Fiscalidad Paradisíaca: los «Panamá Papers» y un recordatorio de la desigualdad
06.04.2016
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06.04.2016
La notoriedad que han adquirido los denominados “Panamá Papers” en todo el mundo no se debe a la novedad del tema en sí mismo, sino a que la evidencia que aportan sobre el movimiento de recursos en paraísos fiscales -acompañado por intrincadas redes de sociedades, actores intermediarios e instituciones legales y financieras- se vincula directa o indirectamente con empresarios, políticos y figuras deportivas de todo el mundo. En ese sentido, baste con recordar que los Luxembourg Leaks en 2014 y los Swiss Leaks en 2015 -también reportados por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ)– aportaban material relevante sobre el funcionamiento de operaciones financieras opacas y planificación tributaria en distintos países y territorios, sólo que la magnitud de la información recabada y la visibilidad de los involucrados en esta ocasión ha terminado por dar a este fenómeno la importancia que merece.
Datos que cubren casi 40 años, incluyendo información sobre 214.488 compañías offshore relacionadas con individuos de más de 200 países y territorios, y un cúmulo de conocidas empresas y nombres ilustran que lo que está en juego es algo más que operaciones aisladas, aprovechamientos de poca monta o tretas en retirada: en estimaciones de Gabriel Zucman, cerca de US$7,6 billones se encuentran ocultos en paraísos fiscales, aproximadamente el 8% de la riqueza financiera mundial, incluyendo una gran porción de las utilidades en el exterior de empresas de grandes países y fortunas de personas naturales. Chile no escapa a esta realidad: más allá de la evidencia de los “Panamá Papers”, un informe del proyecto BEPS de la OECD (2013) señalaba a Bermuda como el tercer gran inversionista en el país, mientras el informe 2014 de la organización Integridad Financiera Global (GFI) ubica a Chile en el lugar 20 entre las economías en desarrollo con mayor flujo promedio ilícito de recursos en la última década.
La revelación de toda esta información tiene relevancia no sólo económica, sino también social y política. En momentos de crisis económica internacional, los países que constatan que parte de su riqueza fluye hacia paraísos fiscales han manifestado un interés creciente en esta materia, amenazando con sanciones y promoviendo pactos de coordinación internacional. Sin embargo, el contexto de este debate incluye también un escenario de grandes desigualdades económicas, observándose una notoria concentración de ingresos en los percentiles superiores de muchos países. A la luz de todo esto, ¿cuál es la importancia de los “Panamá Papers”? En esta columna se plantean cuatro ejes de análisis.
Primero: la tributación contemporánea. Cada país tiene sistemas tributarios forjados a partir de su historia y sus características geográficas, económicas y políticas, que llevan a tasas de impuestos altas o bajas, al énfasis de la eficiencia y la recaudación, o al complemento de estos rasgos con un objetivo redistributivo, a mayores beneficios o exigencias para las empresas, y a distintos niveles de cumplimiento. Estos rasgos, sin embargo, se configuran de un modo muy excepcional en los paraísos fiscales (descritos por la OECD como jurisdicciones donde no se imponen impuestos, o lo hacen sólo nominalmente, donde hay falta de transparencia, donde no existe intercambio de información efectivo, y donde no se requieren actividades sustantivas, pudiendo generarse inversiones y transacciones sólo por razones tributarias). Los paraísos fiscales ofrecen una oportunidad muy atractiva para realizar operaciones tributarias de diversa índole, otorgando condiciones incomparables con las de cualquier país, en especial para empresas multinacionales con negocios en múltiples regiones e individuos interesados en realizar inversiones en el extranjero o trasladar recursos con distintas motivaciones.
