¿Jueces inmobiliarios en Chile?
09.10.2018
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09.10.2018
Luego de la controversia por los aportes que la Asociación Nacional de Magistrados (ANM) pidió a empresas privadas para la organización de una asamblea internacional, en esta columna el presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad recuerda un episodio de 2015 que ya había mostrado los posibles focos de irregularidades por el vínculo de magistrados con negocios privados: una operación inmobiliaria entre un juez que vendía un hotel y la ANM, que pretendía comprarlo con los fondos solidarios de la organización, destinados a auxiliar a los magistrados que enfrentan eventos catastróficos. Aunque ese negocio no prosperó, el columnista es categórico: «Instamos a los jueces que controlan la ANM a que en el futuro no se presten para posibilitar compraventas de propiedades donde existen serios conflictos de interés (…). Los jueces deben resolver las causas que se someten a su conocimiento, alejados de toda influencia por alguna de las partes».
Gracias a la Unidad de Investigación de la radio Bio Bío y al severo comentario respectivo en streaming del periodista Tomás Mosciatti, supimos que la Asociación Nacional de Magistrados (ANM) organización sin fines de lucro que reúne a más de 1.000 jueces de todos los niveles, desde jueces de primera instancia hasta ministros de la Corte Suprema, cometió el desaguisado de pedirle plata a empresas privadas -con cláusulas de confidencialidad- para organizar la 60ª Asamblea de la Unión Internacional de Magistrados (UIM), que es una organización internacional de carácter profesional, global y apolítico, que reúne a las asociaciones nacionales de jueces de 85 países alrededor del mundo y se caracteriza por garantizar y defender la independencia judicial.
Nos preguntamos, ¿cómo puede esta asociación de jueces garantizar la independencia judicial si pide plata a nombre de todos los jueces de este país (civiles, laborales, penales, ministros, relatores, etc.) y, más aún, si para llevar a cabo sus actuaciones gremiales cuenta con la asesoría comunicacional de una de las tantas empresas de lobby que hay en el país? Lo preocupante es que tales dadivosas empresas privadas en la actualidad tienen controversias judiciales que deberán resolver los propios jueces que, suponemos, por una imprudente decisión del lobista y del directorio de la ANM, se transformaron en mendicantes.
Como una arista de todo esto, y en relación a la actividad inmobiliaria que también desarrollan algunos jueces, dimos con la publicación que hizo el medio de prensa The Clinic, que había publicado en marzo de 2015 una crónica titulada “El negocio inmobiliario de los $1.700 millones que divide a los jueces”, lo que nos pareció muy insólito debido a que suponíamos que los jueces chilenos que reciben muy buenos sueldos, y que obedecen a un Código Iberoamericano de Ética Judicial, tienen como único cometido impartir justicia y garantizar la independencia judicial, sin incursionar en actividades lucrativas -más aún- cuando deben obedecer no sólo a una Ley de Transparencia de la función pública (Ley Nº 20.285), sino que a la propia ley que regula el funcionamiento de las asociaciones gremiales de funcionarios públicos (Ley Nº 19.296).
En razón a que tenemos una pésima opinión del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, por la labor de fiscalización ciudadana que realizamos como Fundación Defendamos la Ciudad, pero con una muy buena opinión del Poder Judicial, no logramos comprender que los jueces, en paralelo a sus funciones jurisdiccionales, dispongan de sus tiempos y capacidades profesionales para relacionarse con actores del mercado inmobiliario, el cual conocemos muy bien. Es por esa razón que nos quisimos adentrar en todo este entuerto y conocer cuál era el negocio que querían realizar los directivos de la ANM, con el desconocimiento de sus asociados, al igual como ocurre hoy con los aportes confidenciales para organizar la mencionada asamblea internacional.
Pues bien, la directiva de la ANM en el año 2015 estaba interesada en adquirir la hostería de Iloca, ubicada en la comuna de Licantén, provincia de Curicó, Región del Maule, propiedad de una sucesión hereditaria dirigida por el, en esa época, juez de Rancagua, Álvaro Martínez. El precio: $1.100.000.000, a pesar de que ese inmueble se localizaba en una zona inundable, de remoción en masa y en el borde costero, donde no se permitiría la construcción de viviendas para uso habitacional de manera definitiva, según la documentación oficial entregada oportunamente por el secretario Regional Ministerial (Seremi) de Vivienda y Urbanismo del Maule.
The Clinic dice que la transacción sería del orden de los $1.700.000.000, pues en este precio sustantivamente más alto se consideraban una serie de trabajos de mejoras del inmueble que correrían por cuenta de la asociación gremial adquirente, quien se suponía debía dar un pie de $100 millones al juez Martínez y seguir pagando 240 cuotas en UF por 20 años (según la información recabada).
¿Pero tenían la plata?
Bueno, al igual como ocurrió con la UIM, no tenían el dinero, pero en el caso de esta inversión la fórmula ideada fue utilizar los fondos solidarios y catastróficos con que cuenta la asociación gremial de jueces.
