CONOCE LO ÚLTIMO DE LA DISCUSIÓN CONSTITUCIONAL EN "LABOT CONSTITUYENTE":
🤖 El poder se reparte entre más manos
22.07.2022
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CONOCE LO ÚLTIMO DE LA DISCUSIÓN CONSTITUCIONAL EN "LABOT CONSTITUYENTE":
22.07.2022
Hoy día te voy hablar de algo que es un poco más abstracto que lo que te he contado hasta ahora: el poder. ¿Sabías que una de las principales funciones de una Constitución es repartir poder? Hace días que me pregunto cuánto de rebaraje de fuerzas tiene la propuesta constitucional de la Convención. Para entender quiénes ganan y quiénes pierden conversé con dos politólogas y un abogado que me ayudaron a analizar los cambios que propone el texto.
Calma, no es tan simple. Lo primero que debes saber es que las constituciones tienen dos partes: una dogmática, donde se concentran los derechos, y una orgánica, que incluye la institucionalidad y la organización del poder. Esta última es la “sala de máquinas”, como la llama el constitucionalista argentino Roberto Gargarella.
“La distribución del poder es lo más importante de las constituciones, porque los derechos los tiene que hacer valer el andamiaje institucional, la sala de máquinas. Entonces cuando hay grupos subrepresentados, los derechos no se cumplen, aunque estén enunciados formalmente”, dice Claudia Heiss, jefa de la carrera de Ciencia Política en la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile e integrante de la Red de Constitucionalistas.
A su juicio, algo que caracteriza la propuesta de la Convención es que no busca reflejar los equilibrios de poder existentes en la sociedad, como otras constituciones, sino modificar estas relaciones de poder. Esto se explica por su origen en el estallido social de 2019, dice Heiss, quien fue parte de la comisión técnica para el proceso constituyente en representación de Revolución Democrática.
El primer ejemplo que menciona Heiss es la redistribución en términos de género. “No puede haber derechos de las mujeres sin la voz de las mujeres, porque ellas deben decir cuáles son los derechos que necesitan que se les proteja”, explica.
La propuesta constitucional busca terminar con una institucionalidad masculinizada y establece que la presencia femenina debe ser al menos similar a la que tienen las mujeres en términos demográficos. Para ello introduce la paridad como piso, algo inédito a nivel constitucional. Eso significa que los órganos colegiados -como el Legislativo o los concejos municipales-, además de los órganos superiores y directivos de la Administración, así como los directorios de empresas públicas y semipúblicas deberán estar integrados al menos por un 50% de mujeres (es decir, pueden ser más de la mitad).
A eso se suma el mandato de actuar con perspectiva de género, que deberá aplicarse en áreas como la seguridad o la justicia. Para Julieta Suárez-Cao, académica de la Universidad Católica y miembro de la Red de Politólogas, ese es uno de los cambios más interesantes de la propuesta constitucional y tiene un símil con el mandato de actuar con perspectiva intercultural.
“Implica una intencionalidad de distribuir el poder de manera distinta, en el sentido de empezar a cerrar las brechas. Las brechas de género las conocemos, pero también hay brechas interculturales que son evidentes. Entonces obligar al Estado a tener que actuar de manera tendiente a la igualdad sustantiva y de manera tendiente a reparar, es reconocer que implica una distribución de poder a nivel social”, reflexiona Suárez-Cao.
En esa línea, la aplicación de la justicia con perspectiva intercultural se suma a una larga lista de cambios que también significan entregar mayor poder a los pueblos originarios, al reconocerlos como actores políticos relevantes. Para ellos se proponen escaños reservados en todos los órganos colegiados y espacios en otras instituciones del Estado.
Es justamente en el sistema político donde se focaliza en general el análisis de la distribución del poder, especialmente en la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo, pues los distintos tipos de régimen reparten el poder de formas diversas. En caso de aprobarse la propuesta constitucional se mantendrían los nombres, pero cambiarían los apellidos: de presidencialismo exacerbado a presidencialismo atenuado y de bicameralismo simétrico a bicameralismo asimétrico. Ese cambio parcial en los nombres es una señal de que no se producirá un rebaraje radical de poder.