Lo anterior tiene varias consecuencias: los paraísos fiscales atraen recursos de otros países, empobrecen los estados donde ese dinero se originó y reducen la capacidad de que ese sistema tributario cobre los impuestos que corresponden a grandes contribuyentes. Pero también el argumento de la movilidad del capital en tiempos de globalización y facilidades tecnológicas ha llevado a que los países pierdan libertad para hacer tributar a quienes más deben contribuir, con el temor de que sus decisiones tributarias lleven a la huida de grandes inversiones. Como resultado, se ha creado una verdadera competencia fiscal entre países, creándose un sinnúmero de asimetrías e inequidades en el pago de impuestos que suelen beneficiar al capital, consolidando una filosofía tributaria más centrada en tomar recursos de donde se puede en lugar de donde realmente se debe.
Aunque es cierto que el capital tiene posibilidades de desplazarse, los “Panamá Papers” muestran que contribuyentes de países con sistemas tributarios muy distintos, con tasas altas o bajas, exigentes o favorables para el capital, han optado por organizarse tributariamente haciendo uso de paraísos fiscales. En otras palabras: el aprovechamiento de los paraísos fiscales es siempre atractivo, aún si se pagan pocos impuestos en el país donde se vive o se hacen negocios. Y dado que la complejidad de estas operaciones hace que éstas se justifiquen sólo cuando se trata de grandes sumas, los paraísos fiscales benefician particularmente a grandes empresas y a individuos de altos ingresos.
Segundo: la elusión también es un problema. Los reportajes del ICIJ sobre los “Panamá Papers”, al igual que en casos anteriores, dejan en claro que la mayoría de los servicios que provee la industria offshore son legales, con lo cual es imposible generalizar acusaciones o denuncias a todos los nombres y casos que circulan. Sin embargo, para el ICIJ las filtraciones revelan que en muchas operaciones que aparecen en los documentos no se han seguido los requerimientos legales que garanticen que los clientes no están ligados a actividades criminales, corrupción política o evasión de impuestos, pudiendo ocultarse transacciones sospechosas o modificaciones de registros oficiales.
Pero hay algo más: la planificación compleja del pago de impuestos define su legalidad al ceñirse por la letra de la ley, sin problematizar la voluntad de la misma, ignorando que para el legislador es imposible incluir en ella las particularidades y posibilidades que ofrece la posición de cada contribuyente. En esa perspectiva, el cumplimiento de la obligación tributaria no se diferencia sólo en si es legal o ilegal, sino también en la disposición, dentro de la legalidad, a contribuir con el pago de impuestos que corresponde. Como “lo que corresponde” no deriva nunca de una fórmula exacta cuando se trata de operaciones complejas y de grandes montos, la voluntad del contribuyente es determinante en cuánto se elige pagar. En algunos casos, teniendo todo para no hacerlo, los contribuyentes optan por pagar todo lo que se les asigna. En otros, se opta por pagar lo menos posible, o nada. En tales casos, aunque se esté eludiendo y no evadiendo, y ello sea legal, la consecuencia es la misma que la de la evasión: se entregan menos recursos de los esperados, prevaleciendo los intereses individuales por sobre las necesidades colectivas.
El problema con la elusión es precisamente ese: muestra la inefectividad de la ley y de los fiscalizadores frente a la voluntad de los contribuyentes por no asumir propiamente su compromiso tributario. Ante esto se puede argumentar el mal uso de los recursos públicos, el trato injusto a la situación del contribuyente, tasas altas, o que es lícito y lógico aprovechar los beneficios de la ley para pagar menos. Sin embargo, los “Panamá Papers” sugieren que ese raciocinio no tiene límites, pudiendo llevar a planificaciones tributarias agresivas e internacionales, concebidas no para no pagar de más, sino para que las operaciones de la empresa o contribuyente adquieran un diseño especial para reducir el pago al máximo, siendo posible que entre esos movimientos y reorganizaciones legales se encubran acciones ilegales y de evasión extremadamente difíciles de identificar y seguir.
