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Comentarios (3)

Paulo Villanueva | 19.10.2017
Que gran trabajo de investigación de Ciper, y como lo relatan! Los felicito!. Y muchas gracias Patricia S. por dar esas precisiones.
PATRICIA S. | 19.10.2017 | Socio/a 3 años y 9 meses
Don Jaime, se ha quedado en el pasado respecto de la aplicación de figuras elusivas de este tipo. Actualmente no es aceptado que se generen esquemas sin sustancia económica, las planificaciones deben tener un motivo económico más allá de sólo perseguir la rebaja de la carga tributaria. Ya desde el fallo Coca-Cola Embonor, lo ha manifestado así tribunales... con mayor razón debe cuestionarse sus dichos al incorporarse dentro del ordenamiento jurídico tributario la norma antielusiva de carácter general (por lo tanto ya no es lícito como Ud. señala)...y si se trata de holdings internacionales debe cuidarse de la aplicación de los principios emanados de la OCDE (uno de ellos es el principio de la realidad económica establecido en las acciones BEPS). Mi ánimo es solamente acercar el tema a quienes no lo conocen mucho y no se queden con juicios equivocados como los emitidos.
Jaime Contreras | 18.10.2017
Puntos pendientes: 1. Empresas de Matte, Angelini, Paulmann, Saieh y Yarur, compraron empresas con pérdidas, que es lo que está tras lo que ustedes llaman empresas zombies. 2. La práctica denunciada por ustedes no solo es legal, sino que no la comprenden, y por eso la explican como si fuera algo nefasto. El uso de la pérdida es solo la compensación entre el impuesto pagado de más, con el impúesto a pagar por utilidades futuras. Es como un ejemplo que aparece en un comentario por ahí en esta serie, de pagarle a alguien que a la vez es deudor mío. En el caso de la pérdida, el Fisco es deudor del contribuyente por el impuesto pagado de mas, y a la vez, es acreedor del contribuyente por el impuesto sobre la utilidad futura. Ahora, que es difícil, es cierto, pero no está disponible solo para los estudios top, pues cualquier tributarista competente es capaz de hacerlo. Puede ser caro, pero eso dependerá de los montos involucrados. Y por último, que sea caro y elitista no es novedad: lo mismo pasa con la medicina, la arquirectura, el periodismpo bueno, etc. 3. En esta investigación se les quedó afuera un dato: ¿Porque el SII, en la querella omite al abogado Barahona, pero deja adentro a los otros abogados que trabajan en el mismo caso para la empresa?. Será porque Barahona era cercano al gobiernmo de turno?.
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