Aunque los lectores no lo crean, la hostería no contaba con el certificado de recepción final de obras municipales, ni con otros actos administrativos necesarios para posibilitar la transacción comercial. ¿Y cómo podía ser eso, si tanto el vendedor como los compradores eran abogados y más encima jueces?
Como se comprenderá, debido a ello, tampoco ninguna institución financiera les iba a prestar el dinero para su compra y ante este impasse los mandamases de dicha asociación gremial de jueces dispusieron hacer uso de los fondos catastrófico y solidario de la misma para comprarla. Es obvio que el único objetivo de esos fondos es ir en ayuda de aquellos jueces que están enfermos o se jubilan y, por lo tanto, existe la imposibilidad de utilizarlos en propósitos mercantiles.
Para determinarse el precio de la transacción, desde un principio nos imaginamos que debía existir una tasación comercial elaborada por un arquitecto competente, con conocimiento acabado de la zona. Pero, ¿habrá sabido este profesional que la hostería en comento tenía las restricciones indicadas, sin recepción final y en un terreno absolutamente inundable y con deslizamiento de tierra? Si no lo sabía, suponemos que no cobró sus honorarios al mandante.
Esta operación comercial -en su momento- fue aprobada por ocho directores de la ANM con el voto en contra de la secretaria general de la época, la jueza de garantía Vania Boutaud, quien al advertir las irregularidades del proyecto y que éste se votaría sin entregar la información a los asociados, decidió, pese a la oposición del resto del directorio, entregar todos los antecedentes a sus colegas, alertándolos sobre la inconveniencia de llevar a cabo este negocio inmobiliario. Lo hizo a través de un correo electrónico en donde expresó en 15 acápites de manera pormenorizada las razones por las cuales se oponía a la compra de la Hostería Iloca.
A partir de ese momento una cadena de correos recorrió el Poder Judicial, todos en oposición a la adquisición del inmueble. Por lo tanto, uno se pregunta, ¿si la mayoría de los asociados a este gremio de jueces no querían que se ocuparan sus fondos en la compra de esta hostería, por qué el Presidente y el Tesorero de la ANM insistían en ello? En nuestra opinión, este negocio, tenía como único ganador neto a la sucesión hereditaria dueña de la hostería.
A la fecha, desconocemos el avalúo fiscal determinado por el Servicio de Impuesto Internos (SII) respecto de esta propiedad y, por lo tanto, tampoco conocemos el monto que se paga por ella por concepto de contribuciones de bienes raíces a la Tesorería General de la República, teniéndose en cuenta que el SII, aunque los inmuebles sean ilegales, igual emite dicho cobro.
¿Quiénes están detrás de este negocio inmobiliario-judicial-gremial?
De acuerdo a toda la información recabada, quienes estuvieron detrás de este lucrativo negocio fueron el vendedor, juez penal de la época y actual fiscal judicial Álvaro Martínez; el presidente, el vicepresidente y el tesorero de la ANM (2015): Álvaro Flores (juez laboral), Alejandro Huberman (ex juez) y Mauricio Olave (juez penal); quienes se habían comprometido a comprar la Hostería Iloca y mientras realizaban todos los trámites para ello, habían firmado un convenio, con un informe de tasación de un arquitecto conocido de ellos, un estudio de títulos de un abogado que nunca realizó ni entregó un estudio formal y un informe financiero realizado por el propio tesorero, quien no es contador, ni auditor, ni menos ingeniero comercial: es un juez.
Ante la oposición existente por parte de la mayoría de los jueces, y conociéndose los fundamentos de la directora disidente, para fortuna del gremio este negocio no se concretó, por retractarse prudentemente el juez vendedor. Pero, con el pasar del tiempo, el juez Huberman renunció a su cargo y sobre la marcha ofertó un convenio entre la oficina Huberman Propiedades con la ANM, lo que no dejó a nadie indiferente debido a que así se intentaba reflotar la transacción, lo que en todo caso no prosperó.
En resumen, queda de manifiesto que esta incursión comercial turística del directorio de la ANM, era una locura y un despilfarro de plata y, por ello, instamos a los jueces que controlan la ANM a que en el futuro no se presten para posibilitar compraventas de propiedades donde existen serios conflictos de interés como el que comentamos. Sostenemos que los jueces deben resolver las causas que se someten a su conocimiento, alejados de toda influencia por alguna de las partes o intervinientes y, en tal sentido, la sucesión que tiene su dominio inscrito en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente tiene como tarea urgente regularizar su emplazamiento y tan pronto ello ocurra, si es que ocurre, esa familia deberá venderla al mejor postor para que éste la explote como hotel y restaurante. A su vez, la Asociación Nacional de Magistrados tiene el deber de velar por los intereses de sus asociados y no transformarse en una empresa inmobiliaria, de corretaje de propiedades o de gestión de negocios.
Finalmente, ya que se desbarató una operación impropia que se pretendía realizar con el dinero de los miembros de la ANM, en este escenario en donde debe primar la transparencia de la cual tanto se habla, nos permitimos proponerle al pleno de la Corte Suprema que le haga un reconocimiento público a la jueza que, con macizos fundamentos legales y de procedimientos, ha impedido el despropósito señalado en este opúsculo.