COLUMNA DE OPINIÓN
Derechos de la infancia estudiantil y condena al Estado-padre maltratador
24.03.2020
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COLUMNA DE OPINIÓN
24.03.2020
La autoridad mandó borrar los rastros del 18/O en las calles de Chile. La autora de esta columna llama a no dejar que se olvide la violencia que ejerció el Estado sobre menores de edad durante el estallido social. La Convención de los Derechos del Niño, argumenta, obliga al estado a la protección de los adolescentes. “Y tal como involucramos al Poder Judicial vía Tribunales para enfrentar la violencia ejercida en la familia, aquí también se requieren acciones judiciales en contra de este Estado” escribe.
Con el retorno a la democracia, hito histórico que recientemente cumplió 30 años, Chile transitó hacia la integración con la comunidad internacional, luego del aislamiento en la larga noche dictatorial. Mediante la suscripción de importantes acuerdos con miras a posicionar el compromiso con valores democráticos, nuestro país se hizo parte del concierto internacional. Es en ese contexto que en el año 1990 se ratifica la Convención Internacional de los Derechos del Niño (ONU, 1989) uno de los acuerdos más relevantes de la comunidad global. Este es un instrumento legal, de carácter vinculante, al que han adherido todos los países del mundo, con la excepción de Estados Unidos.
Sin embargo, en el último reporte del Comité de Derechos del Niño (ONU, 2018) se evalúa a nuestro país en claro déficit respecto del resguardo de derechos de infancia, consagrados en tal instrumento. El texto del Comité señala causas estructurales y advierte un “mantenimiento a lo largo de casi 40 años y la falta de corrección ante las reiteradas denuncias y constataciones (Informe del procedimiento de investigación del Comité de derechos del niño, CRC, p. 18). Esto en relación a la particular situación de la infancia vulnerada. Se critica el predominio de una doctrina eminentemente tutelar, paternalista, excesivamente judicial y que revela las fallas del Estado en asumir su rol de garante de las necesidades de las familias en vulnerabilidad social. Por el contrario, en su papel más bien subsidiario, por años ha mantenido a un gran porcentaje de población infanto-juvenil en régimen residencial, es decir, hogares, ante su descuido respecto de las raíces de las problemáticas, como lo es la pobreza.
La tragedia del sistema SENAME es ampliamente conocida y es solo traída a colación en estas líneas para contextualizar las criticas del informe del Comité de Derechos del Niño, pero también, más ampliamente, para enfatizar el deficiente rol del Estado chileno en el cabal cumplimiento de los mandatos emanados de acuerdos internacionales que ha suscrito en materia de protección a la infancia.
Sin duda, este problema forma parte de la requerida reforma a la agenda social, que es hoy exigida por el conjunto de la ciudadanía en la coyuntura actual. La situación de falta de políticas pertinentes y ajustadas a legislación internacional forma parte de las graves omisiones acarreadas por décadas en cuanto a políticas públicas en nuestro país, constituyéndose así en uno de los variados ejes del ya insostenible malestar social.
A raíz de los últimos incidentes que dan cuenta de un excesivo uso de la fuerza por personal policial durante las manifestaciones de los primeros días de Marzo y, dentro del marco de los derechos de la infancia, en esta columna pretendo reflexionar y llamar la atención sobre el grave hecho de que sea el Estado el responsable de violar esos derechos consagrados y de poner en riesgo, de manera sistemática, la integridad física y psíquica de menores de edad. Las redes sociales abundan en evidencia audiovisual incontestable de situaciones flagrantes de apremios ilegítimos, y en definitiva brutalidad policial hacia estudiantes secundarios movilizados en el marco del estallido social. Asimismo, han quedado al descubierto prácticas como seguimientos, infiltración de policías de civil en las marchas y particularmente una estrategia ya ensayada, como es la preparación de “encerronas” y redadas. Todo ello, con el objetivo de amedrentar, someter, maltratar y criminalizar a la juventud demandante de sus derechos.
Así como rápidamente enjuiciamos y condenamos esa violencia de “padres maltratadores”, en cada acción de brutalidad de Carabineros deberíamos ver a un “Estado-padre maltratador” (y señalo padre por el marcado sello patriarcal de la policía)
No debemos olvidar, y ese es un gran sesgo en el manejo de la información a nivel mediático, que los apremios denunciados son ejercidos en contra de menores de edad y, por lo tanto, en virtud de la ya mencionada Convención de los Derechos del Niño, al Estado le asiste la obligatoriedad de la protección y garantía respecto del resguardo de todo niño, niña y/o adolescente. Como señala UNICEF (2020), los Estados que han ratificado la Convención deben adoptar o modificar sus legislaciones con apego a ésta. Entre los derechos consagrados se encuentra el acceso a educación, información, a la justicia, a un entorno seguro y a las oportunidades para participar y expresar opiniones (UNICEF, 2020).