El investigador del Centro de Estudios Públicos (CEP) Eugenio García-Huidobro explica, además, que los cambios reales en los equilibrios no dependen sólo de la Constitución, sino del contenido de algunas leyes que serán clave en su implementación, como la de partidos políticos y la que define el sistema electoral. Como ejemplo menciona el caso de Estados Unidos, con un Congreso bicameral y un régimen presidencial, donde el sistema de partidos y las leyes electorales hacen que cuando ambas cámaras están alineadas con el Ejecutivo el sistema funcione cooperativamente y de una forma más parecida a un régimen parlamentario.
Sí, sólo que no son radicales. Un punto en que cambiarán los equilibrios de fuerza es en las potestades legislativas. Una característica particular del Ejecutivo en Chile es que es co-legislador y en algunos casos tiene la facultad exclusiva de presentar proyectos de ley, como aquellos que impliquen gasto público.
Si la nueva Constitución se aprueba, pasarán a llamarse “leyes de concurrencia presidencial necesaria” porque también podrán presentarlas los parlamentarios, aunque sólo podrán terminar su tramitación si cuentan con el patrocinio del Ejecutivo.
“Esto expone al Ejecutivo frente a situaciones en que los parlamentarios quieran hacer una reforma que irrogue gasto y el Presidente no quiera. Tienen más poder de presión, pero no tienen poder decisorio”, dice Heiss, quien lo ve más bien como un cambio simbólico.
García-Huidobro agrega que a diferencia de otras innovaciones de la propuesta constitucional que a su juicio “no resisten análisis a nivel comparado”, las concurrencias sí existen y funcionan en otros países como Alemania, Australia, Canadá, Colombia o España.
Si bien entre las críticas que ha recibido este cambio están que podrían ser contraproducentes porque aumentarían el enfrentamiento entre el Ejecutivo y el Legislativo, Suárez-Cao piensa que el efecto será el contrario. “Estas leyes nuevas de concurrencia presidencial necesaria le restan poder a la Presidencia e incentivan la cooperación con el Congreso. De alguna manera traspasan atribuciones al Congreso, fortaleciéndolo”, opina la experta. Cree que si a esto se le suman los cambios a los vetos, “claramente habrá una Presidencia con menos poderes que la actual”.
En lo formal, dejarán de llamarse vetos, aunque se mantendrá la atribución de la Presidencia de rechazar o pedir cambios a los proyectos de ley despachados por el Congreso. Más allá de la desaparición del nombre, lo importante es que cambian los quórums con los que el Legislativo puede insistir en su propuesta original. Hoy se requieren 2/3 de ambas cámaras para eludir un veto total o parcial, mientras que la propuesta de la Convención es que se necesiten 3/5 para insistir cuando el rechazo sea total y sólo una mayoría simple del Congreso de Diputadas y Diputados para insistir con el proyecto original cuando éste haya sido observado parcialmente por el Ejecutivo.
Para Suárez-Cao, un quórum tan bajo -el mismo que se requiere para la aprobación de las leyes- hace que en la práctica el veto parcial desaparezca, con lo cual el Ejecutivo pierde una herramienta ante el Legislativo.
Puede parecer un cambio menor, pero el abogado García-Huidobro dice que el veto es una herramienta fundamental en el sistema de frenos y contrapesos entre los dos poderes del Estado. En “El Federalista”, la serie de artículos escritos por Alexander Hamilton, James Madison y John Jay para promover la aprobación de la Constitución de Estados Unidos, se explica el origen del veto como una forma que tiene el Presidente de defenderse de un Congreso que quiera atribuirse poderes en contra del sistema constitucional.
“El veto es muy importante para analizar esta correlación de poderes y hay sistemas constitucionales como el norteamericano que no le entregan atribuciones colegisladoras al Presidente, pero aún así le entregan el veto porque se considera que es una herramienta todavía más importante en el sistema de frenos y contrapesos. Si uno tiene esa lectura del sistema de vetos nuevo, estás introduciendo un cambio súper brusco”, explica el investigador del CEP.
Hay varios más, pero quizás el más importante es una descentralización del poder. A nivel de sistema político se crea una Cámara de las Regiones en que cada uno de estos territorios tendrá la misma representación, lo que se contrapone con el Congreso de Diputadas y Diputados, que tendrá una composición proporcional.
La nueva cámara que reemplazará al Senado no participará en todos los trámites legislativos, sino sólo en las llamadas “leyes de acuerdo regional”. Quienes se oponen a este cambio, como el ex convencional Fuad Chaín, dicen que las regiones perderán la posibilidad de participar en todos los temas que las afectan, como la salud y la educación.
