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Comentarios (6)

Misael Ordenes | 01.12.2019
Me parece muy correcto el análisis, el respeto y resguardo al Estado de Derecho quienes primeros lo vulneran son aquellos que incitan a la violencia, pero cuando se trata de parlamentarios o figuras públicas es aún más irresponsable, tan irresponsable que de acuerdo a la ley es un delito. Es de esperar que la ley no sea tan siega e inoperante como lo ha sido hasta hoy, porque si se hace vista gorda ante estos delitos que se espera para el común de la gente, que solo sigue a estos supuestos "líderes políticos".
Antonio Navarro Oliva | 01.12.2019
Nuestros parlamentarios son la expresión más brusca y obvia de la no meritocracia. Obviamente causantes por acción u omisión de la desigualdad en todo sentido de los chilenos. Y ojalá en la nueva Constitución se trate el tema de forma profunda, ya que el accionar de los parlamentos y sistema político en general determina el futuro de los pueblos, no las revueltas esporádicas cada vez más fácilmente dominables y dirigibles con los medios de comunicación. No solamente son ineptos, arrogantes, abusadores sino además se autoperpetuan en el poder. En estos 30 años no puedo encontrar a uno que valga.la pena.
Bladimir cerda | 01.12.2019
Me parece que lo que corresponde, pero debe ser parejo , es así quienes llamaron guerra, o a la salida de militares y a justificar las violaciones a los derechos humanos caben en el mismo saco. Por lo anterior existen controversias. Que impide la aplicabilidad ya que no sería parejo presentar la inconstitucionalidad solo para un lado ya que ambos bandos han caído por diferentes motivo en el no apego a la Constitución y las leyes. Por ende el TC no acojera ninguna acusación venga de donde venga. Es decir seguiremos con la acorrupcion y el chantaje político de aquellos que la gente pide en la calle que renuncien porque no representan o no están en sintonía con la justicia .
Macarena | 30.11.2019 | Socio/a 1 mes
Leída la columna intentando en todo momento encontrar algo correcto o sensato, fracasé. Qué bueno que los tipos penales no se aplican con la laxitud con la que pretende hacerlo este sujeto. Por cierto, citar con esa soltura de cuerpo a Jakobs, para pretender explicar por qué es necesaria la pena, sólo porque se cree que un diputado cometió un delito, es totalmente innecesario y de una pedantería insufrible. Saludos.
Javier | 29.11.2019
Creo que si bien es un análisis correcto, no es suficiente para poder atribuir resp penal al diputado Boric u otros en base a los delitos que expresas. Si bien son delitos de mera actividad, son también delitos de medios comisivos cerrados si no me equivoco. El delito no consiste únicamente a instar el desorden público de cualquier forma, sino que tiene que instar a "paralizar, interrumpir o dañar". Es difícil cuadrar un llamado a evadir dentro de dicha conducta. Corrijame si me equivoco
Antonio | 29.11.2019 | Socio/a 5 años y 1 mes
El problema es que usted sólo ha podido probar el "respaldo" (ni siquiera incitación, ya que la evasión ya había ocurrido) a una infracción de tránsito que, por masiva que sea, no alcanza a ser la "grave conducta ilícita" que usted propone. La penalidad de la misma da cuenta de que ni siquiera es delito. Hay un salto gigante entre una manifestación estudiantil y la alteración del orden público. Para cierto sector político (si, los abogados también defienden posturas políticas con el Derecho), ambas cosas son lo mismo.
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