Las prácticas abusivas de personal de Carabineros, constatadas y expuestas por organismos como Human Rights Watch involucran clara violación de tales derechos y se constituyen en serio menoscabo para los adolescentes, quienes, desde una perspectiva evolutiva, son personas en desarrollo, y por tanto, en un periodo sensible de este desarrollo. Estos abusos y su impacto comprometen las trayectorias evolutivas y la salud mental, que se sabe es motivo de alerta en población infanto-juvenil en nuestro país. Esto se ve acentuado en el contexto de incertidumbre al que asistimos y producto del malestar social. Es necesario enfatizar que, además de la violencia física y sus secuelas para los directamente afectados en las múltiples detenciones y ataques arbitrarios, no puede soslayarse el impacto psicológico que las escenas de maltrato generan en los jóvenes testigos y comunidades estudiantiles en general, incrementando la angustia, temor e inseguridad, las tradicionales herramientas del miedo desplegadas en el abuso de poder institucionalizado, ya ensayado por el aparato represivo desde la dictadura en adelante.
La opinión pública se alerta cuando se conoce de casos de maltrato infantil en el seno de familias etiquetadas de “negligentes”, “disfuncionales” o “patológicas”. Pues bien, cuando se observa a carabineros “apalear” adolescentes, en nada dista de la aberración de adultos cercanos en posición de “autoridad” abusando de su poder en contra de la infancia. Así como rápidamente enjuiciamos y condenamos esa violencia de “padres maltratadores”, en cada acción de brutalidad de Carabineros deberíamos ver a un “Estado-padre maltratador” (y señalo padre por el marcado sello patriarcal de la policía). Y tal como involucramos al Poder Judicial vía Tribunales para enfrentar la violencia ejercida en la familia, aquí también se requieren acciones judiciales en contra de este Estado, que además incurre en negligencia al hacer abandono sistemático de sus deberes proteccionales y sus compromisos internacionales. Corresponde exigir que cumpla estas obligaciones. Así como las familias que ejercen maltrato son sometidas a intervenciones obligatorias del Estado, es ahora el propio Estado el que requiere una urgente intervención y una transformación de su engranaje.
No reparar en el peligroso escalamiento de la violencia y ensañamiento con los jóvenes secundarios, es también parte de una negligencia más amplia; es falta de voluntad por frenar esta ola desmedida de gravísimas violaciones de derechos de la infancia.
Chile ya lleva años de discursos oficiales por los Derechos de la infancia desde distintos dispositivos públicos. El llamado es a actuar, a denunciar y a hacer rendir cuentas a este Estado demencial, porque las acciones que ejerce no son normales. Por el contrario, son desquiciadas, ilegales, y contrarias a los acuerdos internacionales suscritos. Especial llamado a los colegios profesionales vinculados a infancia y a la ciudadanía en su conjunto a ejercer mecanismos pertinentes.
El legitimo derecho de los jóvenes a manifestarse por sus demandas no puede ser castigado de la manera como hemos sido testigos, tal y como hace un padre maltratador. Porque eso es precisamente el espíritu del accionar policial, castigar a los jóvenes que “se portan mal”, a los que subvierten el orden. Orden que, por cierto, se encuentra completamente deslegitimado a raíz de estas malsanas estrategias de control social. El principio del enfoque de “Derechos” desplegado en múltiples documentos de política de infancia en nuestro país queda así como letra muerta, toda vez que precisamente se inspira en la necesidad de superar esa añeja doctrina tutelar que niega a la infancia su condición de sujetos de derechos. Sin duda, algo con lo que este particular Estado está ciertamente en deuda. Al igual que hacemos con el padre individual maltratador que tanto condenamos, nos cabe como sociedad denunciar y condenar este maltrato infantil ejercido por el Estado y no dejar que se diluya su culpabilidad en la doctrina de la institucionalidad y el orden. La Convención de Derechos del Niño es clara en la obligación de los Estados a la hora de ajustar sus procedimientos y legislación. Esto no se está cumpliendo y es deber ciudadano exigir que así sea.
Este artículo es parte del proyecto CIPER/Académico, una iniciativa de CIPER que busca ser un puente entre la academia y el debate público, cumpliendo con uno de los objetivos fundacionales que inspiran a nuestro medio.
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