“No lo veo así, porque el Senado no representa realmente a las regiones”, dice Claudia Heiss. “No creo que le quite poder que la Cámara regional no pueda pronunciarse sobre algunos temas, porque justamente va a hacer que se enfoque en los que le importan a la gente de las regiones específicamente y creo que está bien que rija el principio de mayoría política para otros temas”, agrega.
García-Huidobro cuenta que en general los bicameralismos asimétricos excluyen a las cámaras regionales de las decisiones presupuestarias, a diferencia de lo que se propone en el nuevo texto constitucional. “La Cámara de las Regiones va a poder conocer todo lo que incluye temas presupuestarios, lo que supone que va a revisar prácticamente todo”, resume.
Sí, lo que pasa es que el cambio más importante es en la forma de Estado, que pasa de ser unitario a ser regional. Esto implica que habrá regiones autónomas y comunas autónomas, que tendrán mucha más independencia en la toma decisiones y en su manejo presupuestario. “Para mí la distribución de poder más obvia es la de Estado regional”, señala Suárez-Cao, pero al igual que otros expertos indica que para su implementación serán muy importantes las leyes que definirán el detalle.
García-Huidobro considera, además, que la falta de definiciones más específicas en este tema hará que sea la Corte Constitucional la que termine zanjando las contiendas de competencia entre las distintas autonomías. Pero agrega que considerando que Chile ocupa los últimos puestos en cuanto a descentralización entre las democracias funcionales, “este es un cambio copernicano a la forma en cómo entendemos la organización del poder”.
Las tengo muy presentes. He recibido preguntas sobre el sistema político, el Estado regional o la igualdad ante la ley, entre muchos otros temas. Y estoy preparando respuestas sobre ellos. Ya vienen.
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Según los datos del Servicio Electoral hasta el 20 de julio, la campaña del Rechazo sigue recibiendo casi la totalidad de las donaciones para las campañas por el plebiscito constitucional. De un total de $59 millones, esta opción acumuló un 98,9% para 12 organizaciones sociales contra un 1,1% para cinco asociaciones a favor del Apruebo. Así, el aporte promedio para la opción que llama a rechazar la propuesta constitucional es de $479 mil, mientras que el promedio de las donaciones a favor del Apruebo es de $43 mil.
Tal como en otras campañas, las donaciones pueden ser anónimas (hasta un monto de $1,3 millones) o públicas (si superan ese monto y suman, por aportante, hasta $16,6 millones). Aunque el tipo de aporte que predomina es el anónimo, varios empresarios relacionados con los rubros de la construcción, los lácteos y la agricultura han hecho donaciones públicas.
Evópoli fue el primer partido político en recibir dos donaciones por un total de $800 mil. Por el lado de las organizaciones sociales, “Cambio” (Rechazo) lidera con 30 donaciones sumando $14 millones. Le siguen “Por una Constitución bien hecha” y “Lecheros del Sur por Chile” con donaciones que suman $10 millones, respectivamente.
La Convención Constitucional entregó la propuesta formal de nueva Constitución 📜para ser plebiscitada el 4 de septiembre 🗳️. Esta robota espera que la discusión del texto sea lo más informada posible –y estoy haciendo lo posible para contribuir a ello– y que llegue hasta el infinito 🚀 y más allá 🌎. Reenvíale este boletín a tus amigas/os y cuéntales que para recibirlo una vez a la semana 📬, solo necesitan escribir su dirección de correo electrónico acá:
El 4 de julio la Convención Constitucional entregó la propuesta de nueva Constitución 📜 al Presidente de la República, Gabriel Boric 🇨🇱. Entonces mi trabajo llegó a su fin…
Jaja. Te asusté 😱. No me iré a descansar tan pronto. Voy a acompañarte hasta el plebiscito 🗳️ en que ustedes decidirán si aprueban o no el texto acordado por la CC. ¿Estás leyendo el texto? ¿Has oído o leído cuestiones que te generan dudas? ¿Quieres profundizar en algún tema? 🤔 Voy a darte mi correo electrónico para que me envíes tus preguntas: robotlabot@gmail.com 📥. Y haré todo lo posible por responder tus dudas en este newsletter.