COLUMNA DE OPINIÓN
Reemplazando un privilegio por otro: la reforma al financiamiento de las fuerzas armadas
20.06.2019
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COLUMNA DE OPINIÓN
20.06.2019
Por estos días se discute en el Senado una reforma al sistema de financiamiento de las compras de armamento para las Fuerzas Armadas. En esta columna, el cientista político Claudio Fuentes plantea algunas preguntas relacionadas con aspectos clave de ese proyecto: ¿Por qué las ramas castrenses serían el único sector del Estado para el que se establecerían pisos mínimos en su presupuesto? ¿Qué justifica que mientras el Poder Legislativo revisa y aprueba cada año el Presupuesto de la Nación, deba autolimitar a estos mínimos su capacidad de determinar las adquisiciones de compras de armas y el presupuesto general de las Fuerzas Armadas?
En las comisiones de Defensa y de Hacienda del Senado se encuentra en discusión la reforma al sistema de financiamiento de las Fuerzas Armadas. Luego tendrá que pasar por la Cámara Baja. Uno de los aspectos en debate es la creación de un fondo para adquisiciones militares, denominado “Fondo para las Capacidades Estratégicas de la Defensa”, que vendría a reemplazar al anterior sistema de financiamiento basado en la Ley del Cobre.
La situación actual es la siguiente: por ley (Nº 13.196) la empresa estatal Codelco debe destinar el 10% de sus ventas al exterior a las Fuerzas Armadas, dinero que es depositado en una cuenta en dólares del Banco Central. Cada año, se realiza una transferencia a las instituciones armadas que por ley no puede ser inferior a US$180 millones, ya que se estableció un piso mínimo. Los aportes históricos que Codelco ha realizado por este concepto reflejan un progresivo aumento, medido tanto en dólares de cada año (vea el cuadro 1), como en relación a la unidad dólar actualizada a 2016 (vea cuadro 2).
Se requieren realizar dos precisiones. La primera se refiere a que no todos los recursos derivados de la Ley del Cobre se han destinado a la compra de armamentos. En algunos años se han utilizado parte de estos recursos para financiar el costo civil y militar de desastres naturales (2010, 2011, 2015 y 2016), aunque aquello no ha sido el desembolso más significativo. En segundo lugar, se debe distinguir entre los recursos “devengados” y los autorizados para gastar en compras de equipamiento militar. Porque una cosa es lo que se devenga anualmente para las Fuerzas Armadas, y otra es lo que el Ministerio de Defensa autoriza para financiar compras militares. Como las grandes inversiones muchas veces implican compromisos de alto costo y de largo plazo, entonces los recursos devengados pueden ser menores a los montos efectivamente autorizados, que pueden ser iguales o superiores.
En el primer gobierno de Sebastián Piñera se devengaron recursos por un promedio anual de US$929 millones para compras militares, mientras que en el segundo gobierno de Michelle Bachelet la cifra se redujo a un promedio anual de US$367 millones.
Como los recursos aportados por Codelco son mayores que los gastos efectivos en compras de armas, a lo largo del tiempo se han ido acumulando excedentes que son atesorados en la Cuenta 4 del Banco Central. En la discusión para aprobar en general el proyecto que crea el Fondo para Capacidades Estratégicas (la llamada Cuenta 4), el senador Juan Pablo Letelier (PS) explicó que esta cuenta se creó para cautelar los excedentes, debido a que se había registrado un alza muy grande del precio del cobre. La cuenta, dijo Letelier, “tiene varios miles de millones de dólares (…). Hemos pedido que nos entreguen la cifra exacta. Pero estamos hablando de una gran cantidad de dinero que no se está usando en adquisición de armas aún. En tal sentido, una cuestión que deberemos debatir es si se van a destinar o no todos los recursos de la cuenta 4 a los nuevos fondos que se crean mediante la ley en proyecto” (sesión 88ª, 15 de enero, 2019).
¿Qué dice al respecto la propuesta del gobierno que se está discutiendo en el Congreso Nacional?
El gobierno ha enviado una serie de indicaciones para establecer un sistema que elimina la Ley del Cobre, pero la reemplaza por un sistema de financiamiento de compras militares que considera los siguientes aspectos:
Entonces, si se aprobara el proyecto tal cual lo está proponiendo el Senado, se aseguraría un piso mínimo para gastos generales anuales; se aseguraría otro piso mínimo para compras de armamentos; se le asignaría un monto fijo por un plazo de cuatro años a cargo del Fondo con los excedentes generados por la Ley del Cobre; y después de ese período se establece la obligación presupuestaria de entregar un monto similar por otros seis años adicionales.
Luego de cumplidos esos primeros diez años, se generaría un sistema de entrega obligada de recursos, utilizando la fórmula de cálculo móvil basado en el promedio de los recursos entregados en los últimos seis años. Realizamos un ejercicio de simulación a partir de los montos devengados en el pasado para ese Fondo (vea el cuadro 3).
A partir de la política de Defensa Nacional, la política militar y las restantes políticas del sector, se definiría un plan cuatrianual de inversiones que debería someterse al Congreso Nacional. Cada año, además, se deberá dar cuenta ante el Poder Legislativo de la concreción de los planes, es decir, el Ejecutivo deberá ir rindiendo cuenta ante los legisladores sobre el modo en que se está desarrollando la política de defensa y los planes de inversiones.
¿Cuáles son los problemas y desafíos que deberá resolver el proyecto en discusión?
Ambas cámaras tendrán la responsabilidad de definir no solo el modo en que se repartirán los recursos derivados de la Ley del Cobre, sino que las condiciones bajo las cuales operará para las próximas décadas el sistema de financiamiento de las Fuerzas Armadas. En vista de los escándalos de corrupción que se han conocido en el último tiempo, se requeriría como mínimo incorporar un nuevo sistema de gestión de las compras y una discusión más sustantiva de las necesidades estratégicas actuales de la Defensa Nacional. No parece razonable una actuación política donde lo que se está haciendo es reemplazar un privilegio por otro.
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