COLUMNA DE OPINIÓN
Cómo mejorar el proceso constituyente
27.12.2019
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COLUMNA DE OPINIÓN
27.12.2019
Hasta ahora la discusión constitucional se ha concentrado en cómo lograr que la “convención” refleje la diversidad de Chile. El autor destaca aquí otros temas irresueltos, por ejemplo, que las candidaturas independientes a la convención recibirán menos financiamiento público que los postulantes de los partidos; y que los candidatos pueden recibir donaciones de privados. El autor sugiere medidas para “nivelar la cancha y estimular un debate programático”, tales como prohibir donaciones y aumentar el aporte público a las campañas independientes y financiar franjas radiales.
La protesta social abrió la puerta para una discusión profunda sobre la Constitución. Pero el modo en que evoluciona dicho proceso está siendo delineado y demarcado por quienes administran el poder. Y hasta hoy ese papel lo cumplen los partidos políticos.
La sociedad civil organizada ha insistido en cuatro asuntos sin duda gravitantes: paridad, escaños reservados para pueblos indígenas, acción afirmativa para personas con discapacidad y las condiciones de participación de independientes. El objetivo de tales demandas —todas ellas pendientes a ser discutidas y aprobadas por el Senado— es permitir que la futura Convención refleje del mejor modo posible la diversidad presente en la sociedad. La idea es contar con una Convención que sea un verdadero “espejo” de la diversidad de nuestra sociedad.
Pero la discusión sobre el proceso constituyente no acaba allí. La definición de las reglas del juego involucra no sólo el asunto de quiénes podrán sentarse en la mesa, sino que además, una serie de asuntos que valdría la pena mencionar ahora que se promulgó la ley 21.200 que habilitó el proceso constituyente.
“En las campañas de 'convencionales' se aplicará la misma regulación de financiamiento electoral que en las campañas de diputados. Esto significa que se permitirán la donación de privados”.
Dado que en pocas semanas se iniciará un proceso único e histórico, convendría advertir de una serie de otras condiciones y que tendrán un impacto significativo en el modo en que se desenvolverá el proceso.
Se escogió el 25 de octubre de 2020 como fecha para realizar la elección de la Convención. Lo anterior no es menor toda vez que simultáneamente se realizarán las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores y de integrantes de la Convención. Por lo tanto, las elecciones locales y regionales serán la base operativa de muchos y muchas que aspiran a llegar a la Convención. Los partidos políticos con representación en municipios tendrán una ventaja territorial evidente respecto de grupos independientes que pretenden acceder a la Convención. Hay poco tiempo para darse a conocer y una de las principales ventajas de los partidos con más historia es la red pre-existente en prácticamente todas las regiones. Lo anterior implica un doble desafío para los independientes que deseen articularse en listas: coordinarse en pocas listas y articularse territorialmente a lo largo de todo el país.
Una de las particularidades del plebiscito del 26 de abril de 2020 es que no presenta ninguna regulación específica asociada a financiamiento electoral, lo que le entrega una ventaja a los grupos de la sociedad que tiene mayor capacidad financiera para realizar propaganda.
En las campañas de “convencionales” se aplicará la misma regulación de financiamiento electoral que en las campañas de diputados. Esto significa que se permitirán la donación de privados, se financiarán a los partidos en relación a votos obtenidos en elecciones anteriores, el aporte estatal a los partidos es superior a los independientes, las normas de transparencia y rendición de gastos son idénticas a las que operan con diputados. Esto implica que además de las ventajas evidentes para los partidos, las candidaturas independientes deberán familiarizarse con el sistema de rendiciones de cuentas para evitar dificultades con el SERVEL.
De nuevo aquí no se consideró que el escribir la Constitución fuera un proceso excepcional y extraordinario, sino que se le asimiló a un proceso político regular, como es la elección de diputados. Por lo mismo, no existen regulaciones extraordinarias como permitir franjas radiales o promover mecanismos para un voto más informado dada la particularidad del debate que se tendrá.
Como sabemos, en abril la ciudadanía tendrá la opción de elegir si quiere que una Convención Mixta (mitad parlamentarios/mitad ciudadanos electos), o una Convención Constitucional (100% electos por la ciudadanía), escriban la nueva Constitución. La ley recién aprobada establece que aquellos que participan de la Convención Mixta no tienen la inhabilidad de salida —esto es, tales convencionales podrían presentarse a elecciones en la elección siguiente sin mediar ningún impedimento. En tanto, si se opta por el camino de la Convención Constitucional, en este caso se trata de personas que sí tendrían una inhabilidad para competir en la siguiente elección. Se produce de este modo una curiosa situación donde la idea de la inhabilidad de salida —que es fundamental para garantizar que no existirá un conflicto de interés con las normas que se definen y si benefician a quienes las están escribiendo— solo se aplica a una de las fórmulas institucionales.
La lógica del legislador en este caso es que la decisión de tener una nueva Constitución es tan importante que el Estado puede obligar a la ciudadanía a participar de este proceso e incluso establecer multas por la no concurrencia. Sin embargo, esta misma lógica—que parece razonable—no se aplica con el plebiscito de entrada o con la elección de convencionales. Por lo demás, la legitimidad del proceso se vería seriamente cuestionada si en el plebiscito de abril participa poca gente. A ello debemos sumar el riesgo de reproducir prácticas de “acarreo”, muy presentes en un sistema con voto voluntario.
Un problema del sistema actual es la ausencia de incentivos para promover el debate de ideas. En el actual esquema, se competirá en listas abiertas, es decir, usted tendrá que elegir a una persona de una lista (sea de partidos o lista de independientes si es que se aprueba la reforma), o bien a un independiente que decide competir fuera de cualquier pacto. La personalización del sistema es altísima toda vez que toda la elección depende de la persona por la que se está votando y no los programas que las listas promueven. Por tratarse de un proceso constituyente, debiese exigirse la presentación de programas constitucionales de modo que la ciudadanía pueda decidir no en base a candidaturas individuales, sino que de acuerdo a los programas que cada lista o candidatura presenta.
“Simultáneamente se realizarán las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores y de integrantes de la Convención. (…) Los partidos políticos con representación en municipios tendrán una ventaja territorial evidente respecto de grupos independientes que pretenden acceder a la Convención”.
Aun es tiempo para alterar algunos de los riesgos que enfrenta el proceso constituyente. Además de la inclusión de los temas de paridad, discapacidad, escaños reservados para pueblos indígenas y listas de independientes podrían aprobarse medidas muy sencillas que permitirán nivelar la cancha y estimular un debate programático del proceso:
Aun hay tiempo para mejorar un proceso constituyente que debiese buscar ser inclusivo, participativo, organizado en torno al debate de ideas y que goce de la más alta legitimidad social posible.
Este artículo es parte del proyecto CIPER/Académico, una iniciativa de CIPER que busca ser un puente entre la academia y el debate público, cumpliendo con uno de los objetivos fundacionales que inspiran a nuestro medio.
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*Audio realizado por CarolinaPereira.de