(14) Seguridad para la ciudadanía
01.07.2022
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01.07.2022
«La preocupación por la violencia que sufren distintos grupos de personas supone reconocer que este no es un asunto privado sino un problema de justicia social del que debe hacerse cargo el Estado.»
A las ciudadanas y ciudadanos de Chile, que anhelan una Constitución justa:
El borrador de nueva Constitución, en varios artículos asume un compromiso por resguardar un vivir libre de violencia para todas las personas. Así se establece el derecho de las niñas, niños y adolescentes a que se los proteja «de toda forma de violencia, maltrato, abuso, explotación, acoso y negligencia. La erradicación de la violencia contra la niñez es de la más alta prioridad para el Estado». El Estado también debe «adoptar las medidas necesarias para erradicar todo tipo de violencia de género y los patrones socioculturales que la posibilitan.»
En otros pasajes, la Constitución se refiere específicamente a la violencia que sufren niñas y mujeres rurales, así como quienes difieren de patrones cis y heteronormativos.
El texto detalla distintos ámbitos en los que se debe erradicar la violencia: en la familia, en las ciudades, en relación al ejercicio de derechos sexuales y reproductivos, en el ámbito de la política, en el espacio digital y en los lugares de educación. Son varias también las referencias a deberes estatales de prevención y reparación a las víctimas. Por ejemplo, se especifica la necesidad de establecer casas de acogida para escapar de la violencia intrafamiliar, obligando al sistema de justicia a adoptar medidas para erradicar la violencia, capacitando de manera constante a sus funcionarios, y proveyendo de educación sexual integral que promueva el «reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género».
La preocupación del constituyente por la violencia que sufren distintos grupos de personas supone reconocer que este no es un asunto privado sino un problema de justicia social del que debe hacerse cargo el Estado. El compromiso con la igualdad sustantiva es un sello de la nueva Constitución.
La violencia es un mecanismo más para mantener en una posición de marginalización y vulnerabilidad a ciertos individuos. Personas pertenecientes a grupos desaventajados no solo sufren privación de recursos económicos y reconocimiento de derechos básicos, sino que también se ven expuestas en la vida cotidiana a violencia física sobre sus cuerpos y a discursos amenazantes y denigrantes. Una sociedad más igualitaria requiere que todos nos sintamos seguros y respetados por ser quienes somos.
Esta preocupación por una igualdad sustantiva está presente además en el artículo que reconoce en términos generales el derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia, demandando una redistribución equitativa de la protección estatal «a través de una política de prevención de la violencia y el delito que considerará especialmente las condiciones materiales, ambientales y sociales, junto al fortalecimiento comunitario de los territorios.» Para lograr el objetivo constitucional de proveer mayor seguridad a toda la población resulta fundamental contar con policías eficientes y que asuman un rol de garantes de los derechos fundamentales.
En el borrador de la Constitución se propone un nuevo estatuto para nuestras policías. En este proyecto ya no se destina un capítulo especial a las policías y Fuerzas Armadas, como ocurre en la Constitución vigente, y se reducen los quorum de las leyes vinculadas a estas materias. Este tratamiento termina con la autonomía creada por la Constitución de 1980, la que resultaba coherente con el rol asignado a las fuerzas del orden de ser garantes de la institucionalidad (esto es, supervigilar a las instituciones civiles; ver actas Comisión Ortuzar en sesión N° 9 del 23/10/1973) pero que no es sostenible en una democracia. En el texto propuesto los artículos que refieren a la policía dejan en claro su dependencia a la presidencia y su rol de servicio a la comunidad como un órgano más de la administración del Estado. Su función es «garantizar la seguridad pública, dar eficacia al derecho y resguardar los derechos fundamentales». Para lo anterior se organiza de manera centralizada, debiendo proveer a lo largo de Chile un mismo servicio y se la caracteriza como una institución profesional, jerarquizada y disciplinada, pero no militarizada.
La no militarización ha sido objeto de debate en estos meses, denunciándose que esto puede afectar la autoridad y adecuado desempeño de la labor policial. En la actualidad, la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros define a la institución como «técnica y de carácter militar». La militarización refiere a una cultura, educación y lógica de operación dirigida a hacer frente a amenazas a la integridad nacional. Supone relaciones de mando donde las decisiones se concentran en la cúspide, y existen deberes de obediencia y una estricta disciplina que permita sobrevivir como nación a una guerra exterior. Esta aproximación no puede tener cabida en nuestra vida colectiva donde nos reconocemos como conciudadanos y no enemigos. La militarización permite prácticas antidemocráticas y vulneratorias de derechos individuales y perjudica además la eficacia de que requiere el rol policial.