Tercero: el rol de los intermediarios. “Los Panamá Papers” ilustran la función determinante que desempeñan los bancos, oficinas de abogados, asesores tributarios y otras organizaciones para llevar a buen puerto los casos revelados. Su contribución puede atravesar virtualmente todas las etapas: diseño y gestión de operaciones, promoción de paraísos fiscales, o como señalan los reportes del ICIJ, ocultamiento de transacciones sospechosas, alteración de registros oficiales, fomento de la creación de sociedades difíciles de rastrear y protección a los clientes. Aunque la industria de la elusión no existe sólo en paraísos fiscales, lleva sus posibilidades al paroxismo en ellos, debido al secreto bancario y a la ausencia de información para fiscalizar los servicios realizados.
Pero hay más: el rol de los intermediarios no goza de pura neutralidad. El ejercicio de sus funciones admite múltiples posibilidades y ofrecimientos a los clientes. Prueba de ello es que no todos los bancos, oficinas de abogados o empresas de asesoría tributaria ofrecen los mismos servicios ni están dispuestas a realizar todo lo que sus clientes solicitan. El diseño de redes complejas de sociedades y las planificaciones tributarias agresivas son servicios que requieren una alta especialización y un conocimiento acabado de la legislación y el entramado institucional que la acompaña. Su gestión por ende constituye un trabajo fino abocado al aprovechamiento de oportunidades que favorezcan la situación del cliente, constituyendo en casos extremos el desarrollo de verdaderas tecnologías del resquicio, un servicio que por su nivel de sofisticación sólo es posible cuando la complejidad de las operaciones y la cuantía de los montos justifica su contratación.
Cuarto: la crisis política. Pagar impuestos refleja no sólo un acto económico, sino también político: a él subyace una de las manifestaciones más fuertes de la ciudadanía, cristalizando un compromiso con la sociedad a través de la entrega de recursos al estado. Pagar los impuestos que corresponden a la capacidad contributiva de cada uno da derecho a aprovechar los bienes y servicios públicos (iluminación, caminos, parques, fomento de la ciencia, defensa externa, marco jurídico, etc.) y también a formar parte de una comunidad política, reconociendo una pertenencia en común con otros ciudadanos y otorgando soberanía al estado, lo que se traduce en la asignación de derechos y beneficios, y en una red de reciprocidades que dan forma institucional a la cooperación social.
Los relatos y detalles filtrados en los Panamá Papers sugieren que esta concepción del pago de impuestos está en crisis, retratando a gran escala y con múltiples tonalidades el retiro de individuos y empresas de la comunidad nacional. Como se señaló anteriormente, esto no sólo quita recursos al estado, sino que también fractura el entramado solidario que sustenta las sociedades contemporáneas, surgiendo una suerte de independencia privilegiada y desregulada para que un conjunto de grandes contribuyentes y empresas se desplace libremente en conformidad nada más que con sus intereses personales, sin importar el perjuicio que ello tenga sobre sus comunidades de origen o residencia. Esto no desemboca en una negación ingenua de las dinámicas de la globalización, sino en una interpelación a la organización global de la esfera económica, a la voluntad real del poder político, y en última instancia, a la disposición a la vida colectiva.
Las consecuencias económicas y legales de los “Panamá Papers” son relativas: es necesario rastrear caso a caso, hacer un seguimiento histórico de las operaciones, cotejar datos con los registros de cada país o jurisdicción, reconstruir las redes de actores y organizaciones relacionadas y sancionar donde corresponda. Nada de eso, sin embargo, impide recordar que el contexto de estos sucesos está marcado por agudas desigualdades -irrumpidas en la OECD en las últimas décadas, persistentes históricamente en otras regiones del mundo-, siendo la concentración de ingreso en un pequeño grupo uno de los rasgos más evidentes y resistidos, debido a la corrosión del ideal supuestamente compartido de igualdad de oportunidades, y a sus consecuencias sobre el desarrollo de instituciones inclusivas, igualitarias y democráticas. La fiscalidad paradisíaca nos recuerda que la reproducción de la desigualdad tiene múltiples caras y mecanismos, y que el anhelo de una sociedad de iguales requiere ser renovado, repensado y reforzado una y otra vez.