noticias del mes pasado que refuerzan la idea de severos descuidos del gobierno de Gabriel Boric hacia la necesaria regulación de asuntos medioambientales [ver «Protección medioambiental en la nueva Constitución», en CIPER-Opinión 28.04.2023]. Por un lado, la llamativa aprobación del proyecto minero Los Bronces por parte del Comité de Ministros (que revierte el rechazo previo del Servicio de Evaluación Ambiental); y, por otro, la certificación de que dieciséis centros de producción de salmón sobreproducen en ciclos continuos, sin darles descanso a las aguas de la Patagonia.
Pero a esas dos preocupantes menciones no cuesta sumarles más casos recientes: por ejemplo, la aprobación, por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental, del proyecto minero Comahue (de la empresa Next Minerals S.A.) en la región de Antofagasta, y de cuyo daño ambiental potencial ya habían advertido incluso figuras políticas del sector del presidente Boric, desde una consejera regional hasta un diputado, Sebastian Videla, quien en julio pasado ofició el proyecto en la Cámara exigiendo al menos un Estudio de Impacto Ambiental (y no tan solo una Declaración Ambiental). El proyecto Comahue se encuentra a siete kilómetros de la Reserva Nacional La Chimba, y a solo veinte del centro de Antofagasta.
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Y hablando de regulación, en estos días se está a la espera de una decisión por parte del Ministerio de Medio Ambiente que puede tener terribles consecuencias para la situación ecológica futura del país, y que atañe a uno de los inciso de la Ley REP (Responsabilidad Extendida del Productor) o así llamada «ley de reciclaje», la cual establece un marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje.
El 14 de julio de 2022, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, presidido por la titular de Medio Ambiente, Maisa Rojas, al fin aprobó el reglamento que regula el movimiento transfronterizo de residuos peligrosos, una normativa que Chile tiene pendiente desde la suscripción del Convenio de Basilea en 1992 y de su ingreso a la OCDE en 2010. Sin embargo, a casi diez meses de tal decisión, la entrada en vigencia de la norma aún está pendiente: el Ministerio de Salud está elaborando un informe sobre el tema, tras lo cual se revisará nuevamente para su envío a Contraloría y su toma de razón por parte de la entidad, con lo cual ya esta sería ley. Se trata, sin embargo, de una normativa al menos cuestionable, que, si nos fiamos de opiniones de expertos, podría terminar favoreciendo el crecimiento de redes delictuales internacionales. Según el abogado y doctor en Derecho Ambiental, Lorenzo Soto, el proyecto de reglamento hoy en curso en Chile «no hace otra cosa que facultar el tráfico internacional de residuos peligros, en contra de la tendencia más moderna que inspiran el Convenio de Basilea y la OCDE, que es de minimizar la generación de residuos y, existiendo estos, tratarlos por parte de quienes los generan». Para Interpol, las redes criminales involucradas en el tráfico de desechos también lo están en fraudes, lavado de dinero, trata de personas… y tráfico de drogas.
Coincide con estas aprensiones una declaración de enero pasado por parte del Tribunal de Cuentas Europeo (TCE), y en la que se advierte que «el tráfico y el vertido ilegal de residuos peligrosos sigue siendo lucrativo: este negocio genera unos ingresos anuales estimados entre 1.500 y 1.800 millones de euros. Estas prácticas rara vez se detectan, investigan y procesan, y las sanciones desafortunadamente son leves». Así, el Parlamento Europeo, que es otra institución de la UE, votó a favor de una nueva ley que introduce procedimientos y controles más estrictos para el envío de residuos. Los eurodiputados apoyaron una prohibición explícita de los envíos de todos los residuos destinados a su eliminación en la UE, a menos que se autorice en determinados casos limitados y debidamente justificados. Se prohibirán también las exportaciones de residuos peligrosos de la UE a países no pertenecientes a la OCDE, para así luchar contra ese tipo de negocio contaminante. El organismo, del cual Chile es parte desde 2010, cada vez más restringe las condiciones que enmarcan el transporte de residuos peligrosos. Es una constante de sus recomendaciones.
En efecto, muchas veces los productores de residuos peligrosos buscan exportarlos al exterior. Se estima que el 10% de los residuos producidos en el mundo cruzan fronteras. Greenpeace, al respecto, ha mencionado tres ejes principales en relación a estos movimientos; tres «caminos»: i) desde los Estados Unidos a países de América Latina, incluyendo a Ecuador, Haití, Panamá, México; ii) desde Europa hacía algunos países africanos; y iii) entre los mismos Estados miembros de la Unión Europea.
