Tras tercer juicio, ejecutivo del Banco Central fue absuelto de acusación de violación a sus hijas
25.09.2013
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25.09.2013
Enrique Orellana Cifuentes, el suspendido ejecutivo del Banco Central que había sido acusado de la violación de sus tres hijas, fue absuelto este miércoles de los cargos que se le había imputado. Se trata del tercer juicio al que es sometido.
En el primer juicio, en 2012, fue también absuelto, pero dicha resolución fue anulada por la Corte de Apelaciones de Santiago. En el segundo juicio, el cual finalizó en abril pasado, Orellana fue condenado a 60 años de prisión por los delitos de violación reiterada en contra de sus tres hijas menores de edad. La Corte Suprema revocó luego el dictamen, por lo que se inició un tercer juicio.
Ahora el Cuarto Tribunal en lo Penal determinó en un fallo unánime que las pruebas presentadas por el Ministerio Público fueron insuficientes para certificar los abusos que, según se le imputaba, las menores habrían sufrido entre 2009 y 2010.
Los argumentos que entregó el tribunal para absolver a Orellana en esta instancia son, por ejemplo, que el testimonio de la madre de las menores, Yamilé Caba no es creíble e, incluso, «evidencia el dolor que ella vivió debido al quiebre matrimonial», [shorturl url=»http://www.emol.com/noticias/nacional/2013/09/25/621348/veredicto-contra-ex-ejecutivo-del-banco-central.html» title=»» fuente_url=»http://www.emol.com» fuente_nombre=»Emol»]según indica emol.com[/shorturl]. En la misma línea, el diario La Tercera [shorturl url=»http://www.latercera.com/noticia/nacional/2013/09/680-544062-9-los-argumentos-que-entrego-el-tribunal-para-absolver-a-enrique-orellana.shtml» title=»» fuente_url=»http://www.latercera.com» fuente_nombre=»La Tercera»] consigna que el presidente del tribunal, el juez Cristian Soto, explicó[/shorturl] que los dichos de la mujer “no son consistentes ni claros, se muestran dispersos y con alto contenido emocional por el quiebre matrimonial».
El tribunal determinó además que no existe suficiente rigurosidad en los exámenes que demostraban que las niñas habían sido penetradas en forma anal. Según La Tercera, “el juez Cristián Soto indicó que el tribunal consideró abordar la prueba ginecológica realizada el 19 de agosto del año 2010, por un médico contratado por el Servicio Médico Legal. El magistrado explicó que el facultativo tomó fotografías en el examen, donde se supone se probaba que las niñas habían sido penetradas de forma anal, sin embargo, “esta pericia resultó insuficiente», ya que se careció del rigor para avalar las acusaciones”.
Además, Soto argumentó que no existe suficiente base científica en la descripción de los exámenes realizados por el facultativo e indicó que las menores fueron revisadas por dos médicos 24 horas antes del examen realizado por el SML y no se encontró lesión alguna.
A lo anterior se agrega que, según el juez Soto, las declaraciones de las niñas en este tercer juicio fueron «escuetas y presentaron inconsistencias y diferencias con los juicios anteriores», informa La Tercera.
En abril de 2013, Ciper publicó un reportaje que detallaba las pruebas y las razones que tuvo entonces el Cuarto Tribunal en lo Penal para condenar a 60 años de prisión a Orellana Cifuentes (ver sentencia).
En la argumentación que entonces sostuvieron los magistrados, se señala que existe coincidencia del relato de las tres menores y “hacen referencia a que la penetración les producía dolor; las tres sitúan las acciones en dos lugares físicos distintos”. Establecen que el delito ocurre en el periodo comprendido entre la separación en 2009 y mediados de 2010, y que cada una en su lenguaje se refiere “inequívocamente” al órgano sexual masculino cuando describen estas agresiones.
En ese fallo, los jueces aceptaron los peritajes realizados por el médico del SML Enrique Roncone, un ginecoobstetra especializado en pericias forenses ginecológicas, particularmente en el área infantojuvenil, y rechazaron la opinión de los especialistas presentados por la defensa de Orellana. En la nueva sentencia, en cambio, los magistrados desecharon el testimonio profesional de Roncone.
Y si en el fallo anterior los tres magistrados -Jeni Morales, Pedro Maldonado y Juan Carlos Urrutia- fueron unánimes para condenar al imputado por delito de violación reiterada “sin que exista ninguna duda razonable”, los nuevos jueces del mismo tribunal, -Cristián Soto Galdames, Isabel Espinoza Morales, Laura Andrea Assef-, consideraron que “la debilidad de la prueba pericial unida a la mellada credibilidad del relato de las niñas y a los antecedentes en contrario aportados por la defensa, se vuelven razones suficientes para mantener vigente la presunción de inocencia que beneficia al acusado”. (Lea el Acta de Deliberación)
[shorturl url=»http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/judicial/acusador-de-enrique-orellana-no-descarta-un-cuarto-juicio/2013-09-25/130926.html» title=»» fuente_url=»http://www.cooperativa.cl/» fuente_nombre=»Radio Cooperativa»]Según radio Cooperativa[/shorturl], el fiscal no descartó presentar un recurso de queja para conseguir un cuarto juicio, mientras que [shorturl url=»http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/judicial/abogado-asegura-que-orellana-volvera-a-trabajar-en-el-banco-central-tras-el-juicio/2013-09-25/131726.html» title=»» fuente_url=»http://www.cooperativa.cl/» fuente_nombre=»Radio Cooperativa»]el abogado de Orellana anunció[/shorturl] que tras ser absuelto éste volvería a su trabajo en el Banco Central