Consejo para la Transparencia obliga a Enap a publicar sueldos de sus ejecutivos
22.12.2010
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22.12.2010
Han pasado más de nueve meses desde el cambio de gobierno y Enap aún no actualiza en su página web la información sobre sus ya no tan nuevas autoridades, pese a que debería hacerlo mensualmente. Ahora el Consejo para la Transparencia se lo ordenó, pero lo más importante es que además deberá entregar los datos detallados de los salarios de sus máximos ejecutivos, accediendo así a un reclamo de CIPER. Se trata de un nuevo paso hacia la transparencia en las empresas públicas.
El reclamo de CIPER fue hecho el 31 de marzo de 2010, cuando constatamos que ENAP no cumplía con todas las exigencias de transparencia activa impuestas por la ley. Aunque su página web contenía las remuneraciones brutas anuales del gerente general y su plana ejecutiva, no individualizaba a las 12 personas que la componen. Así, era imposible saber cuánto ganaba un gerente de la empresa.
Tres meses más tarde el Consejo para la Transparencia nos dio la razón y requirió además a Enap actualizar los nombres del presidente y vicepresidente del directorio. La empresa no sólo mantiene hasta el día de hoy los nombres de los personeros de la ex Presidenta Michelle Bachelet, sino que solicitó que al consejo invalidara la resolución.
A través de un recurso de reposición, Enap argumentó que el Consejo para la Transparencia no tenía atribuciones legales, competencia y jurisdicción para conocer el reclamo y que se estaba interpretando erradamente las normas equivocadas. Intentó demostrar, además, que la “administración superior” de la empresa, especificada en la ley, sólo se refiere a los miembros del directorio y no a sus gerentes y ejecutivos principales.
Pese a que el recurso fue rechazado por haber sido presentado fuera de plazo, Enap logró acreditar que sí se habían cumplido los tiempos y se invalidó el rechazo inicial. Tras este enredo, todo volvió a fojas cero y el consejo debió revisar nuevamente el recurso. Finalmente este 3 de diciembre volvió a dar la razón a CIPER.
En su resolución, constató que el presidente y vicepresidente del directorio publicados en la web seguían siendo quienes ejercieron de ministro de Minería y vicepresidente de CORFO del gobierno anterior. Ratificó además sus atribuciones legales sobre Enap citando un pronunciamiento reciente de Contraloría –solicitado por la misma empresa– que así lo dispone: “Enap, en tanto constituye una empresa pública creada por ley, se encuentra sometida a las potestades fiscalizadoras, sancionatorias y normativas que la ley de Transparencia confiere al Consejo” en materia de transparencia activa (publicación obligatoria en la web).
La resolución sigue la línea de lo ya confirmado en el caso de TVN por la Corte de Apelaciones, tribunal al que Enap aún puede apelar. El canal nacional ha argumentado que publicar los salarios de sus ejecutivos perjudica su competitividad e incluso recurrió al Tribunal Constitucional para evitar darlos a conocer.