Existen múltiples razones para que un productor de residuos recurra a exportarlos. Por ejemplo, una exportación puede ser contemplada por un habitante de un país que simplemente no tiene instalaciones de procesamiento. O el costo de eliminación puede ser menor en el extranjero. Y también puede ocurrir que haya lugares de almacenamiento en otros lugares que no existen en casa (como minas en desuso, por ejemplo).
Todo lo anterior indica que aquellos países con regulaciones menos estrictas sobre estos asuntos pasan a ser potenciales candidatos no sólo para convertirse en vertederos internacionales de desechos peligrosos, sino además facilitar los nexos con el narcotráfico. La importación de productos como el ácido sulfúrico, a través de baterías de plomo, aumenta el riesgo de que ello sea utilizado para la producción de cocaína y drogas derivadas de ella, por su uso como precursores. Por otro lado, hoy ya vemos en el norte de Chile, en terreno como desde el espacio, gigantescos vertederos de ropa y calzado de segunda mano en pleno desierto de Atacama [ver «Las zonas de sacrificio de la moda», en CIPER-Opinión 06.12.2021].
¿Quiere realmente el gobierno de Chile que su negligencia frente a esta normativa medioambiental termine por contaminar tanto las áreas de seguridad interna como las ecológicas?
Proteger el medioambiente y, accesoriamente, luchar contra el narcotráfico, también es justicia.
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Sobre el reglamento aludido, el presidente de la Fundación “Defendamos la Ciudad”, Patricio Herman, escribe que el proceder del actual gobierno nos está conduciendo «hacia una peligrosa desprotección ambiental […], en abierta contradicción al Convenio de Basilea», y que la promulgación definitiva del reglamento «será “el tiro de gracia” de la economía circular ya existente en nuestro país y los empleos que actualmente genera y que podría seguir generando».
La economía circular es un modelo de producción y consumo que busca garantizar un crecimiento sostenible en el tiempo, promoviendo la optimización de recursos, la reducción en el consumo de materias primas y el aprovechamiento de los residuos, reciclándolos o dándoles una nueva vida. En diciembre pasado, los Estados miembros de la Unión Europea (UE) firmaron un acuerdo para obligar a los fabricantes de baterías a producir opciones más ecológicas, más fácilmente sustituibles y reciclables que las actuales, apostando así por la oferta al interior de Europa y no su importación desde el extranjero. En el documento se hace alusión a todo el ciclo de la batería, desde el diseño hasta el final de su vida útil, y a todas sus variantes (smartphones, electrodomésticos, scooters, coches o bicicletas eléctricas, baterías industriales, etc.). Es un ejemplo de economía circular que incentiva las capacidades técnicas instaladas en los países respectivos.
En Chile, la «Hoja de ruta de la Economía Circular» —establecida por 33 representantes de la esfera pública, privada y de la sociedad civil convocados por el Ministerio del Medio Ambiente en diciembre de 2020— fija metas para el año 2040, proponiendo 32 iniciativas concretas a corto, mediano y largo plazo tendientes a facilitar una cierta industrialización en el territorio nacional (la misma que pretende impulsar la reciente Estrategia Nacional la del Litio). Precisamente por eso, en lo que concierne a la Ley REP, la postura adoptada hasta ahora por el Ministerio del Medio Ambiente es difícil de entender. No sólo va en contra de lo anunciado por el propio gobierno en cuanto a protección medioambiental y de la postura manifiesta del Presidente de la Cámara al respecto [ver respuesta oficial del Ministerio a Vlado Mirosevic], sino que avanza en el sentido opuesto al que están tomando los países más desarrollados.
El artículo 2 del texto entregado por la Comisión Experta para la elaboración de una nueva Constitución dispone lo siguiente: «El Estado debe orientar su acción a la conciliación de la protección de la naturaleza y el mejoramiento del medio ambiente con el desarrollo económico y el progreso social». Desde un punto de vista interpretativo, podríamos pensar que allí el énfasis no está puesto en la protección medioambiental, sino en su necesaria adecuación con el desarrollo de la actividad económica. Quizás para el interés general sería deseable que lo que ocurra sea más bien lo contrario. Ecológicamente hablando, sería peligroso que la nueva Constitución no priorice ni fortalezca la «musculatura» de las instituciones que estarán habilitadas para vigilar el tema de la protección medioambiental, la cual, hasta ahora, no ha sido precisamente un éxito ni una preocupación primordial del gobierno.