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Comentarios (6)

Milton Bertin | 22.06.2015
O sea, los parlamentarios si pueden retirarse, basta que la presidenta los nombre ministro de estado -por un dia- para que dejen de ser parlamentarios..
Juancho | 13.06.2015
Interesante discusión.Por mi parte, pienso que lo importante es determinar si la función parlamentaria es una "carga" impuesta por la ley o es un "cargo", función a la cual se accede después de grandes trabajos y esfuerzos, intelectuales y económicos. Si concluimos que es una "carga" legal, sería aceptable, entonces, que solo se puede renunciar a esta carga en los casos previstos por la ley De otra parte, si aceptamos que es una "cargo", un derecho,  una función a la cual se accede por haber tenido éxito en las luchas electorales, pienso que sería procedente la renuncia voluntaria, aplicando las normas de interpretación de las leyes establecida en el artículo 12 del Código Civil _ (la Constitución Política es una Ley, Carta Magna, pero es una ley), que establece que podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes con tal que solo miren el interés individual del renunciante y no esté prohibida su renuncia. Es decir, mirado como un "cargo", al cual se accede , un derecho que se ejerce, podría renunciarse a él. Problema aparte es el que se plantea como consecuencia de la renuncia, si ella es procedente, ¿Habría que proveer este cargo, y en qué forma? Ello, a mi juicio, sería conveniente que  se resolviera por una reforma o una Nueva Constitución.
igor | 11.06.2015
me queda claro entonces que cambiar la constitucion es el proximo paso asi nos ahorramos este tipo de discursillos que establecen incluso que no podemos exigir justicia por que la constitucion no deja hacerlo llamo a todos ustedes, los lectores de CIPER, que se unan o participen activamente en cualquier agrupacion por el cambio constitucional mediante asamblea constituyente saludos
Felipe | 11.06.2015 | Socio/a 3 años y 4 meses
Felicitaciones por generar debate en torno a lo escrito, pocas veces se ve y aunque no comparto su posición, me parece que ese debatir con argumentos y altura de miras es algo que falta mucho. Saludos.
Cristian | 10.06.2015
Perdón, quién escribió esta crítica? El honorable Moreira o la honorable Ena? O el distinguidisimo senador Orpis?
Andrés | 10.06.2015
Saludos. Interesante análisis, aunque no comparto lo expuesto en él. Formalmente se comprende citar al Tribunal Constitucional por su peso como institución, pero en términos de calidad argumentativa, su jurisprudencia es bien pobre y tiene serios problemas de coherencia. Por otro lado, el sentido "univoco" de la norma es parte de un paradigma que no comparto. 
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