La policía es más eficiente cuando más legitimada está por parte de la ciudadanía. La labor policial requiere para ser efectiva la colaboración de los ciudadanos, para el cumplimento voluntario de las reglas, para compartir información relevante en la persecución del delito o para crear estrategias colectivas de resguardo de la seguridad pública. Las víctimas de delitos y testigos deben confiar en las policías para acudir a ella. Una policía militarizada crea distancia con la ciudadanía y en particular es amenazante para los grupos con menor poder social, quienes son los más vulnerables a sufrir violencia. Además, la militarización de la policía permite prácticas de obediencia interna y secretismo que atentan contra el control democrático. Ya hemos conocido sendos problemas de corrupción y violación de derechos humanos que han afectado a la institución de Carabineros. La desmilitarización, así como los nuevos deberes impuestos por la Constitución en materia de probidad, transparencia y rendición de cuentas, debería ser el camino para fortalecer la eficacia y legitimidad de nuestras policías.
Otra medida innovadora del constituyente para el control democrático de la policía es la obligación que se impone al gobierno de establecer una «Política Nacional de Seguridad Pública». Esta exigencia de planificación permite controlar a más largo plazo la racionalidad de las políticas de seguridad, la forma en que se distribuye la protección policial y el cumplimento de metas y objetivos. Así por ejemplo se pueden prevenir situaciones como la ocurrida en La Legua, donde a pesar de la agresiva presencia policial en sus calles por años, el Ministerio del Interior no era capaz de transparentar un plan de intervención, ni demostrar su eficacia (ver Paulo Rodrigo Álvarez Bravo con Subsecretaría del Interior C39-10 Consejo para la Transparencia, 06/08/2010).
Junto a la desmilitarización y deberes de rendición de cuenta, la protección constitucional ante violencia estatal se ve reforzada por la incorporación de estándares internacionales de uso de la fuerza que exigen la sujeción a «principios de legalidad, necesidad, precaución, proporcionalidad», y el establecimiento de bases para un trato más justo hacia los miembros de las instituciones policiales. El texto exige «promover la paridad en espacio de toma de decisiones», y un acceso igualitario y gratuito a las escuelas de policiales. Esto último permite terminar con la diferenciación por clases de las Escuelas de Carabineros, permitiendo a todo aspirante a policía contar con las mismas oportunidades de educación y ascenso en su carrera.
El proyecto constitucional que se nos ofrece hoy aspira a protegernos de la violencia que ocurre en nuestras vidas cotidianas, desde aquella que continuadamente aterroriza a mujeres y niño/as puertas adentro hasta la que acontece en calles y comisarías. Aquí se sientan las bases para pensar arreglos institucionales que asuman la responsabilidad colectiva por proveer seguridad para todos, especialmente a aquellos más vulnerables, y fortalecer una policía al servicio de la ciudadanía.
Entre mayo y agosto de 2022, la sección de Opinión de CIPER comparte a través de la serie #Constitucionalista análisis bisemanales para el borrador de nueva Constitución de la República. Las columnas son redactadas por académico/as de diferentes universidades chilenas, y buscan que las y los votantes tomen una decisión informada en el plebiscito fijado el 4 de septiembre («plebiscito de salida»), convocado para aprobar o rechazar democráticamente el texto elaborado por la Convención Constitucional.
El grupo #Constitucionalista lo integran: Pablo Contreras (UCEN), Domingo Lovera (UDP), Raúl Letelier (UCH), Yanira Zúñiga (UACh), Flavio Quezada (UV), Felipe Paredes (UACh), Pascual Cortés (UAI), Belén Saavedra (Georgetown U.), Alberto Coddou (UACh), Viviana Ponce de León (UACh), Matías Guiloff (UDP), Antonia Rivas (PUC), Lieta Vivaldi (UAH), Constanza Salgado (UAI), Belén Torres (Northwestern U.), Claudio Fuentes (UDP), Diego Pardo (UAI), Julieta Suárez-Cao (PUC), Valeria Palanza (PUC), Jorge Contesse (Rutgers U.), Flavia Carbonell (UCH), Pablo Soto (UACh), Rosario Palacios (PUC), Hugo Tórtora (UPLA), Karla Varas (PUCV), Cristobal Gutiérrez, Paz Irarrázabal (UCH) y Ezio Costa (UCH).